DE LOS CONTRATOS. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor xx xxxx (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento. Las Entidades podrán citar al ganador de la buena pro a través del SEACE9. En caso que la Entidad opte por esta forma de notificación deberá consignarse el siguiente párrafo10: “La citación al postor ganador de la buena pro para la suscripción del contrato se notificará de manera electrónica a través del SEACE. Es responsabilidad del postor el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.” El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la última prestación del servicio, salvo casos de excepción; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.
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Samples: Bases Estándar De Concurso Público
DE LOS CONTRATOS. Una vez Dentro de los dos días hábiles siguientes del consentimiento de la buena pro o, en su caso, de notificada la resolución que quede consentido o administrativamente firme resuelve el otorgamiento recurso de apelación, la Entidad deberá citar al adjudicatario de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del Pro otorgándole un plazo mínimo de dos (2) 5 días hábiles siguientes al consentimiento y un máximo de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor xx xxxx (10) 10 días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad hábiles para suscribir el contrato con toda correspondiente. No obstante, si el postor ganador tuviera antes del plazo mínimo establecido la documentación completa requerida, podrá presentarse a suscribir el contrato. En el supuesto que Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de acuerdo a lo la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el artículo 148° del Reglamentoinciso precedente. Las Entidades podrán Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable; Cuando la Entidad no cumpla con citar al ganador de la buena pro Buena Pro o suscribir el contrato en el plazo establecido, el postor podrá requerirla para su suscripción, dándole un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles a través del SEACE9la Entidad. En caso estos casos, la Entidad deberá reconocer a favor del postor una cantidad equivalente al uno por mil (1/1000) del monto total de su propuesta económica por cada día de atraso, computado desde el requerimiento y hasta la fecha efectiva de suscripción del contrato, con un tope máximo de cinco (5) días hábiles; Vencido el plazo sin que la Entidad opte por esta forma de notificación deberá consignarse haya suscrito el siguiente párrafo10: “La citación al contrato, el postor ganador podrá solicitar se deje sin efecto el otorgamiento de la buena pro Buena Pro. En tal caso, la Entidad deberá reconocerle una indemnización por el único concepto de lucro cesante, cuyo monto deberá ser sustentado por el postor y no podrá ser mayor al diez por cien (10%) del monto adjudicado; sin perjuicio de la responsabilidad que le pudiera corresponder al Titular o máxima autoridad administrativa de la Entidad o al funcionario competente para la suscripción del contrato se notificará de manera electrónica a través del SEACEcontrato. Es responsabilidad del postor De surgir alguna controversia, ésta será resuelta por el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.” Tribunal. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Propostor ganador, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139198° del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador Reglamento de la Buena Pro deberá presentarLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento y cumplimiento. Constancia de Capacidad Libre de Contratación, expedida por el monto diferencial Registro Nacional de propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad Proveedores. Copia de la última prestación vigencia del serviciopoder del representante legal de la empresa. Copia del Documento Nacional de Identidad con acreditación de haber votado en las últimas elecciones o del carné de Extranjería, salvo casos del representante legal. En caso de excepción; Contrato persona jurídica, se presentará copia del RUC de consorcio con firmas legalizadas la empresa y del testimonio de constitución. Certificado de habilidad de los asociadosprofesionales propuestos. El Contrato está conformado por el documento que lo contiene, las Bases Integradas y la Oferta Ganadora, así como por los documentos derivados del proceso de ser selección que establezcan obligaciones para las partes y hayan sido expresamente señalados en el casocontrato. El Contratista no podrá subcontratar ninguna parte de sus prestaciones a su cargo.
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Samples: Licitación Pública
DE LOS CONTRATOS. 3.1.1 Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, INVERMET dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, deberá citar al postor ganador otorgándole Adjudicatario para la Fecha de Cierre señalada en el plazo establecido cronograma, a presentarse en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor xx xxxx (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad sus oficinas para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. .
3.1.2 En el supuesto que el postor ganador Adjudicatario no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá en la Fecha de acuerdo a lo dispuesto Cierre señalada en el artículo 148° del Reglamento. Las Entidades podrán citar al ganador de cronograma perderá automáticamente la buena pro e INVERMET ejecutará la correspondiente Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta; en tal caso, el Comité Especial llamará al Postor que ocupo el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el Contrato de Supervisión de Obras del Proyecto Vía Expresa Sur, en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles. Si este Postor no suscribe el citado Contrato, INVERMET procederá a través del SEACE9. En la ejecución de la Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la Propuesta y el Comité Especial llamará por última vez al Postor que ocupo el tercer lugar, en caso que dicho Postor no firme el referido Contrato, INVERMET procederá a la Entidad opte por esta forma de notificación deberá consignarse el siguiente párrafo10: “La citación al postor ganador ejecución de la buena pro para correspondiente Garantía de Validez, Vigencia y Cumplimiento de la suscripción del contrato se notificará Propuesta y el Comité Especial declarará desierto el proceso de manera electrónica a través del SEACE. Es responsabilidad del postor el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACEselección.”
3.1.3 El contrato será suscrito por la EntidadINVERMET, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el Postor ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento. Representante Legal.
3.1.4 Para suscribir el contrato, el postor ganador Adjudicatario de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguienteslo siguiente: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. • Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el casoFiel Cumplimiento, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad el consentimiento de la última prestación del servicio, salvo casos liquidación final de excepción; las Obras y cuyo modelo se encuentra establecido en el Anexo N° 09. • Contrato de consorcio Consorcio con firmas legalizadas de los asociadosconsorciados, de ser el caso.
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DE LOS CONTRATOS. Una vez Dentro de los dos días hábiles siguientes del consentimiento de la buena pro o, en su caso, de notificada la resolución que quede consentido o administrativamente firme resuelve el otorgamiento recurso de apelación, la Entidad deberá citar al adjudicatario de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del Pro otorgándole un plazo mínimo de dos (2) 5 días hábiles siguientes al consentimiento y un máximo de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor xx xxxx (10) 10 días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad hábiles para suscribir el contrato con toda correspondiente. No obstante, si el postor ganador tuviera antes del plazo mínimo establecido la documentación completa requerida, podrá presentarse a suscribir el contrato. En el supuesto que Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de acuerdo a lo la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el artículo 148° del Reglamentoinciso precedente. Las Entidades podrán Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable; Cuando la Entidad no cumpla con citar al ganador de la buena pro Buena Pro o suscribir el contrato en el plazo establecido, el postor podrá requerirla para su suscripción, dándole un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles a través del SEACE9la Entidad. En caso estos casos, la Entidad deberá reconocer a favor del postor una cantidad equivalente al uno por mil (1/1000) del monto total de su propuesta económica por cada día de atraso, computado desde el requerimiento y hasta la fecha efectiva de suscripción del contrato, con un tope máximo de cinco (5) días hábiles; Vencido el plazo sin que la Entidad opte por esta forma de notificación deberá consignarse haya suscrito el siguiente párrafo10: “La citación al contrato, el postor ganador podrá solicitar se deje sin efecto el otorgamiento de la buena pro Buena Pro. En tal caso, la Entidad deberá reconocerle una indemnización por el único concepto de lucro cesante, cuyo monto deberá ser sustentado por el postor y no podrá ser mayor al diez por cien (10%) del monto adjudicado; sin perjuicio de la responsabilidad que le pudiera corresponder al Titular o máxima autoridad administrativa de la Entidad o al funcionario competente para la suscripción del contrato se notificará de manera electrónica a través del SEACEcontrato. Es responsabilidad del postor De surgir alguna controversia, ésta será resuelta por el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.” Tribunal. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Propostor ganador, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139198° del ReglamentoReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de presentar los documentos previstos en las Bases, los siguientessiguientes documentos5: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento y cumplimiento. Constancia de Capacidad Libre de Contratación, expedida por el monto diferencial Registro Nacional de propuestaProveedores. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. Copia del Documento Nacional de Identidad con acreditación de haber votado en las últimas elecciones o del carné de Extranjería, de del representante legal. De ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad contrato de la última prestación del servicio, salvo casos de excepción; Contrato formalización de consorcio con firmas legalizadas de los asociadosmiembros y designación de representante común. En caso de persona jurídica, se presentará copia del RUC de ser el casola empresa y del testimonio de constitución Análisis de Costos Unitarios correspondiente a su propuesta económica. Certificado de habilidad de los profesionales propuestos.
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Samples: Licitación Pública
DE LOS CONTRATOS. Una vez Dentro de los dos días hábiles siguientes del consentimiento de la buena pro o, en su caso, de notificada la resolución que quede consentido o administrativamente firme resuelve el otorgamiento recurso de apelación, la Entidad deberá citar al adjudicatario de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del Pro otorgándole un plazo mínimo de dos (2) 5 días hábiles siguientes al consentimiento y un máximo de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor xx xxxx (10) 10 días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad hábiles para suscribir el contrato con toda correspondiente. No obstante, si el postor ganador tuviera antes del plazo mínimo establecido la documentación completa requerida, podrá presentarse a suscribir el contrato. En el supuesto que Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de acuerdo a lo la sanción administrativa aplicable. En tal caso, la Entidad llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en el artículo 148° del Reglamentoinciso precedente. Las Entidades podrán Si este postor no suscribe el contrato, la Entidad declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable; Cuando la Entidad no cumpla con citar al ganador de la buena pro Buena Pro o suscribir el contrato en el plazo establecido, el postor podrá requerirla para su suscripción, dándole un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles a través del SEACE9la Entidad. En caso estos casos, la Entidad deberá reconocer a favor del postor una cantidad equivalente al uno por mil (1/1000) del monto total de su propuesta económica por cada día de atraso, computado desde el requerimiento y hasta la fecha efectiva de suscripción del contrato, con un tope máximo de cinco (5) días hábiles; Vencido el plazo sin que la Entidad opte por esta forma de notificación deberá consignarse haya suscrito el siguiente párrafo10: “La citación al contrato, el postor ganador podrá solicitar se deje sin efecto el otorgamiento de la buena pro Buena Pro. En tal caso, la Entidad deberá reconocerle una indemnización por el único concepto de lucro cesante, cuyo monto deberá ser sustentado por el postor y no podrá ser mayor al diez por cien (10%) del monto adjudicado; sin perjuicio de la responsabilidad que le pudiera corresponder al Titular o máxima autoridad administrativa de la Entidad o al funcionario competente para la suscripción del contrato se notificará de manera electrónica a través del SEACEcontrato. Es responsabilidad del postor De surgir alguna controversia, ésta será resuelta por el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.” Tribunal. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Propostor ganador, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139198° del ReglamentoReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de presentar los documentos previstos en las Bases, los siguientessiguientes documentos2: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Estado Garantía de fiel cumplimiento y cumplimiento. Constancia de Capacidad Libre de Contratación, expedida por el monto diferencial Registro Nacional de propuestaProveedores. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. Copia del Documento Nacional de Identidad con acreditación de haber votado en las últimas elecciones o del carné de Extranjería, de del representante legal. De ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad contrato de la última prestación del servicio, salvo casos de excepción; Contrato formalización de consorcio con firmas legalizadas de los asociadosmiembros y designación de representante común. En caso de persona jurídica, se presentará copia del RUC de ser el casola empresa y del testimonio de constitución. Análisis de Costos Unitarios correspondiente a su propuesta económica. Certificado de habilidad de los profesionales propuestos.
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Samples: Licitación Pública
DE LOS CONTRATOS. Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento Dentro de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de los dos (202) días hábiles siguientes al del consentimiento de la Buena Probuena pro, citar la CMAC, citará al postor ganador de la buena pro otorgándole el un plazo establecido en las Bases, el cual que no podrá ser menor de cinco exceder los ocho (5) ni mayor xx xxxx (1008) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad LA CAJA para suscribir el contrato con toda la documentación requeridasiguiente documentación: • Carta Fianza por concepto de Fiel Cumplimiento, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato. En Esta garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del proveedor. • Carta fianza, la misma que garantice el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgadocumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social de los trabajadores, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento. Las Entidades podrán citar al ganador de la buena pro a través del SEACE9. En caso que la Entidad opte por esta forma de notificación deberá consignarse el siguiente párrafo10: “La citación al postor ganador de la buena pro para la suscripción del contrato se notificará de manera electrónica a través del SEACE. Es responsabilidad del postor el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.” El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador 24º de la Buena Pro Ley 27626, optando por alguna de las clases de fianzas establecidas en el Artículo 17º del D.S. Nº 003-2002-TR, Esta garantía deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, cuya tener vigencia se extiende hasta la conformidad de la última recepción de la prestación a cargo del servicio, salvo casos de excepción; proveedor. • Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso. • Copia del DNI de la Persona Natural o del Representante Legal de la Persona Jurídica según el caso. • Copia Literal Certificada de la Persona Jurídica de ser el caso, donde consten los poderes vigentes de su representante legal emitida por la SUNARP con una antigüedad máxima de 30 días. • Copia del RUC de la Persona Natural o Jurídica según el caso. • Certificado de Antecedentes penales y policiales vigentes, del personal propuesto, acompañado de la copia de DNI, file personal y croquis de ubicación de la vivienda. • Listado del personal a cargo de la supervisión por cada Agencia u Oficina., indicando sus datos personales, correo electrónico, croquis de ubicación del domicilio y número telefónico. • Copia legalizada de las siguientes Pólizas de seguros:
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DE LOS CONTRATOS. Una vez CAPÍTULO ÚNICO
Artículo 106. Con la notificación del fallo serán exigibles los derechos y obligaciones establecidos en procedimiento de contratación, por lo que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento la Jefatura deberá realizar la requisición de los bienes a través de la Buena Proorden de compra y notificar a la Dirección Administrativa, a efecto de que la Entidad deberáConvocante y el adjudicado procedan a celebrar el contrato correspondiente elaborado por la Dirección Jurídica en los términos previstos en el presente ordenamiento y las bases, dentro del plazo que se haya plasmado en la convocatoria para tal efecto.
Artículo 107. La propuesta adjudicada, sus anexos y el contrato son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar las condiciones previstas en la convocatoria a la licitación y sus juntas de dos (2) días hábiles siguientes aclaraciones; en caso de discrepancia, prevalecerá lo estipulado en éstas
I. El nombre, denominación o razón social del ente público convocante;
II. La indicación del procedimiento conforme al consentimiento cual se llevó a cabo la adjudicación del contrato;
III. Acreditación de la Buena Proexistencia y personalidad del licitante adjudicado, citar al postor ganador otorgándole pudiendo señalar para tal efecto, los datos de su registro ante el RUPC;
IV. El Representante Legal deberá acreditar con Poder vigente o Acta Constitutiva y anexar su identificación oficial;
V. La descripción pormenorizada de los bienes, arrendamientos o servicios objeto del contrato adjudicado a cada uno de los licitantes en el procedimiento, conforme a su proposición;
VI. El precio unitario y el importe total a pagar por los bienes, arrendamientos o servicios, o bien, la forma en que se determinará el importe total;
VII. En el caso de arrendamiento, la indicación de si éste es con o sin opción a compra;
VIII. Los porcentajes de los anticipos que, en su caso, se otorgarían, los cuales no podrán exceder del cincuenta por ciento del monto total del contrato;
IX. Porcentaje, número y fechas o plazo establecido de las exhibiciones y amortización de los anticipos que se otorguen;
X. Forma, términos y porcentaje para garantizar los anticipos y el cumplimiento del contrato;
XI. La fecha o plazo, lugar y condiciones de entrega;
XII. Moneda en las Basesque se cotizó y se efectuará el pago respectivo, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor xx xxxx (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá en pesos mexicanos o moneda extranjera de acuerdo a lo dispuesto la determinación de la convocante;
XIII. Plazo y condiciones de pago del precio de los bienes, arrendamientos o servicios, señalando el momento en que se haga exigible el artículo 148° del Reglamentomismo;
XIV. Las Entidades podrán citar al ganador de la buena pro a través del SEACE9. En caso que la Entidad opte por esta forma de notificación deberá consignarse el siguiente párrafo10: “La citación al postor ganador de la buena pro causales para la suscripción del contrato se notificará de manera electrónica a través del SEACE. Es responsabilidad del postor el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.” El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además rescisión de los documentos previstos en contratos, órdenes de compra o pedidos;
XV. Las previsiones relativas a los términos y condiciones a las Basesque se sujetará la devolución y reposición de bienes por motivos xx xxxxxx de calidad o cumplimiento de especificaciones originalmente convenidas, los siguientes: Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la última prestación del servicio, salvo casos de excepción; Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.sin que las sustituciones impliquen su modificación;
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Samples: Reglamento De Compras, Enajenaciones Y Contratación De Servicios