Common use of Comité Mixto Clause in Contracts

Comité Mixto. 1. Las Partes establecerán en virtud del presente Acuerdo un Comité mixto compuesto por representantes de los miembros del Consejo de la Unión Europea y de la Comisión de las Comunidades Europeas, por una parte, y por representantes de la República xx Xxxxx, por otra. En el Comité mixto se evacuarán consultas con el objeto de facilitar la ejecución del presente Acuerdo y promover la consecución de sus objetivos generales. 2. El Comité mixto tendrá por cometido: — garantizar el correcto funcionamiento del Acuerdo, — estudiar la evolución del comercio y de la cooperación entre ambas Partes, — buscar métodos apropiados para prevenir los problemas que puedan surgir en los sectores regulados por el presente Acuerdo, — buscar fórmulas para desarrollar y diversificar el comercio, — intercambiar opiniones y presentar propuestas sobre cual- quier cuestión de interés común relacionada con el comercio y la cooperación, incluidas las actividades futuras y los recursos disponibles para realizarlas; — formular las recomendaciones oportunas para promover la expansión del comercio y la cooperación, teniendo en cuenta la necesidad de coordinar las medidas propuestas. 3. El Comité mixto se reunirá normalmente una vez al año, alternativamente en Bruselas y en Seúl. Se celebrarán reuniones extraordinarias del Comité mixto a petición de cualquiera de las Partes. La presidencia del Comité mixto será ejercida alternati- vamente por cada una de las Partes. 4. El Comité mixto podrá crear subcomités especializados que la asistan en el desempeño de sus tareas. Estos subcomités rendirán informes detallados de sus actividades al Comité mixto en cada una de sus reuniones.

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Samples: Acuerdo Marco De Comercio Y Cooperación

Comité Mixto. 1. Las Partes establecerán en virtud del presente Acuerdo establecen un Comité mixto Mixto compuesto por representantes de los miembros del Consejo de la Unión Europea y de la Comisión de las Comunidades Europeas, por una parte, y por representantes de la República xx Xxxxx, por otra. En el Comité mixto se evacuarán consultas con el objeto de facilitar la ejecución del presente Acuerdo y promover la consecución de sus objetivos generalesPartes. 2. El Se celebrarán consultas en el Comité mixto tendrá por cometido: — garantizar el correcto funcionamiento Mixto para facilitar la aplicación y promover los objetivos del Acuerdo, — estudiar la evolución del comercio y de la cooperación entre ambas Partes, — buscar métodos apropiados para prevenir los problemas que puedan surgir en los sectores regulados por el presente Acuerdo, — buscar fórmulas así como para desarrollar mantener la coherencia en las relaciones entre la UE y diversificar el comercioAustralia. 3. Las funciones del Comité Mixto serán: a) promover la aplicación efectiva del presente Acuerdo; b) supervisar la evolución de las relaciones bilaterales entre las Partes en su conjunto, incluidos los acuerdos; c) recabar, según xxxxxxx, información de los comités u otros organismos creados en virtud de otros acuerdos específicos entre las Partes y tomar en consideración cualquier informe presentado por ellos; d) intercambiar opiniones puntos de vista y presentar propuestas hacer sugerencias sobre cual- quier cualquier cuestión de interés común relacionada con el comercio y la cooperacióncomún, incluidas en particular las actividades acciones futuras y los recursos disponibles para realizarlas; — formular llevarlas a cabo; e) establecer prioridades y, en su caso, determinar los próximos pasos o planes de acción en relación con los objetivos del presente Acuerdo; f) buscar medios apropiados para prevenir las recomendaciones oportunas dificultades que pudieran presentarse en los ámbitos contemplados por el presente Acuerdo; g) esforzarse por resolver las diferencias que surjan en la aplicación o interpretación del presente Acuerdo, con arreglo a su artículo 57; h) examinar la información presentada por una de las Partes, de conformidad con el artículo 57, y i) adoptar decisiones, cuando proceda, para promover la expansión dar efecto a aspectos específicos del comercio y la cooperación, teniendo en cuenta la necesidad de coordinar las medidas propuestaspresente Acuerdo. 34. El Comité mixto Mixto actuará por consenso. Asimismo, adoptará su reglamento interno. Podrá crear subcomités y grupos de trabajo para tratar cuestiones específicas. 5. El Comité Mixto se reunirá normalmente una vez al año, alternativamente en Bruselas la Unión y en SeúlAustralia. Se celebrarán Las reuniones extraordinarias del Comité mixto Mixto se celebrarán a petición de cualquiera de las Partes. La presidencia del Comité mixto será ejercida alternati- vamente por cada una de las Partes. 4partes. El Comité mixto Mixto será presidido conjuntamente por ambas Partes. Se reunirá normalmente a nivel de funcionarios de alto nivel, pero podrá crear subcomités especializados que la asistan en el desempeño de sus tareasreunirse a nivel ministerial. Estos subcomités rendirán informes detallados de sus actividades al El Comité mixto en cada una de sus reunionesMixto podrá también funcionar por videoconferencia o contactos telefónicos o intercambiar información por correo electrónico.

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Samples: Acuerdo Marco

Comité Mixto. 1. Las Por el presente Acuerdo se crea un comité compuesto de representantes de las Partes establecerán Contratantes, que se denominará «Comité estadístico Comunidad/Suiza» (denominado en virtud lo suce- sivo el Comité mixto). Será responsable de la gestión y correcta aplicación del presente Acuerdo un Acuerdo. A tal fin, hará recomendaciones y adoptará decisiones en los casos previstos en el presente Acuerdo. El Comité mixto compuesto por representantes actuará de los miembros del Consejo de la Unión Europea y de la Comisión de mutuo acuerdo. Sus decisiones serán vinculantes para las Comunidades Europeas, por una parte, y por representantes de la República xx Xxxxx, por otra. En el Comité mixto se evacuarán consultas con el objeto de facilitar la ejecución del presente Acuerdo y promover la consecución de sus objetivos generalesPartes Contratantes. 2. El Comité mixto tendrá y el Comité del programa estadístico (CPE), creado por cometido: — garantizar el correcto funcionamiento la Decisión 89/382/CEE, Euratom del AcuerdoConsejo, — estudiar la evolución de 19 xx xxxxx de 1989, organizarán sus tareas a efectos del comercio y de la cooperación entre ambas Partes, — buscar métodos apropiados para prevenir los problemas que puedan surgir presente Acuerdo en los sectores regulados por el presente Acuerdo, — buscar fórmulas para desarrollar y diversificar el comercio, — intercambiar opiniones y presentar propuestas sobre cual- quier cuestión de interés común relacionada con el comercio y la cooperación, incluidas las actividades futuras y los recursos disponibles para realizarlas; — formular las recomendaciones oportunas para promover la expansión del comercio y la cooperación, teniendo en cuenta la necesidad de coordinar las medidas propuestasreuniones conjuntas. 3. El Comité mixto se reunirá normalmente una vez al añoaprobará, alternativamente en Bruselas mediante decisión, su regla- mento interno, que, entre otras disposiciones, incluirá los procedimientos para la convocatoria de reuniones, la designa- ción de la presidencia y en Seúl. Se celebrarán reuniones extraordinarias del Comité mixto a petición de cualquiera el establecimiento de las Partes. La presidencia del Comité mixto será ejercida alternati- vamente por cada una atribuciones de las Partesla presidencia. 4. El Comité mixto se reunirá cada vez que sea necesario. Cada Parte Contratante podrá crear subcomités especializados solicitar la convocatoria de una reunión. El Comité mixto podrá constituir cualquier subcomité o grupo de trabajo que la asistan pudiera asistirle en el desempeño de sus tareas. 5. Estos subcomités rendirán informes detallados Una Parte Contratante podrá plantear en todo momento una cuestión de interés a nivel del Comité mixto. 6. En toda decisión deberá constar la fecha de su aplicación. Las decisiones se someterán, en su caso, a la ratificación o la aprobación de las Partes Contratantes, de conformidad con sus actividades al Comité mixto en cada una propios procedimientos, y éstas las aplicarán de acuerdo con sus reunionespropias normas.

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Samples: Cooperation Agreement

Comité Mixto. 1. Las Partes establecerán convienen en virtud establecer un Comité Mixto en el marco del presente Acuerdo un Comité mixto compuesto Acuerdo, integrado por representantes represen­ tantes de los miembros del Consejo de ambas Partes al más alto nivel posible, cuyas tareas consistirán en: a) garantizar el buen funcionamiento y la Unión Europea y de la Comisión de las Comunidades Europeas, por una parte, y por representantes de la República xx Xxxxx, por otra. En el Comité mixto se evacuarán consultas con el objeto de facilitar la ejecución aplicación del presente Acuerdo y Acuerdo; b) establecer prioridades en relación con los objetivos del presente Acuerdo; c) efectuar recomendaciones para promover la consecución de sus los objetivos generalesdel presente Acuerdo. 2. El Comité mixto tendrá por cometido: — garantizar el correcto funcionamiento del Acuerdo, — estudiar la evolución del comercio y de la cooperación entre ambas Partes, — buscar métodos apropiados para prevenir los problemas que puedan surgir Mixto se reunirá normalmente al menos una vez cada dos años en los sectores regulados por el presente Acuerdo, — buscar fórmulas para desarrollar y diversificar el comercio, — intercambiar opiniones y presentar propuestas sobre cual- quier cuestión de interés común relacionada con el comercio Filipinas y la cooperaciónUnión Europea alternati­ vamente, incluidas en una fecha que se fijará de común acuerdo. Asimismo, podrán convocarse reuniones extraordinarias del Comité Mixto previo acuerdo entre las actividades futuras y los recursos disponibles para realizarlas; — formular Partes. El Comité Mixto estará presidido alternativamente por cada una de las recomendaciones oportunas para promover la expansión Partes. El orden del comercio y la cooperación, teniendo en cuenta la necesidad día de coordinar sus reuniones se determinará mediante acuerdo entre las medidas propuestasPartes. 3. El Comité mixto se reunirá normalmente una vez al año, alternativamente en Bruselas y en Seúl. Se celebrarán reuniones extraordinarias del Comité mixto a petición de cualquiera de las Partes. La presidencia del Comité mixto será ejercida alternati- vamente por cada una de las Partes. 4. El Comité mixto podrá crear Mixto establecerá subcomités especializados que atenderán a todos los ámbitos contemplados por el presente Acuerdo a fin de ayudarle en la asistan en el desempeño realización de sus tareassu cometido. Estos subcomités rendirán presentarán informes detallados de sus actividades al Comité mixto en cada una de sus reunioneslas reuniones del Comité Mixto. 4. Asimismo, las Partes convienen en encargar al Comité Mixto que vele por el buen funcionamiento de cualquier protocolo o acuerdo sectorial celebrado o que vaya a celebrarse entre las Partes. 5. El Comité Mixto establecerá su propio reglamento interno.

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Samples: Marco De Colaboración Y Cooperación

Comité Mixto. 1. Las Se crea un Comité Mixto integrado por representantes de ambas Partes establecerán al más alto nivel posible, cuyas tareas consistirán en: a) garantizar el buen funcionamiento y la aplicación del presente Acuerdo; b) establecer prioridades en relación con los objetivos del presente Acuerdo; c) formular recomendaciones para promover los objetivos del presente Acuerdo; d) resolver, cuando proceda, cualquier diferencia o discrepancia derivada de la interpretación, ejecución o aplicación del presente Acuerdo, de conformidad con su artículo 55; e) examinar toda la información presentada por cada una de las Partes en relación con el incumplimiento de las obligaciones en virtud del presente Acuerdo un Comité mixto compuesto por representantes de los miembros del Consejo de la Unión Europea y de la Comisión de las Comunidades Europeas, por una parteAcuerdo, y por representantes de la República xx Xxxxx, por otra. En el Comité mixto se evacuarán celebrar consultas con la otra Parte para buscar una solución amistosa y aceptable para ambas Partes, de conformidad con el objeto de facilitar la ejecución del presente Acuerdo y promover la consecución de sus objetivos generalesartículo 55. 2. El Comité mixto tendrá por cometido: — garantizar Mixto se reunirá normalmente al menos una vez cada dos años en Bangkok y en Bruselas, alternativamente, en una fecha que se fijará de común acuerdo. Asimismo, podrán convocarse reuniones extraordinarias del Comité Mixto previo acuerdo entre las Partes. Las Partes presidirán el correcto funcionamiento Comité Mixto de forma alternativa. El orden del Acuerdo, — estudiar la evolución del comercio y día de la cooperación sus reuniones se determinará mediante acuerdo entre ambas las Partes, — buscar métodos apropiados para prevenir los problemas que puedan surgir en los sectores regulados por el presente Acuerdo, — buscar fórmulas para desarrollar y diversificar el comercio, — intercambiar opiniones y presentar propuestas sobre cual- quier cuestión de interés común relacionada con el comercio y la cooperación, incluidas las actividades futuras y los recursos disponibles para realizarlas; — formular las recomendaciones oportunas para promover la expansión del comercio y la cooperación, teniendo en cuenta la necesidad de coordinar las medidas propuestas. 3. El Comité mixto se reunirá normalmente una vez al año, alternativamente en Bruselas y en Seúl. Se celebrarán reuniones extraordinarias del Comité mixto a petición de cualquiera de las Partes. La presidencia del Comité mixto será ejercida alternati- vamente por cada una de las Partes. 4. El Comité mixto Mixto podrá crear subcomités grupos de trabajo especializados para que la lo asistan en el desempeño la realización de sus tareas. Estos subcomités rendirán grupos de trabajo presentarán informes detallados de sus actividades al Comité mixto en cada una de sus reunioneslas reuniones del Comité Mixto. 4. Asimismo, las Partes convienen en encargar al Comité Mixto que vele por el buen funcionamiento de cualquier protocolo o acuerdo sectorial celebrado o que vaya a celebrarse entre las Partes. 5. El Comité Mixto establecerá su propio reglamento interno.

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Samples: Global Framework Agreement

Comité Mixto. 1. Las Partes establecerán en virtud del presente Acuerdo un Un Comité mixto Mixto compuesto por representantes de los miembros del Consejo las Partes será responsable de supervisar la Unión Europea y de la Comisión de las Comunidades Europeas, por una parte, y por representantes de la República xx Xxxxx, por otra. En el Comité mixto se evacuarán consultas con el objeto de facilitar la ejecución administración del presente Acuerdo y promover la consecución de sus objetivos generalesgarantizará su correcta aplicación. 2. El Comité mixto tendrá por cometido: — garantizar el correcto funcionamiento del Acuerdo, — estudiar la evolución del comercio y de la cooperación entre ambas Partes, — buscar métodos apropiados para prevenir los problemas que puedan surgir en los sectores regulados por el presente Acuerdo, — buscar fórmulas para desarrollar y diversificar el comercio, — intercambiar opiniones y presentar propuestas sobre cual- quier cuestión de interés común relacionada con el comercio y la cooperación, incluidas las actividades futuras y los recursos disponibles para realizarlas; — formular las recomendaciones oportunas para promover la expansión del comercio y la cooperación, teniendo en cuenta la necesidad de coordinar las medidas propuestasMixto adoptará su reglamento interno. 3. El Comité mixto Mixto se reunirá normalmente en función de las necesidades y, como mínimo, una vez al año, alternativamente . Cualquiera de las Partes podrá solicitar en Bruselas y en Seúl. Se celebrarán reuniones extraordinarias cualquier momento la convocatoria de una reunión del Comité mixto a petición de cualquiera de las PartesMixto. La presidencia del Comité mixto será ejercida alternati- vamente por cada una reunión se celebrará a la mayor brevedad y, en todo caso, antes de que transcurran dos meses desde la fecha de recepción de la solicitud, salvo que las PartesPartes acuerden otra cosa. 4. El A los efectos de la correcta aplicación del presente Acuerdo, el Comité mixto podrá crear subcomités especializados Mixto: a) intercambiará información, en particular acerca de las modificaciones de las disposiciones legales y reglamentarias y de las políticas de las Partes que la asistan puedan afectar a los servicios aéreos, así como información estadística relativa al transporte aéreo; b) formulará recomendaciones y adoptará decisiones en los casos expresamente previstos en el desempeño presente Acuerdo; c) desarrollará la cooperación, en particular en el ámbito reglamentario; d) celebrará consultas sobre cualquier cuestión relativa a la aplicación o interpretación del presente Acuerdo y, en su caso, sobre cuestiones relacionadas con el transporte aéreo que se traten en el seno de sus tareasorganizaciones internacionales, en las relaciones con terceros países y en acuerdos multilaterales, en particular con miras a determinar la conveniencia de adoptar un enfoque común; e) examinará posibles ámbitos para el desarrollo del presente Acuerdo, incluida la recomendación de modificaciones del Acuerdo para la adhesión de terceros países. 5. Estos subcomités rendirán informes detallados de sus actividades al Las recomendaciones y decisiones del Comité mixto en cada una de sus reunionesMixto se adoptarán por consenso entre las Partes. Las decisiones adoptadas por el Comité Mixto serán vinculantes para las Partes.

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Samples: Acuerdo Sobre Transporte Aéreo

Comité Mixto. 1. Las Partes establecerán en virtud del presente Acuerdo establecen un Comité mixto Mixto compuesto por representantes de los miembros del Consejo de la Unión Europea y de la Comisión de las Comunidades Europeas, por una parte, y por representantes de la República xx Xxxxx, por otra. En el Comité mixto se evacuarán consultas con el objeto de facilitar la ejecución del presente Acuerdo y promover la consecución de sus objetivos generalesPartes. 2. El Se celebrarán consultas en el Comité mixto tendrá por cometido: — garantizar el correcto funcionamiento Mixto para facilitar la aplicación y promover los objetivos del Acuerdo, — estudiar la evolución del comercio y de la cooperación entre ambas Partes, — buscar métodos apropiados para prevenir los problemas que puedan surgir en los sectores regulados por el presente Acuerdo, — buscar fórmulas así como para desarrollar mantener la coherencia en las relaciones entre la UE y diversificar el comercioAustralia. cve: BOE-A-2022-16517 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx 3. Las funciones del Comité Mixto serán: a) promover la aplicación efectiva del presente Acuerdo; b) supervisar la evolución de las relaciones bilaterales entre las Partes en su conjunto, incluidos los acuerdos; c) recabar, según xxxxxxx, información de los comités u otros organismos creados en virtud de otros acuerdos específicos entre las Partes y tomar en consideración cualquier informe presentado por ellos; d) intercambiar opiniones puntos de vista y presentar propuestas hacer sugerencias sobre cual- quier cualquier cuestión de interés común relacionada con el comercio y la cooperacióncomún, incluidas en particular las actividades acciones futuras y los recursos disponibles para realizarlas; — formular llevarlas a cabo; e) establecer prioridades y, en su caso, determinar los próximos pasos o planes de acción en relación con los objetivos del presente Acuerdo; f) buscar medios apropiados para prevenir las recomendaciones oportunas dificultades que pudieran presentarse en los ámbitos contemplados por el presente Acuerdo; g) esforzarse por resolver las diferencias que surjan en la aplicación o interpretación del presente Acuerdo, con arreglo a su artículo 57; h) examinar la información presentada por una de las Partes, de conformidad con el artículo 57, y i) adoptar decisiones, cuando proceda, para promover la expansión dar efecto a aspectos específicos del comercio y la cooperación, teniendo en cuenta la necesidad de coordinar las medidas propuestaspresente Acuerdo. 34. El Comité mixto Mixto actuará por consenso. Asimismo, adoptará su reglamento interno. Podrá crear subcomités y grupos de trabajo para tratar cuestiones específicas. 5. El Comité Mixto se reunirá normalmente una vez al año, alternativamente en Bruselas la Unión y en SeúlAustralia. Se celebrarán Las reuniones extraordinarias del Comité mixto Mixto se celebrarán a petición de cualquiera de las Partes. La presidencia del Comité mixto será ejercida alternati- vamente por cada una de las Partes. 4partes. El Comité mixto Mixto será presidido conjuntamente por ambas Partes. Se reunirá normalmente a nivel de funcionarios de alto nivel, pero podrá crear subcomités especializados que la asistan en el desempeño de sus tareasreunirse a nivel ministerial. Estos subcomités rendirán informes detallados de sus actividades al El Comité mixto en cada una de sus reunionesMixto podrá también funcionar por videoconferencia o contactos telefónicos o intercambiar información por correo electrónico.

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Samples: Acuerdo Marco

Comité Mixto. 1. Las Partes establecerán en virtud del presente Acuerdo Se crea un Comité mixto compuesto Mixto integrado por representantes de las Partes al más alto nivel posible y cuyas tareas consistirán en: a) garantizar el buen funcionamiento y la aplicación del presente Acuerdo; b) establecer prioridades en relación con los miembros objetivos del Consejo de la Unión Europea y de la Comisión presente Acuerdo; c) hacer un seguimiento del desarrollo de las Comunidades Europeasrelaciones entre las Partes en su conjunto y hacer recomendaciones para promover los objetivos del presente Acuerdo; d) recabar, según xxxxxxx, información de los comités u otros organismos creados en virtud de otros acuerdos específicos entre las Partes y tomar en consideración cualquier informe presentado por una parteellos; e) intercambiar puntos de vista y hacer sugerencias sobre cualquier cuestión de interés común, incluidas las acciones futuras y los recursos para llevarlas a cabo; f) solucionar las discrepancias que surjan en la aplicación o interpretación del presente Acuerdo; y g) evaluar toda la información presentada por representantes cualquiera de la República xx Xxxxx, por otra. En el Comité mixto se evacuarán consultas las Partes en relación con el objeto cumplimiento de facilitar la ejecución del presente Acuerdo las obligaciones y promover la consecución llevar a cabo consultas para acordar soluciones frente a cualquier divergencia, de sus objetivos generalesconformidad con el artículo 54. 2. El Comité mixto tendrá Mixto se reunirá por cometido: — garantizar regla general alternativamente en Kabul y en Bruselas en las fechas que se determinen de común acuerdo. Asimismo, podrán convocarse reuniones extraordinarias del Comité Mixto previo acuerdo entre las Partes. Las Partes presidirán el correcto funcionamiento Comité Mixto de forma alternativa. El orden del Acuerdo, — estudiar la evolución del comercio y día de la cooperación sus reuniones se determinará mediante acuerdo entre ambas las Partes, — buscar métodos apropiados para prevenir los problemas que puedan surgir en los sectores regulados por el presente Acuerdo, — buscar fórmulas para desarrollar y diversificar el comercio, — intercambiar opiniones y presentar propuestas sobre cual- quier cuestión de interés común relacionada con el comercio y la cooperación, incluidas las actividades futuras y los recursos disponibles para realizarlas; — formular las recomendaciones oportunas para promover la expansión del comercio y la cooperación, teniendo en cuenta la necesidad de coordinar las medidas propuestas. 3. El Comité mixto se reunirá normalmente una vez al año, alternativamente Mixto podrá decidir la creación de comités especiales y de grupos de trabajo que le asistan en Bruselas el cumplimiento de sus tareas. Determinará la composición y en Seúl. Se celebrarán reuniones extraordinarias del Comité mixto a petición las obligaciones de cualquiera de las Partes. La presidencia del Comité mixto será ejercida alternati- vamente por cada una de las Partestales comités o grupos y su funciona­ miento. 4. El Comité mixto podrá crear subcomités especializados que la asistan Mixto velará por el buen funcionamiento de cualquier protocolo o acuerdo sectorial celebrado por las Partes en el desempeño de sus tareasmarco del presente Acuerdo. 5. Estos subcomités rendirán informes detallados de sus actividades al El Comité mixto en cada una de sus reunionesMixto establecerá su propio reglamento interno.

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Samples: Acuerdo De Cooperación Sobre Asociación Y Desarrollo