Devolución del pago anticipado Cláusulas de Ejemplo
Devolución del pago anticipado. Este amparo cubre los perjuicios sufridos por la Entidad Estatal por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar.
Devolución del pago anticipado. Este amparo cubre los perjuicios sufridos por la E.S.E por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar.
Devolución del pago anticipado. El amparo de devolución de pago anticipado cubre a la E.S.E. contratante de los perjuicios sufridos por la no devolución total o parcial, por parte del contratista, de los dineros que le fueron entregados a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar. El valor de esta garantía deberá ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el contratista reciba a título de pago anticipado, en dinero o en especie, y su vigencia se extenderá hasta la liquidación del contrato. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la E.S.E. contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. El valor de esta garantía será como mínimo equivalente al monto de la cláusula penal pecuniaria, y en todo caso, no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del valor total del contrato. El contratista deberá otorgarla con una vigencia igual al plazo del contrato garantizado más el plazo contractual previsto para la liquidación de aquel. En caso de no haberse convenido por las partes término para la liquidación del contrato, la garantía deberá mantenerse vigente por el término legal previsto para ese efecto. Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales cubrirá a la E.S.E. contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el contratista garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado. El valor de esta garantía no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato y deberá extenderse por el plazo del contrato y tres años más.
Devolución del pago anticipado. Este amparo cubre los perjuicios sufridos por la Empresa por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar. Esta garantía se exigirá, por la suma equivalente al cien por cien (100%) del pago anticipado, por el término del contrato de ejecución contractual y seis (6) meses más
Devolución del pago anticipado por un monto equivalente al 100% del valor entregado por este concepto, con una vigencia igual al pazo de ejecución del proyecto y cuatro meses más.
Devolución del pago anticipado. Cumplimiento del contrato.
Devolución del pago anticipado. Cumplimiento Mínimo 10% del valor del contrato Mínimo 10% del valor del contrato Mínimo 20% del valor del contrato Plazo del contrato y 4 meses más.
Devolución del pago anticipado. El amparo de devolución de pago anticipado cubre a la Unidad de los perjuicios sufridos por la no devolución total o parcial, por parte del contratista, de los dineros que le fueron entregados a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar. El valor de esta garantía deberá ser equivalente al cien por ciento (100%) del monto que el contratista reciba a título de pago anticipado, en dinero o en especie, con una vigencia igual al termino de ejecución del contrato garantizado más el plazo contractual previsto para la liquidación, contado a partir de la fecha de expedición de la garantía.
Devolución del pago anticipado. Cubre los perjuicios que se derivan para Fondecún por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar. Esta garantía debe estar vigente durante el plazo de ejecución del contrato y hasta la liquidación del contrato o hasta que Fondecún verifique el cumplimiento de todas las actividades o la entrega de todos los bienes o servicios asociados al pago anticipado. Debe cubrir el 100% del valor del pago anticipado, ya sea este en dinero o en especie.
Devolución del pago anticipado. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal