RETIRO DE FONDOS Cláusulas de Ejemplo

RETIRO DE FONDOS. 3.1. Todo retiro de la Cuenta de Ahorros se realizará por EL TITULAR de la misma, quien se identificará a través de la biometría y la firma que se registraron en el momento de la apertura de la Cuenta de Ahorros. En materia de retiro de fondos de la Cuenta de Ahorros, EL BANCO permite la actuación de un apoderado o representante de EL TITULAR, siempre que se encuentre debidamente identificado (incluye enrolamiento en biometría) y haga entrega del poder vigente para el efecto, debidamente legalizado ante notario público o cónsul colombiano si fuere otorgado fuera de Colombia.
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RETIRO DE FONDOS. El DEPOSITANTE podrá efectuar retiro de los fondos que tenga en su cuenta, únicamente a través del envío de un documento escrito, en el cual conste la identificación del titular de la cuenta, su NIT, el valor del retiro tanto en letras como en números, la cuenta de la cual se debitará y además, indicar el nombre del beneficiario o beneficiarios de los cheques que se deban girar hasta cubrir el monto del retiro autorizado, así como la nominación e identificación de la persona autorizada para retirar los cheques, si es del caso. Cuando el retiro deba realizarse mediante transferencia electrónica, deberá indicarse el nombre del beneficiario o beneficiarios, su identificación, número y tipo de cuenta y el banco al cual pertenece dicha cuenta. El documento escrito mediante el cual se solicita el retiro deberá estar suscrito por los funcionarios debidamente autorizados por el representante legal del DEPOSITANTE, que se encuentren inscritos en la correspondiente Tarjeta de Registro de Firmas Autorizadas, a la que se deben incorporar las demás medidas de seguridad que se tengan previstas para el manejo de la cuenta y los controles adicionales que para tal fin establezca INFIVALLE. El DEPOSITANTE será responsable por las inconsistencias que contenga la solicitud de retiro. La sección de Tesorería de INFIVALLE deberá expedir y firmar una nota, una vez se registre dicha operación, siendo este el único documento con el que puede demostrarse la validez de la misma. En caso que el retiro se solicite de una cuenta de pignoración crédito a nombre del DEPOSITANTE, dicho retiro deberá ser autorizado previamente por el profesional de cartera, requisito sin el cual no será posible verificar la orden dada por el DEPOSITANTE. Los retiros de las cuentas de manejo crédito solo podrán realizarse previa autorización de los profesionales de la Subgerencia de Gestión Integral de Proyectos de INFIVALLE. PARÁGRAFO: Será potestativo de INFIVALLE aceptar o no la realización de retiros en cheque girados a nombre de terceros, a solicitud del DEPOSITANTE, pero siempre bajo la absoluta responsabilidad de este último. PÉRDIDA, HURTO O EXTRAVÍO DE CHEQUES CONSIGNADOS: Teniendo presente que INFIVALLE actúa como entidad consignataria y gestora de negocios ajenos, solo responderá por el extravío, pérdida o hurto de un cheque consignado en la cuenta de depósito, cuando tal hecho ocurra por su culpa debidamente declarada por autoridad competente.
RETIRO DE FONDOS. EL CLIENTE, personalmente, de forma presencial o por medio de otra persona debidamente autorizada por EL CLIENTE conforme a las políticas de APAP, podrá retirar en cualquier momento los saldos disponibles en la Cuenta, a través de los cajeros automáticos, en las oficinas de APAP, y de los canales presenciales o digitales que APAP ponga a disposición de sus Clientes. APAP se reserva el derecho de limitar los retiros de EL CLIENTE por desastres naturales u otra condición o fuerza mayor que afecten los sistemas automatizados de APAP. APAP rehusará el pago de retiros respecto de las Cuentas que no tengan provisión de fondos, o que estén afectadas por alguna medida conservatoria o por una orden de autoridad competente. EL CLIENTE reconoce, previa información proporcionada por APAP, que mediante las vías digitales y/o electrónicas apapenlinea y APAPP Móvil existe un límite por transacción; monto que podría ser modificado de acuerdo a las políticas de riesgos y seguridad de APAP. Cualquier modificación de los límites por transacción aplicables será notificada por APAP a EL CLIENTE.
RETIRO DE FONDOS. (a) Los retiros de fondos en cuentas de ahorro los podrán realizar solamente los firmantes autorizados en la cuenta, por medio de transferencias electrónicas. El banco no será responsable por el pago hecho por error, inadvertencia, negligencia o descuido, de retiros de fondos cuando estos tengan fechas adelantadas.
RETIRO DE FONDOS. 6. Cierre de su cuenta.
RETIRO DE FONDOS. EL AHORRADOR podrá efectuar retiro de los fondos que tenga en su cuenta a través de los siguientes mecanismos: a) retiro con talonario de la cuenta de ahorros en oficinas, b) utilización de la tarjeta débito, en las oficinas y en los cajeros automáticos de DAVIVIENDA y de las entidades afiliadas a las redes asociadas tales como Redeban Multicolor, Credibanco, Cirrus, Servibanca y las demás que se afilien en el futuro, c) utilización de los punto de pago POS en los establecimientos de comercio, d) retiros sin libreta y sin tarjeta en la oficina de radicación de la cuenta, mediante diligenciamiento de formato de movimiento especial siempre que el mismo sea previamente autorizado por el Director comercial o el Director administrativo de la oficina, e) a través de teléfono rojo, f) por cualquier otro mecanismo que ofrezca DAVIVIENDA, y que permita dejar evidencia fidedigna de las transacciones con sujeción a las condiciones que fije DAVIVIENDA.
RETIRO DE FONDOS. 3.1. Todo retiro de la Cuenta de Ahorros se hará por EL TITULAR de la misma, quien se identificará a través de los factores de seguridad que EL BANCO hubiere adoptado para su completa identificación. Para el retiro de fondos de la Cuenta de Ahorros en oficina bancaria, EL BANCO permitirá la actuación de un apoderado o representante de EL TITULAR, siempre que se encuentre debidamente identificado (incluye enrolamiento en biometría) y haga entrega del poder vigente para el efecto, debidamente legalizado ante notario público o cónsul colombiano si fuere otorgado fuera de Colombia.
RETIRO DE FONDOS. Las sumas de dineros que figuren depositadas en una Cuenta de Ahorros, junto con sus intereses, serán pagadas al Cliente que figure como titular de la misma. El retiro de los fondos se podrá efectuar a través de los siguientes mecanismos: 1. Retiro con talonario de la Cuenta de Ahorros en oficinas. 2. Utilización de la tarjeta débito en las oficinas y en los cajeros automáticos de Bancoomeva o de las entidades afiliadas a las redes asociadas tales como Credibanco VISA, Redeban Multicolor, Cirrus, Servibanca y las demás que se afilien en el futuro.
RETIRO DE FONDOS. El TRABAJADOR, o sus beneficiarios en caso del fallecimiento o incapacidad total de éste, podrá solicitar el retiro total o parcial de sus recursos en los supuestos de incapacidad permanente, invalidez permanente, muerte, cesantía en edad avanzada, vejez, matrimonio, desempleo y demás previstos en las Leyes de Seguridad Social, para lo cual