Idoneidad y suficiencia Cláusulas de Ejemplo

Idoneidad y suficiencia. El servicio será atendido por personal idóneo y suficiente que dependerá, laboral y orgánicamente de la empresa adjudicataria, y su relación con dicha empresa se regirá por las condiciones laborales, convenio o normativa que regule las actividades de la misma. Se entiende por personal idóneo aquél que tenga práctica propia en la prestación de los servicios objeto de adjudicación. Y por suficiente se entiende el personal necesario en número para atender con diligencia las necesidades que requiera el servicio en cada momento, debiendo estar afiliados al Régimen General de la Seguridad Social. El personal que designe la empresa adjudicataria para la prestación del servicio dependerá a todos los efectos, incluidos los laborales, de la misma, siendo ésta la única responsable del cumplimiento de las obligaciones de Trabajo y Seguridad Social frente al personal contratado a su servicio así como frente a los organismos que corresponda, quedando FIRA DE BARCELONA completamente exonerada de cualquier responsabilidad al respecto. El ADJUDICATARIO deberá dimensionarse correctamente para poder atender todas y cada una de las peticiones de servicio que sean solicitadas por FIRA DE BARCELONA. A tal objeto, el servicio deberá estar siempre cubierto por el personal de la empresa adjudicataria, debiendo disponer de personal técnico suficiente para dar cobertura completa a FIRA DE BARCELONA. A tal objeto, los licitantes deberán completar la correspondiente sección de la oferta económica relativa al personal técnico.
Idoneidad y suficiencia. El servicio será atendido por personal idóneo y suficiente que dependerá, laboral y orgánicamente del ADJUDICATARIO, y su relación con dicha empresa se regirá por las condiciones laborales, convenio o normativa que regule las actividades de la misma. Se entiende por personal idóneo aquél que tenga práctica propia en la prestación de los servicios objeto de adjudicación. Y por suficiente se entiende el personal necesario en número para atender con diligencia las necesidades que requiera el servicio en cada momento, debiendo estar afiliados al Régimen General de la Seguridad Social. El ADJUDICATARIO, como entidad autónoma e independiente designará el personal capacitado y especializado que estime conveniente para que, a su cargo, y en su nombre y representación, desempeñe los Servicios objeto del presente procedimiento. En cualquier caso, cuidará de que el personal que desarrolle la actividad contratada, posea la titulación, habilitaciones, permisos, experiencia y el nivel profesional adecuado a los trabajos a realizar. EL ADJUDICATARIO con relación al personal bajo su dependencia se responsabiliza y se compromete a cumplir con la legislación vigente en materia Laboral y de Seguridad Social así como en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Asimismo EL ADJUDICATARIO deberá cumplir con los siguientes requisitos de personal:
Idoneidad y suficiencia. El servicio será atendido por personal idóneo y suficiente que dependerá, laboral y orgánicamente de la empresa adjudicataria, y su relación con dicha empresa se regirá por las condiciones laborales, convenio o normativa que regule las actividades de la misma. El PROVEEDOR HOMOLOGADO, como entidad autónoma e independiente designará el personal capacitado y especializado que estime conveniente para que, a su cargo, y en su nombre y representación, desempeñe los Servicios objeto del presente contrato. En cualquier caso, cuidará de que el personal que desarrolle la actividad contratada, posea la titulación, habilitaciones, permisos, experiencia y el nivel profesional adecuado a los trabajos a realizar. Se entiende por personal idóneo aquél que tenga práctica propia en la prestación de los servicios objeto de adjudicación. EL PROVEEDOR HOMOLOGADO con relación al personal bajo su dependencia se responsabiliza y se compromete a cumplir con la legislación vigente en materia Laboral y de Seguridad Social así como en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Los centros de trabajo donde desarrollen la actividad los trabajadores del necesarios e imprescindibles con fines sanitarios y/o de primeros auxilios, para el caso de enfermedad profesional o accidente de trabajo, y en todo caso, de un servicio directo de urgencia a través de su Mutua patronal concertada. Asimismo la empresa que resulte adjudicataria deberá cumplir con los siguientes requisitos de personal:
Idoneidad y suficiencia. 6.2. Uniformidad
Idoneidad y suficiencia. El servicio será atendido por personal idóneo y suficiente que dependerá, laboral y orgánicamente de EL ADJUDICATARIO, y su relación con dicha empresa se regirá por las condiciones laborales, convenio o normativa que regule las actividades de la misma. Se entiende por personal idóneo aquél que tenga práctica propia en los servicios propios de este contrato. Y por suficiente se entiende el personal necesario en número para atender con diligencia las necesidades que requiera el servicio en cada momento, debiendo estar afiliados al Régimen General de la Seguridad Social. En cualquier momento, y a requerimiento de FIRA DE BARCELONA EL ADJUDICATARIO deberá aportar la documentación suficiente que acredite el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, así como el pago de los salarios correspondientes a sus empleados. En concreto, EL ADJUDICATARIO deberá facilitar trimestralmente, y con respecto a los trabajadores que hayan prestado sus servicios en FIRA DE BARCELONA, la siguiente información: ▪ Relación actualizada del personal que ha prestado sus servicios en FIRA DE BARCELONA en el trimestre anterior, en la cual han de especificar el nombre y apellidos, número del D.N.I., número de afiliación a la Seguridad Social, categoría laboral, antigüedad, tipo de contrato, y número de días y horas de prestación de servicios en FIRA DE BARCELONA en el periodo de referencia. ▪ Papeletas de conciliación, demandas o denuncias recibidas de los trabajadores o ex trabajadores de la empresa, que hayan prestado sus servicios en FIRA DE BARCELONA. ▪ Copia del Convenio Colectivo de aplicación vigente (sólo cuando se modifique). Asimismo, y con carácter trimestral, EL ADJUDICATARIO, a requerimiento de FIRA DE BARCELONA, aportará certificado acreditativo de hallarse al corriente de las cuotas de Seguridad Social, y certificado acreditativo de haber satisfecho los salarios correspondientes sus trabajadores. La no presentación de dicha documentación tras un segundo requerimiento por parte de FIRA DE BARCELONA, o el incumplimiento de tales obligaciones, representará la resolución automática del contrato EL ADJUDICATARIO deberá nombrar un representante, que ejercerá las funciones de interlocutor con FIRA DE BARCELONA en los temas laborales, de prevención y de Seguridad Social. EL ADJUDICATARIO mantendrá en todo momento una adecuada coordinación con el Servicio de Prevención de FIRA DE BARCELONA, según el procedimiento que dicho Servicio establezca La finalizació...
Idoneidad y suficiencia. El servicio será atendido por personal idóneo y suficiente que dependerá, laboral y orgánicamente de EL ADJUDICATARIO, y su relación con dicha empresa se regirá por las condiciones laborales, convenio o normativa que regule las actividades de la misma. Se entiende por personal idóneo aquél que tenga práctica propia en los servicios propios de este contrato. Asimismo el ADJUDICATARIO deberá disponer de personal cualificado con dominio del idioma inglés para tratar, en su caso, con los diseñadores internacionales. Y por suficiente se entiende el personal necesario en número para atender con diligencia las necesidades que requiera el servicio en cada momento, debiendo estar afiliados al Régimen General de la Seguridad Social. Asimismo la empresa que resulte adjudicataria deberá cumplir con los siguientes requisitos de personal:
Idoneidad y suficiencia. El servicio será atendido por personal idóneo y suficiente que dependerá, laboral y orgánicamente del ADJUDICATARIO, y su relación con dicha empresa se regirá por las condiciones laborales, convenio o normativa que regule las actividades de esta. Se entiende por personal idóneo y suficiente aquél que tenga práctica propia en la prestación de los servicios objeto de adjudicación y por suficiente se entiende el personal necesario en número para atender con diligencia las necesidades que requiera el servicio en cada momento, debiendo estar afiliados al Régimen General de la Seguridad Social. El personal que designe el ADJUDICATARIO para la prestación del servicio dependerá a todos los efectos, incluidos los laborales, de la misma, siendo ésta la única responsable del cumplimiento de las obligaciones de Trabajo y Seguridad Social frente al personal contratado a su servicio así como frente a los organismos que corresponda, quedando FIRA DE BARCELONA / FICA CCIB completamente exonerada de cualquier responsabilidad al respecto. EL ADJUDICATARIO deberá disponer de personal cualificado con dominio del idioma catalán y/x xxxxxxxxxx e inglés para tratar, en su caso, con el personal que gestiona los eventos internacionales.

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  • DISPOSICIONES APLICABLES La institución de fianzas y el Proveedor se someten expresamente a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Federales de la Ciudad de [XXXXXXXXXXXX], por lo que la Institución de fianzas y el Proveedor renuncian a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles y dejan sin efectos cualquier otro pacto que sobre la materia aparezcan en el formato de esta Póliza de fianza. Fecha: ________________ Carta de Crédito Irrevocable Standby Núm. __________ Contrato: _______________________ [Insertar el número de contrato] Estimados Señores: crédito irrevocable Standby (la “Carta de Crédito”) por la cantidad de (ejem: Pesos Mexicanos) (M.N.$_________) (la “Suma Garantizada”) a favor de [CFE], [CFE Empresa Productiva Subsidiaria, EPS], [Área Contratante] (la “Comisión”), en garantía del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a cargo de la Compañía, asumidas en virtud del Contrato No.____________ (el “Contrato”) que tiene por objeto la adquisición de ___________________________________________ ___________, el cual se celebró entre la Comisión y la Compañía el ______________________, mismo que fue adjudicado de conformidad con el procedimiento de contratación _. Sujeto a las demás estipulaciones contenidas en esta Carta de Crédito, la Comisión podrá, en o antes de la Fecha de Vencimiento referida a continuación, en una o más ocasiones, requerir del Banco Emisor pagos parciales o el pago total de la Suma Garantizada, mediante la presentación de un requerimiento escrito en papel membretado de la Comisión y firmado por su representante legal (un “Requerimiento de Pago”), especificando el monto del pago requerido e indicando: