CUENTA XXX XXXXXXXX Y RETIRO DE FONDOS Cláusulas de Ejemplo

CUENTA XXX XXXXXXXX Y RETIRO DE FONDOS. Sección 4.01. Cuentas del Préstamo y de la Donación Sección 4.02. Retiros de las Cuentas del Préstamo y/o de la Donación a) Entre la fecha de entrada en vigor del Convenio y la Fecha de Cierre de la Financiación, el Prestatario/Receptor podrá presentar solicitudes para retirar de la Cuenta xxx Xxxxxxxx y/o de la Cuenta de la Donación las cantidades correspondientes a pagos ya efectuados o a pagos por hacer en concepto de Gastos Admisibles. El Fondo notificará al Prestatario/Receptor las cantidades mínimas de los retiros. b) No se realizarán retiros de fondos de la Cuenta xxx Xxxxxxxx y/o de la Cuenta de la Donación hasta que el Fondo haya aprobado el primer POA y haya determinado que se han cumplido todas las demás condiciones especificadas en el Convenio de Financiación como condiciones generales adicionales previas para el retiro de fondos. En el Convenio de Financiación también se podrán establecer condiciones adicionales específicas previas al retiro de fondos aplicables a categorías o actividades concretas. Se podrán efectuar retiros de fondos para sufragar los costos de la puesta en marcha del Proyecto a partir de la fecha de entrada en vigor del Convenio, con sujeción a cualesquiera límites establecidos en el Convenio de Financiación. Sección 4.03. Solicitudes de retiro de fondos o de Compromiso Especial a) Cuando el Prestatario/Receptor desee solicitar un retiro de fondos de la Cuenta xxx Xxxxxxxx y/o de la Cuenta de la Donación, entregará al Fondo una solicitud en la forma que este especifique, junto con los documentos y demás pruebas en apoyo de tales solicitudes que el Fondo razonablemente solicite. b) El Prestatario/Receptor proporcionará al Fondo pruebas satisfactorias de los poderes de la persona o personas autorizadas para firmar tales solicitudes, así como un ejemplar autenticado de la firma de cada una de esas personas. c) Cada solicitud de esa naturaleza y los documentos que la acompañan, así como otros medios de prueba, deberán ser suficientes para satisfacer al Fondo de que el Prestatario/Receptor tiene derecho a efectuar esos retiros. d) Si el Prestatario/Receptor presenta solicitudes para retirar de la Cuenta xxx Xxxxxxxx y/o de la Cuenta de la Donación las cantidades correspondientes a pagos por hacer en concepto de Gastos Admisibles, el Fondo, antes de transferir dicha cantidad al Prestatario/Receptor, podrá requerir al Prestatario/Receptor que proporcione medios de prueba, satisfactorios para el Fondo, que demuestren que los retiro...
CUENTA XXX XXXXXXXX Y RETIRO DE FONDOS. El Fondo abrirá una Cuenta xxx Xxxxxxxx a nombre del Prestatario, a la cual acreditará el monto principal xxx Xxxxxxxx. El Prestatario podrá solicitar el retiro de fondos de la Cuenta xxx Xxxxxxxx, en diversas monedas, periódicamente, desde la fecha de Efectividad hasta la Fecha de Cierre xxx Xxxxxxxx en relación con los Gatos Admisibles y, por lo demás, de conformidad con lo dispuesto en el Apéndice 2 del presente Convenio y en el Artículo IV (Cuenta xxx Xxxxxxxx y retiro de fondos) y la Sección 6.02 (Monedas en las cuales se efectúan los retiros de fondos) de las Condiciones Generales.
CUENTA XXX XXXXXXXX Y RETIRO DE FONDOS. SECCION 4.01. Cuentas del Préstamo y de la Donación El Fondo acreditará el monto del capital xxx Xxxxxxxx a la Cuenta xxx Xxxxxxxx y el monto de la Donación, si la hubiere, a la Cuenta de la Donación. SECCION 4.02. Retiros de la Cuenta xxx Xxxxxxxx El Prestatario podrá presentar de tiempo en tiempo solicitudes para retirar de la Cuenta xxx Xxxxxxxx, las cantidades correspondientes a pago ya efectuados o a pagos por hacer en concepto de Gastos Admisibles. En el Contrato xx Xxxxxxxx se podrán especificar las cantidades mínimas de los retiros, y en ese caso el Prestatario financiará los Gastos Admisibles de valor inferior a esas cantidades mínimas con cargo a la Cuenta Especial o de sus propios recursos. SECCION 4.03. Compromisos especiales del Fondo. A petición del Prestatario, el Fondo podrá contraer compromisos especiales para pagar sumas correspondientes a Gastos Admisibles, de acuerdo con las condiciones convenidas entre el Fondo y el Prestatario, no obstante cualquier suspensión ulterior del derecho del Prestatario a solicitar retiros de fondos.

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