Sanciones por incumplimiento de contrato Cláusulas de Ejemplo

Sanciones por incumplimiento de contrato. Las penas convencionales que se aplicaran por atraso en las fechas de entrega de los productos serán:
Sanciones por incumplimiento de contrato. De acuerdo con el artículo 28, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, las penas convencionales que se aplicarán por atraso en las fechas de entrega de los productos serán conforme a lo siguiente.
Sanciones por incumplimiento de contrato. De acuerdo con el artículo 28, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios Relacionados con Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Michoacán xx Xxxxxx, las penas convencionales que se aplicarán por atraso en las fechas de entrega de los productos serán conforme a lo siguiente: La convocante procederá a rescindir el contrato por el simple retraso del proveedor en la entrega de los bienes; Si el proveedor no cumple con las condiciones establecidas en el contrato, la convocante aplicará las penas convencionales correspondientes.
Sanciones por incumplimiento de contrato. Las penas convencionales que se aplicarán serán:
Sanciones por incumplimiento de contrato. Además de lo dispuesto en el apartado 14 de los Pliegos de Xxxxxxxxxxx, y en virtud del artículo 196 de la Ley 30/2007, las sanciones se aplicarán proporcionalmente, junto con la gravedad del motivo del incumplimiento del contrato. Se establece el requisito imprescindible de realizar el mantenimiento y las reparaciones de la máquina barredora en un taller ubicado dentro del término municipal xx Xxxxxx. El incumplimiento de dicho requisito dentro del periodo de duración del contrato acarreará la ejecución del contrato, en virtud de lo dispuesto por el artículo 88. Los licitantes deberán acreditar haber realizado contratos de igual precio al de la licitación de este contrato, mínimo cuatro (4) contratos durante los últimos tres años. El informe acreditativo del cumplimiento de este requisito se presentará en el sobre A, junto con la solicitud de participación. LUGAR: En el REGISTRO GENERAL (oficina BERH@Z, Ertzilla kalea 8, 48370 BERMEO – BIZKAIA) de esta Administración. HORARIO: Mañanas de 8:30 a 14:30, tardes de 16:30 a 19:00 los martes y jueves, y sábados de 10:00 a 13:00. PLAZO: Regulación armonizada (Sí/No): NO. Comenzando a contar, en todos los casos, a partir del siguiente día de la publicación del anuncio.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.