Common use of Contrato para la formación y el aprendizaje Clause in Contracts

Contrato para la formación y el aprendizaje. El contrato para la formación y el aprendizaje tiene por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo. La retribución de estos trabajadores será el salario mínimo interprofesional. Esta retribución no podrá rebajarse en virtud del tiempo dedicado a formación teórica, ni ser inferior a la legalmente marcada. El resto de condiciones de este contrato se regirán por las reglas establecidas en la normativa vigente en el momento de su formalización.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Contrato para la formación y el aprendizaje. El contrato para la formación y el aprendizaje tiene tendrá por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo em- pleo o del sistema educativo. La retribución de estos trabajadores será El contrato para la formación y el salario mínimo interprofesional. Esta retribución no podrá rebajarse en virtud del tiempo dedicado a formación teórica, ni ser inferior a la legalmente marcada. El resto de condiciones de este contrato aprendizaje se regirán regirá por las reglas establecidas en la normativa vigente en el momento de su formalización.siguientes reglas:

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Samples: Xxi Convenio Colectivo De Ámbito Estatal Para Las Industrias Extractivas, Industrias Del Vidrio, Industrias Cerámicas, Y Para Las Del Comercio Exclusivista De Los Mismos Materiales Para 2018, 2019 Y 2020

Contrato para la formación y el aprendizaje. El contrato para la formación y el aprendizaje tiene tendrá por objeto la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral la- boral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo. La retribución de estos trabajadores será El contrato para la formación y el salario mínimo interprofesional. Esta retribución no podrá rebajarse en virtud del tiempo dedicado a formación teórica, ni ser inferior a la legalmente marcada. El resto de condiciones de este contrato aprendizaje se regirán regirá por las reglas establecidas en la normativa vigente en el momento de su formalización.siguientes reglas:

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Samples: Convenio Estatal