Convalidación. En el caso de que estos términos o condiciones fueran declarados inválidos o inejecutable, dicha invalidez o inejecutabilidad no afectarán las restantes disposiciones del presente contrato de transporte las presentes condiciones generales ni al resto de documentos, incluida la carta de porte, las cuales permanecerán vigentes.
Convalidación. Formación impartida en base al presente Convenio.
Convalidación. En caso de que sea necesario, los postulantes tendrán tres días para convalidar la documentación presentada en los requisitos del presente instructivo contados a partir de la petición de la comisión de evaluación. En caso de no presentarse la convalidación o no ser satisfactoria a la comisión el postulante podrá ser descalificado. Artículo 10.-Causas de rechazo y descalificación de la postulación: Se rechazará y descalificará la propuesta por las siguientes causas:
a) Por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las bases del concurso.
b) Por haberse presentado la postulación en un lugar diferente o en fecha y hora posteriores a las señaladas en la convocatoria.
c) Por presentar en su postulación información incompleta, errónea o falsa;
d) Por mantener obligaciones vencidas con instituciones del Estado, incluyendo la CONAFIPS;
e) Por encontrarse en listas de control de prevención xx xxxxxx de activos;
f) Por tener conflicto de interés con la CONAFIPS. Se entenderá que un postulante tiene conflicto de interés con la CONAFIPS cuando: • Sea servidor o trabajador de la CONAFIPS, o, exservidor o ex trabajador de la CONAFIPS dentro de los últimos 10 años. • Tenga familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad que sean o hayan sido servidores o trabajadores de la CONAFIPS, dentro de los últimos 10 años. • Tenga dentro de su personal, así como los familiares de estos comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, sean servidores o trabajadores de la CONAFIPS, o exservidores o ex trabajadores de la CONAFIPS, dentro de los últimos 10 años. • Sus socios, accionistas y asociados, así como los familiares de estos comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, sean servidores o trabajadores de la CONAFIPS, o exservidores o ex trabajadores de la CONAFIPS, dentro de los últimos 10 años. • Sus proveedores de servicios relacionados con la postulación, así como los familiares de estos comprendidos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, sean servidores o trabajadores de la CONAFIPS, o ex servidores o ex trabajadores de la CONAFIPS, dentro de los últimos 10 años. • Cuando haya presentado acciones judiciales, constitucionales, administrativas o extrajudiciales, como actor o patrocinador de un accionante en contra de la CONAFIPS. • Cuando el postulante haya sido demandado por la CONAFIPS en instancias judiciales, constitucionales o extrajudiciales. En caso d...
Convalidación. En el supuesto de autorización sin la tramitación del correspondiente expediente de algún gasto o inversión, y sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiese incurrir quien hubiera omitido la tramitación preceptiva, se podrá convalidar dicho gasto o inversión con la finalidad de proceder a su pago. Para que se produzca dicha convalidación de las obligaciones comprometidas se requerirá un informe justificativo por parte del/la Gestor/a de la compra con el visto bueno de el/la Director/a de Área o Director/a Regional. y la aprobación del Comité de Compras, independientemente de su cuantía o del Consejo de Administración si superara la cuantía de 600.000,00 €.
Convalidación. Es el proceso de reconocimiento que el Ministerio de Educación Nacional efectúa sobre un título de educación superior otorgado por una institución legalmente autorizada en el país de origen. Este reconocimiento permite adquirir los mismos efectos académicos y legales en Colombia que tienen los títulos otorgados por las instituciones de educación superior colombianas.
Convalidación. Si el oferente no presentare uno o más de los documentos requeridos en los términos de referencia, bajo las condiciones detalladas; y, siempre que no sea susceptible de convalidación, generará la descalificación del oferente, quien no tendrá derecho a reclamación alguna. Las ofertas una vez presentadas no podrán modificarse. No obstante, si se presentaren errores de forma, éstos podrán ser convalidados por pedido expreso de EP PETROECUADOR, dentro del término de dos (2) días contados a partir de la fecha de notificación. El pedido de convalidación será notificado a todos los oferentes que presenten oferta en el concurso de esta invitación nacional a ofertar. Así mismo, dentro del período de convalidación los oferentes podrán integrar a su oferta documentos adicionales aclaratorios, que no impliquen modificaciones del objeto de la oferta, por lo tanto, podrán subsanar las omisiones sobre su capacidad legal y técnica, conforme las especificaciones determinadas en el numeral 11 de éstos Términos y Condiciones. Los oferentes, en este proceso no podrán cambiar ni condicionar la oferta económica presentada, en la apertura de ofertas de la Invitación Nacional a Ofertar No.006-OPL-GLM-2024.
Convalidación. 1. Los postulantes bajo las modalidades de ingreso de traslados externos (con 72 créditos o más), egresados instituto y egresados universidad, pueden convalidar cursos, previo proceso de evaluación de sílabos.
2. Los postulantes egresados de instituciones con las que la universidad ha establecido un convenio de cooperación y/o acuerdos de beneficios, son exonerados del proceso de evaluación de sílabos, así como de la presentación de ciertos documentos que se respeten en dichos acuerdos de beneficios.
3. El proceso de convalidación y sus implicancias son descritas en el Reglamento de Estudios de Pregrado y son de cumplimiento obligatorio.
Convalidación. 4.4.1 Todo Organismo de Evaluación de la Conformidad acreditado por alguna otra entidad de acreditación signataria del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de ILAC (Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios) e IAF (Foro Internacional de Acreditación) el cual requiera realizar el proceso de Convalidación en el esquema de acreditación en el que solicita la acreditación ante ema deberá: • Solicitar usuario SAema conforme al tipo de Organismo de Evaluación de la Conformidad correspondiente (xxxxx://xxxxx.xx/xxxxx/Xxxxxxxx/XxxxxxxxXxxxxxx) • Ingresar la solicitud de acreditación en la cual incorporará:
a. Sistema de Gestión en cumplimiento a la norma que corresponda al esquema de acreditación en el que solicita la acreditación ante ema (ISO/IEC 17025, 17020, 17021, 17065, 17024, 17043, 17034, 15189,14065, entre otras)
b. Los últimos informes de evaluación emitidos por la entidad de acreditación signataria del ILAC (Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios) e IAF (Foro Internacional de Acreditación) de las etapas sitio y/o testificación; en el esquema de acreditación correspondiente.
c. Documento de acreditación emitido por la entidad de acreditación signataria de ILAC (Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios) e IAF (Foro Internacional de Acreditación) en el cual se indique que el alcance que se desee convalidar. • Posterior a la recepción de su solicitud se llevará a cabo el proceso de convalidación siguiendo las etapas de designación del equipo evaluador, revisión documental, revisión de acciones correctivas y toma de decisión del Procedimiento de evaluación y acreditación del esquema de acreditación correspondiente. • El primer servicio como convalidado debe ser testificado, siguiendo el proceso definido en numeral de testificación del Procedimiento de evaluación y acreditación del esquema de acreditación correspondiente (cuando sea aplicable)
4.4.2 Una vez acreditado por ema el OEC debe ser evaluador conforme al ciclo de acreditación de la entidad acorde a lo indicado en los procedimientos de evaluación y acreditación del esquema de acreditación correspondiente.
Convalidación. La Administración podrá convalidar actos anulables, subsanando los vicios de que adolezcan”
Convalidación. Expedientes no convalidables.