Proceso de Desembolso o Pago Cláusulas de Ejemplo

Proceso de Desembolso o Pago. 3.3.3.1. Todo desembolso o pago se realizará como máximo dentro los veinte (20) días naturales siguientes a la fecha de presentación de la factura y la aceptación formal del entregable correspondiente.
Proceso de Desembolso o Pago. 4.3.1. Todo desembolso o pago se realizará como máximo dentro los treinta (30) días naturales siguientes a la fecha de presentación de la factura y la recepción a satisfacción del entregable correspondiente, incluyendo los reportes descritos en la guía de la contabilidad separada, ver Anexo 8. Si no se cumple con estos requisitos el pago no será realizado.
Proceso de Desembolso o Pago. 45 4.4 Contabilidad de Costos, inversión, gastos e Ingresos del Proyecto (directos e indirectos) 46
Proceso de Desembolso o Pago. Todo desembolso o pago se realizará como máximo dentro los treinta (30) días naturales siguientes a la fecha de presentación de la factura y la recepción a satisfacción del entregable correspondiente, incluyendo los reportes descritos en la guía de la contabilidad separada, ver Anexo 8. Si no se cumple con estos requisitos el pago no será realizado. • Todo desembolso o pago será realizado mediante depósito a una cuenta que posea el Contratista en el Banco Nacional xx Xxxxx Rica, a efecto de lo cual el Contratista deberá indicar en la factura el número de cuenta. • En el caso de facturas en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, el desembolso o pago se hará, a opción del fiduciario, en esa moneda o en colones, de acuerdo con el tipo de cambio previsto en el artículo 48 de la Ley Orgánica del Banco Central xx Xxxxx Rica. • En caso de cancelarse en colones, la factura será cancelada al tipo de cambio de venta del día en que el Contratista presente a cobro la factura, sin que se reconozcan variaciones en el tipo de cambio xxx xxxxx. • Las facturas deben ser timbradas y cumplir con los requisitos mínimos establecidos por la Administración Tributaria.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.