Procedimiento abierto. En el procedimiento abierto todo licitador interesado que reúna los requisitos de capacidad y solvencia establecidos en el Pliego de cláusulas particulares podrá presentar ofertas, quedando excluida toda negociación de los términos, condiciones y requisitos del contrato con los licitadores.
Procedimiento abierto. El procedimiento abierto es aquel en el que cualquier empresa o profesional interesado puede presentar sus ofertas.
Procedimiento abierto. Cualquier interesado con aptitud y capacidad que reúna los requisitos de capacidad y solvencia para contratar puede presentar una oferta, quedando excluida la negociación de los términos, condiciones y requisitos del contrato con los licitadores. Con carácter general y siempre que no proceda la adjudicación del contrato mediante otro procedimiento, se adjudicarán a través del procedimiento abierto los contratos de valor estimado igual o superior a 40.000€, cuando se trate de obras, o a 15.000€, cuando se trate de contratos de servicios y suministros. El procedimiento se ajustará a los siguientes trámites: - Elaboración de un pliego de condiciones. - Publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante y en la plataforma de licitación electrónica. El plazo de presentación de ofertas será determinado en el anuncio y será el suficiente para la adecuada elaboración de las proposiciones, sin que en ningún caso pueda ser inferior a 10 días a contar desde la publicación de aquel. - Presentación de ofertas. La presentación de proposiciones deberá ajustarse a los pliegos de condiciones. En concreto, las ofertas deberán presentarse en sobres cerrados o archivos electrónicos, distinguiendo entre la documentación administrativa, la oferta económica y, en su caso, la oferta técnica. No se admitirán las ofertas presentadas fuera de plazo. - El órgano asesor procederá a la apertura y examen de las ofertas. Salvo causa justificada, la apertura de las ofertas se realizará en acto público. - Clasificación de las ofertas y propuesta de adjudicación. Se adjudicará el procedimiento de contratación a la mejor oferta de conformidad con los criterios que conforme al artículo 145 de la LCSP figuren como tales en el pliego de condiciones. - Adjudicación del contrato y publicación en el perfil del contratante. El órgano de contratación deberá adjudicar de forma motivada el contrato a la mejor proposición de conformidad con los criterios establecidos en el pliego de condiciones. La resolución se adjudicación se notificará a los y licitadores y se publicará en el perfil del contratante. - Formalización del contrato. PROCEDIMIENTO ABIERTO SUPERSIMPLIFICADO En los contratos de valor estimado igual o superior a 40.000€ e inferior a 80.000€, cuando se trate de obras, o igual o superior a 15.000€ e inferior a 35.000€, cuando se trate de contratos de servicios y suministros, excepto los que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, podrá eximirse la acreditación ...
Procedimiento abierto. El Contrato se licitará por Procedimiento Abierto y se adjudicará de acuerdo al procedimiento previsto en el apartado 3 “Procedimiento de licitación y criterios de valoración de ofertas”, xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 12 de noviembre de 2013. Los licitadores deberán presentar sus proposiciones de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3.1 “Procedimiento de licitación” xxx Xxxxxx de Condiciones Generales de 12 de noviembre de 2013 y en el apartado “Formato y contenido de la Propuesta” xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. El importe máximo de los gastos de publicidad de licitación que deberá abonar el adjudicatario asciende a 1.500 euros.
Procedimiento abierto. Los trámites específicos de este procedimiento son los siguientes: - Informe sobre necesidad e idoneidad aludiéndose al coste del contrato concretado en el denominado valor estimado del mismo. Todo esto de acuerdo con el Apartado 2 de la Instrucción 5/2016 relativa a los criterios de actuación en la contratación municipal, aprobada por Decreto de 15 de diciembre de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda. En concreto debe contener: o El estudio económico correspondiente en el que se refleje de forma detallada, pormenorizada y motivada los cálculos realizados para fijar los costes del contrato. o El estudio de viabilidad de los gastos de explotación en el caso de tratarse de un contrato de inversión. o La división en lotes del objeto del contrato, o la justificación de su no división. - Aprobación del gasto correspondiente por el órgano competente de CCVM. - Elaboración de los Pliegos administrativos y técnicos. - Aprobación del expediente. - Publicación del anuncio de licitación y de los Pliegos concediéndose un plazo no inferior a quince días naturales para presentación de proposiciones. Este plazo puede verse reducido a siete días naturales en los casos en los que se justifique y motive que concurren motivos de urgencia. - Presentación de proposiciones conforme lo que se prevea en los Pliegos separándose, cuando proceda, la oferta técnica de la económica. - Apertura de los sobres de documentación administrativa y apertura pública de la oferta técnica. - Concesión, en su caso, de plazo de subsanación si procediere por algún defecto en la documentación administrativa. - Apertura pública de los sobres de la oferta económica. - Valoración de las ofertas por la Mesa de Contratación con posibilidad, cuando proceda, de tramitar el procedimiento para ofertas anormalmente bajas. - Elevación de la propuesta de adjudicación al órgano de contratación. - Adjudicación y publicación y notificación de la misma. La adjudicación debe producirse dentro de los plazos previstos en el Punto 4.4.8. - Concesión al adjudicatario de un plazo xx xxxx días, ampliables por otros diez días, para que complete la documentación necesaria para la formalización. - Formalización del contrato y publicación de la misma.
Procedimiento abierto. El procedimiento abierto es aquel procedimiento de adjudicación en el que los empresarios y profesionales interesados pueden presentar sus ofertas.
Procedimiento abierto. 4.1.1 De haberse optado por el procedimiento abierto de adjudicación se habrá de presentar en el plazo fijado en el anuncio de licitación, las correspondientes proposiciones de licitación en sobres cerrados, identificados, en su exterior, con los siguientes datos: CONTRATACIÓN Y COMPRAS “SOBRE 1: Documentación Administrativa”. “SOBRE 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor” “SOBRE 3: Oferta económica y documentación para valoración de criterios cuantificables de forma automática”
4.1.2 En los sobres referidos con anterioridad, y en el interior de cada uno de ellos, se hará constar en hoja independiente su contenido, enunciado numéricamente (índice), y en los mismos se incluirán los siguientes documentos:
1.- Copia del DNI del empresario individual y CIF de la empresa en su caso.
Procedimiento abierto. 1. En los procedimientos abiertos, cualquier operador económico in- teresado podrá presentar una oferta en respuesta a una convocatoria de licitación. El plazo mínimo para la recepción de las ofertas será de 35 días a partir de la fecha de envío del anuncio de licitación. La oferta deberá ir acompañada de la información para la selección cualitativa que solicite la entidad adjudicadora.
2. Cuando las entidades adjudicadoras hayan publicado un anuncio periódico indicativo que no haya sido utilizado como medio de convo- catoria de licitación, el plazo mínimo para la recepción de las ofertas, contemplado en el apartado 1, párrafo segundo, podrá reducirse a 15 días, siempre y cuando se cumplan todas las condiciones siguientes:
a) que en el anuncio periódico indicativo se haya incluido, además de la información exigida en el anexo VI, parte A, sección I, toda la información exigida en el anexo VI, parte A, sección II, en la me- dida en que esta última información estuviera disponible en el mo- mento en que se publicó el anuncio periódico indicativo;
b) que el anuncio periódico indicativo haya sido enviado para su pu- blicación entre 35 días y 12 meses antes de la fecha de envío del anuncio de licitación.
3. Cuando el plazo establecido en el apartado 1, párrafo segundo, sea impracticable a causa de una situación de urgencia, debidamente justi- ficada por las entidades adjudicadoras, estas podrán fijar un plazo que no será inferior a 15 días a partir de la fecha de envío del anuncio de licitación.
4. La entidad adjudicadora podrá reducir en cinco días el plazo para la recepción de ofertas establecido en el apartado 1, párrafo segundo, del presente artículo cuando acepte que las ofertas puedan presentarse por medios electrónicos de conformidad con el artículo 40, apartado 4, párrafo primero, y con el artículo 40, apartados 5 y 6.
Procedimiento abierto. 1. El procedimiento abierto será obligatorio cuando el valor estimado de los contratos supere las siguientes cuantías: Contrato de obras Más de 1.000.000€ hasta el umbral previsto para la contratación sujeta a regulación armonizada.
Procedimiento abierto. En el procedimiento abierto todo operador económico interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.