DE LA PREVISIÓN SOCIAL Cláusulas de Ejemplo

DE LA PREVISIÓN SOCIAL. CLÁUSULA 67.-Cuando los Trabajadores Administrativos Sindicalizados se encuentren incapacitados por el Seguro Social, tendrán derecho a recibir de la Institución su salario íntegro los primeros tres días; los días subsecuentes la institución otorgará la proporción correspondiente para que conjuntamente con lo otorgado por el IMSS, se integre el salario tabular correspondiente.
DE LA PREVISIÓN SOCIAL. Cuando los trabajadores se encuentren incapacitados por el Seguro Social, tendrán derecho a recibir de la Universidad su salario íntegro los tres primeros días. Los días subsecuentes la Universidad otorgará la proporción correspondiente para que, conjuntamente con lo otorgado por el IMSS, se integre el salario tabular correspondiente.
DE LA PREVISIÓN SOCIAL. Cuando los trabajadores se encuentren incapacitados por el Seguro Social, tendrán derecho a recibir de la Universidad su salario íntegro los tres primeros días. Los días subsecuentes la Universidad otorgará la proporción correspondiente para que, conjuntamente con lo otorgado por el IMSS, se integre el salario tabular correspondiente. En los casos en que el IMSS no haya prestado los servicios a que está obligado o su otorgamiento sea deficiente en los términos que establece la Ley del Seguro Social, si el trabajador o sus familiares optan por obtener servicios equivalentes con médicos o instituciones particulares, la Universidad les apoyará para gestionar ante el IMSS la restitución de los gastos que se originen. Para solicitar este apoyo de la Universidad, el trabajador deberá cumplir previamente los requisitos y procedimientos establecidos legalmente por el instituto.
DE LA PREVISIÓN SOCIAL. Cláusula 66.- La Entidad Pública cubrirá al personal trabajador como prima vacacional, el importe de 5 días xx xxxxxx tabular en cada uno de los períodos vacacionales, la retención del Impuesto sobre la Renta se compensará mediante el pago de la partida de despensa. Cláusula 67.- El personal trabajador de la Entidad Pública disfrutará de los beneficios que establecen en materia de riesgo de trabajo y muerte, el Instituto de Pensiones del Estado, Cláusula 68.- La Entidad Pública fomentará las actividades sociales, culturales y deportivas entre el personal trabajador de acuerdo a sus posibilidades presupuestales. Cláusula 69.- La Entidad Pública, brindará apoyo siempre que el presupuesto lo permita, para la entrega de juguetes u organización de eventos a las hijas e hijos del personal trabajador con edad máxima de 11 años, los días 6 de enero y 30 xx xxxxx de cada año, de acuerdo al catálogo poblacional infantil que se formule con la debida anticipación. La entrega se hará en festivales que con ese motivo organice la Entidad Pública. Para los hijos de trabajadores foráneos se entregarán juguetes en la misma fecha. Cláusula 70.- La Entidad Pública otorgará al personal trabajador de base por concepto de quinquenio, un pago conforme a la siguiente tabla: De: A menos de: Importe Mensual Cláusula 71.- A partir del 1° de enero de 2019, el personal trabajador recibirá por concepto de Ayuda Mensual para Despensa, la cantidad de $214.86, como partida de previsión social. Cláusula 72.- La Entidad Pública concederá a partir del ejercicio 2019 al personal trabajador con plaza de base un estímulo por concepto de antigüedad, al momento de cumplir los años de servicio y por las cantidades que se señalan en la tabla siguiente: Al cumplir Hasta el 30 xx xxxxx de 2019 A partir del 01 de julio de 2019 Cláusula 73.- La Entidad Pública otorgará al personal trabajador la cantidad de $177.62 mensuales a partir del 1° de enero de 2019, por concepto de ayuda para Previsión Social Múltiple, como partida de previsión social. Cláusula 74.- La Entidad Pública cubrirá al personal trabajador el importe de hasta Cláusula 75.- La Entidad Pública proporcionará al personal trabajador que lo requiera una ayuda para la adquisición de aparatos ortopédicos y auditivos que en ningún caso excederá de $3,357.00, por una sola vez, si son dictaminados por el Instituto Mexicano del Seguro Social o por la Institución de Seguridad Social a que estén afiliados, como

Related to DE LA PREVISIÓN SOCIAL

  • SEGURIDAD SOCIAL Tal como señala el párrafo 4 , el Suscrito es el único responsable de adquirir un seguro médico y un plan de pensión. Las obligaciones del Asociado de Implementación se limitan a proporcionar en dinero en efectivo, incluida en el Honorario total mencionada en el párrafo 4 , en lugar de prestar contribuciones directas a planes de salud o de jubilación. El Suscrito confirma que ha contratado tales seguros y que los mantendra durante el plazo del presente Contrato. Además, el Suscrito deberá proporcionar evidencia de que cuenta con dicha cobertura, en cumplimiento del presente contrato, contra firma del mismo y en cualquier momento durante el plazo de éste, según lo requiera el Asociado de Implementación. La no contratación de tal cobertura puede constituir causal de resolución de este Contrato. Más información en las Condiciones de Servicios, Anexo B, adjuntas.

  • Alcance de la cobertura El pago de los daños, perjuicios y daño moral consecuencial, por los que sea responsable el Asegurado, se hará conforme a la legislación aplicable en materia de Responsabilidad Civil vigente en la República Mexicana o legislación extranjera en el caso de viajes familiares en el extranjero, y a lo previsto en la presente sección. El pago de los gastos de defensa del Asegurado incluye: a) El pago del importe de las primas por fianzas judiciales que el Asegurado deba otorgar en garantía del pago de las sumas que le sean reclamadas a título de Responsabilidad Civil amparada por esta Cobertura.

  • PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.

  • Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Gerente de Obras determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación.

  • Obligaciones con la Seguridad Social Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. En el caso de profesionales colegiados que no estén afiliados y en alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social en virtud de lo dispuesto en la Resolución de 23 de febrero de 1996 (BOE de 7 xx xxxxx) , de la Dirección General de Ordenación Jurídica y Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se dictan instrucciones en orden a la aplicación de las previsiones en materia de Seguridad Social contenidas en la Disposición adicional decimoquinta y en la Disposición transitoria quinta, 3 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y supervisión de los seguros privados, aquéllos deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad de Previsión Social del Colegio Profesional correspondiente, acreditativa de su pertenencia a la misma de acuerdo con la citada Resolución. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable. El órgano de contratación deberá adjudicar el contrato dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Tendrán preferencia en la adjudicación las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas, que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones igualaran en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirvan de base para la adjudicación. En caso de empate entre varias empresas licitadoras, tendrán preferencia en la adjudicación aquellas que, habiendo acreditado tener relación laboral con personal con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100, dispongan del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla. A efectos de aplicación de esta circunstancia los licitadores deberán acreditarla, en su caso, mediante los correspondientes contratos de trabajo y documentos de cotización a la Seguridad Social.

  • EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Errores Aritméticos

  • Apertura sobre oferta económica El día 17/06/2021 a las 11:33 horas

  • Obligaciones laborales, sociales y económicas del contratista El personal adscrito al suministro dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. El contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen impuestas en su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre aquél, o entre sus subcontratistas, y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda repercutir contra la Administración ninguna multa, sanción o cualquier tipo de responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle los Organismos competentes. Asimismo el contratista estará obligado a observar el cumplimiento de lo preceptuado en el Decreto 293/2009, de 7 de julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía. En cualquier caso, el contratista indemnizará a la Administración de toda cantidad que se viese obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este pliego, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o administrativa. Corresponderá y será de cargo del contratista: a) La obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, que se requieran para la realización del suministro. b) Los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede, y los de materiales, personal, transporte, entrega y retirada de los bienes hasta el lugar y destino convenido, montaje, puesta en funcionamiento o uso y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, incluidos los fiscales. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. c) Las pruebas, ensayos o informes necesarios para verificar la correcta ejecución del suministro contratado, con el límite del 1% del precio total del contrato. d) La indemnización de los daños que se causen tanto a la Administración como a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del suministro, salvo cuando tales perjuicios hayan sido ocasionados por una orden inmediata y directa de la Administración. e) Toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la fabricación del suministro, debiendo indemnizar a la Administración todos los daños y perjuicios que para ésta pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de los que eventualmente pudieran dirigirse contra la misma.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • Presentación de Propuestas Técnicas y Económicas “Sobre A” y “Sobre B” Las Ofertas se presentarán en un Sobre cerrado y rotulado con las siguientes inscripciones: Dirección: Calle Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx esq. Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Código postal #10514, Ensanche La Fe. Xxxxx Xxxxxxx, D.N. República Dominicana. Tel. 000-000-0000, Ext. 2906. Número de Referencia: Nombre del Oferente: Correo Electrónico: Teléfonos: (Sello social) (Firma del Representante Legal y Cédula de Identidad y Electoral) Tel. 000-000-0000, Ext. 2906 Correos: xxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx Este Sobre contendrá en su interior el “Sobre A” Credenciales y Propuesta Técnica y el “Sobre B” Propuesta Económica. Ninguna oferta presentada en término podrá ser desestimada en el acto de apertura. Las que fueren observadas durante el acto de apertura se agregaran para su análisis por parte de los peritos designados. De igual forma, deberá contar con la seguridad apropiada para garantizar la confidencialidad de la información hasta el momento de la apertura, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma del Proceso de Licitación. Las propuestas inmediatamente sean recibidas en el lugar indicado, serán debidamente conservadas y custodiadas, permaneciendo cerradas hasta el momento de la apertura. Una vez recibidas las ofertas, los Oferentes no podrán retirarlas para fines de modificación. NOTA: Es obligatorio presentar las ofertas en físico y CD en su respectivo sobre; es decir, se deberá incluir en el Sobre A dos (02) CD conteniendo la oferta técnica y, en el Sobre B, un CD conteniendo la oferta económica.