DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. Ley General de Turismo, Ley 300 de 1996, modificada por la Ley 2068 de 2020, despunta el turismo como una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales, regiones y provincias, toda vez que cumple una función social, por una parte, destacando la importancia del turismo y por otra estableciendo directrices para el sector. De la misma forma, la Ley 300 de 1996 “Ley General de Turismo” modificada por la Ley 1558 de 2012 “Por la cual se modifica la Ley 300 de 1996 - Ley General de Turismo, la Ley 1101 de 2006 y se dictan otras disposiciones.” sobre el turismo indicó que “es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales y cumple una función social.” En igual sentido dicha ley dispuso la necesidad de ejercer las competencias a nivel territorial, bajo los principios de concurrencia, coordinación y subsidiariedad de forma armónica entre entidades públicas. La Resolución 3860 de 2015 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, reglamenta entre otros aspectos, el cumplimiento de las normas técnicas sectoriales expedidas por las unidades sectoriales de normalización para las actividades del denominado turismo de aventura y la sostenibilidad turística por una parte, y por otra, las normas técnicas sectoriales de turismo sostenible, que tienen como finalidad, dar cumplimiento a los principios de calidad turística y sostenibilidad: NTS-TS 002, 003, 004, 005 Y 006. La Ordenanza No. 001 xx xxxxx de 2015, establece en la estrategia 5° la “consolidación de la calidad xxx xxxxxxx humano local disponible para el turismo” y desde la Secretaría de de Boyacá se promueve el desarrollo del turismo, propiciando las condiciones para impulsar las certificaciones en competencias laborales y normas técnicas territoriales con el fin de certificar los destinos. El turismo contribuye a elevar el perfil del lugar en general, mostrándole al mundo todo lo que tiene para ofrecer. Además, puede proporcionar un incentivo para la inversión en infraestructura, como carreteras y redes ferroviarias, así como el financiamiento de los servicios médicos y educativos locales, lo que nuevamente impacta en la economía y en la calidad de vida de los habitantes. La promoción turística del Departamento de Boyacá, sus atractivos turísticos y la marca región, forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo; esto debe ir acompañado de la producción de elementos promocionales, que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación, que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. La promoción ha sido un elemento importante, toda vez que el turismo genera empleo, riqueza y además promueve un mayor potencial turístico en el departamento. La promoción turística del Departamento de Boyacá, sus atractivos turísticos y la marca región forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo, esto debe ir acompañado de la producción de elementos promocionales, que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. El panorama actual es desalentador para el turismo, marcado por la pandemia mundial “Covid 19” declarada como tal por la Organización Mundial de la Salud a finales del mes de enero 2020. Si bien, esta coyuntura contrajo las economías mundiales, aún con más efectos negativos hacia sectores como el turismo, considerado como el tercer sector económico más importante en el mundo. Aun así, el turismo ha logrado abrir el panorama a nuevas tipologías y ha evidenciado una gran resiliencia frente a estos eventos mundiales que le han ocasionado un notorio decrecimiento, pero, no por ello, ha decrecido en su capacidad innovadora de generar un nuevo turismo. El proyecto va dirigido y tiene como finalidad aumentar la cualificación de las autoridades locales en la planificación y gestión pública del turismo en el contexto actual, y de conformidad con la meta del proyecto va dirigido también, a los empresarios del sector turismo. 2 En el proyecto se estableció el porcentaje de cobertura en el sector turismo, como se describe a continuación: COBERTURA CATEGORÍA CANTIDAD
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DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. Ley General En busca de Turismomaterializar los principios de transparencia, Ley 300 planeación, selección objetiva y responsabilidad en la actividad contractual, presentamos los estudios previos por medio de 1996los cuales se acredita la Conveniencia y Oportunidad de la presente contratación, pretendiendo dar cumplimiento a la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007 y ley 489 de 1998. Acordes con los parámetros de la ley 136 de 1994, modificada por la Ley 2068 ley 1551 de 2020, despunta el turismo como una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales, regiones y provincias, toda vez que cumple una función social, por una parte, destacando la importancia del turismo y por otra estableciendo directrices para el sector. De la misma forma2012, la Ley 300 Gobernación de 1996 “Ley General Boyacá - Secretaria de Turismo” modificada Salud, requiere para llevar a cabo sus objetivos constitucionales y legales, basados en el plan anual de adquisiciones de 2022, acorde a los lineamientos del Plan de Desarrollo Departamental, 2020 - 2023 Pacto Social por la Ley 1558 de 2012 “Por la Boyacá - Tierra que sigue avanzando, para lo cual se modifica la Ley 300 de 1996 - Ley General de Turismo, la Ley 1101 de 2006 y se dictan otras disposiciones.” sobre el turismo indicó que “es una industria esencial requiere del presente objeto contractual para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales y cumple una función social.” En igual sentido dicha ley dispuso la necesidad de ejercer las competencias a nivel territorial, bajo los principios de concurrencia, coordinación y subsidiariedad de forma armónica entre entidades públicas. La Resolución 3860 de 2015 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, reglamenta entre otros aspectos, el cumplimiento de las normas técnicas sectoriales expedidas por las unidades sectoriales de normalización para las actividades del denominado turismo de aventura y la sostenibilidad turística por una parte, y por otra, las normas técnicas sectoriales de turismo sostenible, que tienen como finalidad, dar cumplimiento a los principios planes, programas, políticas y proyectos del sector salud, especialmente del proyecto “CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA SEDE DE LA ESE XXXXXX XX XXXXX XX XXXX - DEPARTAMENTO DE BOYACÁ” que se encuentran registrados en el Banco de calidad turística Programas y sostenibilidad: NTS-TS 002, 003, 004, 005 Y 006Proyectos de Inversión Departamental con el No. 2022 00415 0128 del 05 xx xxxxxx de 2022. La Ordenanza Nocontratación que se va a adelantar está encaminada a desarrollar el Plan Departamental de Desarrollo 2020 – 2023 “Pacto Social por Boyacá - Tierra que sigue avanzando” así: Línea Estratégica: HUMANA Y DE CAPACIDADES. 001 xx xxxxx de 2015, establece Componente: SALUD Y BIENESTAR. Programa: Boyacá Avanza en la estrategia 5° la “consolidación Salud. Subprograma: Avanzando en el Fortalecimiento de la calidad xxx xxxxxxx humano local disponible Autoridad Sanitaria. Objetivo subprograma: Avanzar en el liderazgo y posicionamiento de la agenda sectorial e intersectorial, para afectar positivamente los determinantes sociales de la salud, mediante el turismo” fortalecimiento de las capacidades para la regulación, conducción, gestión financiera, vigilancia epidemiológica, movilización social, garantía del aseguramiento y desde la Secretaría provisión adecuada de los servicios con enfoque diferencial. Meta: 135: Mejorar en 10 Empresas Sociales del Estado ESE la infraestructura o dotación hospitalaria. La necesidad que se pretende satisfacer con el presente acuerdo de Boyacá se promueve voluntades es aunar esfuerzos para la ejecución del proyecto CONSTRUCCIÓN DE LA NUEVA SEDE DE LA ESE XXXXXX XX XXXXX XX XXXX - DEPARTAMENTO DE BOYACÁ conforme a lo contenido en el programa médico arquitectónico (PMA), planos arquitectónicos aprobados por la Dirección Técnica de Prestación de Servicios de Salud , diseños de ingeniería, especificaciones técnicas y presupuesto detallado de la inversión: documentos que cuentan con la viabilidad técnica correspondiente y que hacen parte del proyecto registrado en el banco de Programas y Proyectos de Inversión Departamental. Para el desarrollo del turismoproyecto se plantea la misma ubicación del predio donde está actualmente la E.S.E del Municipio xx Xxxx, propiciando las condiciones para impulsar las certificaciones en competencias laborales y normas técnicas territoriales con lograr este objetivo hay que realizar la demolición de la estructura existente, a la que se le realizó un estudio de vulnerabilidad sísmica, que concluyo que no es el fin de certificar los destinos. El turismo contribuye a elevar el perfil del lugar en general, mostrándole al mundo todo lo que tiene sitio adecuado para ofrecer. Además, puede proporcionar un incentivo para realizar la inversión en infraestructura, como carreteras y redes ferroviarias, así como el financiamiento prestación de los servicios médicos de salud pues su infraestructura y educativos localessu estructura como tal no cuenta con elementos sismo resistentes, lo ni cumplen las normas y regulaciones actuales para los sitos donde se deben prestar los servicios de salud pública, y con esta situación se evidencia el riesgo permanente que nuevamente impacta hay sobre los servicios de salud que presta la ESE del Municipio y por consecuente los habitantes están en riesgo alto frente la economía y posibilidad de una emergencia de gran magnitud. Esto aunado a que por la distancia no se cuenta con otra institución cercana a donde trasladar la atención en caso de emergencia. Teniendo en cuenta que ni el municipio, ni la calidad ESE disponen de vida la totalidad de los habitantes. La promoción turística recursos para la ejecución del proyecto, se requiere aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre el municipio, la ESE y el Departamento de Boyacá, sus atractivos turísticos con lo cual se fortalecerá la red de prestación de servicios Departamental y la marca región, forman parte se brindaran condiciones seguras de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo; esto debe ir acompañado atención a los usuarios de la producción de elementos promocionales, institución y al personal que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación, que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. La promoción ha sido un elemento importante, toda vez que el turismo genera empleo, riqueza y además promueve un mayor potencial turístico en el departamento. La promoción turística del Departamento de Boyacá, sus atractivos turísticos y la marca región forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo, esto debe ir acompañado de la producción de elementos promocionales, que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. El panorama actual es desalentador para el turismo, marcado por la pandemia mundial “Covid 19” declarada como tal por la Organización Mundial de la Salud a finales del mes de enero 2020. Si bien, esta coyuntura contrajo las economías mundiales, aún con más efectos negativos hacia sectores como el turismo, considerado como el tercer sector económico más importante en el mundo. Aun así, el turismo ha logrado abrir el panorama a nuevas tipologías y ha evidenciado una gran resiliencia frente a estos eventos mundiales que le han ocasionado un notorio decrecimiento, pero, no por ello, ha decrecido en su capacidad innovadora de generar un nuevo turismo. El proyecto va dirigido y tiene como finalidad aumentar la cualificación de las autoridades locales en la planificación y gestión pública del turismo en el contexto actual, y de conformidad con la meta del proyecto va dirigido también, a los empresarios del sector turismo. 2 En el proyecto se estableció el porcentaje de cobertura en el sector turismo, como se describe a continuación: COBERTURA CATEGORÍA CANTIDADella labora.
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Samples: Convenio Interadministrativo
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. Ley La Constitución Política de Colombia en los artículos 117, 119 y 267 establecen que la Contraloría General de Turismo, Ley 300 la República es un órgano de 1996, modificada por la Ley 2068 de 2020, despunta el turismo como una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales, regiones y provincias, toda vez que cumple una función social, por una parte, destacando la importancia del turismo y por otra estableciendo directrices para el sector. De la misma forma, la Ley 300 de 1996 “Ley General de Turismo” modificada por la Ley 1558 de 2012 “Por la cual se modifica la Ley 300 de 1996 - Ley General de Turismo, la Ley 1101 de 2006 y se dictan otras disposiciones.” sobre el turismo indicó que “es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales y cumple una función social.” En igual sentido dicha ley dispuso la necesidad de ejercer las competencias a nivel territorial, bajo los principios de concurrencia, coordinación y subsidiariedad de forma armónica entre entidades públicas. La Resolución 3860 de 2015 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, reglamenta entre otros aspectos, el cumplimiento de las normas técnicas sectoriales expedidas por las unidades sectoriales de normalización para las actividades del denominado turismo de aventura y la sostenibilidad turística por una parte, y por otra, las normas técnicas sectoriales de turismo sosteniblecontrol, que tienen como finalidadtiene a cargo la vigilancia de la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejan fondos públicos respecto de todos los tipos de recursos de manera oportuna, dar cumplimiento a independiente y efectiva, controla y vigila la gestión fiscal de los principios recursos públicos, garantizando la participación de calidad turística la ciudadanía mediante la articulación regional, con un enfoque preventivo que contribuya al buen manejo de los recursos públicos y sostenibilidad: NTS-TS 002, 003, 004, 005 Y 006. La Ordenanza No. 001 xx xxxxx de 2015, establece que genere una mejora en la estrategia 5° la “consolidación de la calidad xxx xxxxxxx humano local disponible para el turismo” gestión del Estado y desde la Secretaría de de Boyacá se promueve el desarrollo del turismo, propiciando las condiciones para impulsar las certificaciones en competencias laborales y normas técnicas territoriales con el fin de certificar los destinos. El turismo contribuye a elevar el perfil del lugar en general, mostrándole al mundo todo lo que tiene para ofrecer. Además, puede proporcionar un incentivo para la inversión en infraestructura, como carreteras y redes ferroviarias, así como el financiamiento de los servicios médicos y educativos locales, lo que nuevamente impacta en la economía y en la calidad de vida de los habitantescolombianos. La promoción turística En su actuar evalúa los resultados obtenidos por las diferentes organizaciones y entidades del Departamento Estado, al determinar si adquieren, manejan y/o usan los recursos públicos dentro del marco legal, sujetos a los principios de Boyacáeconomía, eficiencia, eficacia, equidad y sostenibilidad ambiental; examina la razonabilidad de los estados financieros de los sujetos de control fiscal y determina en qué medida logran sus atractivos turísticos objetivos y cumplen sus planes, programas y proyectos; tiene a su cargo establecer la marca regiónresponsabilidad fiscal de los servidores públicos y de los particulares que causen, forman por acción o por omisión y en forma dolosa o culposa, un daño al patrimonio del Estado; Impone las sanciones pecuniarias que correspondan y las demás acciones derivadas del ejercicio de la vigilancia fiscal y procura, igualmente, incluyendo el resarcimiento del patrimonio público. Para el cumplimiento de la función la Entidad ha sido sometida a una gran transformación llevada a cabo mediante el Acto Legislativo No. 04 de 2019, que reformó el artículo 267, 268, 271, 272 y 274, raíz del cual se expidió el Decreto N°2037 de 2019, fortaleciendo y reestructurando sustancialmente el control fiscal, por lo que se encuentra llamada a fortalecer el aspecto tecnológico, entre otros. El fortalecimiento tecnológico hace parte de una estrategia uno de los pilares del Plan Estratégico 2018 - 2022 denominado “Una Contraloría para Todos”, constituido como Objetivo Estratégico 5. “Habilitar las capacidades y servicios tecnológicos para impulsar el turismo como eje de desarrollo; esto debe ir acompañado de la producción de elementos promocionales, que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación, la
5.1 “Implementar soluciones tecnológicas que permitan la interoperabilidad, el intercambio de información en tiempo real y de forma segura, en toda la organización y con sus socios estratégicos.”
5.3 “Incentivar el uso y apropiación de las herramientas tecnológicas a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. La promoción ha sido un elemento importante, toda vez que el turismo genera empleo, riqueza y además promueve un mayor potencial turístico en el departamento. La promoción turística del Departamento de Boyacá, sus atractivos turísticos y la marca región forman parte través de una estrategia adecuada gestión del conocimiento”
5.4 “Integrar los diferentes sistemas de información para impulsar facilitar la optimización de procesos, la adaptación de los cambios y el turismo como eje suministro de desarrollo, esto debe ir acompañado información de la producción de elementos promocionales, que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos manera oportuna y medios de comunicación que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. El panorama actual es desalentador para el turismo, marcado por la pandemia mundial “Covid 19” declarada como tal por la Organización Mundial de la Salud a finales del mes de enero 2020. Si bien, esta coyuntura contrajo las economías mundiales, aún con más efectos negativos hacia sectores como el turismo, considerado como el tercer sector económico más importante en el mundo. Aun así, el turismo ha logrado abrir el panorama a nuevas tipologías y ha evidenciado una gran resiliencia frente a estos eventos mundiales que le han ocasionado un notorio decrecimiento, pero, no por ello, ha decrecido en su capacidad innovadora de generar un nuevo turismo. El proyecto va dirigido y tiene como finalidad aumentar la cualificación de las autoridades locales en la planificación y gestión pública del turismo en el contexto actual, y de conformidad con la meta del proyecto va dirigido también, a los empresarios del sector turismo. 2 En el proyecto se estableció el porcentaje de cobertura en el sector turismo, como se describe a continuación: COBERTURA CATEGORÍA CANTIDADconfiable”.
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Samples: Licensing Agreement
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. Ley General El mismo artículo en su Numeral 12 establece que con antelación a la apertura del procedimiento de Turismoselección o de la firma del contrato, Ley 300 deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos, y los pliegos de 1996condiciones o términos de referencia. En desarrollo de las precitadas normas, modificada en especial el Decreto 1082 de 2015, establece la exigencia de contar con documentos previos que permitan a los proponentes valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la Ley 2068 entidad, así mismo el de 2020la distribución de riesgos que la entidad propone. Dichos estudios deberán contener, despunta como mínimo los siguientes elementos y con ellos se garantizaré el turismo como una industria esencial principio de planeación contractual:
1. La descripción de la necesidad que la Entidad Estatal pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
2. El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución, y cuando el contrato incluye diseño y construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del país proyecto.
3. La modalidad de selección del contratista y su justificación, incluyendo los fundamentos jurídicos.
4. El valor estimado del contrato y la justificación del mismo. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, la Entidad Estatal debe incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. La Entidad Estatal no debe publicar las variables utilizadas para calcular el valor estimado del contrato cuando la modalidad de selección del contratista sea en concurso de méritos. Si el contrato es de concesión, la Entidad Estatal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración.
5. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable.
6. El análisis de Xxxxxx y la forma de mitigarlo.
7. Las garantías que la Entidad Estatal contempla exigir en el Proceso de contratación.
8. La indicación de si el Proceso de Contratación está cobijado por un Acuerdo Comercial. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en especial la vida económica, política, administrativa y cultural de las diferentes entidades territorialesla Nación; defender la independencia nacional, regiones mantener la integridad territorial y provincias, toda vez que cumple una función social, por una parte, destacando asegurar la importancia del turismo convivencia pacífica y por otra estableciendo directrices para el sectorla vigencia de un orden justo. De acuerdo al artículo 311 de la misma formaConstitución Política de 1991, al Municipio como entidad fundamental de la división política – administrativa del estado, le corresponde el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la constitución y las leyes. El artículo 311 de la constitución política establece que el municipio le corresponde como entidad fundamental de la división político administrativa, la Ley 300 participación de 1996 “Ley General los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de Turismo” modificada por su territorio, promover la Ley 1558 participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de 2012 “Por sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la cual se modifica constitución y las leyes. Con respecto con la Ley 300 solución de 1996 - Ley General necesidades insatisfechas la ley 136 de Turismo1994, ha determinado que el municipio debe solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la Ley 1101 mujer, adulto mayor y los sectores discapacitados. Igualmente le corresponde administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley; promover la participación comunitaria y mejoramiento social y cultural de 2006 y se dictan otras disposiciones.” sobre el turismo indicó que “es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales y cumple una función social.” En igual sentido dicha ley dispuso la necesidad de ejercer las competencias a nivel territorial, bajo los principios de concurrencia, coordinación y subsidiariedad de forma armónica entre entidades públicas. La Resolución 3860 de 2015 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, reglamenta entre otros aspectos, sus habitantes; asegurar el cumplimiento de las normas técnicas sectoriales expedidas por las unidades sectoriales de normalización para las actividades del denominado turismo de aventura y la sostenibilidad turística por una parte, y por otra, las normas técnicas sectoriales de turismo sostenible, que tienen como finalidad, dar cumplimiento a los principios de calidad turística y sostenibilidad: NTS-TS 002, 003, 004, 005 Y 006. La Ordenanza No. 001 xx xxxxx de 2015, establece en la estrategia 5° la “consolidación de la calidad xxx xxxxxxx humano local disponible para el turismo” y desde la Secretaría de de Boyacá se promueve el desarrollo del turismo, propiciando las condiciones para impulsar las certificaciones en competencias laborales y normas técnicas territoriales con el fin de certificar los destinos. El turismo contribuye a elevar el perfil del lugar en general, mostrándole al mundo todo lo que tiene para ofrecer. Además, puede proporcionar un incentivo para la inversión en infraestructura, como carreteras y redes ferroviarias, así como el financiamiento prestación de los servicios médicos y educativos localesa su cargo, lo que nuevamente impacta en la economía y en la calidad de vida de los habitantes. La promoción turística del Departamento de Boyacá, sus atractivos turísticos y la marca región, forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo; esto debe ir acompañado artículo 343 de la producción constitución política de elementos promocionales, que puedan ser divulgados Colombia. Con fundamento en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación, que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. La promoción ha sido un elemento importante, toda vez que el turismo genera empleo, riqueza y además promueve un mayor potencial turístico lo consagrado en el departamento. La promoción turística del Departamento de Boyacá, sus atractivos turísticos Articulo 25 Numeral 7º y la marca región forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo, esto debe ir acompañado 12º de la producción ley 80 de elementos promocionales1993 y Artículo 3º y 77° del Decreto 2474 de 2008, en cumplimiento del principio de transparencia deja constancia de LOS ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos determinan la Factibilidad requerida para adelantar un proceso de contratación para “CONTRATAR A TODO COSTO OBRAS DE REFORMA, AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE CENTROS EDUCATIVOS El alcalde municipal ha realizado las gestiones pertinentes ante el concejo de Ituango para que aprobaran y medios de comunicación que permitan a los turistas descubrir viabilizaran un nuevo destino turístico. El panorama actual es desalentador proyecto educativo, para el turismo, marcado lo cual mediante acuerdo municipal Nº006 del 00 xx xxxx xx 2013 autorizan al ejecutivo municipal para gestionar y suscribir un empréstito hasta por la pandemia mundial “Covid 19” declarada como suma de dos mil millones de pesos ($2.000.000.000) con destino a la reparación , adecuación y mejoramiento de Centros Educativos Rurales (CER) y a través del acuerdo Nº009 del 4 de septiembre de 2015 fue autorizado para contratar la cuantía relacionada. En tal sentido se contrató con una persona natural mediante la prestación de servicios profesionales la estructuración, formulación y presentación del proyecto educativo que busca beneficiar 35 escuelas rurales, con el mejoramiento, ampliación y/o adecuación de su infraestructura física, priorizado por la Organización Mundial el alcalde municipal, secretaria de la Salud educación municipal y educadores, acorde al siguiente listado priorizado de las 110 escuelas con que cuenta nuestro territorio y que no se alcanzaron a finales del mes de enero 2020. Si bien, esta coyuntura contrajo las economías mundiales, aún con más efectos negativos hacia sectores como el turismo, considerado como el tercer sector económico más importante intervenir en el mundo. Aun presente gobierno, por lo menos se deja garantizado el recurso para las descritas a continuacion, así, el turismo ha logrado abrir el panorama a nuevas tipologías y ha evidenciado una gran resiliencia frente a estos eventos mundiales que le han ocasionado un notorio decrecimiento, pero, no por ello, ha decrecido en su capacidad innovadora de generar un nuevo turismo. El proyecto va dirigido y tiene como finalidad aumentar la cualificación de las autoridades locales en la planificación y gestión pública del turismo en el contexto actual, y de conformidad con la meta del proyecto va dirigido también, a los empresarios del sector turismo. 2 En el proyecto se estableció el porcentaje de cobertura en el sector turismo, como se describe a continuación: COBERTURA CATEGORÍA CANTIDADNº NOMBRE DEL CENTRO EDUCATIVO RURAL NOMBRE DE LA VEREDA DISTANCIAS EN HORAS ( TRANSPORTE VEHICULAR / TRANSPORTE MULAR) NUMERO DE ALUMNOS ACTIVIDADES A DESARROLLAR 1 X.X.X XXXX XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXX 1 h vehículo 3 h mular 24 MURO - PATIO
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Samples: Legislación Aplicable
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. Ley General El artículo 2 de Turismola Constitución Política de Colombia prevé que “Son fines esenciales del Estado: Servir a la comunidad, Ley 300 promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de 1996los principios, modificada por derechos y deberes consagrados en la Ley 2068 Constitución”, marco dentro del cual se encuentra el deber de 2020, despunta el turismo como una industria esencial garantizar la prestación de los servicios públicos domiciliarios para el desarrollo del país y bienestar de la comunidad en especial general. Así mismo, el artículo 209 de las diferentes entidades territorialesla Constitución Política, regiones y provincias, toda vez dispone que cumple una “La función social, por una parte, destacando la importancia del turismo y por otra estableciendo directrices para el sector. De la misma forma, la Ley 300 Administrativa está al servicio de 1996 “Ley General de Turismo” modificada por la Ley 1558 de 2012 “Por la cual se modifica la Ley 300 de 1996 - Ley General de Turismo, la Ley 1101 de 2006 los intereses generales y se dictan otras disposiciones.” sobre el turismo indicó que “es una industria esencial para el desarrollo del país y desarrolla con fundamento en especial de las diferentes entidades territoriales y cumple una función social.” En igual sentido dicha ley dispuso la necesidad de ejercer las competencias a nivel territorial, bajo los principios de concurrenciaigualdad, coordinación moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y subsidiariedad de forma armónica entre entidades públicas. La Resolución 3860 de 2015 del Ministerio de Comerciopublicidad, Industria y Turismomediante la descentralización, reglamenta entre otros aspectos, el cumplimiento de las normas técnicas sectoriales expedidas por las unidades sectoriales de normalización para las actividades del denominado turismo de aventura la delegación y la sostenibilidad turística por una partedesconcentración de funciones”, principios y por otraherramientas administrativas que direccionan la actividad de públicos y privados con el objetivo de cumplir con los fines del Estado, dentro de los cuales se encuentra la prestación de los servicios públicos domiciliarios. El artículo 288 constitucional determina, la ley orgánica de ordenamiento territorial establecerá la distribución de competencias entre la Nación y las normas técnicas sectoriales de turismo sostenible, que tienen como finalidad, dar cumplimiento Entidades Territoriales. Las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales serán ejercidas conforme a los principios de calidad turística coordinación, concurrencia y sostenibilidad: NTS-TS 002subsidiariedad en los términos que establezca la ley. El Artículo 286 constitucional establece que “son entidades territoriales los Departamentos, 003los Distritos, 004, 005 Y 006los Municipios y los Territorios Indígenas. La Ordenanza Noley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la ley”. 001 xx xxxxx En este sentido, el inciso 2 del artículo 298 de 2015la Constitución Nacional, establece en la estrategia 5° la que “consolidación Los departamentos ejercen funciones administrativas, de coordinación, de complementariedad de la calidad xxx xxxxxxx humano local disponible para el turismo” acción municipal, de intermediación entre la nación y desde la Secretaría los municipios y de de Boyacá se promueve el desarrollo del turismo, propiciando las condiciones para impulsar las certificaciones en competencias laborales y normas técnicas territoriales con el fin de certificar los destinos. El turismo contribuye a elevar el perfil del lugar en general, mostrándole al mundo todo lo que tiene para ofrecer. Además, puede proporcionar un incentivo para la inversión en infraestructura, como carreteras y redes ferroviarias, así como el financiamiento prestación de los servicios médicos que determinen la constitución y educativos localesla ley”, por ello es oportuno aunar esfuerzos en pro de satisfacer las necesidades básicas de la ciudadanía a través de acciones conjuntas que garanticen el acceso a los servicios públicos domiciliarios. Que por su lado el artículo 365 de la misma norma establece que “los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y como tal es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional. Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas o por particulares”. Conforme a lo dispuesto la Constitución Política, a su turno el Artículo 368 establece "La Nación, los Departamentos, los Distritos, los Municipios y las Entidades Descentralizadas podrán conceder subsidios, en sus respectivos presupuestos, para que nuevamente impacta las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas”. De igual manera en el inciso 2 del artículo 298, establece que "los departamentos ejercen funciones administrativas, de coordinación, de complementariedad de la economía acción. Por lo anterior y en cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo “PACTO SOCIAL POR BOYACÁ TIERRA QUE SIGUE AVANZANDO” 2020-2023; el Departamento de Boyacá, presento el Proyecto de inversión denominado: “FORTALECIMIENTO AL SERVICIO DE GAS NATURAL COMPRIMIDO MEDIANTE SUBSIDIOS DE DERECHOS DE CONEXIÓN E INSTALACIÓN INTERNA PARA LOS HABITANTES DE LAS VEREDAS LA XXXXX Y EL HATILLO DE ESTRATOS 1 Y 2 DEL MUNICIPIO DE SOATÁ - DEPARTAMENTO DE BOYACÁ.”. En virtud a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad contenidos en el artículo 288 superior, por medio de la calidad entrega de vida subsidios indirectos a la demanda del derechos de conexión e instalaciones internas, para los habitantes. La promoción turística estratos 1 y 2 del Municipio anteriormente mencionado, fue aprobado por cumplir con las exigencias legales y técnicas fue viabilizado y aprobado, conforme al ha sido revisado de acuerdo a las normas y procedimientos vigentes del Manual de Procedimientos del Banco de Proyectos del Departamento de Boyacá, y demás normas concordantes en materia de proyectos, en sus atractivos turísticos componentes técnico, legal, ambiental, requisitos de formulación y pertinencia y acorde a la marca regiónResolución N° 4788 del 20 de diciembre de 2016 emitido por la Dirección del Departamento Nacional de Planeación es necesario disponer de un Sistema para que las entidades territoriales registren, forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo; esto debe ir acompañado bajo los lineamientos que se determinan en esta resolución, la información de la producción inversión pública, independientemente de elementos promocionalessu fuente de financiamiento. Acorde a lo anterior la Secretaria de Planeación Departamental expidió registro del Banco de Programas y Proyectos de inversión Departamental con el No. BPIN 2021 00415 0056, y se enmarca dentro del Plan Departamental de Desarrollo 2020 – 2023 “Pacto Social por Boyacá -Tierra que sigue avanzando” así: Que de acuerdo al proyecto aprobado y viabilizado en mención por el Departamento en virtud de los principios constitucionales contenidos en el artículo 288, se hace necesario suscribir convenio de cofinanciación para realizar la ejecución de los recursos, para obtención de subsidios para derechos de conexión e instalaciones internas, para el suministro de gas domiciliario para los estratos mencionados del municipio de SOATA. Dicha población la cual es vulnerable y de escasos recursos, pertenecientes a estratos 1 y 2., Con el proyecto se pretende brindar la oportunidad a los habitantes de conectarse al servicio de gas natural comprimido y así reduciendo los costos en la canasta familiar y reduciendo el consumo de leña y otros materiales usado en la trasformación de los alimentos. Que la empresa GASUR S.A E.S.P, es una Sociedad Anónima, matriculada el 28 de Octubre de 1996 con número de matrícula No.00-000000-00, con domicilio registrado en Barbosa – Santander. . Esta empresa se dedica principalmente a 3520 PRODUCCIÓN DE GAS; DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLES GASEOSOS POR TUBERÍAS Por su parte la Ley de 142 del 94 en su numeral 8.2 del artículo 8 establece que es competencia primitiva de la Nación, planificar, asignar y gestionar el uso del gas combustible en cuanto sea económica y técnicamente viable. La ley 1450 de 2011 en su artículo 99, modificó el Art 87.9 de la Ley 142 de 1994 prescribe que las entidades públicas podrán realizar aportes a las empresas de servicios públicos siempre que el valor correspondiente no se incluya en el cálculo de tarifas. El precitado artículo está reglamentado en lo pertinente al gas combustible domiciliario con la resolución CREG 202 de 2013, la cual señala que los valores a incluir en las tarifas son los precisamente relacionados con las redes locales (redes de infraestructura de distribución de gas (Art 14.17 ley 142 de 1994). Se resalta que entre los valores llamados a incluir en las tarifas por mandato de la resolución CREG 202 DE 2013 Capitulo 2 Art. 5 Literal B- se encuentra la denominada por la ley 142 de 1994 red local. En virtud de lo anterior es claro que por mandato constitucional y prescripción de la ley 142 de 1994, las entidades territoriales están facultados y deben otorgar bienes y servicios entre los cuales se encuentran la red de infraestructura de distribución, Otorgamiento de subsidios a las personas de menores ingresos "En todo caso, los costos de conexión domiciliaria, acometida y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuestales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio" valores estos que no podrá la empresa incluir las tarifas. Luego es claro que dentro de los bienes y servicios a los cuales se refiere el precitado artículo 87.9, también y entre otros hacen alusión a las redes locales o redes de infraestructura de distribución. Que por su lado la Ley 142 de 1994, en su Artículo 7 establece - Competencia de los Departamentos para la Prestación de los Servicios Públicos, "Son competencia de los departamentos en relación con los servicios públicos, las siguientes funciones de apoyo y coordinación, que puedan ser divulgados ejercerán en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación, que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. La promoción ha sido un elemento importante, toda vez que el turismo genera empleo, riqueza y además promueve un mayor potencial turístico en el departamento. La promoción turística del Departamento de Boyacá, sus atractivos turísticos y la marca región forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo, esto debe ir acompañado términos de la producción de elementos promocionales, que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. El panorama actual es desalentador para el turismo, marcado por la pandemia mundial “Covid 19” declarada como tal por la Organización Mundial de la Salud a finales del mes de enero 2020. Si bien, esta coyuntura contrajo las economías mundiales, aún con más efectos negativos hacia sectores como el turismo, considerado como el tercer sector económico más importante en el mundo. Aun así, el turismo ha logrado abrir el panorama a nuevas tipologías y ha evidenciado una gran resiliencia frente a estos eventos mundiales que le han ocasionado un notorio decrecimiento, pero, no por ello, ha decrecido en su capacidad innovadora de generar un nuevo turismo. El proyecto va dirigido y tiene como finalidad aumentar la cualificación de las autoridades locales en la planificación y gestión pública del turismo en el contexto actualley, y de conformidad los reglamentos que con sujeción a ella expidan las asambleas: 7.2. Apoyar financiera, técnica y administrativamente a las empresas de servicios públicos que operen en el Departamento o a los municipios que hayan asumido la prestación directa..., 7.3. Organizar sistemas de coordinación de las entidades prestadoras de servicios públicos y promover, cuando razones técnicas y económicas lo aconsejen, la organización de asociaciones de municipios para la prestación de servicios públicos, o la celebración de convenios interadministrativos para el mismo efecto". La Ley 142 de 1994, definió que las asociaciones público-privadas son un instrumento de vinculación de capital privado que se materializan en un contrato entre una entidad estatal y una persona natural o jurídica de derecho privado, para la provisión de bienes públicos y de sus servicios relacionados, que involucra la retención y transferencia, riesgos entre las partes y mecanismos de pago, relacionados con la meta disponibilidad del nivel de servicio de la infraestructura. Para dichos efectos, se suscribirá un convenio entre el Departamento, y la empresa GASUR S.A E.S.P. la cual cuenta con la resolución de asignación de tarifa por la Comisión de Regulación de Energía y Gas - CREG, Resolución No. 068 de 2016. Con el presente proyecto con el cual se conectaran al servicio de gas domiciliario a 300 potenciales usuarios, GASUR S.A. E.S.P cuenta con inversiones a costo y riesgo de las redes y equipos en el municipio Soata, las cuales se encuentran en construcción en un 80% en las vías veredales objeto del proyecto, lo cual garantizara la prestación del servicio público de gas natural comprimido, recordamos que al ser gas natural comprimido, este tipo de servicio va dirigido tambiénpor redes de distribución previamente instalas en la zona mencionada. De otro lado, la empresa GASUR S.A. E.S.P, efectuará las inversiones necesarias de redes internas y derechos de conexión que hagan falta y/o que surjan en el trascurso de la ejecución del proyecto, para dar servicio a cada nuevo del usuario que lo requieran, inversiones que serán financiadas a los empresarios del sector turismo. 2 En el proyecto se estableció el porcentaje de cobertura en el sector turismo, como se describe a continuación: COBERTURA CATEGORÍA CANTIDADusuarios por GASUR S.A. E.S.P.
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Samples: Convenio De Cofinanciación
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. Ley General El mismo artículo en su Numeral 12 establece que con antelación a la apertura del procedimiento de Turismoselección o de la firma del contrato, Ley 300 deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos, y los pliegos de 1996condiciones o términos de referencia. En desarrollo de las precitadas normas, modificada en especial el Decreto 1082 de 2015, establece la exigencia de contar con documentos previos que permitan a los proponentes valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la Ley 2068 entidad, así mismo el de 2020la distribución de riesgos que la entidad propone. Dichos estudios deberán contener, despunta como mínimo los siguientes elementos y con ellos se garantizaré el turismo como una industria esencial principio de planeación contractual:
1. La descripción de la necesidad que la Entidad Estatal pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
2. El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución, y cuando el contrato incluye diseño y construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del país proyecto.
3. La modalidad de selección del contratista y su justificación, incluyendo los fundamentos jurídicos.
4. El valor estimado del contrato y la justificación del mismo. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, la Entidad Estatal debe incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. La Entidad Estatal no debe publicar las variables utilizadas para calcular el valor estimado del contrato cuando la modalidad de selección del contratista sea en concurso de méritos. Si el contrato es de concesión, la Entidad Estatal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración.
5. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable.
6. El análisis de Xxxxxx y la forma de mitigarlo.
7. Las garantías que la Entidad Estatal contempla exigir en el Proceso de contratación.
8. La indicación de si el Proceso de Contratación está cobijado por un Acuerdo Comercial. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en especial la vida económica, política, administrativa y cultural de las diferentes entidades territorialesla Nación; defender la independencia nacional, regiones mantener la integridad territorial y provincias, toda vez que cumple una función social, por una parte, destacando asegurar la importancia del turismo convivencia pacífica y por otra estableciendo directrices para el sectorla vigencia de un orden justo. De acuerdo al artículo 311 de la misma formaConstitución Política de 1991, al Municipio como entidad fundamental de la división política – administrativa del estado, le corresponde el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la constitución y las leyes. El artículo 311 de la constitución política establece que el municipio le corresponde como entidad fundamental de la división político administrativa, la Ley 300 participación de 1996 “Ley General los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de Turismo” modificada por su territorio, promover la Ley 1558 participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de 2012 “Por sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la cual se modifica constitución y las leyes. Con respecto con la Ley 300 solución de 1996 - Ley General necesidades insatisfechas la ley 136 de Turismo1994, ha determinado que el municipio debe solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la Ley 1101 mujer, adulto mayor y los sectores discapacitados. Igualmente le corresponde administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley; promover la participación comunitaria y mejoramiento social y cultural de 2006 y se dictan otras disposiciones.” sobre el turismo indicó que “es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales y cumple una función social.” En igual sentido dicha ley dispuso la necesidad de ejercer las competencias a nivel territorial, bajo los principios de concurrencia, coordinación y subsidiariedad de forma armónica entre entidades públicas. La Resolución 3860 de 2015 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, reglamenta entre otros aspectos, sus habitantes; asegurar el cumplimiento de la prestación de los servicios a su cargo, artículo 343 de la constitución política de Colombia. Con fundamento en lo consagrado en el Articulo 25 Numeral 7º y 12º de la ley 80 de 1993 y Artículo 3º y 77° del Decreto 2474 de 2008, en cumplimiento del principio de transparencia deja constancia de LOS ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD que determinan la Factibilidad requerida para adelantar un proceso para “CONTRATAR A TODO COSTO LA CONSTRUCCION PRIMERA ETAPA DE LA PLAZA XX XXXXXXX Y ACOPIO, EN LA ZONA Los productores agrícolas que en nuestro municipio suman más de 3500 no cuentan con espacio para ofertar sus productos, el mercado local se hace en espacio público y en forma desordenada, donde por la ausencia de un espacio adecuado la comercialización de los productos agropecuarios se expenden u ofertan en el parque principal municipal, la plaza xx xxxxxxx daría el confort y retomaría parte de nuestra cultura comercial propendiendo por un trueque entre productores o simplemente expendiendo en un solo centro lo propio, y dando la posibilidad a la población Ituanguina de adquirir en un sitio reconocido lo necesario para su vida diaria. Serán beneficiarios como ofertantes de productos todos los campesinos productores de productos pan coger como es el caso del frisol y el maíz, donde según las normas técnicas sectoriales expedidas evaluaciones agropecuarias ascienden en área cultivada a 1380 Ha de frisol, las cuales tienen una producción anual aproximada de 2449 toneladas de respectivamente, o productos semi perennes como es el caso de la yuca ( 140 Ha sembradas) , el plátano ( 225 Ha sembradas como cultivo alterno), tomate xx xxxx ( 12 Ha sembradas), papaya (12 Ha sembradas), maracuyá ( 20 Ha sembradas), entre otras, y de productos perennes como es el caso de panela que es producida en 57 trapiches o unidades productuivas con aproximadamente 706 Ha sembradas y en producción permanente, aguacate en 30 predios los cuales están en primer cosecha, otros frutales que se han ido implantando en nuestro territorio como son el mango, el limón; dichas producciones son comercializadas en nuestro casco urbano, donde parte importante se consume en el mismo municipio como es el caso de la panela y el plátano, papaya, ,maracuyá, yuca, maíz, frisol, los excedentes son comprados por intermediarios que finalmente los transporta a la ciudad de Medellín. Todos estos productos debieran de acopiarse en un solo sitio donde los productores puedan ofertar sus productos, evitando especulación e intermediarios, además se organizaría el comercio urbano ya que se nuclearia el expendio de los productos nuestros , promoviendo esto la dinámica comercial y promoviendo el consumo de lo propio. Los ingresos de los productores se verán incrementados ya que tendrá en un mismo sitio la posibilidad de ofrecer la diversidad de sus productos, al igual que los consumidores finales tendrán la posibilidad de adquirir diversidad en dicho sitio. Se debe anotar que el mercado campesino en Ituango es insipiente o no definido pues solo en algunas ocasiones y por voluntad propia el campesino sale con su producto a recorrer el pueblo ofreciendo el producto final de su de su trabajo, caminando con su carga largos tramos y entorpeciendo el transito libre ya que sean en animales de carga o en vehículos que se transporta la producción , debe hacer los recorridos punto a punto dejando sus animales en sitios no adecuados mientras hace la oferta o simplemente los baja xxx xxxxx transportador y de allí debe cargarlos de un lado para el otro tratando de comercializarlos. Se debe tener en cuenta que dando la posibilidad de expendio diario, los agricultores podrían producir en forma escalonada algunos productos ya que se tendría la certeza de venta diaria a sus productos a consumidores locales y posibilitando albergar la producción de muchos de ellos en un sitio posibilitando la salida a centros de consumo, organizando asi la dinámica de oferta – demanda con respecto a la parte ambiental, el municipio se vería grandemente beneficiado, ya que los desperdicios y/o excedentes no comercializables estaría en un sitio determinado mitigando un impacto que se presenta en el momento pues la disposición de residuos sólidos orgánicos se hace de forma individual ( sitios de expendio) y no ordenada, provocando contaminación visual y mayores costos en la recolección, aunado a esto, generando problemas en sitio final de disposición ( relleno sanitario); además se genera un impacto social ya que muchos de estos remanentes se guardan o almacenan en sitios no apropiados provocando proliferación de vectores como ratas y moscas los que son portadores o trasmisores de enfermedades para la población. Otro punto y no menos importante es el tema de seguridad, ya que los grupos al margen de la ley utilizan los actuales “toldos y casetas” ubicados en todo el parque y su perímetro como trincheras y sitios de resguardo para hostigar continuamente a las fuerzas militares. En síntesis el objetivo principal de la plaza xx xxxxxxx es el de prestar un mejor servicio al público, acercando el productor al consumidor, asegurando en el aspecto mayoritario y minoritario el correcto y oportuno abastecimiento de productos básicos de consumo doméstico, mediante adecuados sistemas de conservación y distribución de los mismos, es decir, que la problemática en nuestro municipio se puede resolver con la compra de un predio para la construcción de una plaza xx xxxxxxx moderna, auto sostenible, ubicada aledaña al parque principal, que genere condiciones adecuadas para desarrollar la actividad comercial con seguridad, ordenamiento urbano, movilidad, condiciones óptimas de carácter ambiental y sanitario, eficiencia y economía, con lo cual se logra que los usuarios acudan copiosamente y hagan xxx xxxxxxx un escenario apropiado para los negocios y el comercio. El alcance del proyecto consiste en la construcción de un edificio en concreto aporticado y mampostería de arcilla, con acabados en enchapes en paredes, pisos en baldosa de grano , todo las instalaciones eléctricas e hidrosanitarias necesarias para su funcionamiento, en un lote de 335 m2, el desarrollo de la edificación será en 5 niveles a partir de un semisótano , con 25 unidades sectoriales comerciales (locales) destinados para el comercio de normalización carnicerías, legumbrerìa y carnicería , además de un centro de acopio de productos agrícolas, su desarrollo será en dos etapas, la primera etapa incluye toda la zona de comercio en los primeros cuatro niveles destinados para las actividades del denominado turismo de aventura ya mencionados y la sostenibilidad turística por segunda etapa comprende el nivel 5 y el equipamiento. En el primer nivel o nivel 1(semisótano), es un lugar destinado al acopio de frutas, verduras y otros productos agrícolas, este espacio proporcionará la conexión entre el productor y el distribuidor a granel y detal de todos los productos agropecuarios del Municipio. Del Xxxxx 0 al nivel 4, se tendrá todos los espacios dedicados al comercio de la carne, las legumbre y las cacharrerías, Distribuidas en 25 locales, 7 Carnicería, 9 Legumbreras y 9 Cacharrerías. El costado izquierdo del parque principal del municipio ha sido una partezona de locales comerciales, adyacentes estos a la zona informal de comercio tradicional, el Municipio de Ituango Adquirió un Lote de terreno, dentro de estos locales donde se levantara la nueva plaza xx Xxxxxxx, convirtiendo esta oportunidad para mejorar la infraestructura urbana y el equipamiento municipal. Este proyecto representa una inversión en infraestructura urbana que en un corto plazo aumentará la oferta comercial del Municipio, y por otrabrindará una mejor imagen de esta zona en desarrollo, las normas técnicas sectoriales es una oportunidad de turismo sosteniblenegocio, al integrar diversas unidades económicas en un mismo proyecto, como son los expocarnes, legumbre y cacharros que tienen como finalidad, dar cumplimiento a los principios de calidad turística y sostenibilidad: NTS-TS 002, 003, 004, 005 Y 006. La Ordenanza No. 001 xx xxxxx de 2015, establece en la estrategia 5° la “consolidación de la calidad xxx xxxxxxx humano local disponible para el turismo” actualidad realizan esta actividades en los andenes y desde la Secretaría de de Boyacá se promueve el desarrollo pasajes del turismoparque principal, propiciando las condiciones para impulsar las certificaciones en competencias laborales y normas técnicas territoriales con el fin de certificar los destinossiendo un obstáculo. El turismo contribuye a elevar proyecto pretende formalizar actividades vitales el perfil comercio del lugar Municipio, además de preservar la identidad cultural en general, mostrándole al mundo todo lo que tiene que ver con el comercio urbano y además recuperar las zonas peatonales del parque principal del Municipio y así preservar los espacios públicos del Municipio. Se contemplan obras que impulsarán la vinculación con la ciudad, de espacios adyacentes al parque principal para ofrecer. Además, puede proporcionar generando un incentivo para atractivo económico y urbanístico con la inversión en infraestructura, como carreteras y redes ferroviarias, así como el financiamiento de los servicios médicos y educativos locales, lo que nuevamente impacta en la economía y en la calidad de vida de los habitantes. La promoción turística del Departamento de Boyacá, sus atractivos turísticos y la marca región, forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo; esto debe ir acompañado construcción de la producción Plaza xx Xxxxxxx, buscará resolver de elementos promocionalesmanera ordenada y participativa el desarrollo de sus diversas actividades comerciales. De igual forma, que puedan ser divulgados traerá beneficios adicionales y promoverá las actividades comerciales actuales y futuras de la región. Por otra parte, La Plaza se convertirá en diferentes eventos turísticos y medios un espacio visitado por diversos segmentos de comunicaciónla población, que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. La promoción ha sido un elemento importante, toda vez que el turismo genera empleo, riqueza y además promueve un mayor potencial turístico su principal actividad radica en el departamento. La promoción turística del Departamento de Boyacá, sus atractivos turísticos y la marca región forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo, esto debe ir acompañado de la producción de elementos promocionales, que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. El panorama actual es desalentador para el turismo, marcado por la pandemia mundial “Covid 19” declarada como tal por la Organización Mundial de la Salud a finales del mes de enero 2020. Si bien, esta coyuntura contrajo las economías mundiales, aún con más efectos negativos hacia sectores como el turismo, considerado como el tercer sector económico más importante en el mundo. Aun así, el turismo ha logrado abrir el panorama a nuevas tipologías y ha evidenciado una gran resiliencia frente a estos eventos mundiales que le han ocasionado un notorio decrecimiento, pero, no por ello, ha decrecido en su capacidad innovadora de generar un nuevo turismo. El proyecto va dirigido y tiene como finalidad aumentar la cualificación de las autoridades locales en la planificación y gestión pública del turismo en el contexto actual, y de conformidad con la meta del proyecto va dirigido también, a los empresarios del sector turismo. 2 En el proyecto se estableció el porcentaje de cobertura en el sector turismo, como se describe a continuación: COBERTURA CATEGORÍA CANTIDADcomercio organizado.
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Samples: Legislación Aplicable en El Sector Y
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN. Ley General El mismo artículo en su Numeral 12 establece que con antelación a la apertura del procedimiento de Turismoselección o de la firma del contrato, Ley 300 deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos, y los pliegos de 1996condiciones o términos de referencia. En desarrollo de las precitadas normas, modificada en especial el Decreto 1082 de 2015, establece la exigencia de contar con documentos previos que permitan a los proponentes valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la Ley 2068 entidad, así mismo el de 2020la distribución de riesgos que la entidad propone. Dichos estudios deberán contener, despunta como mínimo los siguientes elementos y con ellos se garantizaré el turismo como una industria esencial principio de planeación contractual:
1. La descripción de la necesidad que la Entidad Estatal pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
2. El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución, y cuando el contrato incluye diseño y construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del país proyecto.
3. La modalidad de selección del contratista y su justificación, incluyendo los fundamentos jurídicos.
4. El valor estimado del contrato y la justificación del mismo. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, la Entidad Estatal debe incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. La Entidad Estatal no debe publicar las variables utilizadas para calcular el valor estimado del contrato cuando la modalidad de selección del contratista sea en concurso de méritos. Si el contrato es de concesión, la Entidad Estatal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración.
5. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable.
6. El análisis de Xxxxxx y la forma de mitigarlo.
7. Las garantías que la Entidad Estatal contempla exigir en el Proceso de contratación.
8. La indicación de si el Proceso de Contratación está cobijado por un Acuerdo Comercial. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en especial la vida económica, política, administrativa y cultural de las diferentes entidades territorialesla Nación; defender la independencia nacional, regiones mantener la integridad territorial y provincias, toda vez que cumple una función social, por una parte, destacando asegurar la importancia del turismo convivencia pacífica y por otra estableciendo directrices para el sectorla vigencia de un orden justo. De acuerdo al artículo 311 de la misma formaConstitución Política de 1991, al Municipio como entidad fundamental de la división política – administrativa del estado, le corresponde el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la constitución y las leyes. El artículo 311 de la constitución política establece que el municipio le corresponde como entidad fundamental de la división político administrativa, la Ley 300 participación de 1996 “Ley General los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de Turismo” modificada por su territorio, promover la Ley 1558 participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de 2012 “Por sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la cual se modifica constitución y las leyes. Con respecto con la Ley 300 solución de 1996 - Ley General necesidades insatisfechas la ley 136 de Turismo1994, ha determinado que el municipio debe solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la Ley 1101 mujer, adulto mayor y los sectores discapacitados. Igualmente le corresponde administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley; promover la participación comunitaria y mejoramiento social y cultural de 2006 y se dictan otras disposiciones.” sobre el turismo indicó que “es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales y cumple una función social.” En igual sentido dicha ley dispuso la necesidad de ejercer las competencias a nivel territorial, bajo los principios de concurrencia, coordinación y subsidiariedad de forma armónica entre entidades públicas. La Resolución 3860 de 2015 del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, reglamenta entre otros aspectos, sus habitantes; asegurar el cumplimiento de las normas técnicas sectoriales expedidas por las unidades sectoriales de normalización para las actividades del denominado turismo de aventura y la sostenibilidad turística por una parte, y por otra, las normas técnicas sectoriales de turismo sostenible, que tienen como finalidad, dar cumplimiento a los principios de calidad turística y sostenibilidad: NTS-TS 002, 003, 004, 005 Y 006. La Ordenanza No. 001 xx xxxxx de 2015, establece en la estrategia 5° la “consolidación de la calidad xxx xxxxxxx humano local disponible para el turismo” y desde la Secretaría de de Boyacá se promueve el desarrollo del turismo, propiciando las condiciones para impulsar las certificaciones en competencias laborales y normas técnicas territoriales con el fin de certificar los destinos. El turismo contribuye a elevar el perfil del lugar en general, mostrándole al mundo todo lo que tiene para ofrecer. Además, puede proporcionar un incentivo para la inversión en infraestructura, como carreteras y redes ferroviarias, así como el financiamiento prestación de los servicios médicos a su cargo, artículo 343 de la constitución política de Colombia. Con fundamento en lo consagrado en el Articulo 25 Numeral 7º y educativos locales12º de la ley 80 de 1993 y Artículo 3º y 77° del Decreto 2474 de 2008, lo en cumplimiento del principio de transparencia deja constancia de LOS ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD que nuevamente impacta determinan la Factibilidad requerida para adelantar un proceso de contratación para la “REFORMA, ADICIÓN Y MANTENIMIENTO DEL C.E.R. LOS GALGOS DEL MUNICIPIO DE ITUANGO - ANTIOQUIA”, en la economía y concordancia con las metas propuestas en el Plan de Desarrollo 2012-2015, “EL COMPROMISO ES DE TODOS Y TODAS, dentro del programa de CALIDAD EDUCATIVA cuyo fin es Mejorar la calidad de vida la educación en el municipio. El ente territorial diò prioridad al mejoramiento de los habitantes. La promoción turística del Departamento establecimientos educativos rurales de Boyacá, sus atractivos turísticos y la marca región, forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo; esto debe ir acompañado de la producción de elementos promocionales, Ituango que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación, que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. La promoción ha sido un elemento importante, toda vez que el turismo genera empleo, riqueza y además promueve un mayor potencial turístico se encuentran en el departamentoárea de influencia del Proyecto Hidroeléctrico Ituango y que serán cofinanciados por EPM, acorde con el Programa de Integración Proyecto de vinculación al Desarrollo Regional, componente Desarrollo Educativo. La promoción turística Desde la vigencia anterior, se ha venido trabajando en la priorización de escuelas en mal estado para ser intervenidas con recursos del Departamento Plan Integral Hidroituango, en tal sentido, la secretaría de Boyacáeducación en coordinación con el señor alcalde, sus atractivos turísticos y la marca región forman parte de una estrategia para impulsar el turismo como eje de desarrollo, esto debe ir acompañado de la producción de elementos promocionales, que puedan ser divulgados en diferentes eventos turísticos y medios de comunicación que permitan a los turistas descubrir un nuevo destino turístico. El panorama actual es desalentador para el turismo, marcado por la pandemia mundial “Covid 19” declarada como tal por la Organización Mundial de la Salud a finales del mes de enero 2020. Si bien, esta coyuntura contrajo las economías mundiales, aún con más efectos negativos hacia sectores como el turismo, considerado como el tercer sector económico más importante en el mundo. Aun así, el turismo ha logrado abrir el panorama a nuevas tipologías y ha evidenciado una gran resiliencia frente a estos eventos mundiales que le han ocasionado un notorio decrecimiento, pero, no por ello, ha decrecido en su capacidad innovadora de generar un nuevo turismo. El proyecto va dirigido y tiene como finalidad aumentar la cualificación conocedores de las autoridades locales necesidades en las escuelas realizaron la planificación y gestión pública priorización del turismo en el contexto actualCentro Educativo Rural Los Galgos, y de conformidad con la meta del proyecto va dirigido también, a los empresarios del sector turismo. 2 En el proyecto se estableció el porcentaje de cobertura en el sector turismo, como se describe a continuación: COBERTURA CATEGORÍA CANTIDADasí:
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Samples: Legislación Aplicable