Deber de colaboración, diligencia y buena fe. La persona contratista adjudicataria de la obra, colaborará con la Administración, personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a la obra en cuestión. La persona contratista actuará en la ejecución del contrato y antes las incidencias que pudieran surgir, de acuerdo con los principios de diligencia y buena fe, adoptando, aun cuando la incidencia no le fuera imputable, todas las medidas a su alcance para evitar los perjuicios que pudieran ocasionar al interés general y a la Administración como parte contractual. El incumplimiento de este deber de diligencia podrá dar lugar a obligación de resarcir a la Administración.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De La Redacción Del Proyecto, Dirección De Obras, Ejecución De Obra De La Sala De Hemodinámica Y La Adecuación Del Resto Del Bloque Quirúgico De La Primera, Pliego Tipo De Clausulas Administrativas Particulares Para La Contratacion De Obras Mediante Procedimiento Negociado Con O Sin Publicidad, Contrato De Obras Para La Ejecución De Dos Bahías De Parada en Alhaurín El Grande. Málaga
Deber de colaboración, diligencia y buena fe. La persona El contratista adjudicataria de la obra, colaborará con la Administración, personasPersonas, empresas Empresas u organismos por ella Organismos designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a la obra en cuestión. La persona El contratista actuará en la ejecución del contrato y antes ante las incidencias que pudieran surgir, de acuerdo con a los principios de diligencia y buena fe, adoptando, aun cuando la incidencia no le fuera imputable, todas las medidas a su alcance para evitar los perjuicios que pudieran ocasionar al interés general y a la Administración como parte contractual. El incumplimiento de este deber de diligencia podrá dar lugar a obligación de resarcir a la Administración.
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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en La Contratación, Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en La Contratación, www.palmadelrio.es
Deber de colaboración, diligencia y buena fe. La persona El contratista adjudicataria adjudicatario de la obra, obra colaborará con la Administración, con las personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a la obra en cuestión. La persona El contratista actuará en la ejecución del contrato y antes las incidencias que pudieran surgir, de acuerdo con los principios de diligencia y buena fe, adoptando, aun cuando la incidencia no le fuera imputable, todas las medidas a su alcance para evitar los perjuicios que pudieran ocasionar al interés general y a la Administración como parte contractual. El incumplimiento de este deber de diligencia podrá dar lugar a obligación de resarcir a la Administración.
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Samples: gobiernoabiertodealmonte.es
Deber de colaboración, diligencia y buena fe. La persona contratista adjudicataria de la obracontratista, colaborará con la Administración, personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a la obra al servicio en cuestión. La persona contratista actuará en la ejecución del contrato y antes las incidencias que pudieran surgir, de acuerdo con los principios de diligencia y buena fe, adoptando, aun cuando la incidencia no le fuera imputable, todas las medidas a su alcance para evitar los perjuicios que pudieran ocasionar al interés general y a la Administración como parte contractual. El incumplimiento de este deber de diligencia podrá dar lugar a obligación de resarcir a la Administración.
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Samples: mnhlicitaciones.com
Deber de colaboración, diligencia y buena fe. La persona El contratista adjudicataria adjudicatario de la obra, colaborará con la Administración, personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a la obra en cuestión. La persona El contratista actuará en la ejecución del contrato y antes las incidencias que pudieran surgir, de acuerdo con los principios de diligencia y buena fe, adoptando, aun cuando la incidencia no le fuera imputable, todas las medidas a su alcance para evitar los perjuicios que pudieran ocasionar al interés general y a la Administración como parte contractual. El incumplimiento de este deber de diligencia podrá dar lugar a obligación de resarcir a la Administración.
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Deber de colaboración, diligencia y buena fe. La persona El contratista adjudicataria adjudicatario de la obra, obra colaborará con la Administración, con las personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a la obra en cuestión. La persona El contratista actuará en la ejecución del contrato y antes ante las incidencias que pudieran surgir, de acuerdo con los principios de diligencia y buena fe, adoptando, aun cuando la incidencia no le fuera imputable, todas las medidas a su alcance para evitar los perjuicios que pudieran ocasionar al interés general y a la Administración como parte contractual. El incumplimiento de este deber de diligencia podrá dar lugar a obligación de resarcir a la Administración.
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Samples: Contrato De Obras Para “Sustitución Del Pavimento De a Lbero
Deber de colaboración, diligencia y buena fe. La persona contratista adjudicataria de la obracontratista, colaborará con la AdministraciónCIRJESA, personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a la obra al servicio en cuestión. La persona contratista actuará en la ejecución del contrato y antes ante las incidencias que pudieran surgir, de acuerdo con los principios de diligencia y buena fe, adoptando, aun cuando la incidencia no le fuera imputable, todas las medidas a su alcance para evitar los perjuicios que pudieran ocasionar al interés general y a la Administración CIRJESA como parte contractual. El incumplimiento de este deber de diligencia podrá dar lugar a obligación de resarcir a la AdministraciónCIRJESA.
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Deber de colaboración, diligencia y buena fe. La persona El contratista adjudicataria adjudicatario de la obra, obra colaborará con la AdministraciónPROMESA, con las personas, empresas u organismos por ella designados, facilitando y poniendo a su disposición cuanta información le sea solicitada, referida a la obra en cuestión. La persona El contratista actuará en la ejecución del contrato y antes las incidencias que pudieran surgir, de acuerdo con los principios de diligencia y buena fe, adoptando, aun cuando la incidencia no le fuera imputable, todas las medidas a su alcance para evitar los perjuicios que pudieran ocasionar al interés general y a la Administración PROMESA como parte contractual. El incumplimiento de este deber de diligencia podrá dar lugar a obligación de resarcir a la AdministraciónPROMESA.
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