COBERTURA "H" RIESGOS ADICIONALES. Esta cobertura ampara las pérdidas directas, súbitas y accidentales que sufra el automóvil asegurado hasta el límite de la suma contratada, y en exceso del deducible convenido en las Condiciones Particulares, a consecuencia de: a. La inundación, entendida esta como: el efecto directo de la acción del agua, que provoca el desbordamiento xx xxxx, lagos, lagunas, diques, represas y embalses, así como de los sistemas de alcantarillado público o cualquier otro cause de evacuación pluvial. b. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado a consecuencia de: ciclón, huracán, tornado y tormenta. c. Los daños provenientes de temblor, terremoto, deslizamiento, hundimiento o derrumbe. d. Los daños a consecuencia de explosión externa. e. Los daños vandálicos que se produzcan al vehículo asegurado a consecuencia de: rayonazos, raspones, sustancias o líquidos corrosivos, manchas de pinturas, golpes, lanzamiento de piedras, proyectiles o balas. En estos casos el INS requerirá la colaboración del Asegurado según lo establecido en el Artículo “Obligaciones del Asegurado”, Inciso E “Cooperación”. f. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado durante su transporte terrestre o acuático, así como en las maniobras de carga y descarga. g. El daño que se produzca al automóvil asegurado como consecuencia del aterrizaje forzoso de aeronaves, su caída o la caída de sus partes o su equipo. h. El daño que reciba el automóvil asegurado a consecuencia xx xxxx o incendio por cualquier causa. x. Xxxxx al automóvil provocados por el levantamiento súbito o accidental de la tapa del motor.
Appears in 3 contracts
Samples: Insurance Agreement, Insurance Contract, Seguro Voluntario De Automóviles
COBERTURA "H" RIESGOS ADICIONALES. Esta cobertura ampara las pérdidas directas, súbitas y accidentales Cubre el daño físico que sufra el automóvil asegurado hasta el límite de la suma contratadaVehículo Asegurado, y en exceso del deducible convenido en las Condiciones Particulares, como consecuencia de un evento causado por los siguientes riesgos, a consecuencia desaber:
a. 1. La inundación, entendida esta como: el efecto directo de la acción del agua, que provoca el desbordamiento xx xxxx, lagos, lagunas, diques, represas y embalses, así como de los sistemas de alcantarillado público o cualquier otro cause de evacuación pluvial.
b. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado a consecuencia de: ciclón, huracán, tornado granizada y tormenta.tornado;
c. Los daños provenientes de temblor2. Temblor, terremoto, deslizamiento, hundimiento o derrumbe.derrumbe del terreno
d. Los daños a 3. A consecuencia de explosión externaexterna al Vehículo Asegurado
4. Daños mal intencionados, previa comprobación de forma fehaciente e inequívoca por parte del Asegurado, de los hechos que produjeron tales daños.
e. Los daños vandálicos que se produzcan al vehículo asegurado a consecuencia de: rayonazos, raspones, sustancias o líquidos corrosivos, manchas de pinturas, golpes, lanzamiento de piedras, proyectiles o balas5. En estos casos el INS requerirá la colaboración del Asegurado según lo establecido en el Artículo “Obligaciones del Asegurado”, Inciso E “Cooperación”.
f. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado durante Durante su transporte terrestre o acuático, así como en incluyendo las maniobras de carga y descarga.
g. El daño que se produzca al automóvil asegurado como consecuencia del aterrizaje 6. Aterrizaje forzoso de aeronavesaviones, su caída o la caída de sus partes o su equipo.
h. El daño que reciba el automóvil asegurado a consecuencia xx xxxx 7. Rayo o incendio por cualquier causa.
x. Xxxxx al automóvil provocados por el levantamiento 8. Levantamiento súbito o accidental de la tapa o cubierta del motor
9. Animales, sean o no propiedad del asegurado, en la parte externa del vehículo, distintos a los riesgos cubiertos bajo la COBERTURA D: DAÑOS DIRECTOS POR COLISIÓN Y/O VUELCO.
10. Daños que sufran los cristales y/o vidrios del Vehículo Asegurado, por acción maliciosa o dolosa, sin que medie acción alguna del Asegurado, que cause pérdidas directas, súbitas y accidentales en detrimento del bien asegurado. El límite de la suma a indemnizar bajo esta cobertura no podrá exceder el valor xx xxxxxxx del xxxxxxx x xxxxxx dañado, según cotizaciones efectuadas; cualquier exceso de tal suma estará a cargo del Asegurado.
Appears in 3 contracts
Samples: Acuerdo De Aseguramiento, Seguro De Automóviles, Acuerdo De Aseguramiento
COBERTURA "H" RIESGOS ADICIONALES. Esta OCEÁNICA se compromete al amparo de esta cobertura ampara las pérdidas directas, súbitas y accidentales que sufra el automóvil asegurado hasta el límite de la suma contratada, y en exceso del deducible convenido indicado en las Condiciones ParticularesParticulares de la póliza, a indemnizar el daño que reciba el vehículo asegurado como consecuencia dede un evento causado por los siguientes riesgos, a saber:
a. 1. La inundación, entendida esta como: el efecto directo de la acción del agua, que provoca el desbordamiento xx xxxx, lagos, lagunas, diques, represas y embalses, así como de los sistemas de alcantarillado público o cualquier otro cause de evacuación pluvial.
b. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado a consecuencia de: ciclón, huracán, tornado granizada y tormenta.tornado
c. Los daños 2. Daños provenientes de temblor, terremoto, deslizamiento, hundimiento o derrumbe.derrumbe del terreno
d. Los daños 3. Daños a consecuencia de explosión externa.externa al vehículo asegurado
e. Los daños vandálicos 4. Daños mal intencionados, previa comprobación de forma fehaciente e inequívoca por parte del Asegurado, de los hechos que se produzcan produjeron tales daños
5. Daños al vehículo asegurado a consecuencia de: rayonazosprovenientes de eventos amparados por las otras coberturas de este Contrato, raspones, sustancias o líquidos corrosivos, manchas cuya ocurrencia se presente dentro de pinturas, golpes, lanzamiento de piedras, proyectiles o balas. En estos casos el INS requerirá la colaboración los predios del Asegurado según lo establecido o de las Personas Aseguradas en el Artículo “Obligaciones del Asegurado”, Inciso E “Cooperación”la póliza.
f. Los daños que se produzcan al automóvil 6. Daños sufridos por el vehículo asegurado durante su transporte terrestre o acuático, así como en incluyendo las maniobras de carga y descarga.
g. El daño 7. Daños que se produzca produzcan al automóvil vehículo asegurado como consecuencia del aterrizaje forzoso de aeronavesaviones, su caída o la caída de sus partes o su equipo.
h. El daño que reciba el automóvil 8. Daños al vehículo asegurado a consecuencia xx xxxx o incendio por cualquier causa.
x. Xxxxx 9. Daños producidos al automóvil asegurado provocados por el levantamiento súbito o accidental de la tapa o cubierta del motor
10. Los daños provocados por animales, sean o no propiedad del asegurado, en la parte externa del automóvil, distintos a los riesgos cubiertos bajo la Cobertura D – Daños Directos por Colisión y/o Vuelco.
11. Daños que sufran los cristales y/o vidrios del vehículo asegurado, por acción maliciosa o dolosa, sin que medie acción alguna del Asegurado, que cause pérdidas directas, súbitas y accidentales en detrimento del bien asegurado. El límite de la suma a indemnizar bajo esta cobertura no podrá exceder del valor declarado del xxxxxxx x xxxxxx dañado, según cotización efectuada por la Agencia Distribuidora de la marca del vehículo asegurado y/o de las empresas autorizadas para brindar este servicio; cualquier suma en exceso de tal suma, estará a cargo del Asegurado.
Appears in 2 contracts
Samples: Insurance Agreement, Insurance Agreement
COBERTURA "H" RIESGOS ADICIONALES. Esta cobertura ampara las pérdidas directas, súbitas y accidentales que sufra el automóvil asegurado hasta el límite de la suma contratada, y en exceso del deducible convenido en las Condiciones Particulares, a consecuencia de:
a. La inundación, entendida esta ésta como: el efecto directo de la acción del agua, que provoca el desbordamiento xx xxxx, lagos, lagunas, diques, represas y embalses, así como de los sistemas de alcantarillado público o cualquier otro cause de evacuación pluvial.
b. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado a consecuencia de: ciclón, huracán, tornado y tormenta.
c. Los daños provenientes de temblor, terremoto, deslizamiento, hundimiento o derrumbe.
d. Los daños a consecuencia de explosión externa.
e. Los daños vandálicos que se produzcan al vehículo asegurado a consecuencia de: rayonazos, raspones, sustancias o líquidos corrosivos, manchas de pinturas, golpes, lanzamiento de piedras, proyectiles o balas. En estos casos el INS requerirá la colaboración del Asegurado según lo establecido en el Artículo “Obligaciones del Asegurado”, Inciso E “Cooperación”.
f. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado durante su transporte terrestre o acuático, así como en las maniobras de carga y descarga.
g. El daño que se produzca al automóvil asegurado como consecuencia del aterrizaje forzoso de aeronaves, su caída o la caída de sus partes o su equipo.
h. El daño que reciba el automóvil asegurado a consecuencia xx xxxx o incendio por cualquier causa.
x. Xxxxx al automóvil provocados por el levantamiento súbito o accidental de la tapa del motor.
Appears in 2 contracts
Samples: Insurance Contract, Insurance Contract
COBERTURA "H" RIESGOS ADICIONALES. Esta cobertura ampara las pérdidas directas, súbitas y accidentales que sufra el sean causadas al automóvil asegurado hasta el límite de la suma contratada, y en exceso del deducible convenido en las Condiciones Particulares, a consecuencia de:
a. La inundación, entendida esta como: el efecto directo de la acción del agua, que provoca el desbordamiento xx xxxx, lagos, lagunas, diques, represas y embalses, así como de los sistemas de alcantarillado público o cualquier otro cause de evacuación pluvial.
b. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado a consecuencia de: ciclón, huracán, tornado y tormenta, siempre que el fenómeno natural se hubiera declarado de manera formal por parte de las autoridades correspondientes.
c. Los daños provenientes de temblor, terremoto, deslizamiento, hundimiento o derrumbe.
d. Los daños a consecuencia de explosión externa.
e. Los daños vandálicos que se produzcan al vehículo asegurado a consecuencia de: rayonazos, raspones, sustancias o líquidos corrosivos, manchas de pinturas, golpes, lanzamiento de piedras, proyectiles o balas. Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx En estos casos el INS requerirá la colaboración del Asegurado según lo establecido en el Artículo “Obligaciones del Asegurado”, Inciso E “Cooperación”.
f. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado durante su transporte terrestre o acuático, así como en las maniobras de carga y descarga.
g. El daño que se produzca al automóvil asegurado como consecuencia del aterrizaje forzoso de aeronaves, su caída o la caída de sus partes o su equipo.
h. El daño que reciba el automóvil asegurado a consecuencia xx xxxx o incendio por cualquier causa.
x. Xxxxx i. Los daños al automóvil provocados por el levantamiento súbito o accidental de la tapa del motor.
Appears in 1 contract
Samples: Insurance Contract
COBERTURA "H" RIESGOS ADICIONALES. Esta cobertura ampara Ampara las pérdidas directas, súbitas y accidentales que sufra el automóvil asegurado hasta el límite de la suma contratada, y en exceso del deducible convenido en las Condiciones Particularesconvenido, a consecuencia de:
a. La inundación, entendida esta como: el efecto directo de la acción del agua, que provoca provocan el desbordamiento xx xxxx, lagos, lagunas, diques, represas y embalses; además, así como cubre los riesgos de los sistemas de alcantarillado público o cualquier otro cause de evacuación pluvial.
b. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado a consecuencia de: ciclón, huracán, tornado granizada y tormentatornado.
c. b. Los daños provenientes de temblor, terremoto, deslizamiento, hundimiento o derrumbe.
d. c. Los daños a consecuencia de explosión externa.
e. d. Los daños vandálicos que se produzcan al vehículo asegurado a consecuencia de: rayonazos, raspones, sustancias o líquidos corrosivos, manchas de pinturas, golpes, lanzamiento de piedras, proyectiles o balas. En estos casos el INS requerirá la colaboración del Asegurado y/o Tomador según lo establecido en el Artículo la Sección “Obligaciones del AseguradoAsegurado y/o Tomador”, Inciso E “Cooperación”.
f. e. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado durante su transporte terrestre o acuático, así como en las maniobras de carga y descarga.
g. f. El daño que se produzca al automóvil asegurado como consecuencia del aterrizaje forzoso de aeronaves, su caída o ó la caída de sus partes o su equipo.
h. g. El daño que reciba el automóvil asegurado a consecuencia xx xxxx o incendio por cualquier causa.
x. Xxxxx h. Los daños al automóvil provocados por el levantamiento súbito o accidental de la tapa del motor.
i. Los daños provocados por animales sean o no propiedad del Asegurado y/o Tomador, en la parte externa del automóvil, distintos a los riesgos cubiertos bajo la cobertura “D” Colisión y/o Vuelco.
Appears in 1 contract
Samples: Insurance Agreement
COBERTURA "H" RIESGOS ADICIONALES. Esta cobertura ampara las pérdidas directas, súbitas y accidentales que sufra el automóvil asegurado hasta el límite de la suma contratada, y en exceso del deducible convenido en las Condiciones Particulares, a consecuencia de:
a. La inundación, entendida esta como: el efecto directo de la acción del agua, que provoca el desbordamiento xx xxxx, lagos, lagunas, diques, represas y embalses, así como de los sistemas de alcantarillado público o cualquier otro cause de evacuación pluvial.
b. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado a consecuencia de: ciclón, huracán, tornado y tormenta.
c. Los daños provenientes de temblor, terremoto, deslizamiento, hundimiento o derrumbe.
d. Los daños a consecuencia de explosión externa.
e. Los daños vandálicos que se produzcan al vehículo asegurado a consecuencia de: rayonazos, raspones, sustancias o líquidos corrosivos, manchas de pinturas, golpes, lanzamiento de piedras, proyectiles o balas, cuyo tiempo de reparación se estime en más de 150 UT (unidades de tiempo). En estos casos el INS requerirá la colaboración del Asegurado según lo establecido en el Artículo “Obligaciones del Asegurado”, Inciso E “Cooperación”.
f. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado durante su transporte terrestre o acuático, así como en las maniobras de carga y descarga.
g. El daño que se produzca al automóvil asegurado como consecuencia del aterrizaje forzoso de aeronaves, su caída o la caída de sus partes o su equipo.
h. El daño que reciba el automóvil asegurado a consecuencia xx xxxx o incendio por cualquier causa.
x. Xxxxx al automóvil provocados por el levantamiento súbito o accidental de la tapa del motor.
Appears in 1 contract
Samples: Seguro Voluntario De Automóviles
COBERTURA "H" RIESGOS ADICIONALES. Esta cobertura ampara las pérdidas directas, súbitas y accidentales que sufra el sean causadas al automóvil asegurado hasta el límite de la suma contratada, y en exceso del deducible convenido en las Condiciones Particulares, a consecuencia de:
a. La inundación, entendida esta como: el efecto directo de la acción del agua, que provoca el desbordamiento xx xxxx, lagos, lagunas, diques, represas y embalses, así como de los sistemas de alcantarillado público o cualquier otro cause de evacuación pluvial.
b. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado a consecuencia de: ciclón, huracán, tornado y tormenta, siempre que el fenómeno natural se hubiera declarado de manera formal por parte de las autoridades correspondientes.
c. Los daños provenientes de temblor, terremoto, deslizamiento, hundimiento o derrumbe.
d. Los daños a consecuencia de explosión externa.
e. Los daños vandálicos que se produzcan al vehículo asegurado a consecuencia de: rayonazos, raspones, sustancias o líquidos corrosivos, manchas de pinturas, golpes, lanzamiento de piedras, proyectiles o balas. En estos casos el INS requerirá la colaboración del Asegurado según lo establecido en el Artículo “Obligaciones del Asegurado”, Inciso E “Cooperación”.
f. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado durante su transporte terrestre o acuático, así como en las maniobras de carga y descarga.
g. El daño que se produzca al automóvil asegurado como consecuencia del aterrizaje forzoso de aeronaves, su caída o la caída de sus partes o su equipo.
h. El daño que reciba el automóvil asegurado a consecuencia xx xxxx o incendio por cualquier causa.
x. Xxxxx al automóvil provocados por el levantamiento súbito o accidental de la tapa del motor.
Appears in 1 contract
Samples: Insurance Contract
COBERTURA "H" RIESGOS ADICIONALES. Esta cobertura ampara las pérdidas directas, súbitas y accidentales que sufra el automóvil asegurado hasta el límite de la suma contratada, y en exceso del deducible convenido en las Condiciones Particulares, a consecuencia de:
a. La inundación, entendida esta como: el efecto directo de la acción del agua, que provoca el desbordamiento xx xxxx, lagos, lagunas, diques, represas y embalses, así como de los sistemas de alcantarillado público o cualquier otro cause de evacuación pluvial.
b. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado a consecuencia de: ciclón, huracán, tornado y tormenta.
c. Los daños provenientes de temblor, terremoto, deslizamiento, hundimiento o derrumbe.
d. Los daños a consecuencia de explosión externa.
e. Los daños vandálicos que se produzcan al vehículo asegurado a consecuencia de: rayonazos, raspones, sustancias o líquidos corrosivos, manchas de pinturas, golpes, lanzamiento de piedras, proyectiles o balas, cuyo tiempo de reparación se estime en más de 150 UT (unidades de tiempo). En estos casos el INS requerirá la colaboración del Asegurado según lo establecido en el Artículo “Obligaciones del Asegurado”, Inciso E “Cooperación”.
f. Los daños que se produzcan al automóvil asegurado durante su transporte terrestre o acuático, así como en las maniobras de carga y descarga.
g. El daño que se produzca al automóvil asegurado como consecuencia del aterrizaje forzoso de aeronaves, su caída o la caída de sus partes o su equipo.
h. El daño que reciba el automóvil asegurado a consecuencia xx xxxx o incendio por cualquier causa.
x. Xxxxx i. Los daños al automóvil provocados por el levantamiento súbito o accidental de la tapa del motor.
Appears in 1 contract
Samples: Seguro Voluntario De Automóviles