CONFORMIDAD DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

CONFORMIDAD DE LOS TRABAJOS. Todos los trabajos de reparación deberán ejecutarse de acuerdo a las reglas del arte y utilizando materiales nuevos de primera calidad, respetando en todos los casos las descripciones que al efecto se encuentren en este Pliego de Especificaciones Técnicas; así como las que se indican en la Norma IRAM 3681-1:2000, y reglamentación sobre ascensores vigente para la Ciudad de Buenos Aires, especialmente en la Ordenanza Nº 49308, sus normas complementarias y reglamentarias y en la Ordenanza Nº 27228 (Código de la Edificación). Todos los repuestos y accesorios que se utilicen, deberán cumplir con las Normas IRAM o Normas Internacionales. Se consideran incluidos en el monto contractual todos los trabajos necesarios para la completa terminación y correcto funcionamiento de los ascensores y montacarga. La Gerencia Operativa Servicios Generales del Ministerio de Justicia y Seguridad, será la encargada de certificar los trabajos de los ascensores ubicados en el edificio de Xxxx. Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx X° 1142 y el Director General de Custodia y Seguridad de Bienes del GCABA con relación al ubicado en el edificio de Xxxx. Xxxxxxxxxx X° 0000. Los mismos verificarán en cualquier momento el estado de mantenimiento y solicitarán se realicen los trabajos que consideren necesarios para el normal funcionamiento de los ascensores y montacarga. Total 8 guiadores cada uno.
CONFORMIDAD DE LOS TRABAJOS. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 0964146148867484908777 Una vez recibido y aprobado el proyecto básico por la Agencia y sin perjuicio de las responsabilidades que conlleva la redacción del mismo, no se entenderá otorgada la conformidad a dichos trabajos en tanto el proyecto básico no haya sido informado favorablemente por los servicios técnicos de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid (calificación provisional) y del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento de Madrid (licencia de obra), sin menoscabo de las responsabilidades que legalmente excedan en el tiempo al plazo de garantía. El Equipo de Arquitectura responderá de la correcta realización del proyecto básico y de los defectos que en él hubiese, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que la Agencia lo haya examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o facturaciones parciales.
CONFORMIDAD DE LOS TRABAJOS. Una vez recibido y aprobado por la Agencia el proyecto de ejecución, sin perjuicio de las responsabilidades inherentes que conlleva la redacción del mismo, no se entenderá otorgada la conformidad a dichos trabajos hasta la emisión del informe favorable de la OCT, así como de la oficina de supervisión de proyectos de la Agencia, sin menoscabo de las responsabilidades que legalmente excedan al momento en que se produzca esta circunstancia. El Equipo de Arquitectura deberá realizar todas aquellas correcciones necesarias que permitan obtener los informes favorables de la OCT (D0 Informe de Definición de Riesgos, D01 Informe de Revisión de proyecto de Estabilidad, D02 Informe de Revisión de Proyecto para Garantías Trienales “Estanqueidad”), sin coste alguno para la Agencia. El Equipo de Arquitectura responderá de la correcta realización del proyecto de ejecución y de los defectos que en él hubiese, sin que sea eximente ni le dé derecho alguno la circunstancia de que la Agencia lo haya examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o facturaciones parciales.
CONFORMIDAD DE LOS TRABAJOS. Todos los trabajos de reparación deberán ejecutarse de acuerdo a las reglas del arte y utilizando materiales nuevos de primera calidad, respetando en todos los casos las descripciones que al efecto se encuentren en este Pliego de Especificaciones Técnicas; así como las que se indican en la Norma IRAM 3681-1:2000, y reglamentación sobre ascensores vigente para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, todos los repuestos y accesorios que se utilicen, deberán cumplir con las Normas IRAM o Normas Internacionales. Se consideran incluidos en el monto contractual todos los trabajos necesarios para la completa terminación y correcto funcionamiento de los ascensores y montacargas. La Gerencia Operativa Servicios Generales del Ministerio de Justicia y Seguridad, será la encargada de certificar los trabajos de los ascensores ubicados en el edificio de Xxxx. Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx X° 1142 CABA. Dicha Gerencia verificará en cualquier momento el estado de mantenimiento y solicitarán se realicen los trabajos que consideren necesarios para el normal funcionamiento de los ascensores y montacargas.

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  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

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  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

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  • XXXXX 000. Xxxxxxxx

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), siendo un importe total de $XXXXXXXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

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