CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA Cláusulas de Ejemplo

CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA. Acuerdo por el que se autoriza el gasto de la 2ª prórroga del contrato de servicios: Atención a personas adultas con discapacidad física y alto nivel de dependencia en el Centro de díaXxxxxxxx Xxxxxxx” de Villaconejos (23 plazas en Centro de día y 10 plazas en tratamientos especializados en intervención ambulatoria), adjudicado a la entidad Quavitae Servicios Asistenciales S.A.U., por importe de 667.290,24 euros, desde el 0 xx xxxxx xx 0000 xxxxx xx 00 xx xxxxx de 2020. • Acuerdo por el que se autoriza el gasto de la 2ª prórroga del contrato de servicios: Atención a personas adultas con discapacidad física y alto nivel de dependencia en el Centro de día xx Xxxxxxxxx (23 plazas en Centro de día y 17 plazas en tratamientos ambulatorios), adjudicado a la entidad Quavitae Servicios Asistenciales S.A.U., por importe de 700.608,96 euros, desde el 6 de julio de 2018 hasta el 5 de julio de 2020. • Acuerdo por el que se autoriza un gasto de 579.344,21 euros, derivado de la revisión del precio, para 2018, del contrato de gestión de servicio público, modalidad concesión, para la Atención a personas mayores en la Residencia y Centro de Día de Cenicientos (82 plazas en residencia, 20 en centro de día), con la entidad Planiger, S.A. • Acuerdo por el que se autoriza un gasto de 384.684,44 euros, derivado de la revisión del precio, para 2018, del contrato de gestión de servicio público, modalidad concesión, para la Atención a personas mayores en la Residencia y Centro de día Isla Malaita de Madrid (63 plazas en residencia, 20 en centro de día), adjudicado a la UTE Levante Centro, S.A. y Centro de Asistencia al Mayor, S.A. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN • Informe relativo a la solicitud del dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid sobre el Proyecto de Decreto por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo de grado medio correspondiente al título de técnico en redes y estaciones de tratamiento de aguas. • Informe relativo a la solicitud del dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid sobre el Proyecto de Decreto por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en gestión del agua. • Informe relativo a la solicitud del dictamen de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid sobre el Proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 10/2010, de 18 xx xx...
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA. Acuerdo por el que se autoriza la celebración, por procedimiento abierto, mediante pluralidad de criterios, y tramitación urgente del contrato de servicios: Acogimiento residencial de menores extranjeros no acompañados, 30 plazas (3 lotes) y su gasto por importe de 2.564.274,90 euros, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA. CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA. Acuerdo por el que se autoriza la celebración, por procedimiento abierto, mediante pluralidad de criterios, del contrato de servicios: Gestión de los pisos tutelados de Xxxxxxxx xx Xxxxxx (Madrid) para la atención a personas mayores (50 plazas), y su gasto por importe de 783.241,14 euros, desde el 1 de febrero de 2019 hasta el 31 de enero de 2022. • Acuerdo por el que se autoriza la celebración, por procedimiento abierto mediante pluralidad de criterios, del contrato de servicios: Programa de dinamización en 25 Residencias de Mayores, adscritas a la Agencia Madrileña de Atención Social (2 Lotes), y su gasto por importe de 979.213,40 euros, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020. • Acuerdo por el que se autoriza el gasto derivado de la contratación de emergencia del servicio de: Asistencia humanitaria, mediante recursos temporales a menores extranjeros no acompañados recién llegados, (30 plazas), con la entidad Xxxx Xxxx Española, por un importe de 619.710 euros, desde el 10 de julio hasta como máximo el 31 de diciembre de 2018. • Acuerdo por el que se aprueba el gasto de la 13ª prórroga del contrato de gestión de servicio público, modalidad concierto: Acompañamiento educativo a adolescentes en riesgo o desamparo (36 plazas), adjudicado a la Asociación Centro Trama, por importe de 385.921,80 euros, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2019.
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA. Acuerdo por el que se autoriza la celebración, por procedimiento negociado con publicidad, del contrato de servicios: Atención residencial y Centro de Día a personas adultas con discapacidad intelectual gravemente afectadas en el Centro Residencial Xxxxxx Xxx, xx Xxxxxxxx en Guadalajara (22 plazas), y su gasto por importe de 1.819.800,15 euros, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2021. • Acuerdo por el que se autoriza la celebración, por procedimiento negociado con publicidad, del contrato servicios: Atención residencial y Centro de Día a personas adultas con discapacidad intelectual gravemente afectadas en el Centro residencial San Xxxx xx Xxxx xx Xxxxxxxxxx (18 plazas), y su gasto por importe de 1.488.927,41 euros, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2021. • Acuerdo por el que se autoriza la celebración, por procedimiento negociado con publicidad, del contrato de servicios: Atención residencial y Centro de Día a personas adultas con discapacidad intelectual gravemente afectadas en el Centro Santa Xxxxxx xx Xxxxxxx en Xxxxx (10 plazas), y su gasto por importe de 827.181,89 euros, desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2021. • Acuerdo por el que se autoriza la celebración, por procedimiento negociado con publicidad, del contrato de servicios: Atención residencial y de Centro de Día a personas adultas con discapacidad intelectual, gravemente afectadas, en el Centro San Xxxxxxxxx xx Xxxx, de Málaga (7 plazas), y su gasto por importe de 579.027,31 euros, desde el 1 de enero • Acuerdo por el que se autoriza la celebración, por procedimiento abierto mediante pluralidad de criterios, del contrato del servicio de detección e identificación de mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual en la Comunidad de Madrid, y su gasto por importe de 758.208 euros, desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 30 de noviembre de 2020. • Acuerdo por el que se aprueba el gasto de la 2ª prórroga del contrato de servicios: Gestión del Centro de atención a personas mayores dependientes (Residencia y Centro de día) de “Moscatelares” de San Xxxxxxxxx de los Xxxxx (180 plazas), con la entidad Albertia Servicios Sociosanitarios, S.A., por importe de 5.664.404,43 euros, desde el 7 xx xxxxx de 2019 hasta el 6 xx xxxxx de 2021. • Acuerdo por el que se autoriza la celebración del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Xxxxxxx xxx Xxxxxx, para la atención a personas mayores en Residencias ...
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA. Acuerdo por el que se aprueba un gasto por importe de 3.584.310 euros como segunda aportación en 2019 al fondo patrimonial de la Agencia Madrileña para la Tutela de Adultos. • Acuerdo por el que se aprueba el gasto de la prórroga de 14 contratos (1.194 plazas) derivados del Acuerdo marco del servicio público de atención residencial a personas mayores dependientes, modalidad financiación total y financiación parcial, año 2017, por un importe de 37.839.144,28 euros, desde el 1 xx xxxxx de 2019 hasta el 31 xx xxxx de 2021. • Acuerdo por el que se aprueba el gasto de la 6ª prórroga del contrato, de gestión de servicio público, modalidad concierto: Atención a personas con discapacidad intelectual, ligera y límite, con graves trastornos de conducta, en centro de día (23 plazas), adjudicado a la Fundación para la protección de personas con minusvalía (FUNPRODAMI), por importe de 781.478,36 euros, desde el 3 de septiembre de 2019 hasta el 2 de septiembre de 2021.

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  • Claúsulas Sociales Ejecución NO SI NO NºEXPEDIENTE: 135/2017/00252 NºCONTRATO 201801253 ADJUDICATARIO: CLIDOM ENERGY, S.L. - B65445033 OBJETO ACUERDO MARCO PARA EL SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA RENOVABLE PARA EDIFICIOS MUNICIPALES Y EQUIPAMIENTOS DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS ( 4 LOTES). LOTE 4 PRESUPUESTO TOTAL IMPORTE ADJUDICACIÓN - PLAZO 24,00 FECHA ADJUDICACIÓN 30/05/2018 FECHA FORMALIZACIÓN 22/06/2018 Clausulas Sociales Criterio Adj. Claúsulas Perspectiva Social Claúsulas Sociales Ejecución SI NO NO NºEXPEDIENTE: 300/2018/00101 NºCONTRATO 201801314 ADJUDICATARIO: ENTIDAD IDV MADRID SL - B13514070 OBJETO INSPECCION TECNICA DE VEHICULOS EN PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTONOMOS. PRESUPUESTO TOTAL 86.118,20 € IMPORTE ADJUDICACIÓN 43.372,77 € PLAZO 24,00 FECHA ADJUDICACIÓN 05/06/2018 FECHA FORMALIZACIÓN 11/07/2018 Claúsulas Perspectiva Social Clausulas Sociales Criterio Adj.

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.

  • Daños propios dentro de su vivienda. Coberturas principales El robo de bienes situados en el exterior de la vivienda, como por ejemplo patios, jardines o en construcciones anexas a las que pueda acceder cualquier persona distinta al asegurado.

  • RETENCIONES POR PAGOS PARCIALES El PROVEEDOR acepta expresamente, que la ENTIDAD retendrá el siete por ciento (7%) de cada pago parcial, para constituir la Garantía de Cumplimiento de Contrato. Estas retenciones serán reintegradas al PROVEEDOR una vez que sea aprobado el Informe Final de Conformidad.

  • Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista El personal adscrito al suministro dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. Asimismo el contratista estará obligado a observar el cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Corresponderá y será de cargo del contratista: a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para la realización del suministro. b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede, y los de materiales, personal, transporte, entrega y retirada de los bienes hasta el lugar y destino convenido, montaje, puesta en funcionamiento o uso y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. c) Las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del suministro contratado, con el límite del 1% del precio total del contrato. d) La indemnización de los daños que se causen tanto a la Administración como a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración. e) Toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la fabricación del suministro, debiendo indemnizar a la Administración todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo 1. Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este. Como parte de esta información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación. La Administración comunicará al nuevo empresario la información que le hubiere sido facilitada por el anterior contratista. 2. Lo dispuesto en este artículo respecto de la subrogación de trabajadores resultará igualmente de aplicación a los socios trabajadores de las cooperativas cuando estos estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación. Cuando la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar fuese un Centro Especial de Empleo, la empresa que resulte adjudicataria tendrá la obligación de subrogarse como empleador de todas las personas con discapacidad que vinieran desarrollando su actividad en la ejecución del referido contrato. 3. En caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general. 4. El pliego de cláusulas administrativas particulares contemplará necesariamente la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 para el supuesto de incumplimiento por el mismo de la obligación prevista en este artículo. 5. En el caso de que una vez producida la subrogación los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista. 6. Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre contemplará la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • Documentos que Establecen la Conformidad de los Bienes y Servicios Conexos 18.1 Con el fin de establecer la conformidad de los Bienes y Servicios Conexos, los Oferentes deberán proporcionar como parte de la oferta evidencia documentada acreditando que los Bienes cumplen con las especificaciones técnicas y los estándares especificados en la Sección VI, Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.2 La evidencia documentada puede ser en forma de literatura impresa, planos o datos, y deberá incluir una descripción detallada de las características esenciales técnicas y de funcionamiento de cada artículo demostrando conformidad sustancial de los Bienes y Servicios Conexos con las especificaciones técnicas. De ser procedente el Oferente incluirá una declaración de variaciones y excepciones a las provisiones en los Requisitos de los Bienes y Servicios. 18.3 Los Oferentes también deberán proporcionar una lista detallada que incluya disponibilidad y precios actuales de repuestos, herramientas especiales, etc. necesarias para el adecuado y continuo funcionamiento de los bienes durante el período indicado en los DDL, a partir del inicio de la utilización de los bienes por el Comprador. 18.4 Las normas de fabricación, procesamiento, material y equipo así como las referencias a marcas o números de catálogos que haya incluido el Comprador en los Requisitos de los Bienes y Servicios son solamente descriptivas y no restrictivas. Los Oferentes pueden ofrecer otras normas de calidad, marcas, y/o números de catálogos siempre y cuando demuestren a satisfacción del Comprador, que las substituciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las especificadas en los Requisitos de los Bienes y Servicios.

  • EXONERACIÓN DE LAS CARGAS LABORALES Y SOCIALES A LA ENTIDAD El PROVEEDOR corre con las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.

  • Obligaciones laborales y sociales En ningún caso el otorgamiento del contrato supondrá la existencia de una relación laboral entre SOGAMA, S.A., y el contratista. El personal necesario para la ejecución del contrato dependerá exclusivamente de la entidad adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de empleador respecto de éste, siendo SOGAMA, S.A., del todo ajena a las referidas relaciones. Por consiguiente, en ningún caso podrá alegarse derecho alguno por el referido personal en relación con SOGAMA, S.A., ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos o medidas que la empresa adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. El adjudicatario se compromete a retribuir adecuadamente al personal destinado a la realización del objeto del contrato, asumiendo de forma directa y no trasladable a SOGAMA, S.A., el coste de cualquier mejora en las condiciones de trabajo y/o en sus retribuciones, ya sea como consecuencia de convenios colectivos, pactos o acuerdos de cualquier índole, de modo que, en ningún caso, podrá repercutir las referidas modificaciones sobre el importe que se facturará por la realización del objeto contractual. La entidad adjudicataria queda obligada, respecto del personal destinado al servicio, al cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales que se encuentre vigente en cada momento, así como de los procedimientos de seguridad de SOGAMA. En caso de accidente o perjuicio de cualquier índole acontecido a los trabajadores con ocasión del ejercicio de sus cometidos, el adjudicatario cumplirá con lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que éstas alcancen de ningún modo a SOGAMA, S.A. Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus encargados impartir todas las órdenes, criterios de realización del trabajo y directrices a sus trabajadores, siendo SOGAMA, S.A., completamente ajena a estas relaciones laborales. Corresponde asimismo a la empresa contratista la vigilancia del horario de trabajo de los trabajadores, las posibles licencias horarias o permisos o cualquier otra manifestación de las facultades del empleador. En todo caso, en la forma establecida en estos pliegos, la realización de la prestación objeto del contrato debe quedar siempre convenientemente cubierta. Es responsabilidad de la empresa contratista facilitar a sus trabajadores los medios materiales precisos para llevar a cabo su trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de estas disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para SOGAMA, S.A.