Common use of CLASES DE GARANTÍAS Clause in Contracts

CLASES DE GARANTÍAS. Los Oferentes o los Contratistas PPP, según el caso, deberán constituir garantías: a) De mantenimiento de la oferta: de conformidad con lo establecido en el Pliego. En los casos de Licitaciones de etapa múltiple, la garantía de mantenimiento de la oferta será establecida en el Pliego, en un monto fijo. b) De cumplimiento del contrato: de conformidad con lo establecido en el Pliego. Las garantías de cumplimiento del contrato podrán ser, entre otras: (i) Garantía de construcción: el Contratista PPP deberá constituir la garantía correspondiente a la fase de construcción, en la forma y monto establecidos en el Pliego. Cuando las características del Contrato PPP a celebrarse así lo justifiquen, la Autoridad Convocante podrá fijar otras modalidades de garantía, y/o establecer montos de garantía variables en el tiempo en función del grado de avance o cumplimiento de la ejecución del Proyecto. (ii) Garantía de explotación: antes del comienzo de la etapa de explotación del Proyecto, en su totalidad o sólo respecto de una parte del mismo y en tanto sea susceptible de explotación independiente, el Contratista PPP deberá constituir la garantía de explotación en la forma y monto establecidos en el Pliego. La garantía de explotación podrá incrementarse al final del periodo de explotación para garantizar el cumplimiento efectivo de las condiciones de extinción contractual que se hubiesen fijado en el Pliego o en el Contrato PPP. Las garantías deberán mantenerse durante el plazo respectivo que se indique en el Pliego y/o en el Contrato PPP. En caso contrario, y previa intimación, la garantía podrá ser ejecutada por la Autoridad Convocante o por el Ente Contratante, según corresponda, antes de su vencimiento. Cuando la garantía no sea suficiente para cubrir los riesgos y las responsabilidades a las que está afectada, previa intimación, la Autoridad Convocante o, en su caso, el Ente Contratante, podrá proceder al cobro de la diferencia ante el Tribunal competente. Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, procederá la declaración de extinción del Contrato PPP por culpa del Contratista PPP si éste, habiendo sido intimado por un plazo razonable a renovar la vigencia de la garantía de cumplimiento de contrato o, en su caso, a ampliar su cobertura o a proceder a su sustitución, no cumpliese con dicha intimación dentro del plazo que se le hubiese fijado salvo que éste acreditase causa justificada.

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Samples: Public Private Partnership Contracts, Public Private Partnership Contracts, Public Private Partnership Contracts

CLASES DE GARANTÍAS. Los Oferentes oferentes o los Contratistas PPP, según el caso, cocontratantes deberán constituir garantías: a) De mantenimiento de la oferta: CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de conformidad la oferta. En el caso de cotizar con lo establecido en descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el Pliegomayor monto propuesto. En los casos de Licitaciones licitaciones y concursos de etapa múltiple, la garantía de mantenimiento de la oferta será establecida en un monto fijo en el PliegoPliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. En la oferta presentada a través del XXXXX.XX se deberá individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema a tales efectos. El original o el certificado pertinente de la garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad de Compras y Contrataciones dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas hábiles, en un monto fijoel lugar y dentro del horario que se indique en el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. Caso contrario la oferta será desestimada. b) De cumplimiento del contrato: de conformidad con lo establecido en el PliegoDIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato. Las garantías El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser, entre otras: dentro del plazo de CINCO (i5) Garantía días de construcción: notificada la orden de compra o de la firma del contrato. El original o el Contratista PPP deberá constituir certificado pertinente de la garantía correspondiente constituida deberá ser entregada a la fase Unidad de construcciónCompras y Contrataciones dentro del plazo de VEINTICUATRO IF-2017-27973738-APN-DAJ#ACUMAR (24) horas hábiles, contado a partir de la notificación del acto de adjudicación, en la forma el lugar y monto establecidos en el Pliego. Cuando las características del Contrato PPP a celebrarse así lo justifiquen, la Autoridad Convocante podrá fijar otras modalidades de garantía, y/o establecer montos de garantía variables en el tiempo en función del grado de avance o cumplimiento de la ejecución del Proyecto. (ii) Garantía de explotación: antes del comienzo de la etapa de explotación del Proyecto, en su totalidad o sólo respecto de una parte del mismo y en tanto sea susceptible de explotación independiente, el Contratista PPP deberá constituir la garantía de explotación en la forma y monto establecidos en el Pliego. La garantía de explotación podrá incrementarse al final del periodo de explotación para garantizar el cumplimiento efectivo de las condiciones de extinción contractual que se hubiesen fijado en el Pliego o en el Contrato PPP. Las garantías deberán mantenerse durante el plazo respectivo horario que se indique en el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. En los casos de licitaciones o concursos internacionales, el plazo será de hasta VEINTE (20) días como máximo. Si el cocontratante no integrara la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo estipulado, la Unidad de Compras y Contrataciones lo deberá intimar para que la presente, otorgándole un nuevo plazo igual que el original, y en caso que no la integre en dicho plazo se rescindirá el contrato y/o en se dejará sin efecto el Contrato PPP. En caso contrario, acto de adjudicación – según corresponda - y previa intimación, se deberá intimar al pago del importe equivalente al valor de la garantía podrá ser ejecutada por la Autoridad Convocante o mencionada garantía; c) Contragarantía: por el Ente Contratante, según corresponda, antes equivalente a los montos que reciba el cocontratante como adelanto; d) De impugnación al dictamen de su vencimientoevaluación de las ofertas: TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Cuando Si el dictamen de evaluación no aconsejare la garantía no sea suficiente para cubrir los riesgos y las responsabilidades adjudicación a las que está afectada, previa intimación, la Autoridad Convocante o, en su casoninguna oferta, el Ente Contratante, podrá proceder al cobro de la diferencia ante el Tribunal competente. Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, procederá la declaración de extinción del Contrato PPP por culpa del Contratista PPP si éste, habiendo sido intimado por un plazo razonable a renovar la vigencia importe de la garantía de cumplimiento impugnación efectuada por un oferente se calculará sobre la base de contrato ola propia oferta del impugnante. Si la impugnación se realiza por un tercero interesado no oferente el importe de la garantía se calculará sobre la menor oferta presentada. Cuando lo que se impugnare no fuere uno o varios renglones específicos, sino cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación será equivalente al monto fijo que se estipule en su casoel Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. Cuando se impugne la recomendación efectuada sobre uno o varios renglones específicos y, además, cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación se calculará acumulando los IF-2017-27973738-APN-DAJ#ACUMAR importes que surjan de aplicar los criterios estipulados con anterioridad. El original o el certificado pertinente de la garantía constituida deberá ser entregada a ampliar su cobertura o a proceder a su sustitución, no cumpliese con dicha intimación la Unidad de Compras y Contrataciones dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas hábiles, contado a partir de la presentación de la impugnación, en el lugar y horario que se le hubiese fijado salvo indique en el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. En aquellos procedimientos de selección en los que éste acreditase causa justificadase previera que las cotizaciones pudieran contemplar la gratuidad de la prestación, o bien implicar un ingreso para la jurisdicción o entidad contratante, las garantías de impugnación al dictamen de evaluación será establecida en un monto fijo en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares. Las garantías de impugnación serán reintegradas al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. Las formas en que podrán constituirse las garantías serán determinadas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. e) De impugnación al dictamen de preselección: por el monto determinado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. El original o el certificado pertinente de la garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad de Compras y Contrataciones dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas hábiles, contado a partir de la presentación de la impugnación, en el lugar y horario que se indique en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.

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Samples: Reglamento De Procedimientos Para La Contratación De Bienes Y Servicios

CLASES DE GARANTÍAS. Los Oferentes o los Contratistas PPP, según el caso, deberán constituir garantíasLas garantías pueden clasificarse de la siguiente forma: a) De Garantía de mantenimiento de oferta: tiene por finalidad afianzar el mantenimiento de la oferta durante el plazo estipulado y asegurar la celebración del contrato y no su cumplimiento. La garantía de mantenimiento de la oferta: , será del uno por ciento (1%) del valor total de conformidad con lo establecido en el Pliegola oferta. En los casos el caso de Licitaciones cotizaciones con alternativas, la garantía se calculará sobre el mayor valor propuesto. La garantía de etapa múltiplemantenimiento de oferta deberá ser presentada conjuntamente con la respectiva oferta. El desistimiento de la oferta antes del vencimiento del plazo de validez establecido, acarreará la pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta será establecida oferta. En caso de desistimiento parcial, la garantía se perderá en el Pliego, en un monto fijola misma proporción del desistimiento. b) De Garantía de cumplimiento del contrato: tiene por finalidad garantizar el cumplimiento de conformidad con las obligaciones y asegurar por parte de la entidad contratante la estricta ejecución de las obligaciones. La garantía de cumplimiento será xxx xxxx por ciento (10%) del valor total de la adjudicación. Esta garantía será entregada a Tesorería o depositada por el adjudicatario a la orden de la Municipalidad xx Xxxxxxx en la cuenta y banco que se indiquen en las cláusulas particulares, dentro de los ocho (8) días siguientes a la recepción de la notificación de la adjudicación. Si dentro del mencionado plazo el adjudicatario no integrare la garantía de cumplimiento, el incumplimiento acarreará la pérdida de la garantía de oferta y podrá rescindirse el contrato, sin perjuicio de las sanciones que le correspondan al adjudicatario que incurra en tal infracción, procediéndose luego de acuerdo a lo establecido en el PliegoArtículo 6° punto 6.2.3.3. Las garantías de la presente reglamentación. El cumplimiento del contrato podrán serdentro del plazo de integración establecido precedentemente, entre otras:exime al interesado de esta obligación. En caso de rechazo de los artículos entregados, se procederá de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior. (ic) Garantía de construcciónimpugnación a la preadjudicación: para presentar impugnación, el Contratista PPP oferente deberá constituir la garantía correspondiente a la fase de construcción, en la forma y monto establecidos en el Pliego. Cuando las características del Contrato PPP a celebrarse así lo justifiquen, la Autoridad Convocante podrá fijar otras modalidades de garantía, un depósito y/o establecer montos transferencia de garantía variables en el tiempo en función del grado uno por ciento (1%) del valor del o de avance o cumplimiento de la ejecución del Proyectolos renglones impugnados. (iid) Garantía de explotación: antes del comienzo Anticipo Financiero, prevista en caso de que se adelanten fondos para la provisión de bienes, ejecución de obras o prestación de servicios. Se podrán efectuar pagos anticipados siempre que se hubiera pactado en las respectivas condiciones de la etapa contratación y el adjudicatario constituya garantías por el equivalente al monto recibido. En los pliegos de explotación del Proyectobases y condiciones o en las condiciones de contratación se podrá establecer un porcentaje mayor para cada una de las garantías aludidas. Todas las garantías, serán de carácter obligatorio en el procedimiento de licitación pública. En los demás procedimientos de selección, se podrán aplicar opcionalmente. 25.1. Formas de las garantías. a) En efectivo, en moneda nacional, mediante depósito en cuenta oficial en el Banco de la Provincia xx Xxxxxxx, acompañando la boleta pertinente. b) En efectivo, en moneda extranjera, mediante depósito en cuenta oficial en el Banco de la Provincia xx Xxxxxxx, acompañando la boleta pertinente. En caso de ejecución de la garantía a que se refiere este apartado, se cobrarán al oferente los gastos que ella ocasione. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. El importe de la garantía se calculará según lo establecido en el Artículo 25° punto 25.2 de la presente reglamentación. c) En títulos aforados en su totalidad valor nominal de la deuda pública nacional, provincial o sólo respecto municipal, bonos xxx xxxxxx o cualquier otro valor similar. En caso de una parte ejecución de los valores a que se refiere este apartado, se formulará cargo por los gastos que ella ocasione y por la diferencia que resultare si se liquidare bajo la par. El eventual excedente quedará sujeto a las disposiciones que rigen la devolución de garantías. d) Con aval bancario u otra fianza a satisfacción de la Municipalidad xx Xxxxxxx, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso y llano, y principal pagador con renuncia a los beneficios de división y excusión en los términos del mismo Artículo 2013 del Código Civil, así como al beneficio de interpelación judicial previa. e) Con seguro de caución, mediante pólizas aprobadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación, extendidas a favor del Estado Municipal. Las compañías aseguradoras deberán tener asiento principal, sucursal o agencia establecida en la ciudad xx Xxxxxxx y en tanto sea susceptible expresar sometimiento a los Tribunales Ordinarios de explotación independienteesta ciudad. La firma y la acreditación de que el firmante de la póliza de Seguro de caución tiene las facultades para que la compañía de seguros asuma el riesgo, serán certificadas por escribano público. f) Con pagaré suscripto por quienes tengan el uso de la razón social o actúen con poder suficiente del oferente o adjudicatario. En el cuerpo de este documento (anverso o reverso) deberá constar la autenticación de la firma por escribano público, entidad bancaria, autoridad policial u oficial mayor del municipio. En caso de ejecución, el Contratista PPP deberá constituir oferente o adjudicatario contraerá la obligación de efectivizar el pagaré a su sola presentación por el organismo requirente, obligándose a que cualquier reclamo que se intente lo entablará por la vía correspondiente, solo después de su pago. Esta modalidad será válida únicamente para la garantía de explotación en la forma y monto establecidos en el Pliego. La garantía de explotación podrá incrementarse al final del periodo de explotación para garantizar el cumplimiento efectivo de las condiciones de extinción contractual que se hubiesen fijado en el Pliego o en el Contrato PPP. Las garantías deberán mantenerse durante el plazo respectivo que se indique en el Pliego y/o en el Contrato PPP. En caso contrario, y previa intimación, la garantía podrá ser ejecutada por la Autoridad Convocante o por el Ente Contratante, según corresponda, antes de su vencimiento. Cuando la garantía no sea suficiente para cubrir los riesgos y las responsabilidades a las que está afectada, previa intimación, la Autoridad Convocante o, en su caso, el Ente Contratante, podrá proceder al cobro mantenimiento de la diferencia ante el Tribunal competente. Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, procederá la declaración de extinción del Contrato PPP por culpa del Contratista PPP si éste, habiendo sido intimado por un plazo razonable a renovar la vigencia de la garantía de cumplimiento de contrato o, en su caso, a ampliar su cobertura o a proceder a su sustitución, no cumpliese con dicha intimación dentro del plazo que se le hubiese fijado salvo que éste acreditase causa justificadaoferta.

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Samples: Régimen De Compras Y Contrataciones

CLASES DE GARANTÍAS. Los Oferentes oferentes o los Contratistas PPP, según el caso, cocontratantes deberán constituir garantíaslas siguientes garantías conforme lo exige la Resolución DPSCA N° 32/2013, a saber: a) De mantenimiento de la oferta: CINCO POR CIENTO (5%) sobre el importe que surja de conformidad con lo establecido la multiplicación entre la cantidad máxima solicitada en el Pliegorespectivo pliego de bases y condiciones particulares y el precio unitario cotizado. En los casos el caso de Licitaciones cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto. No se exigirá al adjudicatario la garantía de etapa múltiple, cumplimiento del contrato. Se le devolverá la garantía de mantenimiento de oferta en forma proporcional al valor de cada solicitud de provisión recibida de conformidad, dentro de los CINCO (5) días de la oferta será establecida en fecha de la conformidad de la recepción. Vencido el Pliego, en un monto fijoperíodo de vigencia del contrato se le reintegrará la parte restante de la garantía. b) Contragarantía: por el equivalente a los montos que reciba el cocontratante como adelanto, de solicitarse por el oferente. c) De cumplimiento del contratoimpugnación: en los casos de conformidad con impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas cuando así lo establecido requiera la entidad o jurisdicción contratante, en aquellos casos en que el Pliegooferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario. Las garantías En esos supuestos el importe de cumplimiento del contrato podrán ser, entre otras: (i) Garantía de construcción: el Contratista PPP deberá constituir la garantía correspondiente a la fase de construcción, en la forma y será equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto establecidos en el Pliego. Cuando las características del Contrato PPP a celebrarse así lo justifiquen, la Autoridad Convocante podrá fijar otras modalidades de garantía, y/o establecer montos de garantía variables en el tiempo en función del grado de avance o cumplimiento de la ejecución oferta del Proyecto. (ii) Garantía renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Si el dictamen de explotación: antes del comienzo de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la etapa de explotación del Proyecto, en su totalidad o sólo respecto de una parte del mismo y en tanto sea susceptible de explotación independienteadjudicación a ninguna oferta, el Contratista PPP deberá constituir la garantía de explotación en la forma y monto establecidos en el Pliego. La garantía de explotación podrá incrementarse al final del periodo de explotación para garantizar el cumplimiento efectivo de las condiciones de extinción contractual que se hubiesen fijado en el Pliego o en el Contrato PPP. Las garantías deberán mantenerse durante el plazo respectivo que se indique en el Pliego y/o en el Contrato PPP. En caso contrario, y previa intimación, la garantía podrá ser ejecutada por la Autoridad Convocante o por el Ente Contratante, según corresponda, antes de su vencimiento. Cuando la garantía no sea suficiente para cubrir los riesgos y las responsabilidades a las que está afectada, previa intimación, la Autoridad Convocante o, en su caso, el Ente Contratante, podrá proceder al cobro de la diferencia ante el Tribunal competente. Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, procederá la declaración de extinción del Contrato PPP por culpa del Contratista PPP si éste, habiendo sido intimado por un plazo razonable a renovar la vigencia importe de la garantía de cumplimiento impugnación se calculará sobre la base del monto de contrato o, en su caso, a ampliar su cobertura la oferta del renglón o a proceder a su sustitución, no cumpliese con dicha intimación dentro renglones del plazo que se le hubiese fijado salvo que éste acreditase causa justificadaimpugnante.

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Samples: Contratación Del Servicio De Acarreo Y Guarda

CLASES DE GARANTÍAS. Los Oferentes o los Contratistas PPPLas garantías podrán revestir cualquiera de las siguientes modalidades, según el caso, deberán constituir garantías: a) De mantenimiento de la oferta: de conformidad con lo establecido en el Pliego. En la legislación vigente: 1) Pólizas de seguros que sigan los casos de Licitaciones de etapa múltiple, la garantía de mantenimiento requerimientos de la oferta será establecida Superintendencia de Seguros de la República Dominicana; 2) Depósito de dinero en el Pliego, en un monto fijo.garantía que sigan los requerimientos de la Superintendencia de Banco de la República Dominicana o por una de las instituciones multilaterales de crédito de las cuales la República Dominicana sea miembro; b3) De cumplimiento del contrato: La responsabilidad extracontractual de conformidad con lo establecido en el Pliego. Las garantías de cumplimiento del contrato podrán ser, entre otras: (i) Garantía de construcción: el Contratista PPP deberá constituir la garantía correspondiente a la fase de construcción, en la forma y monto establecidos en el Pliego. Cuando las características del Contrato PPP a celebrarse así lo justifiquen, la Autoridad Convocante podrá fijar otras modalidades Contratante derivada de garantíalas actuaciones, hechos u omisiones de la Sociedad Gestora, sus Contratistas y/o establecer montos subcontratistas y el seguro de garantía variables daños contra todo riesgo, sólo pueden ser amparados mediante pólizas de seguros. Cuando se trate de pólizas de seguros, éstas deberán ser expedidas en el tiempo en función del grado los mismos términos previstos: i) la obligación de avance o cumplimiento de comunicar a la ejecución del Proyecto. (ii) Garantía de explotación: antes del comienzo de Autoridad Contratante si la etapa de explotación del Proyecto, en su totalidad o sólo respecto de una parte del mismo y en tanto sea susceptible de explotación independiente, el Contratista PPP deberá constituir la garantía de explotación en la forma y monto establecidos en el Pliego. La garantía de explotación podrá incrementarse al final del periodo de explotación para garantizar el cumplimiento efectivo Sociedad Gestora no cumple con los pagos de las condiciones de extinción contractual que se hubiesen fijado en el Pliego o en el Contrato PPP. Las garantías deberán mantenerse durante el plazo respectivo que se indique en el Pliego primas, deducibles y/o coaseguros, así como cualquier supuesto de cesación, retiro, cancelación o falta de renovación de cualquier póliza; ii) garantizar las obligaciones, funciones y atribuciones indicadas en el presente contrato; iii) la obligación de informar a la Autoridad Contratante sobre cualquier circunstancia que afecte la vigencia, validez o efectividad de las garantías; iv) una cláusula en la que se disponga que las garantías se mantendrán vigentes a pesar de no haberse pagado la prima en los plazos establecidos, si la aseguradora no cumple previamente con las obligaciones de información; v) una cláusula en la que la aseguradora declare que renuncia a sus derechos de subrogación con respecto a la Autoridad Contratante, así como a interponer algún reclamo o medida judicial o extrajudicial en contra de la Autoridad Contratante; vi) una cláusula en la que se establezca que la aseguradora deberá depositar en la cuenta que oportunamente determinará la Autoridad Contratante el pago como consecuencia de la ocurrencia de un siniestro cubierto por cualquiera de las garantía o pólizas de seguro dentro de un plazo de veinte (20) días contados desde el día siguiente a la ocurrencia del éste, o dentro del término establecido en la respectiva garantía o póliza de seguro, el que resulte menor. De tratarse de garantías diferentes a las pólizas de seguros, éstas incorporarán las mismas coberturas previstas para las pólizas de seguros en este Contrato, sin que sea posible añadir exclusiones, condicionamientos o requisitos adicionales para que las mismas se hagan efectivas. En todo caso, las garantías bancarias deberán permitir su cobro a primer requerimiento de la Autoridad Contratante una vez ocurrido el siniestro. La contratación de garantías por parte de la Sociedad Gestora no disminuye su responsabilidad en el marco del presente Contrato PPPde Alianza Público- Privada, por tanto, la Sociedad Gestora continuará sujeto al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el mismo. En caso contrario, y previa intimaciónde que la ocurrencia del siniestro no fuere cubierta por las garantías, la garantía podrá ser ejecutada Sociedad Gestora será la única responsable por cualquier daño que fuere causado al Proyecto del Puerto Xxxxxx en Xxxxxx Barril y a la Autoridad Convocante o por facilidad turística complementaria, exceptuando los casos expresamente previstos en el Ente Contratante, según corresponda, antes de su vencimiento. Cuando la garantía no sea suficiente para cubrir los riesgos y las responsabilidades a las que está afectada, previa intimación, la Autoridad Convocante o, en su caso, el Ente Contratante, podrá proceder al cobro de la diferencia ante el Tribunal competente. Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, procederá la declaración de extinción del Contrato PPP por culpa del Contratista PPP si éste, habiendo sido intimado por un plazo razonable a renovar la vigencia de la garantía de cumplimiento de contrato o, en su caso, a ampliar su cobertura o a proceder a su sustitución, no cumpliese con dicha intimación dentro del plazo que se le hubiese fijado salvo que éste acreditase causa justificadapresente Contrato.

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Samples: Contrato De Alianzas Público Privadas

CLASES DE GARANTÍAS. Los Oferentes oferentes o los Contratistas PPP, según el caso, cocontratantes deberán constituir garantías: a) De mantenimiento de la oferta: CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de conformidad la oferta. En el caso de cotizar con lo establecido en descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el Pliegomayor monto propuesto. En los casos de Licitaciones licitaciones y concursos de etapa múltiple, la garantía de mantenimiento de la oferta será establecida en un monto fijo en el PliegoPliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. En la oferta presentada a través del XXXXX.XX se deberá individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta utilizando el formulario electrónico que suministre el sistema a tales efectos. El original o el certificado pertinente de la garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad de Compras y Contrataciones dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas hábiles, en un monto fijoel lugar y dentro del horario que se indique en el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. Caso contrario la oferta será desestimada. b) De cumplimiento del contrato: de conformidad con lo establecido en el PliegoDIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato. Las garantías El cocontratante deberá integrar la garantía de cumplimiento del contrato podrán ser, entre otras: dentro del plazo de CINCO (i5) Garantía días de construcción: notificada la orden de compra o de la firma del contrato. El original o el Contratista PPP deberá constituir certificado pertinente de la garantía correspondiente constituida deberá ser entregada a la fase Unidad de construcciónCompras y Contrataciones dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas hábiles, contado a partir de la notificación del IF-2023-13617098-APN-DA#ACUMAR acto de adjudicación, en la forma el lugar y monto establecidos en el Pliego. Cuando las características del Contrato PPP a celebrarse así lo justifiquen, la Autoridad Convocante podrá fijar otras modalidades de garantía, y/o establecer montos de garantía variables en el tiempo en función del grado de avance o cumplimiento de la ejecución del Proyecto. (ii) Garantía de explotación: antes del comienzo de la etapa de explotación del Proyecto, en su totalidad o sólo respecto de una parte del mismo y en tanto sea susceptible de explotación independiente, el Contratista PPP deberá constituir la garantía de explotación en la forma y monto establecidos en el Pliego. La garantía de explotación podrá incrementarse al final del periodo de explotación para garantizar el cumplimiento efectivo de las condiciones de extinción contractual que se hubiesen fijado en el Pliego o en el Contrato PPP. Las garantías deberán mantenerse durante el plazo respectivo horario que se indique en el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. En los casos de licitaciones o concursos internacionales, el plazo será de hasta VEINTE (20) días como máximo. Si el cocontratante no integrara la garantía de cumplimiento del contrato dentro del plazo estipulado, la Unidad de Compras y Contrataciones lo deberá intimar para que la presente, otorgándole un nuevo plazo igual que el original, y en caso que no la integre en dicho plazo se rescindirá el contrato y/o en se dejará sin efecto el Contrato PPP. En caso contrario, acto de adjudicación – según corresponda - y previa intimación, se deberá intimar al pago del importe equivalente al valor de la garantía podrá ser ejecutada por la Autoridad Convocante o mencionada garantía; c) Contragarantía: por el Ente Contratante, según corresponda, antes equivalente a los montos que reciba el cocontratante como adelanto; d) De impugnación al dictamen de su vencimientoevaluación de las ofertas: TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Cuando Si el dictamen de evaluación no aconsejare la garantía no sea suficiente para cubrir los riesgos y las responsabilidades adjudicación a las que está afectada, previa intimación, la Autoridad Convocante o, en su casoninguna oferta, el Ente Contratante, podrá proceder al cobro de la diferencia ante el Tribunal competente. Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, procederá la declaración de extinción del Contrato PPP por culpa del Contratista PPP si éste, habiendo sido intimado por un plazo razonable a renovar la vigencia importe de la garantía de cumplimiento impugnación efectuada por un oferente se calculará sobre la base de contrato ola propia oferta del impugnante. Si la impugnación se realiza por un tercero interesado no oferente el importe de la garantía se calculará sobre la menor oferta presentada. Cuando lo que se impugnare no fuere uno o varios renglones específicos, sino cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación será equivalente al monto fijo que se estipule en su casoel Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. Cuando se impugne la recomendación efectuada sobre uno o varios renglones específicos y, además, cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación se calculará acumulando los importes que surjan de aplicar los criterios IF-2023-13617098-APN-DA#ACUMAR estipulados con anterioridad. El original o el certificado pertinente de la garantía constituida deberá ser entregada a ampliar su cobertura o a proceder a su sustitución, no cumpliese con dicha intimación la Unidad de Compras y Contrataciones dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas hábiles, contado a partir de la presentación de la impugnación, en el lugar y horario que se le hubiese fijado salvo indique en el respectivo Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. En aquellos procedimientos de selección en los que éste acreditase causa justificadase previera que las cotizaciones pudieran contemplar la gratuidad de la prestación, o bien implicar un ingreso para la jurisdicción o entidad contratante, las garantías de impugnación al dictamen de evaluación será establecida en un monto fijo en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares. Las garantías de impugnación serán reintegradas al impugnante sólo en caso de que la impugnación sea resuelta favorablemente. Las formas en que podrán constituirse las garantías serán determinadas en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. e) De impugnación al dictamen de preselección: por el monto determinado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas. El original o el certificado pertinente de la garantía constituida deberá ser entregada a la Unidad de Compras y Contrataciones dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas hábiles, contado a partir de la presentación de la impugnación, en el lugar y horario que se indique en los respectivos Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas.

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Samples: Reglamento De Procedimientos Para La Contratación De Bienes Y Servicios

CLASES DE GARANTÍAS. Los Oferentes oferentes o los Contratistas PPP, según el caso, cocontratantes deberán constituir garantías: a) De mantenimiento de la oferta: CINCO POR CIENTO (5%) del monto total de conformidad la oferta. En el caso de cotizar con lo establecido en descuentos, alternativas o variantes, la garantía se calculará sobre el Pliegomayor monto propuesto. En los casos de Licitaciones licitaciones y concursos de etapa múltiple, la garantía de mantenimiento de la oferta será establecida en el Pliego, en un monto fijo, por la jurisdicción o entidad contratante, en el pliego de bases y condiciones particulares. b) De cumplimiento del contrato: DIEZ POR CIENTO (10%) del monto total del contrato. c) Contragarantía: por el equivalente a los montos que reciba el cocontratante como adelanto. d) De impugnación: en los casos de conformidad con impugnaciones contra el dictamen de evaluación de las ofertas cuando así lo establecido requiera la entidad o jurisdicción contratante, en aquellos casos en que el oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario. En esos supuestos el importe de la garantía será equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato. Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. e) De impugnación del dictamen de preselección: en los casos de impugnaciones contra la precalificación, en las licitaciones o concursos de etapa múltiple, por el monto determinado en el PliegoPliego de Bases y Condiciones Particulares. Las En aquellos procedimientos de selección en los que se previera que las cotizaciones a recibir pudieran contemplar la gratuidad de la prestación, o bien implicar un ingreso para la jurisdicción o entidad contratante, las garantías de mantenimiento de la oferta y de cumplimiento del contrato podrán ser, entre otras: (i) Garantía serán establecidas en un monto fijo en los respectivos pliegos de construcción: el Contratista PPP deberá constituir la garantía correspondiente bases y condiciones particulares. Los originales de las garantías presentadas deberán ser remitidos para su custodia a la fase pertinente tesorería jurisdiccional y se deberá adjuntar al expediente del procedimiento de construcción, en la forma y monto establecidos en el Pliego. Cuando las características del Contrato PPP a celebrarse así lo justifiquen, la Autoridad Convocante podrá fijar otras modalidades de garantía, y/o establecer montos de garantía variables en el tiempo en función del grado de avance o cumplimiento de la ejecución del Proyecto. (ii) Garantía de explotación: antes del comienzo de la etapa de explotación del Proyecto, en su totalidad o sólo respecto de selección una parte del mismo y en tanto sea susceptible de explotación independiente, el Contratista PPP deberá constituir la garantía de explotación en la forma y monto establecidos en el Pliego. La garantía de explotación podrá incrementarse al final del periodo de explotación para garantizar el cumplimiento efectivo copia de las condiciones de extinción contractual que se hubiesen fijado en el Pliego o en el Contrato PPP. Las garantías deberán mantenerse durante el plazo respectivo que se indique en el Pliego y/o en el Contrato PPP. En caso contrario, y previa intimación, la garantía podrá ser ejecutada por la Autoridad Convocante o por el Ente Contratante, según corresponda, antes de su vencimiento. Cuando la garantía no sea suficiente para cubrir los riesgos y las responsabilidades a las que está afectada, previa intimación, la Autoridad Convocante o, en su caso, el Ente Contratante, podrá proceder al cobro de la diferencia ante el Tribunal competente. Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, procederá la declaración de extinción del Contrato PPP por culpa del Contratista PPP si éste, habiendo sido intimado por un plazo razonable a renovar la vigencia de la garantía de cumplimiento de contrato o, en su caso, a ampliar su cobertura o a proceder a su sustitución, no cumpliese con dicha intimación dentro del plazo que se le hubiese fijado salvo que éste acreditase causa justificadamismas.

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