PRIMA VACACIONAL. “El Profesor” tendrá derecho a una prima vacacional conforme a la normatividad aplicable.
PRIMA VACACIONAL. Los trabajadores tendrán derecho a una prima vacacional del 50% sobre salarios que les corresponden durante el periodo de vacaciones.
PRIMA VACACIONAL. El personal docente disfrutará de esta prestación en la forma y términos fijados en el artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo.
PRIMA VACACIONAL. “El Trabajador” podrá gozar de los períodos vacacionales establecidos por “La Universidad”, y tendrá derecho a una prima vacacional conforme a la normatividad aplicable.
PRIMA VACACIONAL. 1. La prima vacacional es una prestación que se otorga al personal docente y no docente que tenga derecho a las vacaciones y/o a quien haya laborado 6 meses un día de manera ininterrumpida en el COLEGIO.
PRIMA VACACIONAL. 3.- GRATIFICACIÓN AÑO TOTAL DEVENGADO ANUAL DIAS PAGADOS DIAS LABORADOS COEFICIENTE INCREMENTADO POR DIAS PAGADOS I.M.S.S. PARA SALARIO MÍNIMO ENFERMEDADES Y MATERNIDADES INVALIDEZ, VEJEZ, ETC. GUARDERIAS SUMA DE FACTORES SALARIO MÍNIMO BASE SALARIO REAL SALARIO REAL INTEGRADO CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA No. LA-009A00001-E31-2019 PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y MANTENIMIENTO DE MUEBLES, SERVICIOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN Y DE LOS LABORATORIOS DE LA COORDINACIÓN DE INGENIERÍA DE PUERTOS Y COSTAS.
PRIMA VACACIONAL. 3.3 Cinco días de ajuste de calendario laboral.
PRIMA VACACIONAL. ARTICULO 36.- EL SISTEMA DIF ZAPOTLAN EL GRANDE cubrirá a los
PRIMA VACACIONAL. Artículo 44. Los trabajadores que disfruten de vacaciones tendrán derecho a recibir, a más tardar el día anterior a aquél en que deban empezar a hacer uso de ellas, a título de prima, un ciento cincuenta por ciento xxx xxxxxxx correspondiente al número de días laborables que comprenda el período anual de vacaciones. Para los trabajadores que hayan cumplido el primer año de servicios, dicha prima podrá ser cobrada a partir del primer día hábil de cada año.
PRIMA VACACIONAL. CLÁUSULA 41.- El CECyTEC pagará al personal docente, administrativo, técnico y manual por concepto de prima vacacional un importe igual a 24 xxxx xx xxxxxxx