Contrato de interinidad. 1. Se podrán celebrar bajo esta modalidad aquellos contratos para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo en los supuestos previstos en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1998, así como en los de excedencia previstos en el artículo 25º de este convenio.
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Samples: Convenio Colectivo De Hostelería, Convenio Colectivo De Hostelería, Convenio Colectivo De Hostelería
Contrato de interinidad. 1. Se podrán celebrar bajo esta modalidad aquellos contratos para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo en los supuestos previstos en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1998, así como en los de excedencia previstos en el artículo 25º 25 de este convenio.
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Samples: www.ccoo-servicios.es
Contrato de interinidad. 1. Se podrán celebrar bajo esta modalidad aquellos contratos para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo en los supuestos previstos en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1998, así como en los de excedencia previstos en el artículo 25º 25 de este convenioCon- venio.
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Samples: malaga.cnt.es
Contrato de interinidad. 1. Se podrán celebrar bajo esta modalidad aquellos contratos para sustituir a trabajadores con derecho a reserva re- serva de puesto de trabajo en los supuestos previstos en el artículo 4 4.º del Real Decreto 2720/1998, así como en los de excedencia previstos en el artículo 25º de este conveniopresente Convenio.
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Samples: Convenio Colectivo Para La