Uniformidad Cláusulas de Ejemplo

Uniformidad. Las Empresas facilitarán cada dos años al personal de seguridad operativo habilitado, en sus distintas modalidades las siguientes prendas de uniforme: tres prendas superiores xx xxxxxx, tres prendas superiores de invierno, una corbata –si procede-, dos chaquetillas o prendas similares, dos prendas inferiores de invierno y dos prendas inferiores xx xxxxxx. Igualmente se facilitará cada año un par de zapatos. Asimismo, se facilitará, en casos de servicios en el exterior, las prendas de abrigo y de agua adecuadas. Las demás prendas de equipo se renovarán cuando se deterioren. En caso de fuerza mayor, debidamente probada, se sustituirán las prendas deterioradas por otras nuevas. Las prendas de uniforme a entregar al Guarda Rural serán en las mismas unidades que al Vigilante de Seguridad, añadiéndose aquellas otras distintivas exigidas por las disposiciones legales correspondientes.
Uniformidad. Las empresas facilitarán a sus trabajadores dos uniformes al año. Reponiéndose en la medida de su deterioro.
Uniformidad. Las empresas facilitarán al personal el uniforme, vestuario preciso e idóneo para la realización de su función, según el diseño de la empresa y consonancia con las épocas de invierno y verano, según las regiones. Dicho vestuario será repuesto y ampliado, siendo obligatoria su utilización y limpieza por parte del trabajador/a.
Uniformidad. El personal adscrito al servicio de limpieza objeto de este contrato deberá ir perfectamente uniformado para el tipo de trabajos específicos que van a realizar. Dicha uniformidad será por cuenta del contratista. El Banco de España dotará al personal de limpieza del contratista de las correspondientes tarjetas personales de identificación y fichaje, las cuales serán de uso personal e intransferible y deberán ser devueltas al Banco de España cuando cualquier empleado cese en el trabajo o sea trasladado a otro centro. Para acceder al Banco cada trabajador deberá fichar con su tarjeta identificativa a la entrada y a la salida en los controles del Banco para tener constancia del personal que hay en cada momento en las instalaciones por motivos de seguridad. Este fichaje es meramente informativo de la ocupación del Banco, no para los cómputos horarios, cuyo control se realizará mediante el procedimiento específico que se establecerá con el contratista. Para el control de la ejecución del contrato existirá un Comité de seguimiento, según se regula en los pliegos que rigen el presente concurso. En cualquier caso, el Banco de España podrá solicitar cuantas reuniones e informes considere oportunos en relación con la ejecución del presente contrato. Así pues, al margen de las posibles reuniones que se puedan llevar a cabo con objeto del Comité de seguimiento, el contratista acudirá a las instalaciones del Banco cuantas veces sea convocado para ello, para el seguimiento del servicio prestado y proponer y planificar los ajustes que se consideren necesarios y tratar, en general, sobre cualquier aspecto del servicio. El contratista aportará los informes precisos detallando la relación de los trabajos realizados durante el mes o periodo que se solicite y los trabajos acumulados, informando sobre cualquier otro aspecto del servicio a petición del Banco de España y señalando las fechas de ejecución de cada una de las unidades. Se tendrá en cuenta de manera especial, en relación con el seguimiento del servicio, lo establecido en los apartados 7 (Gestor personal y otro personal de dirección y apoyo) y 20 del presente PPT (en relación con el control de calidad a efectuar). Así mismo se resalta que los incumplimientos en cuanto a los requerimientos de seguimiento del servicio aquí señalados (así como en otros lugares a lo largo del presente PPT), ya sea en relación a reuniones o informes, podrán dar lugar a la imposición de penalizaciones tal y como se establece más adelante en...
Uniformidad. Las empresas cumplirán fielmente con lo reglamentado en las normas vigentes para esta materia, entregando a sus empleados las prendas que les correspondan.
Uniformidad. Las plantillas cuyas empresas les exijan utilizar un determinado tipo de vestido x xxxxxxx percibirán por parte de ésta anualmente dos de cada una de las prendas cuyo uso sea obligatorio. Las prendas de trabajo no se considerarán propiedad del trabajador o trabajadora y para su reposición deberá entregarse la prenda usada. Al cesar la persona trabajadora en la empresa deberá devolver las prendas que le fueron entregadas.‌‌ En el caso donde no se exija un determinado tipo de uniforme x xxxxxxx, la plantilla percibirá mensualmente 2,58 euros para ayuda de desgaste del suyo propio.
Uniformidad. Las empresas facilitarán los respectivos uniformes, inclusive medias y calzado, pudiendo por su parte de- terminar las características de los mismos en cuanto a color, distintivos, etc. Las prendas que compongan el uniforme requerido por las empresas serán facilitadas como mínimo cada dos años, con la excepción de las medias y el calzado que lo serán: las primeras cada seis meses y, el se- gundo cada año. Las empresas se encargarán xxx xxxxxx de uniformes con una periodicidad mínima semanal, disponiendo de ropa de trabajo para cubrir cualquier eventualidad que pudiera surgir y requiera el cambio de este. El personal irá debidamente identificado, de confor- midad a los sistemas que a tal efecto puedan adoptar las empresas. Tal identificación, se referirá al nombre o apellidos y categoría laboral asignada.
Uniformidad. El vestuario de trabajo e identificación de los trabajadores será aportado por el adjudicatario con las siguientes consideraciones:  Todo el personal llevará el uniforme identificativo (suministrado por la empresa adjudicataria) apropiado para el desarrollo de sus funciones y aprobados por CASA AMÉRICA.  El adjudicatario deberá proporcionar inmediatamente todos los repuestos de vestuario necesarios a sus trabajadores en caso de que este se considere defectuoso por los responsables de CASA AMÉRICA CASA AMÉRICA se reserva el derecho de incorporar el logotipo o imagen de marca de la propiedad en los uniformes de los operarios si lo considera necesario Se especificará en la propuesta el número de renovaciones año del uniforme. Los licitantes deberán presentar en su oferta la relación de prendas que conforman el uniforme, color y características de los mismos y distintivos que la identifican, pudiendo aportar folletos donde aparezcan fotografías que lo documenten; así como relación del equipamiento propio que portará el personal en la prestación del servicio.
Uniformidad. Las empresas vendrán obligadas a proporcionar a su personal los uniformes, así como la ropa de trabajo que no sea de uso común en la vida ordinaria de sus empleados, o, en su caso contrario a su compensación en metálico. En el primer supuesto previsto en el párrafo anterior las empresas: entregarán dos uniformes completos para verano y otros dos para invierno, cuidarán de la conservación y limpieza de la ropa de trabajo, que quedará de su propiedad, y dichos uniformes los repon- drán en anualidades sucesivas de manera conveniente, para lo que podrán exigir la previa entrega de los usados. En el segundo supuesto que la ropa de trabajo sea propiedad del trabajador la compensación en metálico se establece en las tablas salariales del pre- sente Convenio Colectivo. Dichos pagos se efectuaran uno en el mes xx xxxx y otro en el mes de septiembre. Cada año de vigencia del convenio dicho concepto salarial tendrá el mismo incremento que el resto de conceptos económicos.
Uniformidad. Aquellas empresas que exijan uniformidad, proporcionarán a los trabajadores los uniformes o partes de los mismos que no sean de uso común en la vida ordinaria, debiendo proveer de nuevo su uniforme, en caso de deterioro de los mismos.