Common use of DERECHOS INTELECTUALES, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD Clause in Contracts

DERECHOS INTELECTUALES, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. El derecho al equipamiento y los suministros que pudieran ser proporcionados por el PNUD al Contratista Individual para el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente Contrato deberá permanecer con el PNUD y dicho equipamiento deberá devolverse al PNUD al finalizar el presente Contrato o cuando ya no sea necesario para el Contratista Individual. Dicho equipamiento, al momento de devolverlo al PNUD, deberá estar en las mismas condiciones que cuando fue entregado al Contratista Individual, sujeto al deterioro normal. El Contratista Individual será responsable de compensar al PNUD por el equipo dañado o estropeado independientemente del deterioro normal del mismo. El PNUD tendrá derecho a toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitándose a ello: patentes, derechos de autor y marcas registradas, con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, documentos y otros materiales que el Contratista Individual haya preparado o recolectado en consecuencia o durante la ejecución del presente Contrato, y el Contratista Individual reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación del PNUD. Sin embargo, en caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad del Contratista Individual: (i) que existían previamente al desempeño del Contratista Individual de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, o (ii) que el Contratista Individual pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, el PNUD no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y el Contratista Individual concederá al PNUD una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente Contrato. A solicitud del PNUD, el Contratista Individual deberá seguir todos los pasos necesarios, legalizar todos los documentos necesarios y generalmente deberá garantizar los derechos de propiedad y transferirlos al PNUD, de acuerdo con los requisitos de la ley aplicable y del presente Contrato. Sujeto a las disposiciones que anteceden, todo mapa, dibujo, fotografía, mosaico, plano, informe, cálculo, recomendación, documento y toda información compilada o recibida por el Contratista Individual en virtud del presente Contrato será de propiedad del PNUD; y deberá encontrarse a disposición del PNUD para su uso o inspección en momentos y lugares razonables y deberá ser considerada como confidencial y entregada únicamente a funcionarios autorizados del PNUD al concluir los trabajos previstos en virtud del presente Contrato.

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Samples: Modelo De Contrato Y Terminos Y Condiciones Generales De La Contratacion, procurement-notices.undp.org, procurement-notices.undp.org

DERECHOS INTELECTUALES, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. El derecho al equipamiento y los suministros que pudieran ser proporcionados por el PNUD al Contratista Individual para el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente Contrato deberá permanecer con el PNUD y dicho equipamiento deberá devolverse al PNUD al finalizar el presente Contrato o cuando ya no sea necesario para el Contratista Individual. Dicho equipamiento, al momento de devolverlo al PNUD, deberá estar en las mismas condiciones que cuando fue entregado al Contratista Individual, sujeto al deterioro normal. El Contratista Individual será responsable de compensar al PNUD por el equipo dañado o estropeado independientemente del deterioro normal del mismo. mismo El PNUD tendrá derecho a toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitándose a ello: patentes, derechos de autor y marcas registradas, con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, documentos y otros materiales que el Contratista Individual haya preparado o recolectado en consecuencia o durante la ejecución del presente Contrato, y el Contratista Individual reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación del PNUD. Sin embargo, en caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad del Contratista Individual: (i) que existían previamente al desempeño del Contratista Individual de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, o (ii) que el Contratista Individual pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, el PNUD no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y el Contratista Individual concederá al PNUD una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente Contrato. A solicitud del PNUD, el Contratista Individual deberá seguir todos los pasos necesarios, legalizar todos los documentos necesarios y generalmente deberá garantizar los derechos de propiedad y transferirlos al PNUD, de acuerdo con los requisitos de la ley aplicable y del presente Contrato. Sujeto a las disposiciones que anteceden, todo mapa, dibujo, fotografía, mosaico, plano, informe, cálculo, recomendación, documento y toda información compilada o recibida por el Contratista Individual en virtud del presente Contrato será de propiedad del PNUD; y deberá encontrarse a disposición del PNUD para su uso o inspección en momentos y lugares razonables y deberá ser considerada como confidencial y entregada únicamente a funcionarios autorizados del PNUD al concluir los trabajos previstos en virtud del presente Contrato.

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Samples: www.unodc.org, www.unodc.org, www.unodc.org

DERECHOS INTELECTUALES, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. El derecho al equipamiento y los suministros que pudieran ser proporcionados por el PNUD al ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION al/a la Contratista Individual para el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente Contrato deberá permanecer con el PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION y dicho equipamiento deberá devolverse al PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION al finalizar el presente Contrato o cuando ya no sea necesario para el el/la Contratista Individual. Dicho equipamiento, al momento de devolverlo al PNUDASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION, deberá estar en las mismas condiciones que cuando fue entregado al al/a la Contratista Individual, sujeto al deterioro normal. El El/la Contratista Individual será responsable de compensar al PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION por el equipo dañado o estropeado independientemente del deterioro normal del mismo. El PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION tendrá derecho a toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitándose a ello: patentes, derechos de autor y marcas registradas, con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, documentos y otros materiales que el el/la Contratista Individual haya preparado o recolectado en consecuencia o durante la ejecución del presente Contrato, y el el/la Contratista Individual reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación en el marco del PNUDProyecto. Sin embargo, en caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad del del/de la Contratista Individual: (i) que existían previamente al desempeño del del/de la Contratista Individual de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, o (ii) que el el/la Contratista Individual pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, el PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y el el/la Contratista Individual concederá al PNUD una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente Contrato. A solicitud del PNUDASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION, el el/la Contratista Individual deberá seguir todos los pasos necesarios, legalizar todos los documentos necesarios y generalmente deberá garantizar los derechos de propiedad y transferirlos al PNUD, de acuerdo con los requisitos de la ley aplicable y del presente Contrato. Sujeto a las disposiciones que anteceden, todo mapa, dibujo, fotografía, mosaico, plano, informe, cálculo, recomendación, documento y toda información compilada o recibida por el el/la Contratista Individual en virtud del presente Contrato será de propiedad del PNUD; y deberá encontrarse a disposición del PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION para su uso o inspección en momentos y lugares razonables y deberá ser considerada como confidencial y entregada únicamente a funcionarios autorizados del PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION al concluir los trabajos previstos en virtud del presente Contrato.. IF-2023-08791086-APN-DNPYOAT#MAD

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Samples: www.argentina.gob.ar

DERECHOS INTELECTUALES, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD. El derecho al equipamiento y los suministros que pudieran ser proporcionados por el PNUD al ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION al/a la Contratista Individual para el desempeño de cualquier obligación en virtud del presente Contrato deberá permanecer con el PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION y dicho equipamiento deberá devolverse al PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION al finalizar el presente Contrato o cuando ya no sea necesario para el el/la Contratista Individual. Dicho equipamiento, al momento de devolverlo al PNUDASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION, deberá estar en las mismas condiciones que cuando fue entregado al al/a la Contratista Individual, sujeto al deterioro normal. El El/la Contratista Individual será responsable de compensar al PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION por el equipo dañado o estropeado independientemente del deterioro normal del mismo. El PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION tendrá derecho a toda propiedad intelectual y otros derechos de propiedad incluyendo pero no limitándose a ello: patentes, derechos de autor y marcas registradas, con relación a productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, documentos y otros materiales que el el/la Contratista Individual haya preparado o recolectado en consecuencia o durante la ejecución del presente Contrato, y el el/la Contratista Individual reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación en el marco del PNUDProyecto. Sin embargo, en caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad del del/de la Contratista Individual: (i) que existían previamente al desempeño del del/de la Contratista Individual de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, o (ii) que el el/la Contratista Individual pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, el PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y el el/la Contratista Individual concederá al PNUD una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente Contrato. A solicitud del PNUDASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION, el el/la Contratista Individual deberá seguir todos los pasos necesarios, legalizar todos los documentos necesarios y generalmente deberá garantizar los derechos de propiedad y transferirlos al PNUD, de acuerdo con los requisitos de la ley aplicable y del presente Contrato. Sujeto a las disposiciones que anteceden, todo mapa, dibujo, fotografía, mosaico, plano, informe, cálculo, recomendación, documento y toda información compilada o recibida por el el/la Contratista Individual en virtud del presente Contrato será de propiedad del PNUD; y deberá encontrarse a disposición del PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION para su uso o inspección en momentos y lugares razonables y deberá ser considerada como confidencial y entregada únicamente a funcionarios autorizados del PNUD ASOCIADO EN LA IMPLEMENTACION al concluir los trabajos previstos en virtud del presente Contrato.. IF-2023-18368138-APN-DNPYOAT#MAD

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Samples: www.argentina.gob.ar