Common use of CONVERSIÓN DE MONEDAS Clause in Contracts

CONVERSIÓN DE MONEDAS. Los oferentes deben presentar sus estados financieros y demás documentos de orden financiero en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y, adicionalmente, en pesos colombianos. Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: si la moneda de origen es diferente al peso, se deberá convertir la moneda original al dólar y luego a pesos. Para la conversión al dólar, se deberá tomar como tasa de referencia, para todos los efectos, la tasa de cambio del día xx xxxxx que se especifique en el respectivo estado financiero; dicha tasa de cambio deberá ser la certificada: (i) por el Banco de la República de Colombia, (ii) en su defecto por el Banco Central; (iii) en caso que no la certifique las entidades descritas en el numeral (i) o (ii) por el organismo legalmente competente del país en que se emitió dicho documento ;y si se trata de estados financieros. Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx TRM certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros

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Samples: www.sena.edu.co

CONVERSIÓN DE MONEDAS. Los oferentes deben presentar sus estados financieros y demás documentos de orden financiero en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y, adicionalmente, en pesos colombianos. Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: si la moneda de origen es diferente al peso, se deberá convertir la moneda original al dólar y luego a pesos. Para la conversión al dólar, se deberá tomar como tasa de referencia, para todos los efectos, la tasa de cambio del día xx xxxxx que se especifique en el respectivo estado financiero; dicha tasa de cambio deberá ser la certificada: (i) por el Banco de la República de Colombia, (ii) en su defecto por el Banco Central; (iii) en caso que no la certifique las entidades descritas en el numeral (i) o (ii) por el organismo legalmente competente del país en que se emitió dicho documento ;documento; y si se trata de estados financieros. Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx TRM certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros

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Samples: community.secop.gov.co

CONVERSIÓN DE MONEDAS. Los oferentes Proponentes deben presentar sus estados financieros y demás documentos de orden financiero en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y, adicionalmente, y adicionalmente en pesos colombianos. Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: si Si la moneda de origen es diferente al pesoPeso, se deberá convertir la moneda original al dólar Dólar y luego a pesosPesos. Para la conversión al dólarDólar, se deberá tomar como tasa de referenciatomar, para todos los efectos, como tasa de referencia la tasa de cambio del día xx xxxxx que se especifique en el respectivo estado financiero; dicha tasa de cambio deberá ser la certificada: (i) por el Banco de la República de Colombia, (ii) en su defecto por el Banco Central; (iii) en caso que no la certifique las entidades descritas en el numeral (i) o (ii) por el organismo legalmente competente del país en que se emitió dicho documento ;documento; y si se trata de estados financieros. Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx TRM certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros.

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Samples: community.secop.gov.co

CONVERSIÓN DE MONEDAS. Los oferentes deben presentar sus estados financieros y demás documentos de orden financiero en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y, adicionalmente, y adicionalmente en pesos colombianos. Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta ésta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: si Tomar el valor de los estados financieros en la moneda de origen es diferente al peso, se deberá convertir la moneda original al dólar y luego convertirlo a pesos. Para la conversión al dólar, se deberá tomar como tasa de referencia, dólares americanos utilizando para todos los efectos, tal fin la tasa representativa xxx xxxxxxx del 31 de cambio del día xx xxxxx que se especifique en el respectivo estado financiero; dicha tasa diciembre de cambio deberá ser la certificada: (i) por el Banco de la República de Colombia, (ii) en su defecto por el Banco Central; (iii) en caso que no la certifique las entidades descritas en el numeral (i) o (ii) por el organismo legalmente competente del país en que se emitió dicho documento ;y si se trata de estados financieros2015. Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx TRM certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros. Para el caso de los contratos relacionados dentro de la experiencia del proponente, cuando el valor de un contrato esté dado en dólares americanos, se convertirá a pesos colombianos utilizando la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia vigente en la fecha de terminación del respectivo contrato. Para el caso de contratos que están dados en cualquier otra moneda diferente al dólar americano, deberá primero realizarse la conversión a éste, y posteriormente al peso colombiano.

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Samples: Pliego De Condiciones Definitivo Con Adendas Integradas

CONVERSIÓN DE MONEDAS. Los oferentes deben proponentes s no inscritos en el Registro Único de proponentes - RUP deberán presentar sus estados financieros y demás documentos de orden financiero en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y, adicionalmente, y adicionalmente en pesos colombianos. Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a esta ésta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: si la moneda de origen es diferente al peso, se deberá convertir la moneda original al dólar y luego a pesos. Para la conversión al dólar, se deberá tomar como tasa de referencia, para todos los efectos, Primeramente según la tasa de cambio del día xx conversión para la fecha xxx xxxxx que se especifique en fiscal y el respectivo estado financiero; dicha tasa de cambio deberá ser la certificada: (i) por el Banco dato oficial de la República entidad que ejerza las funciones de Colombia, (ii) en su defecto por el Banco Central; (iii) en caso que no banca central o estadístico de la certifique las entidades descritas en el numeral (i) o (ii) por el organismo legalmente competente moneda nacional del país en de origen y que se emitió corresponda a la tasa representativa de dicho documento ;país respecto xxx xxxxx, y si ello no fuere posible por no existir estas entidades o las mismas no tengan datos de referencia y cambio a dólares, se trata de estados financieros. usará el convertidor disponible en: Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx TRM certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta