Common use of DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo la forma de pago la especificada en el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, con el conjunto de la normativa legal que le sea de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato designado por la Cámara de Comercio xx Xxxxx. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional a la gravedad del incumplimiento. Cuando el adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la Cámara, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación de aquél imparta el responsable del contrato designado. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en La Contratación Del Servicio De Alquiler Del Mobiliario Necesario

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo la forma de pago la especificada en el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, con el conjunto de la normativa legal que le sea de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera el Ayuntamiento al adjudicatario el Responsable contratista. Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato designado en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la Cámara realización de Comercio xx Xxxxxla actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. Sin embargo, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). El adjudicatario será responsable contratista está obligado al cumplimiento de la calidad técnica normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los trabajos que desarrolle y Servicios de las prestaciones y servicios realizadosPrevención aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en promulguen durante la ejecución del contrato. En A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de cumplimiento defectuoso de la prestación las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la entidad contratante. A tal fin, los empleados o para responsables de la Administración deben abstenerse de realizar actos que impliquen el supuesto ejercicio de incumplimiento facultades que, como parte de los compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional la relación jurídico laboral, le corresponden a la gravedad del incumplimiento. Cuando el adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la Cámara, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación de aquél imparta el responsable del contrato designado. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatarioempresa contratista.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirá El Procedimiento De Licitación Para La Adjudicación Del Contrato Administrativo De Servicios De Logopedia

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El adjudicatario tiene derecho al abonoAdemás de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente PCAP y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares, con arreglo son obligaciones específicas del contratista las siguientes: Cód. Validación: A4Z3YMXGR7XJ5S26JKSDGCDFN | Verificación: xxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de 42 - Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los precios convenidosmedios personales o materiales suficientes para ello, de acuerdo con el artículo 64.2 del TRLCSP. - En el supuesto de tratarse de un contrato de arrendamiento, el arrendador o empresario asumirá durante el plazo de vigencia del contrato la obligación del mantenimiento del objeto del mismo. - Cumplir y asumir cada uno de los servicios puntos desarrollados en el objeto del contrato y las mejoras alegadas en el precio ofertado. - Remitir al Ayuntamiento xx Xxxxxx, cuando este lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que realmente ejecute participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con sujeción al contrato otorgadoaquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, siendo deberán aportar a solicitud del Ayuntamiento justificante de cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la forma prestación dentro de los plazos de pago la especificada legalmente establecidos en el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplirartículo 228 y en la Ley 3/2004, bajo su exclusiva responsabilidadde 29 de diciembre, con el conjunto de la normativa legal en lo que le sea de aplicación al aplicación. - Introducir en el desarrollo de la ejecución del contrato aquellas recomendaciones y sugerencias que los Servicios Municipales consideren oportunas para conseguir los objetivos perseguidos. - Cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. - Cumplir con las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes disposiciones vigentes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial Seguridad Social, de aplicación - debiendo estar al corriente integración social de minusválidos, de prevención de riesgos laborales, de Seguridad y Salud en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato designado por la Cámara de Comercio xx Xxxxx. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizadosTrabajo, así como de las consecuencias que se deduzcan entren en vigor durante la ejecución del mismo, respecto del personal que, por su exclusiva cuenta, emplee para la Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o , cuya contravención no implicará responsabilidad alguna para el supuesto de incumplimiento de los compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional a la gravedad del incumplimientoAyuntamiento. Cuando el adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la Cámara, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las - Cualquier otra que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que establezca en la interpretación de aquél imparta legislación vigente y en el responsable ANEXO I del contrato designado. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatariopresente PCAP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Por Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria, Con Un Único Criterio De Adjudicación Del "Suministro De Gasóleo

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo la forma de pago la especificada en el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, con el conjunto de la normativa legal que le sea de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato designado por la Cámara de Comercio xx Xxxxx. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional a la gravedad del incumplimiento. Cuando el adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la La ejecución del contrato se regirá por lo previsto en el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la CámaraR.D. Legislativo 3/2011, la información y documentación que éstas soliciten de 14 de noviembre, para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato de obra. Las obras se ejecutará ejecutarán con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas estipulaciones contenidas en el pliego de cláusulas administrativas particulares y al proyecto técnico de ejecución, debidamente aprobado por la Corporación Local de conformidad con la legislación vigente. Dicho Proyecto Técnico, forma parte del presente contrato y el mismo podrá ser interpretado por la Dirección Facultativa de las obras, en relación con la correcta ejecución de las obras. Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los pliegos y siguiendo las instrucciones defectos que en la interpretación obra puedan advertirse. Hasta la completa ejecución de aquél imparta las obras y recepción de las mismas, el responsable adjudicatario deberá concertar seguro de responsabilidad civil por importe de, al menos, el importe del precio de adjudicación (con inclusión del IVA repercutible), debiendo aportar la póliza correspondiente antes de la formalización del contrato designadoadministrativo. La ejecución El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias en materia de contratación laboral, seguridad e higiene en el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad de la administración municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio; así como cualesquiera otras de pertinente aplicación que deba cumplir el adjudicatario. El contrato se realizará entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a riesgo satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y xxxxxxx positivo de recepción o conformidad dentro del adjudicatariomes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato. A la Intervención de la Administración correspondiente le será comunicado, cuando ello sea preceptivo, la fecha y lugar del acto, para su eventual asistencia en ejercicio de sus funciones de comprobación de la inversión. A la recepción de las obras a su terminación y a los efectos previstos anteriormente, concurrirá un facultativo designado por la Administración representante de ésta, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Dentro del plazo de dos meses contados a partir de la recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato. Igualmente, el contratista está obligado al abono de los gastos que origine la inserción de los anuncios de licitación, así como los gastos directos e indirectos que el contratista deba realizar para la normal ejecución de la obra contratada, incluidas las tasas por prestación de los trabajos de inspección y dirección de las obras de conformidad con la Ordenanza Fiscal nº. 30 del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxxx, en este caso correspondientes al 4% del precio de la ejecución material de dichas obras y cualesquiera otras que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes, y toda clase de impuestos y licencias tanto municipales, provinciales y estatales que procedan, así como los materiales a emplear en la realización de la obra y mejoras propuestas, cuyos importes se entenderán incluidos en el precio del contrato.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirá en La Contratación, Por Procedimiento Negociado Con Publicidad, Para La Ejecución De Las Obras De Renovación De Pavimentos en Calzadas Con Extendido De Aglomerado en Diversas Calles De La Ciudad De Puertollano, Mediante Procedimiento De Urgencia

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Los derechos y obligaciones del Contratista no podrán ser objeto de cesión, traspasado o enajenado en forma alguna, salvo autorización previa, expresa y por escrito por parte de la Administración Activa o la Contraloría General de la República, según artículos 209 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. El adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, Contratista será responsable ante la Institución por el correcto y oportuno cumplimiento de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo la forma todas y cada una de pago la especificada las especificaciones indicadas en el punto quinto presente procedimiento de Contratación e independiente del presente pliegoderecho que le asiste a ésta de reclamar judicialmente los daños y prejuicios que su incumplimiento pudiere irrogarle. El adjudicatario Contratista deberá cumplircancelar puntualmente las obligaciones por concepto de seguridad social, bajo su exclusiva responsabilidad, con tal y como lo establece el conjunto artículo 74 y 74 bis de la normativa legal que le sea Ley Constitutiva de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en la Caja, el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y esta obligación es causal de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato designado por la Cámara de Comercio xx Xxxxx. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución suspensión del contrato. En caso El Contratista mantendrá sus equipos y las actividades de cumplimiento defectuoso sus trabajadores, dentro del edificio en el espacio que le señale el personal de LA CAJA. El Contratista debe acatar en todos sus extremos las Normas Institucionales (circulares) establecidas para la Dirección-Administración de la prestación objeto Caja Costarricense de Seguro Social. El personal del contrato o Contratista tendrá completamente prohibido ingerir bebidas alcohólicas y fumar dentro de las instalaciones de LA CAJA, y presentarse a trabajar bajo cualquier condición análoga (Artículo 58, Reglamento Interior de Trabajo). El Contratista queda obligado a incluir en planillas de la CAJA desde el primer día de trabajo a sus trabajadores y no podrá asignar al trabajo contratado ningún funcionario si antes no ha cumplido con este requisito. El Contratista debe suministrar al Administrador del contrato, un listado con el personal seleccionado para el supuesto realizar las labores de incumplimiento mantenimiento preventivo contratadas, igualmente está obligada a informar de los compromisos cambios de personal que realice y las razones por las cuales se impondrán penalidades produce dicho cambio. El Contratista será responsable ante la Institución, sobre las acciones que realicen sus funcionarios en el ejercicio de manera proporcional las labores, lo anterior en cuanto a Robo, hurto y perdida de Bienes de la Institución y que se compruebe sean realizados por dichos funcionarios. En tal caso, el Contratista deberá resarcir a la gravedad del incumplimiento. Cuando institución a la brevedad y reemplazar automáticamente el adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la Cámara, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación de aquél imparta el responsable del contrato designado. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatariofuncionario.

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Samples: cgrfiles.cgr.go.cr

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El Los derechos y obligaciones del contratista serán los siguientes: Serán de cuenta del adjudicatario tiene derecho los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. Percibir de los usuarios el importe de las tarifas correspondientes al abono, con arreglo a los precios convenidos, uso de los servicios y de las instalaciones, de acuerdo con las tarifas aprobadas por el Ayuntamiento de Aretxabaleta. Utilizar los bienes de dominio público necesarios para la prestación del servicio. Prestar el servicio hasta la extinción del contrato. Proponer mejoras e innovaciones técnicas o de otro tipo para optimizar la gestión del servicio Prestar el servicio con la continuidad y la regularidad establecidas, sin otras interrupciones que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgadolas que se produjesen si la gestión se prestara de forma directa por la administración municipal. En caso de extinción normal del contrato, siendo la forma el adjudicatario deberá prestar el servicio hasta que otro se haga cargo de pago la especificada su gestión. Prestar directamente el servicio en las condiciones establecidas en el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, con el conjunto de la normativa legal que le sea de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades contrato y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas instrucciones y órdenes que dicte el órgano de contratación, de conformidad con las previsiones del mismo presente Pliego y de acuerdo las Prescripciones Técnicas aprobadas. Responder de los daños que se deriven del funcionamiento del servicio, ocasionados tanto a terceros, como a la corporación, con las instrucciones exclusión de aquellos que para su interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato designado se produjeren por actos realizados en cumplimiento de una cláusula impuesta por la Cámara de Comercio xx Xxxxxcorporación con carácter ineludible. El adjudicatario será responsable Responder de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizadosdesarrolle, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara de Comercio xx Xxxxx Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración o de las condiciones impuestas por ella. Ser responsable del buen uso de las instalaciones por parte de los usuarios. Deberá el adjudicatario suscribir cuantas pólizas de seguros sean necesarias con las siguientes coberturas: incendio, inundación, riesgos extensivos, robo, expoliación, indemnización por paralización de actividad, daños en equipos informáticos, responsabilidad civil frente a los usuarios y responsabilidad civil patronal. Con respecto a los riesgos de robo, incendio e inundación, deberá proveerse con la correspondiente entidad aseguradora que en aquellos siniestros que impliquen desaparición total o parcial de la instalación, el beneficiario de la póliza será el Ayuntamiento de Aretxabaleta. La póliza de seguros cubrirá un capital mínimo de 3 millones de euros los riesgos de robo y daño de bienes que se hayan puesto a su disposición. Las garantías de las pólizas de seguro por responsabilidad civil de daños a terceros deberán ser como mínimos las siguientes: Responsabilidad civil general : Limite por siniestro y año 1.000.000 € Límite por víctima 300.000 € Responsabilidad civil patronal : Limite por siniestro y año 1.000.000 € Límite por víctima 90.000 € Responsabilidad civil locativa: incluida Mantener los locales e instalaciones objeto de la concesión en buen estado y en buen uso de funcionamiento, conservación y limpieza, siendo de su cargo las reparaciones y trabajos de mantenimiento necesarios, cualquiera que sea su importe o causa, a lo largo de todo el periodo de duración del contrato, a excepción de las reparaciones derivadas de deficiencias estructurales del edificio, o sus instalaciones y las modificaciones derivadas de cambios en la normativa de aplicación a las instalaciones y bienes objeto de concesión, siempre en referencia con la estructura y conservación de edificios e instalaciones. En este sentido, el adjudicatario será el único responsable del correcto y adecuado funcionamiento y mantenimiento de las infraestructuras, instalaciones, mobiliario y equipamiento deportivo. Por último, quedan incluidas dentro de las tareas de mantenimiento las tareas de limpieza de las dependencias del Polideportivo. Quedan incluidas dentro de locales e instalaciones, las superficies acristaladas de las fachadas, accesos exteriores y cubiertas de los edificios, así como todos los espacios exteriores. Realizar a su cuenta una contratación específica para el mantenimiento de las medidas de protección contra incendios. El adjudicatario deberá realizar una inversión de 200.000 euros en el equipamiento de la sala de fitness. Dicho equipamiento deberá realizarse de mutuo acuerdo con el Ayuntamiento, e incluirá como mínimo, máquinas para el trabajo cardiovascular (cicloergómetros, cintas de correr, remoergómetros,…) y equipamiento para el desarrollo y entrenamiento de la fuerza. Sufragar por su cuenta todos los gastos que origine la explotación del objeto del contrato incluyéndose en los mismos lo dispuesto en los párrafos anteriores, así como el pago de todos los impuestos, tasas y arbitrios de cualquier clase a que dé lugar la explotación de los servicios. Deberá cumplir todas las obligaciones impuestas por el Departamento de Sanidad del Gobierno Xxxxx a todas las instalaciones polideportivas Satisfacer las cantidades que en concepto de canon se hayan acordado. Cumplir con las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de la seguridad social, y de la seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, o la infracción de las disposiciones vigentes sobre la seguridad por parte del personal técnico designado por el mismo, no implicará ningún tipo de responsabilidad por parte del Ayuntamiento. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, la administración concedente podrá requerir al adjudicatario para que acredite documentalmente el cumplimiento de dichas obligaciones. Cumplir con las disposiciones legales vigentes en materia de protección de datos de carácter personal y secreto profesional. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. En cuanto a las prevenciones legales contenidas en los arts. 4, 5 y 6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal en la recogida de datos, deberá observar: Derecho de información previa: existencia del fichero, finalidad de la recogida y destinatario de la información (responsable del fichero: Ayuntamiento de Aretxabaleta) Del carácter obligatorio de la respuesta a las preguntas que se les planteen. De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. • Consentimiento expreso e inequívoco del afectado para recoger sus datos personales. En caso de cumplimiento defectuoso los menores de edad, consentimiento de los padres o tutores. • Los datos que se recaban de los usuarios podrán ser incorporados a un fichero automatizado de titularidad del Ayuntamiento, siendo únicamente esos datos los siguientes: nombre y dos apellidos, DNI, teléfono, dirección, ciudad, C.P. y email, cuenta corriente y autorización de los padres o tutores en el caso de los menores de edad. En caso de que el adjudicatario quiera recoger otros datos distintos a los recogidos en el modelo de ficha citado, deberán ser comunicados y autorizados por la prestación administración contratante. El concesionario no deberá tratar o utilizar dichos datos con fines distintos a los propios del objeto del contrato o y a no comunicarlos, ni siquiera para el supuesto de incumplimiento su conservación, a otras personas. Asimismo, una vez concluida la realización de los compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional a la gravedad del incumplimiento. Cuando servicios contratados, el adjudicatario por causas imputables estará obligado a entregar al mismoAyuntamiento los datos recabados y sus correspondientes soportes, hubiere incurrido no pudiendo conservar, en demora respecto al cumplimiento del plazo totalforma alguna, la Cámara copia total o parcial de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato dichos ficheros o por la imposición datos o de penalidadescualesquiera otros que hubieran podido ser generados como resultado, o a consecuencia, de los trabajos encomendados. El régimen concesionario estará obligado a adoptar las medidas de penalidades se ajustará índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad de los datos y evitar su alteración, pérdida y tratamiento o acceso no autorizado. La administración contratante podrá efectuar, en cualquier momento y siempre que ello no suponga distorsiones graves en el desarrollo de la actividad del adjudicatario, las auditorías de seguridad que considere oportunas, a fin de comprobar el cumplimiento, por parte del concesionario, de sus obligaciones y compromisos. Habida cuenta de que el acceso a datos de carácter personal es necesario para la prestación del servicio, y de conformidad con lo establecido dispuesto en los artículos 192 a 196 12 de la LCSP Ley 15/1999, de 00 xx xxxxxxxxx, x 0 xxx Xxxx Decreto 994/1999, de 11 xx xxxxx, Reglamento de Medidas de Seguridad, el concesionario debe adoptar y 98 a 100 garantizar las medidas de seguridad correspondientes al nivel básico. Será de aplicación el convenio colectivo de instalaciones polideportivas de titularidad pública de Gipuzkoa al personal que preste sus servicios en el polideportivo. En cuanto al secreto profesional, el adjudicatario y las personas que realicen directamente las tareas objeto del RGLCAP. Durante contrato, tratarán de modo confidencial cualquier información obtenida en la ejecución del contrato. La información será utilizada únicamente dentro del marco de los servicios que se describen en el mismo. El concesionario divulgará, a su xxxxx y cargo, los servicios que ofrezca, los precios y las condiciones de acceso a los mismos. En esta divulgación constará preceptivamente la identidad corporativa del Ayuntamiento. El adjudicatario deberá establecer un sistema de contabilidad analítica o de costes que pueda ser objeto de la verificación correspondiente, presentando la información financiera y particularmente la cuenta de resultados imputable a la concesión administrativa, así como los criterios utilizados en la imputación de los diferentes costes, particularmente en aquellos que no son de asignación directa. El adjudicatario deberá llevar un Libro de Mantenimiento Limpieza y Control de todos los espacios y las instalaciones, en el que se consignarán las operaciones realizadas con tal carácter, especificando todas las operaciones que deben efectuarse en las instalaciones, tanto preventivas como correctivas, con indicación de la planificación del programa de trabajo. Requisitos lingüísticos. Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la Cámara, normativa que la información y documentación que éstas soliciten para disponer desarrolla. El uso de un pleno conocimiento ambas lenguas oficiales constituye una condición de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación de aquél imparta el responsable del contrato designado. La ejecución del contrato y de su incumplimiento se realizará derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera del as cláusulas de este contrato. La empresa adjudicataria deberá cumplir las siguientes condiciones lingüísticas de ejecución: Deberá respetar los derechos lingüísticos de los usuarios de los servicios. A tal efecto, el personal que en el desempeño de sus funciones deba tener relación directa con usuarios y demás personas deberá ser bilingüe, entendiendo como tal el hallarse perfectamente capacitado para desempeñar dichas funciones en los dos idiomas oficiales de la CAV (euskera y castellano), de conformidad con lo prescrito en el presente Xxxxxx. Con ese fin, se exigirá de acuerdo al marco europeo de referencia de las lenguas, el nivel C1 al trabajador responsable de la gestión del servicio. Se exigirá el nivel B2, de acuerdo al marco europeo de referencia de las lenguas a riesgo los socorristas, monitores y xxxxxxx trabajadores del adjudicatarioservicio de recepción. Los trabajadores que no disponen de documento que acredite su competencia lingüística deberán tomar parte en las pruebas que con ese objeto realice el ayuntamiento. La acreditación que se obtenga en dichas pruebas carecerá de valor en cualquier otra instancia. Salvo excepciones, prestará el servicio en euskera, y utilizará bien el euskera bien el euskera y castellano en la totalidad de las comunicaciones (tanto orales como escritas) que dirija a los usuarios. El mismo criterio se seguirá en relación con los elementos de publicidad o propaganda autorizados por el concesionario, otorgando siempre prioridad al euskera. o En cualquier caso, si los usuarios del servicio son menores de 16 años, el servicio se ofrecerá únicamente en euskera. o En las relaciones con el Ayuntamiento se empleará el euskera, tanto en las comunicaciones orales como en las escritas. El adjudicatario deberá respetar los derechos lingüísticos de los usuarios de los servicios, y a tal efecto su personal deberá ser bilingüe, entendiendo como tal el hallarse perfectamente capacitado para desempeñar las funciones que son encomendadas a cada puesto en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma de Euskadi (euskara y castellano), de conformidad con lo prescrito en el presente Pliego. Asimismo, el contratista utilizará, bien el euskara, bien el euskara y castellano en la totalidad de los impresos, avisos, y comunicaciones al público que realice. El mismo criterio se seguirá en relación con los elementos de publicidad o propaganda autorizados por el concesionario, otorgando siempre prioridad al euskara. A la finalización del plazo contractual, los bienes e instalaciones afectos a los servicios revertirán al ayuntamiento. El adjudicatario aportará todo el personal necesario para la realización del objeto del contrato. Todo el personal que ejecute las prestaciones dependerá únicamente del adjudicatario a todos los efectos, sin que entre éste, aquel y el Ayuntamiento exista ningún tipo de vínculo de dependencia funcionarial, ni laboral.

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Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Para La Gestión Integral Del

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo la forma de pago la especificada en el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, con el conjunto de la normativa legal que le sea de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera el Ayuntamiento al adjudicatario contratista. Los gastos de entrega y transporte de los bienes objeto del suministro al Email: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el Responsable acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado. Por tanto, son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de formalización del contrato designado en el supuesto de elevación a escritura pública así como cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por realización de la Cámara actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros que pudieran derivarse de Comercio xx Xxxxxla ejecución del contrato durante su vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. Sin embargo, en todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). El adjudicatario será responsable contratista está obligado al cumplimiento de la calidad técnica normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en Email: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los trabajos que desarrolle y Servicios de las prestaciones y servicios realizadosPrevención aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en promulguen durante la ejecución del contrato. En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional a la gravedad del incumplimiento. Cuando el adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la Cámara, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación de aquél imparta el responsable del contrato designado. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir El Contrato Administrativo De Servicios De Asesoramiento Jurídico Y Defensa Judicial en Materia De Recursos Humanos Del Ayuntamiento De Isla Cristina

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El adjudicatario tiene derecho al abonocontratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, con arreglo a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los precios convenidos, de documentos contractuales y a los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo la forma de pago la especificada compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, con el conjunto de la normativa legal que le sea de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y suministro de acuerdo con las instrucciones que para su la interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato designado por la Cámara diere el órgano de Comercio xx Xxxxxcontratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El adjudicatario suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la calidad custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los trabajos bienes que desarrolle en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las prestaciones disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y servicios realizadossalud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como de las consecuencias cualesquiera otros gastos a que se deduzcan hubiera lugar para la Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. En caso de cumplimiento defectuoso de Será obligación del contratista indemnizar a la prestación objeto Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional a la gravedad del incumplimiento. Cuando el adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la Cámara, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación de aquél imparta el responsable del contrato designado. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.

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Samples: Contrato De Suministro De Material

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El adjudicatario tiene derecho al abonocontrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, con arreglo a los precios convenidosobservando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, le diere por escrito el director del servicio objeto del contrato. Será obligación del contratista el abono de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo la forma gastos de pago la especificada publicidad en el punto quinto BOPA del presente pliegocontrato y del resto de gastos en los que se pudiera incurrir como consecuencia del mismo. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de la Administración será responsable la misma dentro de los límites señalados en las leyes. El adjudicatario contratista deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, con el conjunto de la normativa legal que le sea de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes disposiciones vigentes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial seguridad social y de aplicación - debiendo estar al corriente seguridad e higiene en el pago trabajo, debiendo tener a su cargo el personal necesario para la realización del objeto del contrato, respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligacionesempresario. El contrato se ejecutará contratista deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato designado por la Cámara de Comercio xx Xxxxx. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional y hayan llegado a la gravedad su conocimiento con ocasión del incumplimiento. Cuando el adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la Cámara, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación de aquél imparta el responsable del contrato designado. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatariocontratista. La entidad adjudicataria dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias de la prestación del contrato y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etc., los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y en el Convenio Colectivo del Grupo de Deportes del Principado xx Xxxxxxxx. En ningún caso de establecerá vinculación alguna entre el personal contratado y el Ayuntamiento de Grado. El adjudicatario deberá suscribir y presentar en el Ayuntamiento de Grado una póliza de seguro de Responsabilidad Civil cuya cobertura alcance cualquier contingencia o eventualidad que se produzca durante el periodo de uso y utilización de las instalaciones, especificando los riesgos y alcance económico de la cobertura de cada una de ellas y debiendo justificar cada año el pago de dicha póliza. La entidad adjudicataria garantizará la adecuada formación del personal según el Convenio Colectivo del Grupo Deportes del Principado xx Xxxxxxxx.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Monitores Deportivos Del Ayuntamiento De Grado Durante La Temporada

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo la forma de pago la especificada en el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, con el conjunto de la normativa legal que le sea de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato designado por la Cámara de Comercio xx Xxxxx. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional a la gravedad del incumplimiento. Cuando el adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la Cámara, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación de aquél imparta el responsable del contrato designado. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en El Contrato De Suministro E Instalación De Moqueta Ferial

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El adjudicatario tiene Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente PCAP y xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas Particulares, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones. - Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho al a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas - Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. - Introducir en el desarrollo de la ejecución del contrato aquellas recomendaciones y sugerencias que los Servicios Municipales consideren oportunas para conseguir los objetivos perseguidos. - Cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. - Cualquier otra que se establezca en la legislación vigente y en el ANEXO I del presente PCAP. Obligaciones contractuales esenciales en la ejecución de este contrato: - Cumplir y asumir cada uno de los puntos desarrollados en el objeto del contrato y las mejoras incluidas en el precio ofertado. - Cumplir con arreglo la obligación de remitir trimestralmente los documentos justificativos del pago de las cuotas a la Seguridad Social, retención del IRPF y salarios de los trabajadores relacionados con la ejecución de los trabajos objeto del contrato. - Facilitar a requerimiento del Ayuntamiento, en el plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES, en los contratos en los que se imponga al nuevo adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los precios convenidosque afecta la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales, de acuerdo con el artículo 120 del TRLCSP. - Remitir al Ayuntamiento xx Xxxxxx, cuando este lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar a solicitud del Ayuntamiento justificante de cumplimiento de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo pagos a aquellos una vez terminada la forma prestación dentro de los plazos de pago la especificada legalmente establecidos en el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplirartículo 228 y en la Ley 3/2004, bajo su exclusiva responsabilidadde 29 de diciembre, con el conjunto de la normativa legal en lo que le sea de aplicación al desarrollo aplicación. - Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales previstos en el pliego de prescripciones técnicas particulares y/o en su oferta. - Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia que, en su caso se exijan en este PCAP o en el de prescripciones técnicas particulares, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio la verificación por este Excmo. Ayuntamiento del cumplimiento de aquellos requisitos. - Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones incluidas objeto de este contrato deberá estar integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral con este Ayuntamiento. En su mayor parte este personal deberá estar previamente contratado por la empresa. Cuando puntualmente el adjudicatario precise contratar nuevo personal para la ejecución de este contrato, deberá realizarse bajo alguna modalidad de contratación que no vincule a los trabajadores directamente a los servicios objeto de éste, sino directamente a la empresa adjudicataria del mismo. - La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. Sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas. - En ningún caso podrá el adjudicatario organizar las prestaciones objeto del contrato que suscribe con este Ayuntamiento de manera que sea susceptible de constituir una unidad económica con identidad propia diferenciada del resto de la actividad de la empresa. Asimismo, velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato. - El personal que preste servicios directos en dependencias municipales deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista. - Los contratos laborales serán realizados por el adjudicatario en el objeto régimen o modalidad que legalmente corresponda, sujetándose estrictamente a la normativa vigente en materia social y laboral, siendo a su cargo todos los gastos derivados de licitacióneste cumplimiento. - La movilidad por parte del contratista del personal que destine a la ejecución del contrato requerirá la previa comunicación al Ayuntamiento, y no podrá hacerse con otro personal con mayor antigüedad y/o condiciones de trabajo que resulten más gravosas. - El incremento de la plantilla de trabajadores inicialmente prevista para la ejecución del contrato estará sujeta a autorización previa municipal y no podrá ser alegada frente al Ayuntamiento a efectos de acreditar una ruptura del equilibrio económico del contrato. El Ayuntamiento a la finalización del presente contrato y, en el supuesto de que se acordara continuar presentando el servicio con un nuevo contratista, no incluirá, en su caso, entre los trabajadores con derecho a subrogación, al nuevo personal contratado por el adjudicatario sin autorización previa municipal, siendo de cuenta del contratista del presente contrato todas las indemnizaciones y responsabilidades a que pudieran tener derecho los trabajadores por resolución de sus respectivos contratos. - En materia de seguridad y salud laboral deberá cumplirse escrupulosamente toda la normativa vigente al respecto, pudiendo el Ayuntamiento realizar en cualquier momento las inspecciones y controles que considere oportunos al efecto. El Ayuntamiento queda exonerado de cualquier responsabilidad por los incumplimientos del contratista en materia laboral, de seguridad social y de seguridad en el trabajo, repercutiendo al adjudicatario cualquier sanción que las Administraciones competentes pudieran imponer al Ayuntamiento subsidiariamente como consecuencia de incumplimientos en la materia del personal afecto a este servicio, sin perjuicio de la penalización que además pueda imponerse de las obligaciones fijadas acuerdo con lo señalado en el presente PCAP y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento Técnicas Particulares. Ninguna persona que el empresario destine a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pago de las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato designado por la Cámara de Comercio xx Xxxxx. El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato o para el supuesto de incumplimiento de los compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional a la gravedad del incumplimiento. Cuando el adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato tendrá vinculación laboral o de otro tipo con el Ayuntamiento, ni durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo de su cuenta todas las indemnizaciones y responsabilidades a que pudieran tener derecho los trabajadores por resolución de sus respectivos contratos. - El Ayuntamiento reconoce el derecho a la negociación colectiva de los trabajadores del servicio municipal objeto de este contrato, en los términos establecidos en la legislación laboral correspondiente, pero en ningún caso participará directamente en dicho negociación ni tomará parte alguna en la ejecución de los acuerdos que ambas partes alcancen, acuerdos que no podrán afectar de ningún modo y en ningún momento a las obligaciones del concesionario en relación con la ejecución de este contrato. En ningún caso podrá repercutir el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por al Ayuntamiento ningún incremento de costes derivado de la Cámaranegociación colectiva, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las ya sean incrementos retributivos u otras ventajas sociolaborales con repercusión económica, más allá del incremento del precio del contrato que se desarrollan los trabajosderive de la aplicación del sistema de revisión de precios previsto en este pliego. En todo Los acuerdos entre empresario y trabajadores no podrán en ningún caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción ser alegados frente al Ayuntamiento a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación efectos de aquél imparta el responsable acreditar una ruptura del equilibrio económico del contrato designado. La ejecución y exigir su mantenimiento, considerándose a estos efectos que los desequilibrios económicos derivados de la negociación colectiva se deben exclusivamente a la buena o mala diligencia gestora del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx negocio por parte del adjudicatarioempresario.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Y Tramitación Ordinaria Del Contrato De Concesión De Servicios