Common use of DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ASEGURADO Clause in Contracts

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ASEGURADO. a. El Asegurado deberá trasladar al Asegurador en el plazo más breve posi- ble las reclamaciones extrajudiciales y las citaciones y notificaciones xxxx- ciales que reciba, indicando la fecha de su recepción, así como las sen- tencias y resoluciones judiciales que deberá comunicar de forma inmediata a su notificación. b. El Tomador o Asegurado se obligan a comunicar al Asegurador la ocurren- cia del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conoci- do; a facilitar toda clase de información sobre sus circunstancias y conse- cuencias y a prestar la necesaria colaboración para la correcta tramitación del expediente. c. El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente el abogado y/o procura- dor que haya de representarle y defenderle, en cuyo caso el Asegurador asumirá los gastos de dichos profesionales hasta el límite de suma ase- gurada establecida en condiciones particulares y conforme a los bare- mos de honorarios recomendados que tengan establecidos los colegios profesionales para las actuaciones correspondientes. d. El Asegurado tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de abogado y procurador en los casos en los que se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato. e. El abogado y procurador designado por el Asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del Asegurador. f. El Asegurado tendrá derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y el Asegurador sobre el contrato de seguro. La designación de árbitros no podrá hacerse antes de que surja la cuestión disputada. El límite económico de la garantía de Defensa Jurídica, en su conjunto será el establecido en las Condiciones Particulares de la Póliza.

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Samples: Seguro De Automóviles, Seguro De Automóviles

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ASEGURADO. a. El Asegurado deberá trasladar al Asegurador en el plazo más breve posi- ble las reclamaciones extrajudiciales y las citaciones y notificaciones xxxx- ciales que reciba, indicando la fecha de su recepción, así como las sen- tencias y resoluciones judiciales que deberá comunicar de forma inmediata a su notificación. b. El Tomador o Asegurado se obligan a comunicar al Asegurador la ocurren- cia del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conoci- do; a facilitar toda clase de información sobre sus circunstancias y conse- cuencias y a prestar la necesaria colaboración para la correcta tramitación del expediente. c. El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente el abogado y/o procura- dor los siguientes derechos: Libre elección del Procurador y del Abogado que haya hayan de representarle y defenderle, defenderle en cuyo caso el Asegurador asumirá los gastos de dichos profesionales hasta el límite de suma ase- gurada establecida en condiciones particulares y conforme a los bare- mos de honorarios recomendados que tengan establecidos los colegios profesionales para las actuaciones correspondientes. d. El Asegurado tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de abogado y procurador en los casos en los que se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato. e. El abogado y procurador designado por el Asegurado no estarán sujetos, en ningún caso, a las instrucciones del Asegurador. f. El Asegurado tendrá derecho a someter procedimiento. Someter a arbitraje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y el Asegurador existir con la Compañía sobre el contrato con- trato de seguro. La designación de árbitros no podrá hacerse antes de que surja la cuestión cues- tión disputada. El límite económico En caso de conflicto de intereses o de desavenencia sobre el modo de tratar la cuestión litigiosa, la Compañía informará inmediatamente al Asegurado de la garantía facultad que le com- xxxx de Defensa Jurídicaejercitar los derechos a los que se refiere el párrafo anterior. Sin perjuicio de las obligaciones genéricas que se establecen en el Artículo 19, el Asegurado se obliga a trasladar a la Compañía cuantas diligencias judiciales recayeran en su conjunto será el establecido los procedimientos, con al menos siete días hábiles de antelación al momento de preclu- sión de los plazos procesales establecidos para llevar a cabo las actuaciones necesarias. La omisión o comunicación fuera de dicho plazo que imposibilite a la Compañía rea- lizar las acciones pertinentes en las Condiciones Particulares cada caso, liberará a la Compañía de cualquier obli- gación derivada de la presente Póliza. Asimismo se obliga a comunicar la designación de cualquier profesional en el plazo de siete días desde la fecha de la misma. Si el Asegurado no cumpliese el deber de comu- nicar la designación de Abogado y Procurador la Compañía podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de su comunicación.

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Samples: Condiciones Generales Del Seguro De Protección Jurídica Familiar

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ASEGURADO. a. El Asegurado deberá trasladar al Asegurador en el plazo más breve posi- ble las reclamaciones extrajudiciales y las citaciones y notificaciones xxxx- ciales que reciba, indicando la fecha de su recepción, así como las sen- tencias y resoluciones judiciales que deberá comunicar de forma inmediata a su notificación. b. El Tomador o Asegurado se obligan a comunicar al Asegurador la ocurren- cia del siniestro dentro del plazo máximo de siete días de haberlo conoci- do; a facilitar toda clase de información sobre sus circunstancias y conse- cuencias y a prestar la necesaria colaboración para la correcta tramitación del expediente. c. 3.1. El Asegurado tendrá derecho a elegir libremente el procurador y abogado y/o procura- dor que haya hayan de representarle y defenderledefenderle en cualquier clase de procedimiento, objeto de cobertura, no quedando, en cuyo caso el Asegurador asumirá los gastos de dichos profesionales hasta el límite de suma ase- gurada establecida en condiciones particulares y conforme a los bare- mos de honorarios recomendados que tengan establecidos los colegios profesionales para las actuaciones correspondientes. d. El Asegurado tendrá, asimismo, derecho a la libre elección de abogado y procurador en los casos en los que se presente conflicto de intereses entre las partes del contrato. e. El abogado y procurador designado por el Asegurado no estarán sujetos, en ningún su caso, los citados profesionales sujetos a las instrucciones del Asegurador. f. 3.2. El Asegurado tendrá derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y con el Asegurador sobre el contrato de seguro. La Asegurador, no pudiendo hacerse la designación de árbitros no podrá hacerse antes de que surja la cuestión disputada. 3.3. En caso de conflicto de intereses o desavenencia sobre el modo de tratar una cuestión litigiosa, el Asegurador deberá informar inmediatamente al Asegurado de la posibilidad de ejercitar los derechos a que se refieren los dos párrafos anteriores. 3.4. En todo caso, si el Asegurado opta por designar a los citados profesionales, deberá comunicarlo al Asegurador fehacientemente y de forma inmediata. Asimismo, queda obligado a informar al Asegurador, en el plazo más breve posible, sobre la evolución del trámite judicial del siniestro. 3.5. El límite económico Asegurado faculta expresamente al Asegurador y a sus representantes legales para percibir las indemnizaciones obtenidas en virtud de esta cobertura, sin perjuicio de la garantía posterior liquidación al Asegurado, previo reintegro al Asegurador de Defensa Jurídicalas cantidades satisfechas en virtud de otras garantías cubiertas por la póliza. 3.6. El Asegurado podrá transigir los asuntos en trámite judicial, pero si ello produjera obligaciones o pagos a cargo del Asegurador, ambos deberán actuar siempre y previamente de común acuerdo. 3.7. El Asegurador queda subrogado en su conjunto será el establecido en las Condiciones Particulares los derechos y acciones que correspondan al Asegurado o a los beneficiarios de la Pólizapóliza frente a los terceros responsables, por los gastos y pagos de cualquier clase que haya efectuado, e incluso por el coste de los servicios prestados.

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Samples: Insurance Contract