DE LOS PROGRAMAS Cláusulas de Ejemplo

DE LOS PROGRAMAS a) Que el programa de ejecución de los trabajos corresponda al plazo establecido por la Convocante. b) Que los programas específicos de materiales, mano de obra, equipo y maquinaria de construcción y del personal técnico y administrativo encargado de la ejecución de los trabajos, de suministros y utilización incluyendo equipos de instalación permanente, cuantificados y calendarizados sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos; c) Que los insumos propuestos por el Concursante correspondan a los periodos presentados en los programas.
DE LOS PROGRAMAS. QUE EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS CORRESPONDA AL PLAZO ESTABLECIDO POR LA CONVOCANTE; QUE LOS PROGRAMAS ESPECÍFICOS CUANTIFICADOS Y CALENDARIZADOS DE SUMINISTROS Y UTILIZACIÓN SEAN CONGRUENTES CON EL PROGRAMA CALENDARIZADO DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS; QUE LOS PROGRAMAS DE SUMINISTRO Y UTILIZACIÓN DE MATERIALES, MANO DE OBRA Y MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN SEAN CONGRUENTES CON LOS CONSUMOS Y RENDIMIENTOS CONSIDERADOS POR EL LICITANTE Y EN EL PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO A REALIZAR; QUE LOS SUMINISTROS SEAN CONGRUENTES CON EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN GENERAL, EN CASO DE QUE SE REQUIERA DE EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE, Y QUE LOS INSUMOS PROPUESTOS POR EL LICITANTE CORRESPONDAN A LOS PERIODOS PRESENTADOS EN LOS PROGRAMAS; QUE LA MAQUINARIA Y EL EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN SEAN LOS ADECUADOS, NECESARIOS Y SUFICIENTES PARA EJECUTAR LOS TRABAJOS OBJETO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA, Y QUE LOS DATOS COINCIDAN CON EL LISTADO DE MAQUINARIA Y EQUIPO PRESENTADO POR EL LICITANTE; QUE LAS CARACTERÍSTICAS Y CAPACIDAD DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN CONSIDERADAS POR EL LICITANTE SEAN LAS ADECUADAS PARA DESARROLLAR EL TRABAJO EN LAS CONDICIONES PARTICULARES DONDE DEBERÁ EJECUTARSE Y QUE SEAN CONGRUENTES CON EL PROCEDIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN PROPUESTO POR EL CONTRATISTA O CON LAS RESTRICCIONES TÉCNICAS, CUANDO EL CIATEC FIJE UN PROCEDIMIENTO, Y QUE EN LA MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, LOS RENDIMIENTOS DE ÉSTOS SEAN CONSIDERADOS COMO NUEVOS, PARA LO CUAL SE DEBERÁN APOYAR EN LOS RENDIMIENTOS QUE DETERMINEN LOS MANUALES DE LOS FABRICANTES RESPECTIVOS, ASÍ COMO LAS CARACTERÍSTICAS AMBIENTALES DE LA ZONA DONDE VAYAN A REALIZARSE LOS TRABAJOS; QUE EN EL CONSUMO DEL MATERIAL POR UNIDAD DE MEDIDA, DETERMINADO POR EL LICITANTE PARA EL CONCEPTO DE TRABAJO EN QUE INTERVIENEN, SE CONSIDEREN LOS DESPERDICIOS, MERMAS Y, EN SU CASO, LOS USOS DE ACUERDO CON LA VIDA ÚTIL DEL MATERIAL DE QUE SE TRATE, Y QUE LAS CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES Y CALIDAD DE LOS MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE SEAN LAS REQUERIDAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES Y PARTICULARES DE CONSTRUCCIÓN ESTABLECIDAS EN LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA, Y QUE EL PERSONAL ADMINISTRATIVO, TÉCNICO Y DE OBRA SEA EL ADECUADO Y SUFICIENTE PARA EJECUTAR LOS TRABAJOS; QUE LOS RENDIMIENTOS CONSIDERADOS SE ENCUENTREN DENTRO DE LOS MÁRGENES RAZONABLES Y ACEPTABLES DE ACUERDO CON EL PROCEDIMIENTO CONSTRUCTIVO PROPUESTO POR EL LICITANTE, TOMANDO EN CUENTA LOS RENDIMIENTOS OBSERVADOS DE...
DE LOS PROGRAMAS. Que el programa de ejecución de los trabajos corresponda al plazo establecido por el hospital; Que los programas específicos cuantificados y calendarizados de suministros y utilización, sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos; Que los programas de suministro y utilización de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de construcción, sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por el licitante y en el procedimiento constructivo a realizar; Cuando se requiera de equipo de instalación permanente, deberá considerarse que los suministros sean congruentes con el programa de ejecución general, y Que los insumos propuestos por el licitante correspondan a los periodos presentados en los programas;
DE LOS PROGRAMAS. Que el Programa de Ejecución General de los Trabajos corresponda al plazo establecido por El Instituto. Que los Programas Específicos cuantificados y calendarizados de Suministros y utilización, sean congruentes con el programa calendarizado de ejecución general de los trabajos. Que los Programas de suministro y utilización de Materiales, Mano de Obra y Maquinaria y Equipo de Construcción, sean congruentes con los consumos y rendimientos considerados por el licitante y en el procedimiento constructivo a realizar. Cuando se requiera de Equipo de Instalación Permanente, deberá considerarse que los suministros sean congruentes con el Programa de Ejecución General. Que los Insumos Propuestos por el licitante correspondan a los periodos presentados en los programas.
DE LOS PROGRAMAS. Artículo 80: Las condiciones establecidas en los llamados, y no regidas por los artículos de este reglamento, se refieren al momento de la carrera respectiva, salvo declaración en contrario, hecha en el mismo programa. Artículo 81: En el programa xx xxxxxxxx deberá establecerse, con precisión y claridad, las distancias, premios y demás condiciones de cada carrera de forma tal que reflejen fielmente las establecidas en el llamado o que especifiquen los cambios que eventualmente se hubieran dado. El Comisariato o la Comisión Hípica (según corresponda) quedan facultados para modificar las distancias de las competencias, por razones de seguridad o fuerza mayor. Artículo 82: Las carreras se considerarán llenas con el número de inscripciones establecido en los convenios de asistencia establecidos. Artículo 83: En las carreras en que fueran inscriptos o ratificados para correr, una cantidad de animales que ofreciese inconvenientes para ser largados o peligrosidad para el normal desarrollo de la competencia, la Comisión Hípica podrá dividirla en dos turnos. Si inscriptas o ratificadas, una o más yuntas, sus respectivos componentes deberán participar en distintos lotes. A ese efecto, se practicará un sorteo preliminar para cada una de dichas yuntas, a fin de determinar en qué grupo participarán sus integrantes. Posteriormente, se realizará el sorteo general, con el resto de los inscriptos. Si la Comisión Hípica junto al handicapper local considerase conveniente no dividir la carrera, podrá eliminar la cantidad de participantes que a su juicio, excedan del máximo admisible. La eliminación se efectuará en orden progresivo a partir de los animales que, a juicio del handicapper local, contaren con peores performances en sus últimas actuaciones. Artículo 84: La Comisión Hípica o el Operador Hípico Privado podrá anular una o varias carreras no clásicas, luego de la recepción de las inscripciones o la formulación de los forfaits en las carreras que correspondiera, no obstante haberse logrado el número de inscripciones preestablecidas. Artículo 85: El Operador Hípico Privado podrá, en casos extraordinarios o de fuerza mayor, suspender las reuniones xx xxxxxxxx, explicando los motivos determinantes de su resolución. Artículo 86: Los caballos cuidados por un mismo compositor que corran una carrera, cuando sean de distintas caballerizas, podrán actuar por separado o como uno solo a los efectos del sport, según lo determine la Comisión Hípica. Artículo 87: También actuarán en ...
DE LOS PROGRAMAS. Que el programa general de ejecución de los trabajos corresponda al plazo establecido por el “Instituto” en la convocatoria;

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  • Programa 27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables.

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