Common use of Deberes Clause in Contracts

Deberes. Son deberes de los miembros del Consejo Asesor de la UBPD: 1. Velar por el cumplimiento de la Constitución y la Ley. 2. Atender de conformidad con el marco normativo los asuntos que sean sometidos a su consideración. 3. Asistir a las sesiones del Consejo Asesor, incluidas las territoriales, y participar en la adopción de decisiones. 4. Observar el mayor rigor, diligencia e imparcialidad en el estudio de los temas objeto de análisis. 5. Emitir de manera oportuna los conceptos, recomendaciones o informes que le sean encargados o solicitados, con mínimo 11 días hábiles de antelación a fin de cumplir de manera eficiente las funciones del Consejo Asesor. 6. Cumplir con las disposiciones acerca del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, conflicto de intereses y prohibiciones establecidos en la Constitución y la Ley. 7. Manejar de manera responsable y respetuosa la información y documentos que conozcan en las sesiones y respetar la confidencialidad de la información cuando se determine este carácter. 8. Participar con diligencia en las comisiones técnicas, reuniones, juntas directivas y demás eventos a los que sean designados para representar al Consejo Asesor y rendir los informes de su participación. 9. Presentar excusa ante la Secretaría Técnica debidamente justificada frente a la inasistencia a las sesiones del Consejo Asesor en un término de tres días hábiles. A su vez, el representante de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas cuyo hecho victimizante sea el delito de desaparición forzada, y los/as delegados/as de las organizaciones de víctimas de desaparición forzada, secuestro y organizaciones técnico – forenses, ante la imposibilidad de asistir a las sesiones y con el fin de garantizar su participación ante el Consejo Asesor, comunicarán a la Secretaría Técnica previamente, por el medio más expedito, el nombre de la persona de su organización que ejercerá su representación y asistirá a la sesión.

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Samples: Reglamento Interno

Deberes. Son deberes El adjudicatario deberá prestar el servicio del modo dispuesto en el presente Xxxxxx y en el pliego de prescripciones técnicas. - El adjudicatario no podrá incrementar las tarifas de precios de las consumiciones de forma anual en cuantía superior al Índice de Precios al consumo (IPC), salvo consentimiento expreso por el Ayuntamiento. - El horario del funcionamiento del Hogar del Jubilado y su correspondiente Bar, se ajustará a lo establecido en el Decreto 296/97, de 16 de Diciembre del Departamento de Interior del Gobierno Xxxxx, el cual establece las 00:30 horas como horario general de cierre, siendo el horario de apertura el de las 09:00 horas de cada mañana. Asimismo dicho horario de cierre se incrementará una hora los viernes, sábados y víspera de festivo; media hora desde el 1 xx xxxxx al 30 de septiembre y dos horas con ocasión de la fiesta patronal del Municipio. - El local del Hogar del Jubilado y su correspondiente Bar permanecerán abiertos todos los meses del año a excepción hecha del mes xx xxxxxx. - El adjudicatario no podrá realizar obras de ninguna clase en el local, sin contar previamente con autorización municipal, ni podrá proceder a la instalación de aparato ó equipo musical. - El adjudicatario vendrá obligado a mantener en buen estado de uso y conservación, los locales concedidos, no admitiéndose a la expiración del contrato depreciaciones distintas a las normales procedentes de una buena utilización de los miembros bienes concertados. - El adjudicatario deberá mantener en todo momento, en debidas condiciones de funcionamiento y conservación todas las instalaciones del Consejo Asesor Bar. - El adjudicatario deberá observar rigurosamente las normas aplicables de la UBPD: 1legislación fiscal, laboral y sanitaria, y estará obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad por este incumplimiento. Velar - Serán de cuenta del adjudicatario todas las contribuciones, impuestos o tasas derivadas del ejercicio de esta actividad. - El adjudicatario deberá suscribir póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil por daños a los concurrentes como consecuencia de las condiciones objetivas del local, sus instalaciones y servicios, así como de la actividad del personal a su servicio (150.000 euros de cuantía mínima a asegurar). - El adjudicatario del contrato, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas está obligado a constituir una garantía definitiva correspondiente al 5% del importe o precio de adjudicación. - Será de cuenta del arrendatario la Constitución adquisición de las bebidas y la Ley. 2alimentos en general, quedando el Ayuntamiento exonerado de responsabilidad alguna en las relaciones comerciales entre el adjudicatario y los suministradores. Atender - El arrendatario deberá poner en conocimiento del Ayuntamiento cualquier anomalía en las instalaciones u otras dificultades que impidan el correcto uso de conformidad con las mismas, para que el marco normativo los asuntos que sean sometidos Ayuntamiento proceda a su consideración. 3reparación o sustitución. Asistir - Limpieza de las instalaciones y enseres directamente destinados al servicio de bar y cocina. - Limpieza los locales ajenos a las sesiones del Consejo Asesor, incluidas las territoriales, la barra y participar en la adopción de decisiones. 4cocina. Observar el mayor rigor, diligencia e imparcialidad - Las demás obligaciones que se recogen en el estudio pliego de los temas objeto de análisisprescripciones técnicas. 5. Emitir de manera oportuna los conceptos, recomendaciones o informes que le sean encargados o solicitados, con mínimo 11 días hábiles de antelación a fin de cumplir de manera eficiente las funciones del Consejo Asesor. 6. Cumplir con las disposiciones acerca del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, conflicto de intereses y prohibiciones establecidos en la Constitución y la Ley. 7. Manejar de manera responsable y respetuosa la información y documentos que conozcan en las sesiones y respetar la confidencialidad de la información cuando se determine este carácter. 8. Participar con diligencia en las comisiones técnicas, reuniones, juntas directivas y demás eventos a los que sean designados para representar al Consejo Asesor y rendir los informes de su participación. 9. Presentar excusa ante la Secretaría Técnica debidamente justificada frente a la inasistencia a las sesiones del Consejo Asesor en un término de tres días hábiles. A su vez, el representante de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas cuyo hecho victimizante sea el delito de desaparición forzada, y los/as delegados/as de las organizaciones de víctimas de desaparición forzada, secuestro y organizaciones técnico – forenses, ante la imposibilidad de asistir a las sesiones y con el fin de garantizar su participación ante el Consejo Asesor, comunicarán a la Secretaría Técnica previamente, por el medio más expedito, el nombre de la persona de su organización que ejercerá su representación y asistirá a la sesión.

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Samples: Contrato Administrativo Especial De Explotación

Deberes. Son deberes de las empresas transportadoras usuarias del Terminal Intermunicipal de Pasajeros de Santa Xxxxx los miembros del Consejo Asesor de la UBPDsiguientes: 1. Velar por el cumplimiento de la Constitución y la Ley. 2. Atender de conformidad con el marco normativo los asuntos que sean sometidos a su consideración. 3. Asistir a las sesiones del Consejo Asesor, incluidas las territoriales, y participar en la adopción de decisiones. 4. Observar el mayor rigor, diligencia e imparcialidad en el estudio de los temas objeto de análisis. 5. Emitir de manera oportuna los conceptos, recomendaciones o informes que le sean encargados o solicitados, con mínimo 11 días hábiles de antelación a fin de cumplir de manera eficiente las funciones del Consejo Asesor. 6. Cumplir con las disposiciones acerca del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, conflicto de intereses y prohibiciones establecidos establecidas en la Constitución Ley y en el Decreto 2762 del 20 de diciembre de 2001 y las normas que lo modifiquen o complementen. 2. Cumplir con las normas establecidas en el presente manual. 3. Dar precisas instrucciones a los conductores, para detener sus vehículos en los puntos de control periférico del terminal y permitir a las autoridades de transporte y tránsito la Leyrevisión del recibo de pago de las tasas de uso. 4. Pagar oportuna e integralmente las tasas de uso, las cuales serán cobradas por la Central de Transporte. por los despachos efectivamente realizados, en los términos del Decreto 2762 y de las Resoluciones 000222 y 0004222 o las normas que lo aclaren, modifiquen ó complementen. 5. Suministrar información permanente, veraz y oportuna sobre el servicio, tanto a CENTRALDE TRANSPORTE como a los usuarios. 6. Dar instrucción a los conductores para la utilización de las áreas operativas únicamente durante el tiempo establecido para su utilización, en el presente manual. 7. Manejar de manera responsable y respetuosa Diligenciar claramente la información solicitada en el documento denominado Tasa de uso sobre los datos de placa, No. Interno, cantidad de pasajeros transportados y documentos que conozcan en las sesiones y respetar la confidencialidad de la información cuando se determine este carácterNo. De planilla. 8. Participar con diligencia en Dar respuesta oportuna y por escrito a las comisiones técnicas, reuniones, juntas directivas y demás eventos a los peticiones que sean designados para representar al Consejo Asesor y rendir los informes haga la Central de su participaciónTransporte de Santa Xxxxx. 9. Presentar excusa ante Expedir los tiquetes de viaje a los pasajeros, únicamente en el local asignado como taquilla. 10. Obligar a sus empleados portar el carnet de identificación, durante el ejercicio de sus funciones, en el interior de la Secretaría Técnica debidamente justificada frente a la inasistencia a las sesiones del Consejo Asesor terminal. 11. Fijar en un término extremo del local donde funciona la taquilla, destinos, horarios de tres días hábilessalida, y tarifas del tiquete de viaje. 12. A su vezFacilitar al usuario del servicio, el representante número del bus próximo a salir, el número de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas cuyo hecho victimizante sea el delito de desaparición forzadarampa en donde se encuentra ubicado, y los/as delegados/as de las organizaciones de víctimas de desaparición forzada, secuestro y organizaciones técnico – forenses, ante la imposibilidad de asistir a las sesiones y con el fin de garantizar su participación ante el Consejo Asesor, comunicarán a la Secretaría Técnica previamente, por el medio más expedito, el nombre de la persona de su organización que ejercerá su representación y asistirá a la sesióndestino del viaje.

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Samples: Resolution

Deberes. Son deberes de los miembros del Consejo Asesor de la UBPDcolegiados: 1. Velar por Asistir a los actos corporativos y participar en la vida colegial en la forma establecida en estos Estatutos y en el cumplimiento de la Constitución y la LeyReglamento General, aceptando los cargos para los que sean elegidos, salvo causa justificada. 2. Atender Denunciar ante el Colegio los casos de conformidad con el marco normativo los asuntos que sean sometidos a su consideraciónintrusismo profesional o de ejercicio ilegal de la profesión. 3. Asistir a Pagar puntualmente las sesiones cuotas y exacciones, ordi- narias o extraordinarias, aprobadas por los órganos del Consejo Asesor, incluidas las territoriales, y participar en la adopción de decisionesColegio. 4. Observar el mayor rigor, diligencia e imparcialidad en el estudio de los temas objeto de análisissu actuación la deontología profe- sional. 5. Emitir de manera oportuna Someter al visado colegial los conceptos, recomendaciones o informes que le sean encargados o solicitados, con mínimo 11 días hábiles de antelación a fin de cumplir de manera eficiente las funciones del Consejo Asesortrabajos profesio- nales. 6. Cumplir con las disposiciones acerca del régimen Respetar los derechos profesionales o corpora- tivos de inhabilidades e incompatibilidadesotros colegiados, conflicto evitando la competencia des- xxxx y guardando el debido espíritu de intereses y prohibiciones establecidos en la Constitución y la Leycompañerismo que entre ellos debe existir. 7. Manejar Aceptar lo resuelto en laudo arbitral por el Colegio, cuando hayan sometido al mismo la resolución de manera responsable y respetuosa la información y documentos que conozcan en las sesiones y respetar la confidencialidad de la información cuando se determine este caráctercon- flictos suscitados por motivos profesionales. 8. Participar Guardar debido sigilo respecto a las informacio- nes declaradas confidenciales, de acuerdo con diligencia en las comisiones técnicas, reuniones, juntas directivas y demás eventos a los que sean designados para representar al Consejo Asesor y rendir los informes de su participaciónla nor- xxxxxx xxxxxxxx. 9. Presentar excusa ante Cumplir diligentemente la Secretaría Técnica debidamente justificada frente normativa vigente, los presentes Estatutos, normas reglamentarias que los desarrollen, conforme prevé su capítulo VIII, y demás disposiciones emanadas de los órganos de gobierno colegiales. 10. Facilitar al Colegio los datos que se precisen para el adecuado funcionamiento de éste, sin que ello pueda dar lugar a la inasistencia a las sesiones del Consejo Asesor injerencia en un término de tres días hábiles. A su vez, el representante libre ejercicio de la Mesa Nacional de Participación de Víctimas cuyo hecho victimizante sea el delito de desaparición forzada, y los/as delegados/as de las organizaciones de víctimas de desaparición forzada, secuestro y organizaciones técnico – forenses, ante la imposibilidad de asistir a las sesiones y con el fin de garantizar su participación ante el Consejo Asesor, comunicarán a la Secretaría Técnica previamente, por el medio más expedito, el nombre de la persona de su organización que ejercerá su representación y asistirá a la sesiónprofesión.

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Samples: Acuerdo