Common use of CONDICIÓN JURÍDICA Clause in Contracts

CONDICIÓN JURÍDICA. Se considerará que el Contratista Individual tiene la condición jurídica de un contratista independiente con respecto al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), y no será considerado bajo ningún concepto, como “miembro del personal” del PNUD, en virtud del Reglamento del Personal de la ONU, o como “funcionario” del PNUD, en virtud de la Convención de Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de Febrero de 1946. Del mismo modo, ninguna disposición dentro del presente Contrato o con relación al mismo establecerá la relación de empleado y empleador, mandante y agente, entre el PNUD y el Contratista Individual. Los funcionarios, representantes, empleados o subcontratistas del PNUD y del Contratista Individual, si hubiere, no se considerarán bajo ningún concepto como empleados o agentes del otro, y el PNUD y el Contratista Individual serán los únicos responsables de todo reclamo que pudiere surgir de la contratación de dichas personas o entidades o con relación a la misma.

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Samples: www.unodc.org, www.unodc.org, Modelo De Contrato Y Terminos Y Condiciones Generales De La Contratacion

CONDICIÓN JURÍDICA. Se considerará que el El Contratista Individual tiene tendrá la condición jurídica legal de un contratista independiente con respecto al Programa PNUD, y no se le considerará, a ningún efecto, un miembro del personal del PNUD, bajo las Reglas y Regulaciones del Personal de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)Unidas, y no será considerado bajo ningún concepto, como “miembro del personal” ni un funcionario del PNUD, en virtud del Reglamento del Personal de la ONU, o como “funcionario” del PNUD, en virtud para los fines de la Convención de Privilegios sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas, adoptada promulgada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de Febrero febrero de 1946. Del mismo modoPor ende, ninguna disposición dentro del presente cláusula en este Contrato o que con relación al mismo establecerá la él se relacionase podrá establecer una relación de empleado empleador y empleadorempleado, o de mandante y agente, entre el PNUD y el Contratista Individual. Los funcionarios, representantes, empleados o empleados, y subcontratistas del PNUD y del de cualquier Contratista Individual, si hubierelos hubiese, no se considerarán serán considerados bajo ningún concepto aspecto como empleados o agentes del otro, y el PNUD y el Contratista Individual serán los únicos responsables de todo reclamo tendrán plena responsabilidad por cualquier demanda que pudiere surgir de la contratación de dichas surgiese o se relacionase a su vínculo con tales personas o entidades o con relación a la mismaentidades.

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Samples: www.undp.org