CONTRATOS. Los contratos que celebren las Empresas para servicio determinado, eventual, interino y temporal, y cualquier otro que la Norma permita deberán ser por escrito, haciendo constar los requisitos y circunstancias que exija la legislación vigente, en materia de empleo, y en especial la mención expresa del servicio para que se contrata, la causa de la eventualidad en los contratos eventuales, incluyendo la condición determinante de la resolución del contrato de trabajo, el motivo de la interinidad y el nombre del sustituido y finalmente la duración del contrato, en los supuestos que corresponda.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal De Las Empresas De Seguridad, Convenio Colectivo
CONTRATOS. Los contratos que celebren las Empresas celebre la Empresa para servicio determinado, eventual, interino y temporal, y cualquier otro que la Norma permita deberán ser por escrito, haciendo constar los requisitos y circunstancias que exija la legislación vigente, en materia de empleo, y en especial la mención expresa del servicio para que se contrata, la causa de la eventualidad en los contratos eventuales, incluyendo la condición determinante de la resolución del contrato de trabajo, el motivo de la interinidad y el nombre del sustituido y finalmente la duración del contrato, en los supuestos que corresponda.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
CONTRATOS. Los contratos que celebren las Empresas para servicio determinado, eventual, interino y temporal, y cualquier otro que la Norma normativa legal permita deberán ser por escrito, haciendo constar los requisitos y circunstancias que exija la legislación vigente, en materia de empleo, y en especial la mención expresa del servicio para el que se contrata, la causa de la eventualidad en los contratos eventuales, incluyendo la condición determinante de la resolución del contrato de trabajo, el motivo de la interinidad y el nombre del sustituido y finalmente la duración del contrato, en los supuestos que corresponda.
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Samples: Convenio Colectivo
CONTRATOS. Los contratos que celebren las Empresas celebre la empresa para servicio determinadoservicios determinados, eventual, interino y temporal, y cualquier otro que la Norma permita norma permita, deberán de ser por escrito, haciendo constar los requisitos y las circunstancias que exija la legislación vigente, vigente en materia de empleo, y en especial la mención expresa del servicio para que se contrata, contrata y la causa de la eventualidad en los contratos eventuales, incluyendo la condición determinante de la resolución del contrato de trabajo, el motivo de la interinidad y el nombre del sustituido y sustituido; finalmente la duración del contrato, en los supuestos que corresponda.
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Samples: Convenio Colectivo
CONTRATOS. Los contratos que celebren las Empresas para servicio determinado, eventual, interino y temporal, y cualquier otro que la Norma permita deberán ser por escrito, haciendo constar los requisitos y circunstancias circunstan- cias que exija la legislación vigente, en materia de empleo, y en especial la mención expresa del servicio para que se contrata, la causa de la eventualidad en los contratos eventuales, incluyendo la condición determinante determi- nante de la resolución del contrato de trabajo, el motivo de la interinidad y el nombre del sustituido y finalmente la duración del contrato, en los supuestos que correspondacorres- ponda.
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Samples: Convenio Colectivo