ANALISIS DEL SECTOR Y
ANALISIS DEL SECTOR Y
ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD
1. LEGISLACION APLICABLE:
El Artículo 25 de la Ley 80/93 establece en su numeral 7 que la conveniencia o inconveniencia del objeto a contratar y las autorizaciones y aprobaciones para ello, se analizarán o impartirán con antelación al inicio del proceso de selección del contratista o al de la firma del contrato, según el caso.
LEY 1150 DE 2007. TÍTULO I. DE LA EFICIENCIA Y DE LA TRANSPARENCIA.
ARTÍCULO 2o. DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN. La escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas:
1. Licitación pública. La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2, 3 y 4 del presente artículo. Cuando la entidad estatal así lo determine, la oferta en un proceso de la licitación pública podrá ser presentada total o parcialmente de manera dinámica mediante subasta inversa, en las condiciones que fije el reglamento.
2. Selección abreviada. La Selección abreviada corresponde a la modalidad de selección objetiva prevista para aquellos casos en que por las características del objeto a contratar, las circunstancias de la contratación o la cuantía o destinación del bien, obra o servicio, puedan adelantarse procesos simplificados para garantizar la eficiencia de la gestión contractual….”
LEY 1474 DE 2011. Artículo 95. APLICACIÓN DEL ESTATUTO CONTRACTUAL. Modifíquese
el inciso 2 del literal c) del numeral 4 del artículo 2 de la ley 1150 de 2007, el cual quedará así:
En aquellos eventos en que el régimen aplicable a la contratación de la entidad ejecutora no sea el de la ley 80 de 1993, la ejecución de dichos contratos estará en todo caso sometida a esta ley, salvo que la entidad ejecutora desarrolle su actividad en competencia con el sector privado o cuando la ejecución del contrato inter administrativo tenga relación directa con el desarrollo de su actividad.
DECRETO 1082 DE 2015 por medio del cual se expide el decreto reglamentario único del sector administrativo de planeación nacional.
2. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN:
El mismo artículo en su Numeral 12 establece que con antelación a la apertura del procedimiento de selección o de la firma del contrato, deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos, y los pliegos de condiciones o términos de referencia.
En desarrollo de las precitadas normas, en especial el Decreto 1082 de 2015, establece la exigencia de contar con documentos previos que permitan a los proponentes valorar adecuadamente el alcance de lo requerido por la entidad, así mismo el de la distribución de riesgos que la entidad propone. Dichos estudios deberán contener, como mínimo los siguientes elementos y con ellos se garantizaré el principio de planeación contractual:
1. La descripción de la necesidad que la Entidad Estatal pretende satisfacer con el Proceso de Contratación.
2. El objeto a contratar, con sus especificaciones, las autorizaciones, permisos y licencias requeridos para su ejecución, y cuando el contrato incluye diseño y construcción, los documentos técnicos para el desarrollo del proyecto.
3. La modalidad de selección del contratista y su justificación, incluyendo los fundamentos jurídicos.
4. El valor estimado del contrato y la justificación del mismo. Cuando el valor del contrato esté determinado por precios unitarios, la Entidad Estatal debe incluir la forma como los calculó y soportar sus cálculos de presupuesto en la estimación de aquellos. La Entidad Estatal no debe publicar las variables utilizadas para calcular el valor estimado del contrato cuando la modalidad de selección del contratista sea en concurso de méritos. Si el contrato es de concesión, la Entidad Estatal no debe publicar el modelo financiero utilizado en su estructuración.
5. Los criterios para seleccionar la oferta más favorable.
6. El análisis de Xxxxxx y la forma de mitigarlo.
7. Las garantías que la Entidad Estatal contempla exigir en el Proceso de contratación.
8. La indicación de si el Proceso de Contratación está cobijado por un Acuerdo Comercial.
Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
De acuerdo al artículo 311 de la Constitución Política de 1991, al Municipio como entidad fundamental de la división política – administrativa del estado, le corresponde el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la constitución y las leyes.
El artículo 311 de la constitución política establece que el municipio le corresponde como entidad fundamental de la división político administrativa, la participación de los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la constitución y las leyes.
Con respecto con la solución de necesidades insatisfechas la ley 136 de 1994, ha determinado que el municipio debe solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, adulto mayor y los sectores discapacitados.
Igualmente le corresponde administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley; promover la participación comunitaria y mejoramiento social y cultural de sus habitantes; asegurar el cumplimiento de la prestación de los servicios a su cargo, artículo 343 de la constitución política de Colombia.
Con fundamento en lo consagrado en el Articulo 25 Numeral 7º y 12º de la ley 80 de 1993 y Artículo 3º y 77° del Decreto 2474 de 2008, en cumplimiento del principio de transparencia deja constancia de LOS ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD que determinan la
Factibilidad requerida para adelantar un proceso para “CONTRATAR A TODO COSTO LA CONSTRUCCION PRIMERA ETAPA DE LA PLAZA XX XXXXXXX Y ACOPIO, EN LA ZONA
URBANA DEL MUNICIPIO DE ITUANGO - ANTIOQUIA”, en concordancia con las metas propuestas en el Plan de Desarrollo 2012-2015, “EL COMPROMISO ES DE TODOS Y TODAS, dentro del programa de CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTO DE ESCENARIOS PÚBLICOS cuyo fin es fortalecer la infraestructura urbana y amoblamiento urbano del Municipio, que permita el desarrollo del comercio tradicional mediante la organización empresarial de los vendedores que hoy se ubican el parque principal, el cual comprenderá un modelo Urbanístico basado en la Construcción de una edificación que contenga los servicios y espacios necesarios que permita agrupar el comercio informal del Municipio.
Los productores agrícolas que en nuestro municipio suman más de 3500 no cuentan con espacio para ofertar sus productos, el mercado local se hace en espacio público y en forma desordenada, donde por la ausencia de un espacio adecuado la comercialización de los productos agropecuarios se expenden u ofertan en el parque principal municipal, la plaza xx xxxxxxx daría el confort y retomaría parte de nuestra cultura comercial propendiendo por un trueque entre productores o simplemente expendiendo en un solo centro lo propio, y dando la posibilidad a la población Ituanguina de adquirir en un sitio reconocido lo necesario para su vida diaria.
Serán beneficiarios como ofertantes de productos todos los campesinos productores de productos pan coger como es el caso del frisol y el maíz, donde según las evaluaciones agropecuarias ascienden en área cultivada a 1380 Ha de frisol, las cuales tienen una producción anual aproximada de 2449 toneladas de respectivamente, o productos semi perennes como es el caso de la yuca ( 140 Ha sembradas) , el plátano ( 225 Ha sembradas como cultivo alterno), tomate xx xxxx ( 12 Ha sembradas), papaya (12 Ha sembradas), maracuyá ( 20 Ha sembradas), entre otras, y de productos
perennes como es el caso de panela que es producida en 57 trapiches o unidades productuivas con aproximadamente 706 Ha sembradas y en producción permanente, aguacate en 30 predios los cuales están en primer cosecha, otros frutales que se han ido implantando en nuestro territorio como son el mango, el limón; dichas producciones son comercializadas en nuestro casco urbano, donde parte importante se consume en el mismo municipio como es el caso de la panela y el plátano, papaya, ,maracuyá, yuca, maíz, frisol, los excedentes son comprados por intermediarios que finalmente los transporta a la ciudad de Medellín.
Todos estos productos debieran de acopiarse en un solo sitio donde los productores puedan ofertar sus productos, evitando especulación e intermediarios, además se organizaría el comercio urbano ya que se nuclearia el expendio de los productos nuestros , promoviendo esto la dinámica comercial y promoviendo el consumo de lo propio.
Los ingresos de los productores se verán incrementados ya que tendrá en un mismo sitio la posibilidad de ofrecer la diversidad de sus productos, al igual que los consumidores finales tendrán la posibilidad de adquirir diversidad en dicho sitio.
Se debe anotar que el mercado campesino en Ituango es insipiente o no definido pues solo en algunas ocasiones y por voluntad propia el campesino sale con su producto a recorrer el pueblo ofreciendo el producto final de su de su trabajo, caminando con su carga largos tramos y entorpeciendo el transito libre ya que sean en animales de carga o en vehículos que se transporta la producción , debe hacer los recorridos punto a punto dejando sus animales en sitios no adecuados mientras hace la oferta o simplemente los baja xxx xxxxx transportador y de allí debe cargarlos de un lado para el otro tratando de comercializarlos.
Se debe tener en cuenta que dando la posibilidad de expendio diario, los agricultores podrían producir en forma escalonada algunos productos ya que se tendría la certeza de venta diaria a sus productos a consumidores locales y posibilitando albergar la producción de muchos de ellos en un sitio posibilitando la salida a centros de consumo, organizando asi la dinámica de oferta – demanda con respecto a la parte ambiental, el municipio se vería grandemente beneficiado, ya que los desperdicios y/o excedentes no comercializables estaría en un sitio determinado mitigando un impacto que se presenta en el momento pues la disposición de residuos sólidos orgánicos se hace de forma individual ( sitios de expendio) y no ordenada, provocando contaminación visual y mayores costos en la recolección, aunado a esto, generando problemas en sitio final de disposición ( relleno sanitario); además se genera un impacto social ya que muchos de estos remanentes se guardan o almacenan en sitios no apropiados provocando proliferación de vectores como ratas y moscas los que son portadores o trasmisores de enfermedades para la población.
Otro punto y no menos importante es el tema de seguridad, ya que los grupos al margen de la ley utilizan los actuales “toldos y casetas” ubicados en todo el parque y su perímetro como trincheras y sitios de resguardo para hostigar continuamente a las fuerzas militares.
En síntesis el objetivo principal de la plaza xx xxxxxxx es el de prestar un mejor servicio al público, acercando el productor al consumidor, asegurando en el aspecto mayoritario y minoritario el correcto y oportuno abastecimiento de productos básicos de consumo doméstico, mediante adecuados sistemas de conservación y distribución de los mismos, es decir, que la problemática en nuestro municipio se puede resolver con la compra de un predio para la construcción de una plaza xx xxxxxxx moderna, auto sostenible, ubicada aledaña al parque principal, que genere condiciones adecuadas para desarrollar la actividad comercial con seguridad, ordenamiento urbano, movilidad, condiciones óptimas de carácter ambiental y sanitario, eficiencia y economía, con lo cual se logra que los usuarios acudan copiosamente y hagan xxx xxxxxxx un escenario apropiado para los negocios y el comercio.
El alcance del proyecto consiste en la construcción de un edificio en concreto aporticado y mampostería de arcilla, con acabados en enchapes en paredes, pisos en baldosa de grano , todo las instalaciones eléctricas e hidrosanitarias necesarias para su funcionamiento, en un lote de 335 m2, el desarrollo de la edificación será en 5 niveles a partir de un semisótano , con 25 unidades comerciales (locales) destinados para el comercio de carnicerías, legumbrerìa y carnicería , además de un centro de acopio de productos agrícolas, su desarrollo será en dos etapas, la primera etapa incluye toda la zona de comercio en los primeros cuatro niveles destinados para las actividades ya mencionados y la segunda etapa comprende el nivel 5 y el equipamiento.
En el primer nivel o nivel 1(semisótano), es un lugar destinado al acopio de frutas, verduras y otros productos agrícolas, este espacio proporcionará la conexión entre el productor y el distribuidor a granel y detal de todos los productos agropecuarios del Municipio.
Del Xxxxx 0 al nivel 4, se tendrá todos los espacios dedicados al comercio de la carne, las legumbre y las cacharrerías, Distribuidas en 25 locales, 7 Carnicería, 9 Legumbreras y 9 Cacharrerías.
El costado izquierdo del parque principal del municipio ha sido una zona de locales comerciales, adyacentes estos a la zona informal de comercio tradicional, el Municipio de Ituango Adquirió un Lote de terreno, dentro de estos locales donde se levantara la nueva plaza xx Xxxxxxx, convirtiendo esta oportunidad para mejorar la infraestructura urbana y el equipamiento municipal.
Este proyecto representa una inversión en infraestructura urbana que en un corto plazo aumentará la oferta comercial del Municipio, y brindará una mejor imagen de esta zona en desarrollo, es una oportunidad de negocio, al integrar diversas unidades económicas en un mismo proyecto, como son los expocarnes, legumbre y cacharros que en la actualidad realizan esta actividades en los andenes y pasajes del parque principal, siendo un obstáculo.
El proyecto pretende formalizar actividades vitales el comercio del Municipio, además de preservar la identidad cultural en lo que tiene que ver con el comercio urbano y además recuperar las zonas peatonales del parque principal del Municipio y así preservar los espacios públicos del Municipio.
Se contemplan obras que impulsarán la vinculación con la ciudad, de espacios adyacentes al parque principal para generando un atractivo económico y urbanístico con la construcción de la Plaza xx Xxxxxxx, buscará resolver de manera ordenada y participativa el desarrollo de sus diversas actividades comerciales.
De igual forma, traerá beneficios adicionales y promoverá las actividades comerciales actuales y futuras de la región.
Por otra parte, La Plaza se convertirá en un espacio visitado por diversos segmentos de la población, su principal actividad radica en el comercio organizado.
3. ANÁLISIS DEL SECTOR ECONÓMICO
Que de conformidad con el Artículo 2.2.1.1.1.6.1. Deber de análisis de las Entidades Estatales. La Entidad Estatal debe hacer, durante la etapa de planeación, el análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del Proceso de Contratación desde la perspectiva legal, comercial, financiera, organizacional, técnica, y de análisis de Riesgo.
3.1. Análisis xxx Xxxxxxx
En aplicación del decreto 1082 de 2015, la Unidad de Planeación, Obras y Servicios Públicos realiza el siguiente análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del proceso de contratación, teniendo en cuenta que los datos estadísticos para el año 2015 aún se encuentran en proceso de consolidación por parte de las agremiaciones de construcción del país:
La contratación de servicios de CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES se encuentra en el sector de la ingeniería (CONSTRUCCIÓN E INTERVENTORÍA). El servicio de ingeniería se encuentra ubicado
en el sector terciario de la economía nacional, sector en el que encajan los servicios prestados a entidades públicas, a personas naturales y a empresas privadas.
La construcción se puede considerar como el motor de la economía Nacional, es claro que la construcción de obras, arrastra aproximadamente 20 sectores de la economía nacional, los cuales se mueven en el instante en que se inicia la construcción de cualquier tipo de obra civil o urbanística (Vías, edificios residenciales, Puentes vehiculares, Acueductos, Parques, Alamedas, etc).
El objetivo de toda construcción es su funcionalidad, y por tanto, no lo es el proceso constructivo en sí mismo. No obstante, la selección de tecnologías y materiales apropiados y la participación de la comunidad durante la construcción pueden ser las claves de un correcto mantenimiento y, por tanto, de la durabilidad y sostenibilidad de la infraestructura.
A. Importancia del sector en el contexto nacional y local
En Colombia el sector de la construcción es un importante dinamizador de la economía. Primero, por sus encadenamientos productivos hacia adelante y hacia atrás. Segundo, por las economías de escala que genera en la producción nacional.
La actividad de la construcción hace referencia a la ejecución de obras públicas o privadas por parte de empresas constructoras, contratistas o sub-contratistas que generalmente están relacionados con el sector industrial y sus servicios derivados. Existe un amplio consenso sobre el importante aporte del sector de la construcción en Colombia. El dinamismo de esta actividad económica nacional involucra fases expansivas y recesivas. A pesar de esto, en ninguna de las fases expansivas registradas se ha observado una dinámica tan favorable como la de los últimos años, con una tasa de crecimiento promedio bastante alta.
En Colombia, el sector de la construcción está conformado en un 50% por el componente de edificaciones y el otro 50% por obras civiles (infraestructura). En el caso de las edificaciones su valor se desagrega en tres segmentos: edificaciones residenciales, no residenciales, y un tercer componente en el que se contabilizan las reformas y reparaciones. Estas diferencias se hacen debido a que el subsector de obras civiles está apoyado directamente por el Estado, mientras que el subsector de edificaciones está apoyado mayormente por el sector privado. Por esta razón los sectores tienen un comportamiento diferente. La actividad del sector Infraestructura está concentrada en las Pequeñas y Medianas Empresas, con una participación que supera el 80% tanto en ingresos operacionales como en activos. En la construcción de obras civiles de infraestructura, la dinámica de la inversión está determinada fundamentalmente por el sector de las comunicaciones, el sector energético, y de infraestructura vial y transporte.
Estas obras están en su gran mayoría adscritas a los programas de servicio público y, por ello, tienen que operar con recursos oficiales. Su funcionamiento, por lo tanto, está íntimamente ligado a políticas gubernamentales. La estabilidad empresarial con relación a este tipo de proyectos depende en un alto porcentaje de los planes y programas de infraestructura que el Estado quiera.
Dicho sector representa importancia estratégica para la economía del país, toda vez que cada proyecto que se desarrolla genera encadenamientos (negocios hacia adelante y hacia atrás), los cuales dinamizan la economía. Además de los encadenamientos, la construcción genera economías de escala en la producción nacional y moviliza el empleo de mano de obra no calificada y con ello contribuye a disminuir los niveles de desempleo en el país, sobre el particular se registra que el empleo del sector de la construcción durante los últimos siete años ha representado en promedio el 5.3% de los ocupados de todo el país.
B. Datos históricos de desempeño del sector
El desempeño del sector de la construcción en los últimos cuatro trimestres ha sido variable, con crecimientos que rondan el 20%, como el observado en 2013-II, y luego baja -6.2% al siguiente trimestre. En 2014-I la contracción rondó el -3.5% trimestral, es decir, el sector produjo 279 mil millones de pesos menos en comparación con el último trimestre de 2013. En general, el sector produjo más de 7.7 billones de pesos, lo cual representa el 6.5% del PIB trimestral del país y creció 16,9% anual, incluso más que la minería.
El subsector que explicó la disminución en términos trimestrales fue el de la construcción de obras civiles que disminuyó en 2,5% trimestral, equivalente a 109 mil millones de pesos menos. Por su parte, la construcción de edificaciones y viviendas creció 3,3% trimestral un poco más de 121 mil millones de pesos que el trimestre anterior. El deterioro del comportamiento de las obras de ingeniería civil se debe principalmente a que la adjudicación de los principales contratos será puesta en marcha en 2016. Por su parte, la construcción de vivienda se estimuló gracias a la inversión pública, en especial en viviendas de interés social y la entrega de nuevas zonas habitacionales de esta índole en las principales capitales del país, salvo el inicio de obras en Bogotá que introdujo un ambiente de incertidumbre ante las barreras institucionales para la construcción de viviendas por parte del gobierno.
En conclusión, las cifras oficiales señalan que durante los últimos años la industria, la construcción (incluyendo los servicios de ingeniería), el comercio y los servicios de transporte se han consolidado como los sectores dinámicos que más aportan al crecimiento del País. La construcción (incluyendo los servicios de ingeniería) se consolidó como la actividad más dinámica en la fase de recuperación económica luego de la crisis de 1998-1999.
C. Participación del sector en el PIB nacional y en el PIB industrial
Con el propósito de reducir la brecha en las necesidades de infraestructura del país, el Gobierno de Colombia viene trabajando en la implementación de grandes proyectos para ser desarrollados a través del sector privado. El Departamento Nacional de Planeación estima grandes inversiones en proyectos y programas en hidrocarburos, minería, energía, puertos, carreteras, aeropuertos, sistemas de transporte urbano y otras necesidades de infraestructura.
La dirección de la Agencia Nacional de Infraestructura de Colombia (ANI), realizará una multimillonaria inversión en proyectos de infraestructura las cuales se estiman que alcanzaran valores aproximados al 3 % del PIB del país, a partir de 2015.
Estas multimillonarias inversiones obedecen en gran medida a la apertura de participación del sector privado en el desarrollo de infraestructura, gracias a la nueva figura de PP s (Asociaciones Público Privadas introduce incentivos a desarrollar este instrumento a través de la iniciativa privada).
La industria constructora es, por lo tanto, un elemento básico en el desarrollo del entorno económico que proporciona soluciones para el diseño de una estructura sólida que garantice una óptima utilización de los recursos de las compañías para que estas cumplan con éxito su actividad económica.
D. Estructura del sector
Los insumos para la construcción son numerosos y diversos. La cadena de valor comienza desde los servicios asociados a los proveedores de insumos, considerando el primer eslabón la explotación y extracción de minerales destinados a sectores de cementos, concretos y la industria maderera. En cuanto a transformación, las actividades se relacionan con fabricación de tuberías, perfiles, resinas, servicios de transporte de materiales, estudios técnicos y consultoría. Así mismo, la transformación y elaboración de materiales para el sector como sanitarios, ladrillo, carpintería y vidrios. Finalmente, los productos obtenidos, entre otros, son vías, viviendas, edificaciones y bodegas.
En este sentido, la construcción se ha convertido en un sector líder de la actividad económica del país por su efecto multiplicador. Además, porque la culminación exitosa de proyectos de infraestructura hace que el país sea competitivo, incidiendo en la minimización de costos de los empresarios y activando el turismo interregional.
Desde el punto de vista de la construcción de grandes edificaciones y de acuerdo con la definición de la Cámara Colombiana de Infraestructura (CCI) después de realizar los estudios correspondientes para identificar el funcionamiento del sector, se puede decir que los CONSTRUCTORES ejecutan sus proyectos basados en un contrato de obra pública o bajo el modelo de participación público privada (APP) en el cual se acuerda y se define la construcción de infraestructura civil de gran envergadura; estos contratos normalmente se adjudican a través el mecanismo de licitación pública, permitiendo que existan varias ofertas y así, escoger la mejor propuesta en cuanto a las necesidades que la entidad pretende satisfacer en los términos del artículo 3º de la Ley 80/93.
X. Xxxxxx que genera el sector
Durante el trimestre MAYO - JULIO de 2015, el total de ocupados en construcción a nivel nacional fue 1.262 mil personas. En el período entre agosto – octubre 2014 y agosto – octubre 2013 el mayor
número de ocupados (1.284 mil) en construcción, se registró en febrero – abril 2013. Durante el trimestre móvil agosto - octubre de 2014, la población ocupada en construcción se concentró en cabecera (88,9%), en resto se encontró 11,1% de los ocupados.
Los CONSTRUCTORES son los que aportan el mayor porcentaje de ingresos operacionales al desempeño del sector, según información de la Supersociedades dentro del cálculo de grupos de estudios económicos.
F. Contexto Internacional
Los Acuerdos Comerciales Internacionales negociados y suscritos por Colombia con otros países tienen en la mayoría de los casos compromisos en materia de contratación pública.
Dichos compromisos están generalmente recogidos en capítulos individuales, cuyo objetivo es brindar a las empresas colombianas y las de nuestros socios comerciales, procedimientos transparentes y no discriminatorios en los procesos de contratación de las entidades públicas de todos los niveles de gobierno, incluidas entidades especiales, nivel central y descentralizado de gobierno.
Los Capítulos de Contratación Pública contienen una serie de principios y deberes comunes que constituyen el núcleo de las obligaciones internacionales de Colombia en este tema.
Estos principios y deberes, aunque en su gran mayoría se recogen en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública Colombiano, es conveniente que los funcionarios encargados de contrataciones públicas los tengan presentes en la configuración de los documentos del proceso y en general en su gestión contractual:
No todas las contrataciones de las Entidades Públicas sujetas al Estatuto General de Contratación lo están también a las obligaciones de carácter internacional derivadas de los Acuerdos Comerciales. Para que una determinada contratación pública esté cubierta bajo las obligaciones internacionales es necesario que (i) la entidad pública que realice la contratación se encuentre en los listados de entidades cubiertas, (ii) que se superen los montos mínimos para que las normas de contratación pública del capítulo sean aplicables (los “Umbrales”), y (iii) que la contratación no se encuentre cubierta bajo alguna exclusión de aplicabilidad o excepción
La economía mundial está inmersa en un lento proceso de recuperación. En el primer trimestre de 2013, y según las cifras reportadas por el Fondo Monetario Internacional (FMI), la economía mundial creció a un ritmo del 2,75%, y aún en los últimos meses del año, el crecimiento que experimenta es todavía muy débil. No obstante, analistas económicos de diferentes países están en consenso en que la economía global seguirá expandiéndose, al menos por ahora a un ritmo moderado.
Este frágil desempeño se debe en gran medida a que algunos países de la zona Euro no han logrado superar la recesión, Estados Unidos y Japón, por su parte, muestran indicios de recuperación en su dinámica económica, y en el caso de Asia y América Latina los niveles de crecimiento continúan siendo sólidos. De seguir esta tendencia, los países emergentes continuarán
impulsando la evolución de la economía mundial, mientras que los desarrollados permanecerán exhibiendo crecimientos diversos
G. Principales cifras comerciales
Para el presente proceso se consideran las siguientes cifras económicas y comerciales que influyeron en la dinámica del proceso, en especial lo relacionado con el cálculo de los precios unitarios y de los costos administrativos del proyecto:
Publicación DANE - Índice de Costos de la Construcción Pesada – Diciembre 2014 Base de datos de precios de la Secretaría de Obras Públicas del Municipio de Ituango. Base de precios CAMACOL.
Reglamento de higiene para la industria de la construcción, resolución #02413 de 1979 emanada ministerio del Ministerio de Trabajo y Seguridad social de Colombia.
Norma Colombiana de diseño y construcción sismo resistente: NSR-10. RETIE, RETILAP y RAS 2000
Durante el estudio del sector que se realizó para el cálculo de los indicadores financieros, tomamos más de 10 constructores a los cuales se les realizo el cálculo de liquidez, endeudamiento, capital de trabajo y activos fijos con el fin de calcular el promedio xx xxxxxxx y así poder establecer unos indicadores financieros que estuvieran acordes con este.
CAPACIDAD FINANCIERA – los siguientes indicadores miden la fortaleza financiera del interesado:
Índice de liquidez: activo corriente dividido por el pasivo corriente;
Índice de endeudamiento: pasivo total dividido por el activo total;
Razón de cobertura de intereses: utilidad operacional dividida por los gastos de intereses.
INDICADOR | INDICE REQUERIDO |
Índice de Liquidez (IL):Activo Corriente /Pasivo Corriente, el cual determina la capacidad que tiene un proponente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. A mayor índice de liquidez, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones de corto plazo. | Mayor o igual a [5 ] |
Índice de Endeudamiento (I E): Pasivo Total / Activo Total, el cual determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación del proponente. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos. | Menor o igual a [50% ] |
Razón de Cobertura de Intereses (RC): Utilidad Operacional / Gastos de Intereses, el cual refleja la | Mayor o igual a [5 ] |
capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. A mayor cobertura de intereses, menor es la probabilidad de que el proponente incumpla sus obligaciones financieras. | NOTA: los oferentes cuyos gastos de intereses sean cero (0) no podrán calcular el indicador RC, en este caso el oferente cumple salvo que su utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con dicho indicador. |
Capital de trabajo(CT): Activo corriente – pasivo corriente | Mayor o igual al 10% del presupuesto oficial. |
CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
El Proponente debe cumplir los siguientes indicadores con base en la información contenida en el RUP acorde al artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015
Tabla 2 - Indicadores de capacidad organizacional
INDICADOR | INDICE REQUERIDO |
Rentabilidad sobre el patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generar utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio. A mayor rentabilidad sobre el patrimonio, mayor es la rentabilidad de los accionistas y mejor la capacidad organizacional del proponente. | Mayor o igual a [13 ]% |
Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo. A mayor rentabilidad sobre activos, mayor es la rentabilidad del negocio y mejor la capacidad organizacional del proponente. | Mayor o igual a [13 ]% |
CAPACIDAD RESIDUAL (CR) - METOLOGIA COMPRA EFICIENTE
11. CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN
Para efectos de la presente modalidad de contratación, se exigirá a los oferentes que acrediten la Capacidad Residual de Contratación de acuerdo al siguiente procedimiento, teniendo presente que la Capacidad Residual de Contratación busca garantizar que el contratista cuente con el mínimo de recursos propios necesarios para ejecutar exitosa y oportunamente la obra objeto del Proceso de Contratación.
Marco legal: La capacidad residual de contratación se determinará de acuerdo a los prescrito en el artículo 6º de a la ley 1150 de 2007, artículo 21 del Decreto 019 de 2013, artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de
2015. Así mismo se acatarán los instructivos de Colombia Eficiente para implementar y desarrollar las variables.
Concretamente el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto Ley 019 de 2012, estableció que “para poder participar en los procesos de selección de los contratos de obra, la Capacidad Residual del proponente o K de Contratación deberá ser igual o superior al que la entidad haya establecido para el efecto en los pliegos de condiciones
Colombia Compra Eficiente definió la metodología para calcular la Capacidad Residual del proponente teniendo en cuenta la utilidad operacional antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización, las inversiones en activos fijos y las inversiones en capital de trabajo neto operativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015.
Para el cálculo de la capacidad residual de contratación el proponente debe presentar la siguiente información para acreditar su Capacidad Residual:
La lista de los Contratos en Ejecución suscritos con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.
La lista de los Contratos en Ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.
Balance general auditado del año inmediatamente anterior y estado de resultados auditado del año en que haya obtenido el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años. Los estados financieros deben estar suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no obligado a tener revisor fiscal. Si se trata de proponentes obligados a tener RUP, las Entidades Estatales solo deben solicitar como documento adicional el estado de resultados del año en que el proponente obtuvo el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años.
Para la determinación de la Capacidad Residual de contratación de obras de los Consorcios, Uniones Temporales se sumarán las capacidades de contratación residual de obras de sus integrantes sin considerar su porcentaje de participación.
No obstante, el proponente individual y todos los integrantes de las formas asociativas deberán adjuntar en la propuesta y diligenciar adecuadamente la aplicación en Microsoft Excel dispuestas por Colombia Compra Eficiente cumpliendo con todos los requisitos de la Guía Determinar y Verificar la Capacidad Residual del
Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública (Versión 1) la cual está disponible en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xx/xxxxxxxx.
El artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015 establece además que los proponentes interesados en participar deberán tener una Capacidad Residual de contratación (Kp) mayor o igual a la capacidad residual del Proceso (K) de Contratación para cada periodo n calculada.
La entidad debe calcular la capacidad residual del proceso de contratación de acuerdo al Decreto 791 xx xxxxx de 2014, así:
Capacidad residual del proceso de contratación= presupuesto oficial – anticipo
Es decir, CRC= $1.588.785.046-$635.514.019=$ 953.271.027
Capacidad residual del proceso de contratación = $ 953.271.027
Se debe cumplir, capacidad residual del proponente ≥ Capacidad residual del proceso de contratación
Si la capacidad residual de contratación es inferior a la exigida según este numeral, el Proponente no se considerará un oferente Admisible dentro del Proceso de Selección, y la propuesta será rechazada.
Si el plazo estimado del contrato es superior a doce (12) meses, la Capacidad Residual del proceso de Contratación equivale a la proporción lineal de doce (12) meses del presupuestooficial estimado menos el anticipo cuando haya lugar.
LA Entidad debe calcular la Capacidad Residual del proponente de acuerdo con lasiguiente fórmula:
Capacidad residual del proponente=XXx (E CT CF ) SCE
100
CO: Capacidad de Organización E: Experiencia
CT: Capacidad Técnica CF: Capacidad Financiera
SCE: Saldo contratos en ejecución
A cada uno de los factores se le asigna el siguiente puntaje máximo:
FACTOR | PUNTAJE MAXIMO |
Experiencia (E) | 120 |
Capacidad Financiera (CF) | 40 |
Capacidad Técnica (CT) | 40 |
Total | 200 |
H. Cambios en las formas de adquisición
La modalidad de selección pertinente corresponde a Licitación Pública de conformidad con el Art 30 de la Ley 80 de 1993 y el numeral 1 del Art 2 de la Ley 1150 de 2007 y en concordancia con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015.
De conformidad con lo establecido en la norma referida, el presente proceso de contratación se justifica en atención al objeto a contratar “Obra Pública” y al valor del presupuesto oficial.
I. Cambios en los ciclos de producción
Para el presente proceso se aclara que son las modificaciones técnicas aquellas que representan cambios significativos en las etapas productivas relacionados con la naturaleza del presente proyecto, en razón de lo cual el fundamento técnico que ampara el proyecto serán las especificaciones técnicas dispuestas en los estudios previos.
J. Fluctuaciones del valor de las materias primas y costos de producción
Para el presente proceso se consideran las siguientes cifras económicas y comerciales que influyeron en la dinámica del proceso, en especial lo relacionado con el cálculo de los precios unitarios y de los costos administrativos del proyecto:
Publicación DANE - Índice de costos de la Construcción pesada
Base de datos de precios de la Secretaría de Obras Públicas del Municipio. Base de precios CAMACOL.
3.2. Análisis de la demanda
Para el año 2015, a través de la Unidad de Planeación, Obras y Servicios Públicos se contempla en el plan anual de adquisiciones (sujeto a modificaciones) la ejecución de los siguientes procesos contractuales:
Descripción | Modalidad de selección | Valor total estimado | Datos de contacto del responsable |
Construcción de vivienda nueva xxxx xxxxxx x xxxxx | 0, 0 x 0 | 376.294.861 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
Mejoramiento de vivienda Xxxx Xxxxxx x Xxxxx | 0, 0 o 5 | 240.631.099 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
Construcción, mantenimiento, adecuación y mejoramiento de IE y CER rurales y Urbano | 2, 4 o 5 | 263.355.641 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
Pavimentación y reparcheo de vías urbanas | 2, 4 o 5 | 364.107.500 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
Mantenimiento de Vías Terciarias | 2, 4 o 5 | 234.484.681 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
Gestión del riesgo, prevención y atención de desastres | 2, 4 o 5 | 77.663.991 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
Construcción y mejoramiento del equipamiento municipal | 2, 4 o 5 | 162.612.500 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
Construcción, Adecuación y ampliación de escenarios deportivos | 2, 4 o 5 | 103.131.053 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
Reparación y Mantenimiento de caminos veredales | 2, 4 o 5 | 46.849.050 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
Mejoramiento y Construcción de acueductos y saneamiento básico Urbano y rural | 2, 4 o 5 | 296.138.935 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
mantenimiento de alumbrado publico | 2, 4 o 5 | 61.982.629 | Director de Planeaciòn, Obras y Servicios Pùblicos |
MODALIDADES DE CONTRATACIÓN | CÓDIGO |
Contratación Directa | 1 |
Selección Abreviada | 2 |
Concurso de Méritos | 3 |
Licitación Pública | 4 |
Mínima Cuantía | 5 |
Para la presente convocatoria, los indicadores financieros se calcularon con base en el análisis empresarial del sector construcción con la información financiera que arroja el SIREM a diciembre 31 de 2014 de empresas registradas.
Para realizar el análisis de las ofertas y sus condiciones de participación que incentive una mayor afluencia de proponentes en los procesos contractuales que pretende adelantar la entidad, se tuvieron en cuenta los proponentes que manifestaron interés en los procesos adelantados en años anteriores, y el análisis de sector que trae la Superintendencia de Sociedades siguiendo los lineamientos de Colombia Compra Eficiente.
PROCESOS DE CONTRATACIÓN CON OBJETOS SIMILARES:
Una vez verificado el portal de contratación de Colombia Compra Eficiente, y teniendo como precedente que el Municipio de Ituango, ha ejecutado procesos similares al pretendido en el presente análisis, sumado a la condición de que el Plan de Desarrollo Municipal está elaborado en el marco del Plan de Desarrollo Departamental, se encontró los siguientes procesos de contratación recientes que tienen por objeto la Construcción o servicios similares al del proceso de contratación que será adelantado por la Unidad de Planeación, Obras y Servicios Públicos:
PROCESO: LP-002
OBJETO: REALIZAR XX XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX XX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
VALOR: $1,347,913,798
MUNICIPIO: San Xxxxxxxx
PROCESO: 02-08-10-2015
OBJETO: CONSTRUCCIÓN SEGUNDA ETAPA PLAZA XX XXXXXXX DEL MUNICIPIO XX XXXXXXX AÑO 2015
VALOR: $ 428,260,127
MUNICIPIO: Xxxxxxx
PROCESO: 005-LP-2014
OBJETO: XXXXXXXXXXXX XX XX XXXXX XX XXXXXXX XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXX XXXXXX.
VALOR: $ 982,328,351
MUNICIPIO: Xxxxxx - Xxxxxxxxxx
0. Análisis de la oferta
Para realizar el análisis de la oferta y sus condiciones financieras que les permitan una mayor participación en los procesos contractuales que pretende adelantar la entidad, se tuvieron en cuenta los proponentes que manifestaron interés en los procesos adelantados en el año 2014, y el análisis de sector construcción que trae la Superintendencia de Sociedades siguiendo los lineamientos de Colombia Compra Eficiente.
E. Resultado y conclusión del análisis del sector
La promoción de la competencia es uno de los objetivos del sistema de contratación, por lo cual es muy importante tener en cuenta que los requisitos habilitantes no son ni pueden ser una forma de restringir la participación en los Procesos de Contratación. El Municipio de Ituango debe promover la participación de más proponentes y el crecimiento de la industria nacional de bienes y servicios y por eso los requisitos habilitantes deben ser adecuados y proporcionales, de acuerdo a esto y al decreto 1082 de 2015 se determinaron los indicadores para el presente proceso de contratación.
5. DESCRIPCION DEL OBJETO:
El municipio de Ituango, Antioquia, está interesado en recibir propuestas para la convocatoria pública bajo la modalidad de selección de mínima cuantía para la contratación que tiene por objeto: CONTRATAR A TODO COSTO LA CONSTRUCCION PRIMERA ETAPA DE LA PLAZA XX XXXXXXX Y ACOPIO, EN LA ZONA URBANA DEL MUNICIPIO DE ITUANGO - ANTIOQUIA”.
6. DEFINICIÓN TÉCNICA
2. CONDICIONES DEL CONTRATO: ESPECIFICACIONES TECNICAS – DESCRIPCION DE LOS BIENES A CONTRATAR
ITEM | DESCRPCION | UNIDAD | CANTIDAD | VR. UNITARIO | VR. TOTAL |
1 | PRELIMINARES | ||||
1.1 | Localización, trazado y replanteo del proyecto. Se utilizará equipo de precisión, personal experto. Se hará con la frecuencia que lo indique la interventoria. incluye demarcación con pintura, línea de trazado, xxxxx xx xxxx, libretas, planos. | dia | 3,00 | ||
2 | MOVIMIENTOS DE TIERRA | ||||
2.1 | Excavación de 0 a 2 m en material heterogéneo bajo cualquier grado de humedad. medido en sitio. Incluye entibado temporal, cargue, transporte y botada de material | m3 | 27,96 | ||
2.2 | Excavación en roca (valor por pulgada) | pulg | 300,00 | ||
2.3 | Excavación para anillos de pilas de 0-4 m | mt3 | 19,80 | ||
2.4 | Excavación para pilas de 0-4 m | mt3 | 54,80 | ||
2.5 | Excavación para pata xx xxxxxxxx | mt3 | 47,70 | ||
2.6 | Llenos compactados manual en material seleccionado proveniente de las excavaciones. incluye transporte local. densidad del 90% de la máxima obtenida en el ensayo xxx xxxxxxx modificado. | m3 | 200,16 | ||
2.7 | Llenos en arenilla compactados mecanicamente hasta obtener una densidad del 95% de la máxima obtenida en el ensayo xxx xxxxxxx modificado. | m3 | 100,08 |
2.8 | Carque, transporte y botada de material proveniente de las excavaciones. Medido en sitio | m³ | 514,82 | ||
3 | CONCRETOS | ||||
3.1 | Concreto 21 Mpa Ciclopeo para Fundacion o lleno 40% piedra. | m3 | 47,70 | ||
3.2 | Concreto para anillos 17,5 Mpa | mt3 | 19,80 | ||
3.3 | Concreto para pilas de fundacion 3000 psi | mt3 | 54,80 | ||
3.4 | Concreto de 21 Mpa para Dados . incluye mano de obra, vibrado, formaletas. No incluye refuerzo. Según diseño. | m3 | 14,68 | ||
3.5 | Concreto de 21 Mpa para vigas de fundación de 40x40 cm . incluye mano de obra, vibrado, formaletas. No incluye refuerzo. Según diseño. | m3 | 19,53 | ||
3.6 | Columnas de 80x40 cm en concreto 21 Mpa. No incluye refuerzo. Según diseño | ml | 229,35 | ||
3.7 | Losa en concreto de 21 Mpa. aligerada , e=45 cm, no incluye refuerzo, según diseño. | m2 | 806,22 | ||
3.12 | Dinteles en concreto de 21 Mpa. | ||||
3.12.1 | De 0.10 X 0.20m | m | 30,00 | ||
3.12.2 | De 0.15 X 0.20m | m | 112,85 | ||
3.13 | Lagrimal vaciado in-situ en concreto de 21 Mpa. según diseño.sobre muro e=15 | ml | 0,00 | ||
3.14 | Concreto de 21 Mpa para fundacion de foso de ascensor Según diseño. No incluye refuerzo | m3 | 3,20 | ||
3.15 | Construcción de cordon vaciado en concreto de 21 Mpa. De 15 x 35 | ml | 13,00 | ||
3.16 | Concreto de 14 Mpa. para solados. E= 5 cm | m2 | 58,40 | ||
4 | ESTRUCTURA METALICA, PERSIANA | ||||
4,1 | Concreto de 21 Mpa para rampas . incluye mano de obra, vibrado, formaletas. No incluye refuerzo. Según diseño. | m3 | 29,00 | ||
5 | XXXXX XX XXXXXXXX | ||||
5,1 | Suministro, transporte, corte, figuración y colocación de xxxxx xx xxxxxxxx de : | ||||
5,1,1 | F y 420 Mpa. (4.200 kg/cm²). | kg | 33.150,91 | ||
5,2 | Suministro, transporte y colocación xx Xxxxx electrosoldada tipo D 50. Incluye todo lo necesario para su correcta colocación | m2 | 1110,22 | ||
6 | MAMPOSTERÍA | ||||
6.1 | Sobrecimiento en bloque de concreto. 2 hiladas. Resistencia 10 Mpa. incluye mortero 1:5, concreto de relleno de 17.5 Mpa y todo lo necesario para su correcta construcción | ||||
6.1.1 | De 15 x 20 x 40 cm. e = 15 cm. | m | 42,91 | ||
6.1.2 | De 10 x 20 x 40 cm. e = 10 cm. | m | 3,85 |
6.2 | Impermeabilización sobrecimiento por caras laterales y superior con impermeabilizante integral para morteros a una dosificación de 0.5 kg/m2. 2 hiladas. | ||||
6.2.1 | De 10 cm | m | 3,85 | ||
62.2 | De 15/20 cm | m | 42,91 | ||
6.3 | Mampostería en ladrillo para revocar una cara o dos caras | ||||
6.3.1 | De 15 x 20 x 40 cm. e = 15 cm. | m2 | 931,40 | ||
6.3.2 | De 10 x 20 x 40 cm. e = 10 cm | m2 | 649,38 | ||
6.4 | Construcción muro tipo pantalla en bloque de concreto 20x20x40 cm, resitencia 13Mpa relleno con concreto de 14 Mpa, con mortero de pega 1:5, incluye columnas 20x20 en concreto reforzado a vista de 21 Mpa cada 0.80m., viga intermedia y superior de 20 x 20 cm en concreto de 21 Mpa. según diseño OOPP. la fundacion y acero refuerzo se pagara en su item respectivo | m2 | 217,70 | ||
6,5 | Mamposteria en bloque indural 15x10x30, incluye material mano de obra y todo lo necesario para su correcta instalación, además se cobrará en puntos de enchape por este mismo valor. | ||||
6.5.1 | Bloque color jaspeado | m2 | 68,62 | ||
6.5.2 | Bloque Color ocre | m2 | 40,52 | ||
7 | INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y SANITARIAS | ||||
7.1 | Suministro e instalación de tubería PVC para aguas negras . Incluye bocas y accesorios. La excavacion y los llenos se pagaran en su item respectivo | ||||
7.1.1 | Ø = 2". | m | 119,00 | ||
7.1.2 | Ø = 4". | m | 126,00 | ||
7.1.3 | Ø = 6". | m | 8,50 | ||
7.2 | Suministro e instalación de tubería PVC para aguas lluvias . Incluye bocas y accesorios . La excavacion y los llenos se pagaran en su item respectivo | ||||
7.2.1 | Ø = 3". | m | 8,50 | ||
7.2.2 | Ø = 4". | m | 94,00 | ||
7.2.3 | Ø = 6". | m | 18,50 | ||
7.3 | Suministro e instalación de tubería PVC para ventilación. Incluye accesorios | ||||
7.3.1 | Ø = 2". | m | 117,00 | ||
7.4 | Suministro y colocación de tubería PVC. Presión para abastos . incluye excavación y/x xxxxxx, accesorios, salidas, llaves de control y todo lo necesario para su correcta instalación | ||||
7.4.1 | Ø = ½". | m | 65,00 | ||
7.4.2 | Ø = ¾". | m | 39,10 | ||
7.5 | Construcción de caja para medidor de 1/2", en bloque 10x20x40 cm. Incluye tapa medidor y todo lo necesario para su correcta construcción | un | 1,00 | ||
7.6 | Suministro, transporte e instalación de micromedidor de 1/2". Incluye todo lo necesario para su correcta colocación | un | 1,00 | ||
7.7 | Construcción xx xxxxx sifonadas de 40x40x40 cm medidas internas (L=40cm). Incluye tapa y herraje. Según diseño de OOPP Municipio de Medellín | un | 6,00 |
7.8 | Acometida domiciliaria de abastos según exigen normas de EEPPMM. Incluye todo lo dispuesto en las normas para acometidas longitud de 10 m., en Ø= 3/4" | Un | 1,00 | ||
7.9 | Suministro, transporte e instalación de tubería perforada para filtro PVC Ø=4" corrugada sin filtro y las respectivas conexiones. Incluye todo lo necesario para su correcta colocación | m | 65,78 | ||
7.10 | Suministro, transporte y colocación material granular de 1"-2" para filtro o cama de triturado. según diseño. Incluye acarreo interno | m3 | 52,62 | ||
7.11 | Suministro, transporte y colocación de geotextil XX 0000 para filtro o equivalente. Incluye todo lo necesario para su correcta colocación | m2 | 133,00 | ||
8 | APARATOS SANITARIOS Y MUEBLES | ||||
8.1 | Suministro y colocación de sanitario integral (Línea Acuacer) color blanco bajo consumo 6lt, diseño de dos piezas, taza redonda, sifon esmaltado, griferia antisifon, anillo abierto, abastos, valvula de regulación y todo lo necesario para su correcto funcionamiento. | un | 8,00 | ||
8.2 | Suministro y colocación de Lavamanos Integral colgar (Línea Acuacer) color blanco. Incluye grifería metálica, llave de abastos y todo lo necesario para su correcta instalación | un | 8,00 | ||
8.3 | Suministro y colocación de juego de cuatro incrustaciones para baño tipo mancesa. Incluye:jabonera, toallero, papelera y peRchero) | juego | 8,00 | ||
8.4 | Suministro y colocación de rejilla de piso combinada en cobre y aluminio. 3" y 4" | un | 25,00 | ||
8.5 | Suministro y colocación de rejilla de piso plastica de 2" | un | 28,00 | ||
8.6 | Suministro, transporte y colocación de meson en acero inoxidable tipo socoda. Incluye canastilla 2" , sifon con registro, abastos, acoples, mezclador tipo grival o similar y todo lo necesario para su correcta construcción y funcionamiento. | ml | 103,00 | ||
8.7 | Suministro, transporte y colocación de lavaescobas prefabricado 50x50x30. incluye llave terminal 1/2" y rejilla cromada 3" . | un | 6,00 | ||
8.8 | Suministro, transporte y colocación de Orinal mediano colgado color x xxxxxx. incluye grifería metálica (automática), llave de abastos, sifon y todo lo necesario para su correcta construcción. | un | 4,00 | ||
8,9 | Suministro y colocación de Lavamanos Pedal, Incluye grifería metálica, llave de abastos y todo lo necesario para su correcta instalación | un | 3,00 | ||
.8.10 | Suministro y colocación de Lavabotas, Incluye grifería metálica, llave de abastos y todo lo necesario para su correcta instalación | un | 4,00 |
} | CARPINTERÍA METÁLICA . | ||||
9.1 | Suministro, transporte y colocación de puertas metalicas. Incluye aticorrosivo y pintura de acabado , chapa de seguridad xx xxxxx cilindro, doble cerrojo y pestillo referencia 987 1/4 Yale y todo lo necesario para su correcta colocación. | ||||
9.1.1 | puertas P1 de 1x2,10 | und | 25 | ||
9.1.2 | puertas P2 de 0,85x2,10 | und | 4 | ||
9.1.3 | puertas P3 de 0,85x2,10 | und | 16 | ||
9.1.4 | Persiana en aluminio A1 de 0.90x0.40 | und | 7,00 | ||
9.1.5 | Persiana en aluminio A2 de 0.45 x 0.40 | und | 1,00 | ||
9.1.6 | Persiana en aluminio A3 de 085 x 0.40 | und | 1,00 | ||
9.1.7 | Puerta acceso acopio A4 de 2,40x2,10 | und | 1,00 | ||
9.1.8 | Puerta muelle de acopio A5 de 3,23x3,02 | und | 1,00 | ||
9.1.9 | Persiana en aluminio A6 de 2,40x2,10 | und | 1,00 | ||
9.1.10 | Puerta acceso basuras A7 de 1,20 x 2,40 | und | 2,00 | ||
9.1.11 | Puerta de almacenamiento A8 de 2x2,40 | und | 2,00 | ||
9.1.12 | Puertas metalicas en celosia acabado aluminio anodizado A8 de 2 x 2,40 | und | 2,00 | ||
9.1.13 | Puertas metalicas en celosia acabado aluminio anodizado A8 de 0.59 x 2,10 cuarto de aseo | und | 2,00 | ||
9.1.14 | Puerta gabinete electrico G1 de 2,36 x 1,20 | und | 1,00 | ||
9.1.15 | Cortina E1 enrrollable en aluminio acceso a escalas de 4,60 x 4,7 | und | 2,00 | ||
9.1.16 | Cortina E2 enrrollable aluminio acceso a rampas de 3,23 x 5,93 | und | 2,00 | ||
9.2 | Suministro, transporte y colocación de ventanas en aluminio. Incluye todo lo necesario para su correcta colocación e incluye vidrio. | ||||
9.2.1 | ventana enrrollable V1 de 1 x 1,60 | und | 13,00 | ||
9.2.2 | ventana enrrollable V1 de 1,60 x 1,60 | und | 1,00 | ||
9.2.3 | ventana enrrollable V1 de 1,55 x 1,60 | und | 1,00 | ||
9.2.4 | ventana enrrollable V1 de 2,76 x 1,60 | und | 1,00 | ||
9.2.5 | ventana enrrollable V1 de 1,38 x 1,60 | und | 3,00 | ||
9.2.6 | Ventana enrrollable V1 de 1,84 x 1,6 | und | 4,00 | ||
9.2.7 | ventana enrrollable V1 de 2,49 x 1,60 | und | 2,00 | ||
9.2.8 | ventana enrrollable V1 de 2,42 x 1,60 | und | 2,00 | ||
9.2.9 | ventana enrrollable V1 de 1,68 x 1,60 | und | 1,00 | ||
9.2.10 | Ventana V3 de 2,98 x 0,80 | und | 4,00 | ||
9.2.11 | Ventana Vc de 1,80 x 0,60 | und | 3,00 | ||
9.2.12 | Ventana doble en madera Vd de 0,36 x 1,42 | und | 4,00 | ||
10 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS | ||||
10.1 | Impermeabilización xx xxxx en concreto. incluye mortero 1:4 espesor 3 cm, impermeabilizante integral para hormigon y morteros en una dosificación de mínimo 0.6 kg/m2. | m2 | |||
10.2 | Revoque con mortero 1:4. | ||||
10.2.1 | En cielos. | m2 | 1294,90 | ||
10.2.2 | En muros. | m2 | 2533,00 | ||
10.2.3 | Ranuras y Filetes en revoque | ml | 253,30 |
10.2.4 | Fajas en revoque hasta 50cm | ml | 379,95 | ||
10.3 | Estuco: | ||||
10.3.1 | En cielos. | m2 | 217,06 | ||
10.3.2 | En muros. | m2 | 1266,50 | ||
10.3.3 | Ranuras y Filetes en estuco | ml | 21,71 | ||
10.3.4 | Fajas en estuco hasta 50cm | ml | 189,98 | ||
10.4 | Enchape en baldosín 20.5 x 20.5 cm Color. Incluye mortero, remate en varilla plastica. | m2 | 547,20 | ||
10.5 | Lavado y apliacación de hidrorepelente tipo siliconite o su similar y adecuación de la superficie a intervenir. a satisfacción de la interventoria. Color a definir aprobado por la interventoria. | m2 | 108,82 | ||
10.6 | Pintura en losas y paredes, vinilo tipo 1, tres manos, Color a definir, aprobado por la interventoría. | m2 | 1390,52 | ||
10,7 | Impermeabilizacion xx xxxx con manto edil y polibretano | m2 | 300,00 | ||
11 | PISOS | ||||
11.1 | Entresuelo e = 20 cm. Incluye recebo compactado en arenilla e=5 cm y entresuelo en piedra e=15 cm. | m2 | 346,43 | ||
11.2 | Piso en mortero 1:5 reforzado e= 5 cm. Incluye mano de obra, formaletas, malla para cemento y todo lo necesario para su correcta construcción | m2 | 346,43 | ||
11.3 | Construcción de anden en concreto de 21 Mpa. e=0.08 m. juntas xx xxxxxx cada 1.5 m. vaciado alternado , acabado en arenon y pizarra. segun diseño, incluye entresuelo en piedra e=0.15 m. y 0.05 m. de arenilla compactada, llaves laterales. No incluye refuerzo | m2 | 13,00 | ||
11.4 | Guardaescoba en baldosa xx xxxxxxx. Incluye pega y todo lo necesario para su correcta instalación | m | 541,00 | ||
11.5 | Piso en baldosa de grano gris No.1 y 2, de 30 x 30 cm. que cumpla con la norma NTC2849. incluye mortero de nivelación 1:4, lechada y remates, varilla dilatación, pulida y brillada. | m2 | 1037,00 | ||
12 | CUBIERTA | ||||
12.1 | Cubierta teja termo acustica, trapezoidal A360 | m2 | |||
12.2 | Estructura Metálica, en celosía estructural norma NSR-10 | kg | |||
12.3 | Canoa en lámina calibre 22 | ml | |||
12.4 | Embudo | un | |||
12,5 | Suministro y colocación de ruanas en lámina galvanizada calibre 26., incluye mortero, pintura anticorrosiva y a base de aceite de desarrollo 50 cm, pestaña de 5 cm, canchada xx xxxx, faja en revoque impermeabilizado con filete. | m | |||
13 | PASAMANOS | ||||
Metálico en circulaciones | ml | 45,00 | |||
14 | CIELOS Y OTROS | ||||
14,1 | Suministro e instalación de cielo raso en drywoll, según diseño, incluye pintua vinilo tres manos. | m2 | 589,16 | ||
15 | |||||
15,1 | SUMINISTRO, TRANSPORTE E INSTALACIÓN DE SALIDAS ELÉCTRICAS | ||||
15.1.1 | Salida toma doble con polo a tierra | Un. | 81,00 | ||
15.1.2 | Salida toma autoprotegido GFCI | Un. | 11,00 | ||
15.1.3 | Salida toma trifilar 3x50A 220V | Un. | 14,00 | ||
15.1.4 | Salida interruptor sencillo | Un. | 27,00 | ||
15.1.5 | Salida interruptor doble | Un. | 1,00 | ||
15.1.6 | Salida iluminación en tubería EMT 1/2" | Un. | 121,00 | ||
15.1.7 | Salida iluminación para plafón | Un. | 12,00 | ||
15,2 | SUMINISTRO, TRANSPORTE E INSTALACIÓN DE TABLEROS Y PROTECCIONES | ||||
15.2.1 | Breaker monopolar 20A | Un. | 68,00 | ||
15.2.2 | Breaker monopolar 15A | Un. | 15,00 | ||
15.2.3 | Breaker bipolar 30A | Un. | 15,00 | ||
15.2.4 | Tablero trifasíco 30 circuitos. | Un. | 1,00 | ||
15.2.5 | Tablero monofásico de 6 circuitos | Un. | 15,00 | ||
15,3 | SUMINISTRO, TRANSPORTE E INSTALACIÓN DE ACOMETIDAS Y CANALIZACIONES | ||||
15.3.1 | Acometida en 3 No.8 + 1 No.10 Cu THHN, locales | ml | 345,00 | ||
15.3.2 | Acometida en 3 No.8 + 1 No.10 Cu THHN, ascensor. | ml | 20,00 | ||
15.3.3 | Acometida en 2 No.8 + 2 No.10 Cu THHN, bombas | ml | 20,00 | ||
15.3.4 | Acometida en 2 No.4 + 2 No.6 Cu THHN, zonas comunes. | ml | 10,00 | ||
15.3.5 | Canalización en tubería PVC Ø 3/4". | ml | 385,00 | ||
15.3.6 | Canalización en tubería PVC Ø 1 1/4". | ml | 10,00 | ||
15,4 | SUMINISTRO, TRANSPORTE E INSTALACIÓN DE GABINETE PRINCIPAL | ||||
15.4.1 | Breaker industrial de 80A | Un. | 1,00 | ||
15.4.2 | Breaker industrial de 250A | Un. | 1,00 | ||
15.4.3 | Breaker industrial de 125A | Un. | 1,00 | ||
15.4.4 | Breaker industrial de 40A | Un. | 2,00 | ||
15.4.5 | Breaker industrial de 30A | Un. | 1,00 | ||
15.4.6 | Breaker bipolar 40A | Un. | 15,00 | ||
15.4.7 | Gabinete de 20 contadores | Un. | 1,00 | ||
15.4.8 | Contador multifuncional, incluye bornera Xxxxxx. | Un. | 1,00 | ||
15.4.9 | Transformador de corriente 200/5 calibrado | Un. | 3,00 | ||
15.4.10 | Contador monofasico tipo parrilla 15-60A | Un. | 15,00 | ||
15.4.11 | DPS tipo "2", tipo panel, monofásico, 3 hilos + tierra, 120/240VAC, diseño modular alta capacidad de protección. ref Lev 51120-3 | Un. | 1,00 | ||
15,5 | SUMINISTRO, TRANSPORTE E INSTALACIÓN DE TELEFONIA | ||||
15.5.1 | Canalización en tubería PVC Ø 2". | ml | 20,00 | ||
15.5.2 | Xxxxxxx en TMG de 2" x 4.5m | Un. | 1,00 | ||
15.5.3 | Caja de empalme 40x40x15, fondo madera | Un. | 1,00 | ||
15.5.4 | Regleta 50 pares | Un. | 1,00 | ||
15.5.5 | Caja de distribución 30x15x15 | Un. | 5,00 | ||
15.5.6 | Caja telefónica 60x80 | Un. | 2,00 | ||
15.5.7 | SUMINISTRO, TRANSPORTE E INSTALACIÓN DE LAMPARAS | ||||
15.5.8 | Lámpara 2x32W, T8, comercial de sobreponer, con difusor | Un. | 91,00 |
semiespecular. | |||||
15.5.9 | Lámpara dulux 2x26W | Un. | 5,00 | ||
15.5.10 | Lámpara 2x32W, T8, hermetica. | Un. | 28,00 | ||
15.5.11 | Lámpara de emergencia LED, con batería con 90 min de respaldo | Un. | 4,00 | ||
15.5.12 | Luminaria tortuga ovalada grande, aplique de pared y sobreponer, 1x26W, 120-277 Vac. | Un. | 20,00 | ||
15.5.13 | Lámpara tipo cartagenera | Un. | 10,00 | ||
NORMATIVIDAD A TENER PRESENTE DURANTE LA EJECUCION:
Para la ejecución del contrato se debe tener en cuenta las siguientes normas:
Norma Colombiana de Diseño y Construcción Sismo Resistente: NSR-10 según decreto 926 del 19 xx xxxxx de 2010, Ley 400 de 1997 y Decretos Reglamentarios.
Manual de Señalización Vial del Ministerio del Transporte.
En general todas las demás normas de obligatorio cumplimiento que se requieran de acuerdo con las necesidades que presenten en la ejecución del contrato.
Las anteriores actividades se ejecutarán de acuerdo con las normas y especificaciones técnicas descritas, las especificaciones particulares presentadas como documento anexo y las demás que se requieran
Los ítems que aparecen en el formulario de cantidades de obra se describen en forma concisa y no en detalle, por lo tanto, para mayor claridad sobre las especificaciones técnicas de los mismos deben consultarse las "NORMAS Y ESPECIFICACIONES GENERALES DE CONSTRUCCIÓN" de las Empresas Públicas de Medellín, versión vigente.
Todos los materiales utilizados en la ejecución de la obra deberán cumplir con las Normas Técnicas Colombianas NTC, o en su defecto, con las normas ASTM (American Society for Testing and Materials).
Cualquier daño que por razón de los trabajos realizados se ocasionen en el espacio público o privado o en elementos públicos, deberá ser reparado en su totalidad por cuenta del contratista, de acuerdo con las normas o especificaciones del elemento afectado. El contratista deberá tramitar, por su cuenta, los permisos legales que se requieran para la ejecución de las obras (tránsito, cierres de vías, roturas, etc.).
El contratista deberá proveer el transporte del personal a los diferentes sitios de trabajo en forma segura, teniendo cuidado de no mezclar materiales y herramientas con éstos para no comprometer su integridad física. Así mismo, deberá cumplir con la normatividad vigente en cuanto a higiene y seguridad industrial, También deberá suministrar al personal de cuadrilla todos los elementos de
seguridad industrial tales como botas térmicas, protectores auditivos, overol con distintivo de la empresa, chalecos reflectivos, etc.
Los valores unitarios que determinan el valor de cada uno de los ítems incluidos en el presupuesto oficial, fueron determinados teniendo en cuenta el valor de los materiales necesarios para la realización de los mismos, además del costo de la mano de obra tomando en cuenta sus respectivos rendimientos, y los equipos y herramientas menores utilizados. Los análisis realizados así como los planos correspondientes al proyecto con sus soportes de cálculos, se encuentran en el anexo técnico y reposan en esta secretaría y conforman el presupuesto oficial de la presente contratación.
Los costos de administración de la obra son aquellos gastos en los que incurre el contratista en el desarrollo de la ejecución de la obra tales como gastos administrativos, gastos de honorarios profesionales gastos de impuestos y legalización, entre otros.
6.2 ESPECIFICACIONES TECNICAS ESENCIALES: En el desarrollo de este contrato de Infraestructura educativa se debe cumplir con las especificaciones generales del Ministerio de educación y que se encuentran vigentes al momento de la apertura de esta convocatoria.
De igual manera los materiales utilizados para las obras a ejecutar, deben cumplir con las normas de ensayo de materiales y las especificaciones generales de construcción de edificaciones.
6.3 LICENCIA AMBIENTAL: La ley 99 de 1993, sus decretos reglamentarios y en especial el decreto 1220 del 21 xx xxxxx de 2005, en su art 9, define que para este proyecto no se requiere la expedición de licencia ambiental, no obstante se deben atender y dar cumplimiento a los requerimientos ambientales para este tipo de proyectos.
7. MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE LA SOPORTAN.
En virtud del objeto (obras civiles) y del valor de la presente contratación, la modalidad de selección elegida para la escogencia del contratista será una LICITACIÓN PÚBLICA; lo anterior, se determinó teniendo en cuenta que el valor a contratar supera la menor cuantía de la entidad, y de conformidad con los requerimientos establecidos en el Estatuto de Contratación Estatal, principalmente la Ley 1150 de 2007 en su Artículo 2º Numeral 1 en el que se establece que la escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública.
El presente proceso para escoger al contratista se llevará a cabo bajo la modalidad de Licitación Pública, por lo que se adelantará mediante una convocatoria pública de acuerdo con el Capítulo 2 del Sección I Subsección I del Decreto 1082 de 2015,, basada en los principio de Economía, transparencia y responsabilidad contenidos en la Ley 80 de 1993 y los postulados que rigen la Función Administrativa.
8. LA JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITAN IDENTIFICAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE.
El procedimiento de selección del contratista está sometido a los principios de transparencia, selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones.
Cabe recordar que los pliegos de condiciones forman parte esencial del contrato; son la fuente de derechos y obligaciones de las partes y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contienen la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes durante la selección y el oferente favorecido durante el mismo lapso y, más allá, durante la vigencia del contrato.
El numeral 2º del artículo 5º de la Ley 1150 de 2007 estipula que: “La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos, contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. (…)” El rtículo 2.2.1.1.2.2.2. del Decreto 1082 de 2015 dispone que el ofrecimiento más favorable para la entidad a que se refiere el artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 modificado por el Artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, se determinará de la siguiente manera:
“En la licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo beneficio”.
En las experiencias adoptadas por la Entidad para contratos de obra Pública, la mejor alternativa a aplicar es la de la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes y fórmulas, tal como se señala en los pliegos de condiciones.
Los pliegos de condiciones establecen como criterios de calificación los aspectos de experiencia y capacidad financiera, a través de los cuales se busca que la Entidad escoja un proponente que cumpla con las condiciones técnicas, financieras y jurídicas que garanticen el cumplimiento del objeto contractual.
De conformidad con lo expuesto, cabe concluir que los principios de transparencia, igualdad y selección objetiva, a que está sometida la selección del contratista, se desarrollan mediante la sujeción de la escogencia del contratista a la ley y al pliego de condiciones.
La escogencia estará basada en el principio de Selección Objetiva establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, y sus decretos reglamentario, en especial el Decreto 1082 de 2015. Este principio de selección objetiva se garantizará con la elección del ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de
los mismos, contenida en los pliegos de condiciones, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dicho documentos, tales como factores de afecto o de interés y, en general cualquier clase de motivación subjetiva (Ley 1150 de 2007, Artículo 5, numeral 2).
9. FACTORES DE VERIFICACIÓN:
De conformidad con la legislación aplicable y las necesidades que pretende satisfacer la Entidad con la contratación, se consideran esenciales los siguientes factores de verificación: i) Capacidad Jurídica que incluye la capacidad residual de contratación; ii) La capacidad técnica y de organización; iii) La Experiencia, y iv) La capacidad financiera.
10. CAPACIDAD JURÍDICA
De acuerdo con el Numeral 1 del Artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, la entidad buscará que los oferentes cumplan con ciertas condiciones y capacidades para ser considerados HÁBIL, para lo cual la Entidad realizará el análisis jurídico y técnico de las propuestas, con el fin de determinar, de acuerdo con la Ley y las exigencias de este Pliego de Condiciones, cuales son admitidos.
Serán hábiles aquellas propuestas que obtengan en todos los criterios de evaluación calificación “HÁBIL”.
Las propuestas serán evaluadas teniendo en cuenta los criterios que se enumeran a continuación:
CRITERIO | CALIFICACIÓN |
CAPACIDAD JURÍDICA | ADMISIBLE / NO ADMISIBLE |
CAPACIDAD TÉCNICA Y DE ORGANIZACIÓN | ADMISIBLE / NO ADMISIBLE |
EXPERIENCIA | ADMISIBLE / NO ADMISIBLE |
CAPACIDAD FINANCIERA | ADMISIBLE / NO ADMISIBLE |
TOTAL | ADMISIBLE / NO ADMISIBLE |
10.1 Las evaluaciones se realizarán de conformidad con las siguientes reglas:
X. Xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxx
Xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxx debe evaluar las Ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección VI.
En la evaluación de las Ofertas el municipio de Ituango realizará ponderación del factor económico y el técnico de acuerdo con los porcentajes indicados en la Tabla 4.
Los Ofertas deben presentarse en los Anexos 2 a 6 establecidos en el presente Pliego de Condiciones como el formato para presentación de la Oferta.
Tabla 4 - Puntaje por criterios de evaluación
CRITERIO DE EVALUACIÒN | PUNTAJE |
Factor Económico | [600] |
Factor Calidad | 300 |
Apoyo a la Industria Nacional | [100] |
Total | [1000] |
A. Factor Económico
El municipio de Ituango a partir del valor de las Ofertas debe asignar máximo 600 puntos acumulables de acuerdo con el método escogido en forma aleatoria para la ponderación de la oferta económica:
Tabla- Métodos de evaluación de la oferta económica
METODO |
Media aritmética |
Media aritmética alta |
Media geométrica con presupuesto oficial |
Menor valor |
Para la determinación del método se tomarán los primeros dos dígitos decimales de la TRM que rija el día hábil anterior a la fecha prevista para la publicación del informe de evaluación. El método debe ser escogido de acuerdo a los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación.
Tabla - Asignación de método de evaluación según TRM
Rango (inclusive) | Número | Método |
De 00 a 24 | 1 | Media aritmética |
De 25 a 49 | 2 | Media aritmética alta |
De 50 a 74 | 3 | Media geométrica con presupuesto oficial |
De 75 a 99 | 4 | Menor valor |
A.1 MEDIA ARITMÉTICA Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicho promedio aritmético.
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo a las formulas establecidas por Colombia compra eficiente.
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
: Valor de la oferta sin decimales
n: Número total de las Ofertas válidas presentadas.
Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde;
: Puntaje proponente .
: Media Aritmética.
X: Valor de la oferta sin decimales
En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación
A.2 MEDIA ARITMÉTICA ALTA: Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la Oferta válida más alta y el promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética.
Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo a las formulas establecidas por Colombia compra eficiente.
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la Oferta.
Donde,
=
: Media aritmética alta.
: Valor total sin decimales de la oferta más alta.
: Media aritmética.
Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:
Donde;
: Puntaje proponente .
: Media Aritmética.
X: Valor de la oferta sin decimales
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
A.3 MEDIA GEOMÉTRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL:
Consiste en establecer la media geométrica de las Ofertas válidas y el presupuesto oficial un número determinado de veces y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida.
Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de Ofertas válidas y se incluirá el presupuesto oficial del Proceso de Contratación en el cálculo tantas veces como se indica en el siguiente cuadro:
Tabla- Asignación de número de veces del presupuesto oficial
Número de Ofertas (n) | Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (nv) |
1-3 | 1 |
4-6 | 2 |
7-9 | 3 |
10-12 | 4 |
13-15 | 5 |
… | … |
Y así sucesivamente, por cada tres Ofertas válidas se incluirá una vez el presupuesto oficial del presente Proceso de Contratación.
Posteriormente, se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior y las formulas preestablecidas por Colombia compra eficiente.
Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada Proponente mediante el Procedimiento preestablecido para ello por CCE.
Una vez obtenida la media geométrica se asignará puntaje solo a las propuestas consideradas hábiles en el proceso de verificación de los requisitos habilitantes, mediante la siguiente fórmula:
(Vp máxp - Ɩ Vp máxp – Vpe Ɩ) Pp = 600 ×
Vp máxp
Dónde:
Vp máxp: Valor de la propuesta hábil que obtiene el máximo puntaje. Corresponde a la propuesta que presenta la menor desviación con respecto a la media geométrica.
Vpe: Valor de la propuesta en evaluación.
ǀ Vp máxp – Vpe ǀ: Valor absoluto de la diferencia
El puntaje obtenido para cada propuesta se aproximará a la centésima del valor (dos cifras decimales), así: Cuando la milésima sea igual o superior a 5, se aproximará por exceso, y cuando sea inferior a 5 se aproximará por defecto.
En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomará el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.
A.4 MENOR VALOR Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida. Para la aplicación de este método el municipio de ituango procederá a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:
: Puntaje proponente .
: Menor valor de las Ofertas válidas.
: Valor de la oferta sin decimales.
En este caso se tomará el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la Oferta.
Para todos los métodos descritos se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje.
Propuestas con Precio Artificialmente Bajo
En caso de que la entidad estime que el precio ofertado es artificialmente bajo procederá de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.2.1.1.2.2.4. del Decreto 1082 de 2015.
X. Xxxxxxx por criterio CALIDAD. (300 Puntos)
B.1 Cumplimiento de Contratos Anteriores
Si el Proponente registra multas o sanciones debidamente ejecutoriadas, que le hubieren sido impuestas dentro del último año (1) anterior a la fecha de cierre del proceso, el puntaje será el siguiente:
No. DE MULTAS O SANCIONES | PUNTAJE |
0 | 300 |
1 o más | 0 |
En el caso de consorcios o uniones temporales u otra forma de asociación, se restará el puntaje por multas o sanciones que registre uno cualquiera de sus integrantes.
La información sobre multas o sanciones el ultimo año a la fecha de cierre del proceso de selección será obtenida del Registro Único de Proponentes (RUP) de la Cámara de Comercio para proponentes nacionales, en caso de proponentes extranjeros dicha información se deberá relacionar en el formulario INFORMACIÓN DE MULTAS O SANCIONES, anexo al pliego; en cualquier caso todos los Proponentes deberán relacionar en este formulario dicha información; también se tendrá en cuenta cualquier otra información de la que tenga conocimiento el Municipio de Ituango o que sea suministrada por los oferentes, relacionada con actos administrativos debidamente ejecutoriados.
Dicha calificación se extiende también a las sociedades matrices, sus sociedades subordinadas o las sociedades subordinadas de sus matrices, cuya experiencia pretenda hacer valer en el presente proceso.
La información requerida en este numeral no restringe la participación del Proponente, ni es causal de rechazo de la propuesta, solamente generará la no asignación del puntaje respectivo
B.2 EQUIPO PROFESIONAL:
La entidad territorial considera, en aras de garantizar que a nuestro municipio llegue personal calificado e idóneo y que las obras sean realmente ejecutadas con la calidad y oportunidad esperada, exigir un personal minino durante la ejecución de las obras.
A continuación se relaciona el equipo de trabajo mínimo requerido, con los perfiles profesionales exigidos. Se requiere que el oferente presente en su propuesta la documentación requerida del equipo de trabajo solicitado, que acredite idoneidad.
CARGO | PROFESIÓN | EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECIFICA | % DEDICACIÓN |
Director o Gerente de Obra | Un (1) profesional Ingeniero Civil o ARQUITECTO CONSTRUCTOR | Xxxxxx xx XXXX (10) AÑOS a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de la respectiva carrera. Mínimo TRES (3) OBRAS en las cuales haya desempeñado el cargo de Director o Gerente de Obra, con posterioridad a la fecha de expedición de la matrícula profesional. | 50% |
Residente de obra | tres (3) profesionales Ingeniero Civil o arquitecto constructor | Xxxxxx XXXXX (5) AÑOS a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de la respectiva carrera. Mínimo DOS (2) OBRAS en las cuales haya desempeñado el cargo de Residente de Obra, con posterioridad a la fecha de expedición de la matrícula profesional. | 100% |
Auxiliares | Tecnólogos en construcciones civiles | Mínimo TRES (3) AÑOS a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de la respectiva carrera. Mínimo UNA (1) OBRA en las cuales haya desempeñado el cargo de auxiliar en obra, con posterioridad a la fecha de expedición de la matrícula profesional. | 100% |
Para la presentación del personal mínimo requerido, el oferente deberá anexar a las hojas de vida presentadas, la siguiente documentación:
La experiencia profesional se contará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de la respectiva xxxxxxx (Xxxxxxx 000 de 2012, art. 229).
Hoja de vida.
Copia tarjeta profesional (para las profesiones que así lo requieran)
Certificado de vigencia de la tarjeta profesional (vigente)
Certificaciones de estudio (copia del diploma o acta de grado)
Certificaciones laborales (para acreditar la experiencia profesional)
El proponente deberá contar con el consentimiento del personal profesional propuesto, para lo cual deberá adjuntar a la hoja de vida la carta de intención suscrita por el profesional.
Demás documentación que permita valorar el cumplimiento de los perfiles aquí solicitados.
En el caso que el proponente sea quien certifique la experiencia del personal propuesto,deberá anexar copia de los contratos que suscribieron con el profesional y que respalden loscertificados aportados.
En caso que la certificación aportada para acreditar la experiencia del equipo profesional,tenga fecha de expedición anterior a la fecha de terminación del contrato que está siendocertificado, se tomará para efecto de valorar la experiencia la fecha de expedición de lacertificación aportada y no el tiempo que falte por ejecutar del contrato.
Todos los certificados relacionados para acreditar la experiencia general y específicadeberán contener como mínimo la siguiente información:
_ Número del contrato, cuando aplique
_ Nombre o razón social de la empresa o persona contratante
_ Objeto del contrato o cargo y/o actividades desempeñadas
_ Plazo de ejecución del contrato o tiempo de vinculación
_ Fecha de iniciación del contrato o de ingreso (dd/mm/aa)
_ Fecha de recibo a satisfacción y/o terminación del contrato o de retiro (dd/mm/aa)
_ Nombre y firma de la persona habilitada para expedir la certificación.
Cuando se presenten certificaciones con tiempos superpuestos, se descartará el tiempo traslapado en una de ellas.
En caso de allegar certificaciones donde se indique la experiencia de los profesionales expresada en horas, se procederá a realizar la equivalencia en días.
Teniendo en cuenta que en Colombia se ha reglamentado la Tarjeta Profesional para algunas profesiones como un requisito necesario e indispensable para ejercer la profesión, acorde con lo establecido en el artículo 26 de nuestra Constitución Nacional, que señala: “ RTICULO 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad”.
Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social. Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de éstos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles”.
Lo anterior indica que para las profesiones requeridas en el presente proceso de selección, la tarjeta, matrícula o inscripción profesional y su respectiva vigencia se exigirá de acuerdo a las siguientes normas, las que las modifiquen, adicionen o derogan:
Ingenierías, profesiones afines (arquitecto constructor) y profesionales auxiliares: De conformidad con la Ley 842 de 2003 y sus decretos reglamentarios.
_ Entidad que expide la tarjeta profesional: Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA). Arquitectura: De conformidad con la Ley 435 de 1998 y sus decretos reglamentarios.
_ Entidad que expide la tarjeta profesional: Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares.
NOTA: Será obligación del proponente para cada uno de los profesionales propuestos para el equipo de trabajo, verificar y acreditar, si es del caso, que éstos cumplen con los requisitos de la tarjeta profesional y el certificado de vigencia de la misma.
El proponente deberá mantener el personal ofrecido durante el tiempo de ejecución del contrato; no obstante, si por alguna circunstancia se requiere efectuar algún cambio en el personal propuesto se deberá realizar considerando que el profesional que reemplazará al ya presentado debe tener perfil y experiencia igual o superior. Tal modificación podrá realizarse previa aprobación por parte de la interventoría. La no observancia de este requisito se considerará como incumplimiento del contrato.
C. Puntaje por Estímulo a la industria Nacional Colombiana (100 PUNTOS)
De conformidad con lo consagrado en el artículo 2.2.1.2.4.2.1. del Decreto 1082 de 2015, en concordancia con el artículo 51 del Decreto-Ley 019 de 2012 y, la Ley 816 de 2003, se asignará el respectivo puntaje a los Proponentes que acrediten, mediante certificación suscrita por la persona natural ó por el representante legal para personas jurídicas, que su propuesta oferta bienes y servicios de origen nacional. En caso de Consorcio, uniones temporales u otra forma de asociación, el representante deberá suscribir la certificación.
El puntaje se asignará de acuerdo con el siguiente procedimiento:
1. Cuando la propuesta válida oferte bienes o servicios nacionales, en lo referente al objeto de este proceso de selección, se le asignarán 100 puntos.
2. Cuando la propuesta válida oferte bienes o servicios extranjeros, se asignarán 50 puntos, si incorpora componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos en un porcentaje mayor o igual al 50% del total requerido.
3. Cuando la propuesta válida oferte bienes o servicios extranjeros, e incorpora componente colombiano de bienes y servicios profesionales, técnicos y operativos en un porcentaje inferior al 50% del total requerido, se asignará cero (0) puntos por este criterio.
4. Por la no presentación de la certificación requerida para acreditar este requisito, se le asignarán 0 puntos.
10.2 DOCUMENTACIÓN
Para cumplir con la documentación solicitada en la capacidad jurídica, los proponentes deberán anexar los documentos relacionados a continuación y que hacen parte de los Documentos Jurídicos Técnicos y Financieros, bajo los parámetros exigidos en el Pliego.
1. Carta de presentación de la propuesta.
2. Carta de Información de consorcios o uniones temporales.
3. Certificado de existencia y Representación Legal.
4. Actas de autorización de Juntas Directivas o Juntas de Accionistas, en caso de ser necesario.
5. Certificado de inscripción en el registro único de proponentes (R.U.P).
6. Certificación de cumplimiento de aportes parafiscales y aportes a la seguridad social.
7. Garantía de Seriedad de la oferta y constancia de pago de la misma.
8. Certificados vigentes de antecedentes fiscales y disciplinarios del oferente, si es persona jurídica de su representante legal y de la firma.
9. Registro único tributario.
10. Balance General y Estado de Resultados Comparativo con corte al 31 de diciembre de 2013 y 2014 debidamente firmados. Declaración Tributaria del Impuesto xx Xxxxx y Complementarios años 2013 y 2014 para personas jurídicas y para personas naturales. Notas a los Estados Financieros 2014, debidamente presentadas. Dictamen de los Estados Financieros conforme a lo establecido en el artículo 38 de la ley 222 de 1995. Fotocopia de la Tarjeta Profesional del Contador Público y/o Revisor Fiscal según el caso, que suscribe el Balance y Estados financieros.
Si el proponente no anexa o presenta incompleto alguno de estos documentos en su propuesta, deberá entregarlos en la forma y en el plazo solicitado por la entidad, so pena de rechazo. Pero en ningún momento estos podrán tener fecha de expedición o acreditación posterior a la fecha de cierre del proceso.
12. PERSONAL PROPUESTO
El personal requerido profesional deberá acreditar, mediante copia del documento idóneo, o constancia que se encuentra inscrito en el registro profesional respectivo para ejercer la profesión, de conformidad a lo previsto en la ley 842 de 2003.
Una vez la entidad apruebe el personal mínimo propuesto, éste no podrá ser cambiado durante la ejecución del proyecto, a menos que exista una justa causa, la cual deberá ser sustentada ante la entidad, para su evaluación y posterior autorización. En caso de aprobarse el cambio por parte de la entidad, el personal deberá reemplazarse por uno de igual o mejor categoría que el exigido en estas bases de contratación.
13. RELACIÓN DEL EQUIPO REQUERIDO.
El oferente deberá acreditar la disponibilidad del equipo (Ingenieros y/o arquitectos, tecnólogos en construcciones civiles) y está obligado a suministrar y poner al servicio de la obra, todo aquel que se requiera para la debida ejecución de la misma y a mantenerlo en excelentes condiciones de funcionamiento, so pena de incurrir en causal de incumplimiento del contrato y en consecuencia, hacerse acreedor a las sanciones contractuales a que haya lugar.
Los costos generados por la utilización y disponibilidad del equipo necesario, de acuerdo con la programación que presente el oferente y aprobada por la Interventoría, debe estar incluido dentro del
análisis de los valores unitarios de la propuesta. La entidad no reconocerá costos adicionales por uso, disponibilidad o cualquier otro concepto.
Con el fin de cumplir con este requisito habilitante, el proponente deberá acreditar los documentos que demuestren la propiedad, el arrendamiento financiero o el arrendamiento certificado y garantizado por las empresas especializadas en arrendamiento de este tipo de equipos o por personas propietarias de los mismos.
CARGO | PROFESIÓN | EXPERIENCIA GENERAL Y ESPECIFICA | % DEDICACIÓN |
Director o Gerente de Obra | Un (1) profesional Ingeniero Civil o ARQUITECTO CONSTRUCTOR | Xxxxxx xx XXXX (10) AÑOS a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de la respectiva carrera. Mínimo TRES (3) OBRAS en las cuales haya desempeñado el cargo de Director o Gerente de Obra, con posterioridad a la fecha de expedición de la matrícula profesional. | 50% |
Residente de obra | tres (3) profesionales Ingeniero Civil o arquitecto constructor | Xxxxxx XXXXX (5) AÑOS a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de la respectiva carrera. Mínimo DOS (2) OBRAS en las cuales haya desempeñado el cargo de Residente de Obra, con posterioridad a la fecha de expedición de la matrícula profesional. | 100% |
Auxiliares | Tecnólogos en construcciones civiles | Mínimo TRES (3) AÑOS a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de la respectiva carrera. Mínimo UNA (1) OBRA en las cuales haya desempeñado el cargo de auxiliar en obra, con posterioridad a la fecha de expedición de la matrícula profesional. | 100% |
Para la presentación del personal mínimo requerido, el oferente deberá anexar a las hojas de vida presentadas, la siguiente documentación:
La experiencia profesional se contará a partir de la terminación y aprobación del pensum académico de la respectiva xxxxxxx (Xxxxxxx 000 de 2012, art. 229).
Hoja de vida.
Copia tarjeta profesional (para las profesiones que así lo requieran)
Certificado de vigencia de la tarjeta profesional (vigente)
Certificaciones de estudio (copia del diploma o acta de grado)
Certificaciones laborales (para acreditar la experiencia profesional)
El proponente deberá contar con el consentimiento del personal profesional propuesto, para lo cual deberá adjuntar a la hoja de vida la carta de intención suscrita por el profesional.
Demás documentación que permita valorar el cumplimiento de los perfiles aquí solicitados.
En el caso que el proponente sea quien certifique la experiencia del personal propuesto,deberá anexar copia de los contratos que suscribieron con el profesional y que respalden loscertificados aportados.
En caso que la certificación aportada para acreditar la experiencia del equipo profesional,tenga fecha de expedición anterior a la fecha de terminación del contrato que está siendocertificado, se tomará para efecto de valorar la experiencia la fecha de expedición de lacertificación aportada y no el tiempo que falte por ejecutar del contrato.
Todos los certificados relacionados para acreditar la experiencia general y específicadeberán contener como mínimo la siguiente información:
_ Número del contrato, cuando aplique
_ Nombre o razón social de la empresa o persona contratante
_ Objeto del contrato o cargo y/o actividades desempeñadas
_ Plazo de ejecución del contrato o tiempo de vinculación
_ Fecha de iniciación del contrato o de ingreso (dd/mm/aa)
_ Fecha de recibo a satisfacción y/o terminación del contrato o de retiro (dd/mm/aa)
_ Nombre y firma de la persona habilitada para expedir la certificación.
Cuando se presenten certificaciones con tiempos superpuestos, se descartará el tiempotraslapado en una de ellas.
En caso de allegar certificaciones donde se indique la experiencia de los profesionalesexpresada en horas, se procederá a realizar la equivalencia en días.
Teniendo en cuenta que en Colombia se ha reglamentado la Tarjeta Profesional paraalgunas profesiones como un requisito necesario e indispensable para ejercer la profesión,acorde con lo establecido en el artículo 26 de nuestra Constitución Nacional, que señala:“ RTICULO 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigirtítulos de idoneidad”.
Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social. Las profesiones legalmente reconocidas pueden organizarse en colegios. La estructura interna y el funcionamiento de éstos deberán ser democráticos. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles”.
Lo anterior indica que para las profesiones requeridas en el presente proceso de selección, la tarjeta, matrícula o inscripción profesional y su respectiva vigencia se exigirá de acuerdo a las siguientes normas, las que las modifiquen, adicionen o derogan:
Ingenierías, profesiones afines (arquitecto constructor) y profesionales auxiliares: De conformidad con la Ley 842 de 2003 y sus decretos reglamentarios.
_ Entidad que expide la tarjeta profesional: Consejo Profesional Nacional de Ingeniería (COPNIA). Arquitectura: De conformidad con la Ley 435 de 1998 y sus decretos reglamentarios.
_ Entidad que expide la tarjeta profesional: Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares.
NOTA: Será obligación del proponente para cada uno de los profesionales propuestos para el equipo de trabajo, verificar y acreditar, si es del caso, que éstos cumplen con los requisitos de la tarjeta profesional y el certificado de vigencia de la misma.
El proponente deberá mantener el personal ofrecido durante el tiempo de ejecución del contrato; no obstante, si por alguna circunstancia se requiere efectuar algún cambio en el personal propuesto se deberá realizar considerando que el profesional que reemplazará al ya presentado debe tener perfil y experiencia igual o superior. Tal modificación podrá realizarse previa aprobación por parte de la interventoría. La no observancia de este requisito se considerará como incumplimiento del contrato.
A. EXPERIENCIA CON RELACIÓN A LA PROVISIÓN DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS QUE OFRECERÁ A LAS ENTIDADES ESTATALES
Para el presente proceso el proponente deberá acreditar contratos terminados, celebrados por el proponente, ya sea individualmente o en consorcio o unión temporal, que hayan tenido por objeto o hayan incluido en su alcance y efectivamente lo hayan ejecutado con objeto similar al presente proceso, para evaluar la experiencia se tomarán los contratos registrados por el proponente en el RUP, de los cuales el proponente deberá relacionar aquellos con los que pretende acreditar las condiciones exigidas. No se tendrán en cuenta para la evaluación los contratos que no estén registrados en el RUP
Se considerará HÁBIL el proponente que acredite mediante la presentación MAXIMO 4 CERTIFICACIONES de contratos con entidades públicas o privadas , alcance y especificaciones técnicas del proyecto, Y QUE LA SUMATORIA DE ELLAS SEA UN VALOR IGUAL O SUPERIOR AL 100% PRESUPUESTO OFICIAL,
expresado en salarios mínimos mensuales legales (SMML) vigentes a la fecha de terminación de los mismos ejecutados
Esta contratación debe estar contenida en el RUP acorde al artículo 2.2.1.1.1.5.2 del decreto 1082 de 2015 y clasificados en al menos una (1) de las CLASES del Clasificador de Bienes y Servicios de las Naciones Unidas para estandarizar productos y servicios (UNSPSC) seleccionados para este proceso de contratación.
Tabla 2 – Experiencia requerida
CONTRATO – CÓDIGO DEL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS- UNSPSC | DESCRIPCION | ||
72103300 | Servicios de mantenimiento y reparación de infraestructura | ||
72101500 | Servicios de apoyo para la construcción | ||
72141500 | Servicios de reparación de tierras | ||
72151300 | Servicio de pintura e instalación de papel de colgadura | ||
72151500 | Servicio de sistemas eléctricos | ||
72151900 | Servicio de albañilería y mampostería | ||
72152300 | Servicio de carpintería | ||
EL COMPROMISO ES DE TODOS Y TODAS | |||
NIT. 890.982.278-2 | |||
PARQUE PRINCIPAL CONMUTADOR 864 30 20 e-mail: xxxxxxxx@xxxxxxx-xxxxxxxxx.xxx.xx |
72152400 | Servicio de montaje e instalaciones ventanas y puertas |
72152500 | Servicio de instalación de pisos |
72152700 | Servicio de instalación y reparación de concreto |
72152900 | Servicio de montaje xx xxxxx estructural |
Para verificar el objeto y alcance de los contratos relacionados en el anexo 3, el proponente deberá presentar cualquiera de los siguientes documentos: certificación, actas de pago, acta de recibo, acta de liquidación y en general cualquier documento que le permita a la entidad constatar lo anteriormente solicitado. Se aclara que la totalidad de contratos, deben estar inscritos en el RUP, y por consiguiente no se tendrán en cuenta contratos que no se encuentren allí, sin importar que se xxxxxxx documento diferente al RUP”.
En el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa:
La experiencia se evaluará sobre la suma de las experiencias aportadas por cada uno de los integrantes hasta un máximo de cuatro (4) certificados entregados.
Si los contratos fueron ejecutados bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, el valor que debe informar el proponente será el correspondiente al porcentaje de participación que hubiere tenido en los mismos.
Si la propuesta es presentada en Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa, la experiencia requerida, podrá ser acreditada entre todos o por uno solo de los integrantes siempre y cuando éste, tenga una participación en el Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa de lo contrario la propuesta se considerará NO ADMISIBLE.
Cuando el contrato haya sido desarrollado por varios integrantes del Consorcio o Unión Temporal Actual, la experiencia se tendrá en cuenta por una sola vez.
Si los contratos fueron ejecutados bajo la modalidad de consorcio o unión temporal, el valor que debe informar el proponente será el correspondiente al porcentaje de participación que hubiere tenido en los mismos.
En el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma asociativa, la experiencia se evaluará sobre la suma de las experiencias aportadas por cada uno de los integrantes una vez ponderadas de acuerdo a su porcentaje de participación hasta un máximo de dos (2) certificados entregados.
La Entidad requerirá como experiencia un mínimo de condiciones, y requerimientos específicos, los cuales son adecuados y proporcionales al objeto del contrato a ejecutar, a la magnitud y a la finalidad de la Entidad, la cual busca un contratista que cuente con la experiencia suficiente en la realización de labores iguales o similares al objeto contractual. Se busca que quienes formulen propuesta, sean oferentes que gracias a su experiencia cuenten con solidez, posicionamiento y permanencia en el mercado.
La experiencia específica solicitada, obedece a requerimientos que consisten en que el proponente cuente con experiencia en las principales actividades a ejecutar de acuerdo con el correspondiente presupuesto de obra del contrato, las cuales son un referente mínimo que deben cumplir.
De acuerdo a lo anterior, los oferentes deberán presentar Certificación y/o Acta de Liquidación y/o Acta de Recibo Final y/o última acta suscrita de máximo cuatro (4) Contratos de Obra Pública o privada, en los cuales se demuestre clara y expresamente la ejecución de mínimo las siguientes actividades:
ITEM | DESCRIPCION |
1 | ACTIVIDADES PRELIMINARES |
2 | MOVIMIENTOS DE TIERRA |
3 | CONCRETOS |
4 | ESTRUCTURA METALICA, PERSIANA |
5 | XXXXX XX XXXXXXXX |
6 | MAMPOSTERÍA |
7 | INSTALACIONES HIDRÁULICAS Y SANITARIAS |
8 | APARATOS SANITARIOS Y MUEBLES |
9 | CARPINTERÍA METÁLICA. |
10 | REVOQUES, ENCHAPES Y PINTURAS |
11 | |
12 | CUBIERTA |
13 | PASAMANOS |
14 | CIELOS |
15 |
Tratándose de consorcios o uniones temporales, se atenderán las siguientes condiciones para soportar la experiencia específica:
a.) Cuando en un contrato que se presenta como experiencia el ejecutor haya sido un consorcio o unión temporal, y el proponente haya sido integrante del mismo, el porcentaje que se acreditará como experiencia será el resultado de multiplicar el total ejecutado del valor y/o de la cantidad de obra por el porcentaje que le correspondía dentro de esa unión temporal o consorcio. En estos casos, los proponentes deberán, además de los documentos solicitados para acreditar la experiencia, adjuntar copia del acta consorcial o de la unión temporal y la Copia del RUT del Consorcio o Unión Temporal constituido. En caso que el oferente no cumpla con este requerimiento, y solo para este caso específico, no se tomará en cuenta esta experiencia para el cálculo de la acreditación respectiva.
b.) Cuando se presente un contrato que haya sido ejecutado por integrantes de un proponente plural que hoy conforman un nuevo proponente plural, el mismo se acreditará en valor y cantidad como un contrato para cada integrante del proponente plural de acuerdo con su porcentaje de participación, quiere esto decir que ese contrato, valdrá como un contrato, para cada uno de los integrantes del proponente plural; se contabilizará tantas veces como integrantes lo acrediten para este proceso.
16. ADICIONES:
Cuando sea necesario nuevos ítems de cantidades y no se trataré de mayores cantidades acordadas, se suscribirá un contrato adicional (Otrosí) que no podrá exceder del porcentaje permitido por las leyes y reglamentos sobre la cuantía originalmente pactada. Toda prórroga del plazo es competencia del Municipio para la celebración de contratos. El Contratista estará obligado a suscribir los contratos adicionales y/o accesorios que resulten necesarios para cumplir el objeto contractual los cuales se regirán por las condiciones establecidas en el contrato principal y a la ampliación de las respectivas garantías contenidas en el contrato inicial, si a ello hubo lugar.
17. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
Entregar al supervisor los documentos elaborados en cumplimiento de las obligaciones contractuales y archivos a su cargo, organizados, rotulados y almacenados, atendiendo los estándares y directrices de gestión documental, sin que ello implique exoneración de la responsabilidad a que haya lugar en caso de irregularidades. (Artículo 15 de la Ley 594 de 2000), así como los informes requeridos sobre las actividades realizadas durante la ejecución del mismo.
Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión del contrato, así como, respetar la titularidad de los derechos de autor, en relación con los documentos, obras, creaciones que se desarrollen en ejecución del contrato.
Cuando se trate de personas naturales Realizar el pago de los aportes al régimen de seguridad social y entregar copia de la planilla correspondiente al supervisor del contrato para cada pago. Cuando se trate de personas jurídicas. Entregar para cada pago, la certificación suscrita por el revisor fiscal o contador, que acredite el cumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar de los últimos seis (6) meses, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002 o aquella que lo modifique, adicione o complemente.
Disponer del mejor equipo técnico operativo y especializado para el pleno desarrollo del proyecto.
Disponer del personal técnico operativo y especializado suficiente para el pleno desarrollo del proyecto en los tiempos establecidos.
Revisar detalladamente los documentos técnicos de Diagnósticos, estudios y Diseños, suministrados por el Municipio.
Analizar todas las consideraciones técnicas, sociales y normativas aplicables para asegurar que el proyecto sea lo más integral posible, teniendo en cuenta las variaciones que puedan sufrir las diferentes regulaciones aplicables y previendo la mejor compensación costo-beneficio para el Municipio.
De acuerdo a las exigencias técnicas del proyecto y la vinculación con el desarrollo del mismo, el contratista se obliga a atender los requerimientos fijados en términos de:
pleno desarrollo del contrato.
Atender los ajustes que durante el desarrollo del proyecto disponga el Municipio, y la interventoría.
Asistir a los comités de seguimiento que se convocan por parte de la supervisión del contrato.
Convocar, organizar y divulgar los procesos constructivos ante las comunidades beneficiadas, de acuerdo a los estándares que establezca el Municipio.
Disponer de un punto de atención a la ciudadanía.
18. OBLIGACIONES DEL MUNICIPIO
1. Designar o contratar el INTERVENTOR para la vigilancia y control de la ejecución del objeto contratado.
2. Garantizar de manera permanente la ejecución de manera oportuna y eficiente del contrato de acuerdo a la normatividad vigente.
3. Suministrar la información necesaria, completa y oportuna, para el desarrollo del objeto del contrato.
4. Prestar el apoyo necesario para que el objeto del contrato se desarrolle de manera eficiente y adecuada.
5. Pagar el valor del contrato en las condiciones pactadas.
6. Verificar que el contratista realice el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales, ICBF, SENA y cajas de compensación familiar (cuando a ello haya lugar), en las condiciones establecidas por la normatividad vigente.
7. La INTERVENTORIA medirá físicamente en obra y en presencia del contratista todas las labores realmente ejecutadas, verificando que cumpla con cada una de las características que se señalan en las especificaciones generales.
19. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y JUSTIFICACION DEL MISMO.
19.1 ANALISIS ECONOMICO
Una vez se identifica la necesidad de la intervención, para la realización del presupuesto se toma en cuenta la Ubicación o zona donde se desarrollará el proyecto con el ánimo de tener un referente de precios locales de materiales, canteras de agregados, transportes a utilizar como terrestre, fluvial, entre otros, así como la consecución de mano de obra calificada la cual incide en los rendimientos de cada una de las actividades a analizar.
Una vez analizados los precios xxx xxxxxxx de salarios, materiales, insumos, equipos y mano de obra calificada y no calificada, la entidad territorial determinó que el valor estimado para la ejecución de este contrato es MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y
CINCO MIL CUARENTA Y SEIS PESOS M.L. ($1.588.785.046). Sin perjuicio de las consideraciones estipuladas en el artículo 25 de la Ley 1607 de 2012, respaldado en el certificado de disponibilidad presupuestal expedida por la tesorería municipal.
El precio debe ser presentado en números enteros y deberá incluir impuestos, retenciones, deducciones y el impuesto al valor agregado IVA, si hay lugar a ello.
Adicionalmente, al preparar su propuesta deberán tener en cuenta todos los impuestos y deducciones que hayan de causarse por la celebración y ejecución del contrato, los cuales son por cuenta del proponente favorecido y no darán lugar a ningún pago adicional al de los precios pactados.
El valor establecido para el contrato objeto del presente estudio, de acuerdo a consultas e indagaciones realizadas, se encuentra acorde con los precios promedio xxx xxxxxxx para este tipo de contratos y se encuentran acordes con los análisis de precios unitarios del sector.
20. PLAZO DE EJECUCIÓN.
El plazo para la entrega del objeto motivo de contratación se fija SEIS (6) MESES, contados a partir de la fecha en que se suscriba el acta de inicio, previo el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato, y las adiciones si las hubiere.
La determinación del plazo contractual se realiza con base a la programación de las actividades que se requieren dentro del objeto contractual, la cual se realiza teniendo en cuenta la ubicación de la obra, requerimiento de utilizar maquinaria y materiales especializados y el conocimiento específico que se debe tener en cuenta para desarrollar ciertas actividades, así como la secuencia de ejecución dichas actividades dentro del objeto contractual y el alcance físico.
21. XXXXX XX XXXXXXXXX.
Xxxx xxxxxx xxx xxxxxxxxx xx xxxxxxx, xxxxxxxxx
22. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL.
Conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestal expedido por EL MUNICIPIO DE ITUANGO, el cual hace parte integral de este proceso y corresponde a la vigencia 2015.
23. FORMA DE PAGO.
La Entidad pagará el contrato celebrado con el adjudicatario de la siguiente manera:
1. Se entregará un CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor total del contrato como anticipo, una vez perfeccionado el mismo, previa presentación del plan de inversión del anticipo, la factura o documento equivalente, aprobación del interventor y el otorgamiento y aprobación de la garantía correspondiente al buen manejo y correcta inversión del anticipo, que será aprobado por el representante Legal. El anticipo deberá ser amortizado por el contratista en un porcentaje equivalente al entregado en cada una de las cuentas presentadas hasta su completa cancelación, entendiéndose que en caso necesario las amortizaciones podrán ser mayores para lograr la total amortización del respectivo anticipo.
Los recursos que reciba a título de anticipo deberán manejarse en los términos previstos en el Artículo 2.2.1.1.2.4.1. Patrimonio autónomo para el manejo de anticipos del Decreto 1082 de 2015 establece que En los casos previstos en la ley, el contratista debe suscribir un contrato xx xxxxxxx mercantil para crear un patrimonio autónomo, con una sociedad fiduciaria autorizada para ese fin por la Superintendencia Financiera de Colombia, a la cual la Entidad Estatal debe entregar el valor del anticipo.
Los recursos entregados por la Entidad Estatal a título de anticipo dejan de ser parte del patrimonio de esta para conformar el patrimonio autónomo. En consecuencia, los recursos del patrimonio
autónomo y sus rendimientos son autónomos y son manejados de acuerdo con el contrato xx xxxxxxx mercantil.
En este caso, la sociedad fiduciaria debe pagar a los proveedores, con base en las instrucciones que reciba del contratista, las cuales deben haber sido autorizadas por el Supervisor o el Interventor, siempre y cuando tales pagos correspondan a los rubros previstos en el plan de utilización o de inversión del anticipo.
2. El valor del SESENTA (60%) RESTANTE del contrato se cancelará mediante actas parciales de obra, de acuerdo con el avance del objeto contractual, previa presentación de la factura o documento equivalente debidamente legalizado, aprobado por el interventor del contrato designado. Se dejará un valor correspondiente al diez por ciento (10%) para el momento en que se realice la liquidación del contrato, sin que esto implique aceptación definitiva de la obra por parte de la interventoría del contrato.
24. SUPERVISIÓN DEL CONTRATO.
Ésta actividad se establece a cargo de la Alcaldía Municipal a través de la oficina de planeación, obras y servicios públicos.
25. ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDEN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO.
ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES:
Para los efectos del presente proceso de selección, se entenderán las siguientes categorías de riesgo:
Riesgo Previsible: Son los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia.
Riesgo Imprevisible: Son aquellos hechos o circunstancias donde no es factible su previsión, es decir el acontecimiento de su ocurrencia, tales como desastres naturales, actos terroristas, guerra o eventos que alteren el orden público.
Tipificación del Riesgo: Es la enunciación que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que, en criterio de esta secretaría, pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato.
Asignación del Riesgo: Es el señalamiento que hace esta Secretaría, de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo.
RIESGOS PREVISIBLES
a) Variación de cantidades de obra
b) Variación de precios
c) Modificación de estudios, diseños y especificaciones técnicas
d) Insuficiente suministro de materiales
e) Calidad de los materiales
f) Falta de idoneidad de la mano de obra
g) Equipo utilizado
h) Proceso constructivo
i) Programa de trabajo
j) Interferencia de redes de servicios públicos
k) Manejo socio-ambiental de las obras
l) Daños causados por terceros, o deterioro, en obras ejecutadas y aún no recibidas
m) Inadecuado manejo e incorrecta inversión del anticipo, si esta se exigiere.
n) Incumplimiento de obligaciones laborales
o) Financiero
p) Cambios normativos o de legislación tributaria
q) Xxxxx y vandalismo
r) Condiciones climáticas adversas
s) Accidentes de trabajo
t) Daños a bienes ajenos y a terceros
u) Falta de coordinación interinstitucional
RIESGOS IMPREVISIBLES
Se consideran riesgos no previsibles, por la incertidumbre de su ocurrencia, los de fuerza mayor, caso fortuito o hechos de terceros, tales como desastres naturales, actos terroristas, guerras, asonadas o eventos que alteren el orden público.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, durante la etapa de publicación de los estudios previos y proyecto xx xxxxxx de condiciones, y hasta el plazo establecido en este pliego de condiciones para presentar observaciones al pliego definitivo, los interesados podrán pronunciarse sobre la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles, realizada por esta secretaría, en este capítulo.
Los riesgos del proyecto a desarrollar se refieren a los diferentes factores que pueden hacer que no se cumplan los resultados previstos, es decir, la probabilidad de ocurrencia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo del mismo generando una variación sobre el resultado esperado, tanto en relación con los costos como con los ingresos. Conforme a lo establecido en los Artículos 4º y 7º de la Ley 1150 del año 2007 y Artículo 88 del Decreto 2474 de 2008, los riesgos que se pueden presentar dentro de la presente Convocatoria pública son:
No. | Clase | fuente | Etapa | Tipo | Descripción (Qué puede pasar y, si es posible, cómo puede pasar) | Consecuencia de la ocurrencia del evento | Probabilidad | Impacto | Prioridad | Tratamiento o controles a ser implementados | Persona encargada de implementar el tratamiento | Valoración del riesgo o después del tratamiento | Control y monitoreo por parte del Municipio | Asignación | |
Cómo? | Cuándo? | ||||||||||||||
1 | General | Interno | Precontractual | Operacional | Errores en la etapa precontractual consignados en documentos como los estudios previos, entre otros, que puedan afectar la obtención del objeto contractual | No cumplimiento de los fines y cometidos de la contratación | Poco probable | Mayor | Alta | Planeación, revisión, ajuste y seguimiento en la fase precontractual | Comité Asesor y Evaluador | Baja | Revisión de los documentos que se expidan para los procesos de selección | Cada vez que se expida un documento del proceso de selección | Contratante |
2 | Errores cometidos por el contratista en la presentación de documentos | No cumplimiento de los fines y cometidos de la contratación | Verificación de documentos de la propuesta. | Comité Asesor y Evaluador | Baja | Verificación de documentación antes de remitirla | Cada vez que se expida un documento para el proceso de selección | Contratista | |||||||
3 | General | Interno | Precontractual | Operacional | Retrasos del sistema que soporta el proceso contractual o de sus procedimientos asociados | Retrasos en la suscripción del contrato | Posible | menor | media | Análisis de las rutas criticas del procedimiento, buscando agilidad en las actividades independientes | Comité Asesor y Evaluador | Baja | Perfeccionamiento de los procedimientos | Constantemente | Contratante |
4 | No suscripción del contrato | Retrasos en la ejecución contractual | Considerar Alternativas de posibles contratistas | Director responsable del proceso | Baja | Considerar Alternativas de posibles contratistas | En la planeación de la contratación |
5 | Especifico | Interno-Externo | Ejecución | Operacional | No obtención del objeto contractual. Se presenta por la existencia de inadecuados procesos, procedimientos, parámetros, sistemas de información y tecnológicos, equipos humanos o técnicos sin que los mismos sean imputables a las partes. | Incumplimiento del contrato, no ejecución física y presupuestal | Poco probable | Catástrofico | Alta | Estrategias de gestiones oportunas y adecuadas para prevenir, atender y resolver situaciones presentadas. Revisiones semanales de la supervisión, respecto al avance del contrato | Supervisor | Bajo | Verificación por parte de la supervisión | Semanalmente | Contratista |
6 | Expedición de nuevas normas. | Retrasos de ejecución contractual. Ocurre por cambios normativos o por la expedición de normas posteriores a la celebración del contrato, que afecte las condiciones económicas y técnicas inicialmente pactadas. | Evaluación de alternativas optimas, concertación de soluciones | Comité Asesor y Evaluador y Supervisor | Baja | Verificación por parte del comité Asesor y Evaluador y supervisor | Cada vez que se expida un documento | Contratante | |||||||
7 | Especifico | Externo | Ejecución | Sociales o políticos | Alteraciones del orden público | Retraso en el cumplimiento del contrato | Posible | Mayor | Alta | Visitas coordinadas con las autoridades locales | Contratista | Media | Verificación por parte del contratista | Toda vez que se realicen desplazamientos | Contratista y Contratante |
8 | Condiciones climáticas adversas | Retraso en el cumplimiento del contrato | Consultar las condiciones climáticas de la zona | Contratista | Media | Consultando las condiciones climáticas de la zona a visitar | Constante | Contratista y Contratante | |||||||
9 | Especifico | Interno | Ejecución | Financieros | Excesos en los gastos de desplazamiento | Desfinanciamiento del contratista | Posible | menor | media | Priorizando los desplazamientos a realizar De acuerdo con los gastos reembolsables | Contratista | Baja | Priorizar las visitas a realizar | Cuando se requiera | Contratista |
10 | La fluctuación de los precios de los insumos, desabastecimiento y especulación de los mismos | Obstruye la ejecución del contrato sustancialmente pero aún así permite la consecución del objeto contractual | Revisión de las publicaciones de los índices xx xxxxxxx de las entidades reguladoras, previo a la formulación de actas parciales | Suervisor | medio | Revisión de las publicaciones de los índices xx xxxxxxx de las entidades reguladoras, previo a la formulación de actas parciales | Mensual | Contratista |
26. ANALISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE LOS MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTIZAN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL CONTRATO
Como quiera que los riesgos evaluados son previsibles y con posibilidad de existencia imputables al incumplimiento por parte del contratista y al incumplimiento con los estándares de calidad del objeto del contrato, el contratista deberá constituir a favor del MUNICIPIO DE ITUANGO una Garantía Única de Cumplimiento, para garantizar así las obligaciones emanadas del contrato de conformidad con lo establecido en el numeral 19 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993.
La garantía única tiene por objeto respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan a cargo de los contratistas frente a las entidades estatales, por razón de la celebración, ejecución y liquidación de contratos estatales.
Las cuantías y porcentajes serán asumidos por parte del contratista y aplicados según lo dispone la ley, esto a fin de que la obra a construir sea ejecutada de la mejor manera.
Constituirá a sus costas y a favor del Municipio de ituango, una garantía bancaria a primer requerimiento, fiducia mercantil en garantía, póliza de seguros, endoso en garantía de títulos valores o depósito de dinero en garantía.
En cumplimiento del Decreto 1082 de 2015, en el Titulo III, articulo 2.2.1.2.3.1.1.. Riesgos que deben cubrir las garantías en la contratación. El cumplimiento de las obligaciones surgidas en favor de las Entidades Estatales con ocasión de: (i) la presentación de las ofertas; (ii) los contratos y su liquidación; y (iii) los riesgos a los que se encuentran expuestas las Entidades Estatales, derivados de la responsabilidad extra•contractual que pueda surgir por las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas y subcontratistas, deben estar garantizadas en los términos de la ley, y del presente decreto.
Artículo 2.2.1.2.3.1.2. Clases de garantías. Las garantías que los oferentes o contratistas pueden otorgar para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones son:
1. Contrato de seguro contenido en una póliza.
2. Patrimonio autónomo.
3. Garantía Bancaria.
Se debe tener en cuenta la GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, la cual debe cubrir, según el caso:
1. Buen manejo y correcta inversión del anticipo. Este amparo cubre los perjuicios sufridos por la Entidad Estatal con ocasión de: (i) la no inversión del anticipo; (ii) el uso indebido del anticipo; y (iii) la apropiación indebida de los recursos recibidos en calidad de anticipo.
2. Devolución del pago anticipado. Este amparo cubre los perjuicios sufridos por la Entidad Estatal por la no devolución total o parcial del dinero entregado al contratista a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar.
3. Cumplimiento del contrato. Este amparo cubre a la Entidad Estatal de los perjuicios derivados de incumplimientos al contrato.
4. Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales. Este am•paro debe cubrir a la Entidad Estatal de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista derivadas de la contratación del personal utilizado en el territorio nacional para la ejecución del contrato amparado.
5. Estabilidad y calidad de la obra. Este amparo cubre a la Entidad Estatal de los per•juicios ocasionados por cualquier tipo de daño o deterioro, imputable al contratista, sufrido por la obra entregada a satisfacción.
6. Calidad del servicio. Este amparo cubre a la Entidad Estatal por los perjuicios deri•vados de la deficiente calidad del servicio prestado.
7. Calidad y correcto funcionamiento de los bienes. Este amparo debe cubrir la calidad y el correcto funcionamiento de los bienes que recibe la Entidad Estatal en cumplimiento de un contrato.
8. Los demás incumplimientos de obligaciones que la Entidad Estatal considere deben ser amparados de manera proporcional y acorde a la naturaleza del contrato.
Cubrimiento de la responsabilidad civil extracontractual. La Entidad Estatal debe exigir en los contratos de obra, y en aquellos en que por su objeto o naturaleza lo considere necesario con ocasión de los Riesgos del contrato, el otorgamiento de una póliza de responsabilidad civil extracontractual que la proteja de eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de su contratista.
La Entidad Estatal debe exigir que la póliza de responsabilidad extracontractual cubra también los perjuicios ocasionados por eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surjan de las actuaciones, hechos u omisiones de los subcontratistas
autorizados o en su defecto, que acredite que el subcontratista cuenta con un seguro propio con el mismo objeto y que la Entidad Estatal sea el asegurado.
26.1 LOS RIESGOS QUE LA GARANTÍA DEBERÁ CUBRIR PARA EL CONTRATISTA DE OBRA CIVIL SON:
Amparo de cumplimiento.
Para asegurar el total y estricto cumplimiento de las obligaciones del contrato deberá amparar una suma igual al treinta por ciento (30%) del valor del contrato. con la cual se cubren, además, las multas y la cláusula penal. Se hará efectiva a El CONTRATISTA, en favor de EL MUNICIPIO, en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que haya adquirido en virtud del contrato. Este amparo deberá estar vigente durante el plazo del contrato y seis 6) meses más.
Amparo de pago de salarios y prestaciones sociales.
Para garantizar el pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales del personal empleado para la ejecución del contrato, este amparo deberá cubrir una suma equivalente al quince (15%) del valor del contrato y deberá estar vigente durante el plazo del contrato y tres (3) años más.
Una vez se conozca el valor definitivo del contrato, y la fecha de finalización del contrato, se deberá ajustar el valor asegurado, de acuerdo con el porcentaje señalado en este numeral, de ser el caso, al igual que su vigencia.
Seguro de responsabilidad civil extracontractual.
Para cubrir el riesgo de daños materiales o personales que se puedan causar en virtud de la Responsabilidad Civil Extracontractual en que pueda incurrir EL CONTRATISTA con la ejecución del contrato, deberá constituir un seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, que deberá tener un límite asegurado Cuatrocientos (400) SMMLV para contratos cuyo valor sea superior a dos mil quinientos (2.500) SMMLV e inferior o igual a cinco mil (5.000) SMMLV y con una vigencia que corresponda a todo el plazo del contrato de conformidad con el artículo 2.2.1.2.3.1.17 del Decreto 1082 de 2015.
EL CONTRATISTA deberá presentar una copia legible de la póliza RCE vigente que en la descripción de la actividad asegurada comprenda las actividades propias del objeto del contrato que se llegue a perfeccionar.
En esta póliza deberán figurar como asegurado y beneficiario EL MUNICIPIO además de EL CONTRATISTA, para lo cual es claro que la responsabilidad civil extracontractual asegurada es la que aplica por los daños producidos por EL CONTRATISTA con ocasión de la ejecución del contrato amparado.
De conformidad con el numeral 3 del artículo 2.2.1.2.3.2.9 del Decreto 1082 de 2015, la póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual deberá contener las siguientes coberturas adicionales:
- Cobertura expresa de los perjuicios patrimoniales que cause el asegurado tanto el daño emergente como el lucro cesante. (Aplica sin sublímite)
- Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales. (Aplica sin sublímite)
- Cobertura expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo en el evento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos. (Definir sublímite no inferior al 50% del límite básico)
- Cobertura expresa xx xxxxxx xxxxxxxx. (Definir sublímite no inferior al 25% del límite básico)
- Cobertura expresa de vehículos propios y no propios. (Definir sublímite no inferior al 30% del límite básico, Nota: este amparo solo aplica cuando en la ejecución del contrato se deben utilizar vehículos del contratista)
- Cobertura de RC Cruzada (sublímite del 50%)
- El deducible no deberá superar el diez por ciento (10%) del valor de la pérdida.
- El sistema de contratación debe ser ocurrencia (sin limitaciones temporales para la presentación de la reclamación por parte xxx xxxxxxx).
Si EL CONTRATISTA tiene una póliza para amparar su actividad comercial de manera global, podrá aportar copia de dicha póliza y un certificado otorgado por la aseguradora donde especifique que se cubre el contrato que se celebra con EL MUNICIPIO y certifique las coberturas adicionales aquí señaladas, el límite asegurado y la vigencia. Si la vigencia de dicha póliza termina con anterioridad al plazo de ejecución del contrato respectivo, el contratista se obliga a traer la renovación de la póliza con el respectivo certificado que especifique el cubrimiento del contrato respectivo y mantener vigente dicha póliza durante todo el plazo del contrato. A la póliza se deberá adjuntar el recibo o certificado de pago de la prima.
En el evento en que no se llegare a liquidar el contrato dentro del término previsto de seis (6) meses, después de terminado el plazo de ejecución del mismo, se ampliará la vigencia de la GARANTÍA para los riesgos de Anticipo y Cumplimiento por un término de 24 meses más, de conformidad con el Artículo 11° de la Ley 1150 de 2007.
Para este efecto, el interventor deberá verificar el cumplimiento de esta obligación y requerir oportunamente al contratista de ser necesario, para que proceda a la ampliación de la vigencia de la garantía, en cuyo caso, los gastos que se deriven de la ampliación de la vigencia de la garantía también deberá asumirlos el contratista.
Estabilidad y calidad de la obra.
La garantía única deberá amparar, EL MUNICIPIO frente al evento de que, durante un período de tiempo determinado, la obra objeto del contrato en condiciones normales de uso, sufra deterioros imputables al CONTRATISTA. El valor de este amparo será equivalente al treinta por ciento 30% del valor total inicial del contrato. La vigencia de ésta será de CINCO (5) AÑOS y empezará a correr desde la fecha de aceptación final de las obras por parte de EL MUNICIPIO.
Buen manejo y correcta inversión del anticipo. Este amparo cubre los perjuicios sufridos por la Entidad Estatal con ocasión de: (i) la no inversión del anticipo; (ji) el uso indebido del anticipo; y (iii) la apropiación indebida los recursos recibidos en calidad anticipo. La Garantía de buen manejo y correcta inversión del anticipo debe estar vigente hasta la liquidación del contrato o hasta la amortización del anticipo, de acuerdo con lo que determine la entidad estatal. El valor de esta garantía debe ser el ciento por ciento (100%) de la suma establecida como anticipo, ya sea este en dinero o en especie.
27. GARANTIA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA U OFRECIMIENTO.
Cada proponente deberá incluir en su propuesta una garantía de seriedad de la propuesta, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015, la cual debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferta, en los siguientes eventos:
1. La no ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, cuando el plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prórroga sea inferior a tres
(3) meses.
2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas
3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario.
4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de cumplimiento del contrato.
Para la constitución de la misma, se deberá tener en cuenta lo siguiente:
BENEFICIARIO: MUNICIPIO DE ITUANGO, ANTIOQUIA
AFIANZADO: El oferente Persona Natural o Jurídica, en el caso de los consorcios o uniones temporales deben aparecer los miembros que lo conforman como afianzados.
VIGENCIA: Noventa (90) días calendario a partir de la fecha de cierre del concurso. En caso de prórroga del cierre, esta garantía deberá constituirse o prorrogarse a partir de la nueva fecha de cierre.
CUANTIA: Diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial.
Una vez perfeccionado y legalizado el contrato, el municipio devolverá la garantía de seriedad de la oferta a los proponentes no seleccionados, que así lo soliciten por escrito, dejando copia de la misma dentro de la propuesta. Se devolverá copia de la póliza, es decir, que no se entregará el original de la misma.
En el evento en que el adjudicatario no suscriba el contrato, no constituya o no presenta las garantías contractuales correspondientes dentro del término señalado por el municipio de Ituango, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente demostrado, se ordenará hacer efectiva la garantía de seriedad de la propuesta.
Para su constitución deberá tener en cuenta la siguiente información.
BENEFICIARIO | Municipio de Ituango, Antioquia |
QUIEN DEBE OTORGARGARLA | Debe ser otorgado por el representante legal cuando el proponente sea persona jurídica, de conformidad con el nombre registrado en el certificado de existencia y representante legal. Cuando el ofrecimiento sea presentado por un proponente plural bajo la figura de Unión Temporal, Consorcio o Contrato de Asociación futura, la garantía debe ser otorgada por todos los integrantes del proponente plural. |
CUANTIA | El valor de esta garantía no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del monto del presupuesto oficial estimado |
VIGENCIA | Noventa (90) días calendario contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso. |
TEXTO | El texto de la garantía deberá indicar textualmente el número de proceso, año y objeto exacto al cual presente propuesta. |
FIRMAS | La garantía deberá encontrarse suscrita tanto por quien la expide como por quien la solicita. |
Una vez perfeccionado y legalizado el contrato, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la comunicación de la adjudicación, el Municipio de Ituango, devolverá la garantía de seriedad de la propuesta a los proponentes no seleccionados que lo soliciten, dejando copia de la misma dentro de la propuesta, con constancia de que el original fue devuelto En el evento de que la licitación pública sea declarada desierta, la garantía de seriedad de la propuesta y las copias de la propuesta, serán devueltos a todos los proponentes que lo soliciten. En ningún caso el original de la propuesta será devuelto.
28. LA INDICACIÓN DE SI LA CONTRATACIÓN RESPECTIVA ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO.
Al proceso de contratación de la referencia le serán o no aplicables los tratados de libre comercio de conformidad con el siguiente cuadro:
ACUERDO COMERCIAL | ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA | PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACION SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL | EXCEPCION APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACION | PROCESO DE CONTRATACION CUBIERTO POR ACUERDO COMERCIAL |
Chile | No | No | No | No |
Estados Unidos | No | No | No | No |
El Xxxxxxxx | No | No | No | No |
Guatemala | Si | Si | Si | Si |
Liechtenstein | No | No | No | No |
Suiza | No | No | No | No |
Unión Europea | No | No | No | No |
Decisión 439 de 1998 de la CAN | No | No | No | No |
Cuando el proceso de contratación está sometido a uno o varios Acuerdos Comerciales, se elaborará el cronograma de acuerdo con los plazos previstos en dichos Acuerdos Comerciales.
Si un mismo proceso de contratación está sometido a varios Acuerdos Comerciales, se adoptan las medidas necesarias para el cumplimiento de la totalidad de los compromisos previstos en los Acuerdos Comerciales.
La Entidad concede trato nacional a: (a) los oferentes, bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales Colombia tenga Acuerdos Comerciales, en los términos establecidos en tales Acuerdos Comerciales; (b) a los bienes y servicios provenientes de Estados con los cuales no exista un Acuerdo Comercial pero respecto de los cuales el Gobierno nacional haya certificado que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional, con base en la revisión y comparación de la normativa en materia de compras y contratación pública de dicho Estado; y (c) a los servicios prestados por oferentes miembros de la Comunidad Andina de Naciones teniendo en cuenta la regulación andina aplicable a la materia.
El Ministerio de Relaciones Exteriores debe expedir el certificado por medio del cual se acredite la situación mencionada en el literal (b) anterior en relación con un Estado en particular, lo cual no es requerido para acreditar las situaciones a las que se refieren los literales (a) y (c) anteriores. Para constatar que los oferentes de bienes y servicios nacionales gozan de trato nacional en un Estado, el Ministerio de Relaciones Exteriores debe revisar y comparar la normativa en materia de compras y contratación pública del respectivo Estado para lo cual puede solicitar el apoyo técnico del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y de Colombia Compra Eficiente, dentro de sus competencias legales.
Los certificados para acreditar la condición a la que se refiere el literal (b) anterior deben ser publicados en la forma y oportunidad que para el efecto disponga Colombia Compra Eficiente. La vigencia de los certificados será de dos años contados a partir de la fecha de su expedición, sin perjuicio de que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo o Colombia Compra Eficiente soliciten al Ministerio de Relaciones Exteriores su revisión con ocasión de la expedición de nueva normativa en el Estado sobre el cual se expide el certificado. Colombia Compra Eficiente puede determinar vía circular la forma como el Ministerio de Relaciones Exteriores debe constatar que los oferentes de bienes y Servicios nacionales gozan de trato nacional y de revisar y comparar la normativa en
materia de compras y contratación pública para la expedición del certificado.
29. INTERVENTORÍA TECNICA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.
EL municipio de Ituango, Antioquia ejercerán el control y la vigilancia de la ejecución de los trabajos a través de una interventoría externa, contratada.
El interventor debe ejercer un control integral, técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo.
El Contratista debe acatar las órdenes que le imparta por escrito, y con copia a la Entidad, el interventor y/o supervisor. No obstante, si el Contratista no está de acuerdo con las mismas debe manifestarlo por escrito al interventor y/o supervisor, con copia al municipio de Ituango, antes de proceder a ejecutar las órdenes. En caso contrario, responderá solidariamente con el interventor y/o supervisor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivan perjuicios para el Municipio de Ituango.
Si el Contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del interventor y/o supervisor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, el interventor y/o supervisor comunicará dicha situación al municipio de Ituango para que este tome las medidas que considere necesarias.
El interventor y/o supervisor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse, como es el caso de atención de emergencias, derrumbes, hundimientos de bancas, interrupción del tránsito, entre otros, incumpliendo así el desarrollo normal de las actividades programadas.
30. PROGRAMA DE TRABAJO E INVERSIÓN:
Es la representación gráfica (diagrama xx xxxxxx) de la forma en que el Contratista ejecutará las obras objeto de la presente Licitación, teniendo en cuenta las Condiciones climáticas y topográficas del sitio y la evaluación de las Condiciones de producción, suministro y adquisición de los materiales, de tal manera que el avance físico de las obras tenga un desarrollo armónico y dinámico, en concordancia con los procesos constructivos y el plazo establecido en el Pliego de Condiciones.
En dicho programa se indicará claramente el orden de los trabajos y el valor de las inversiones periódicas dentro de la unidad de tiempo seleccionada, y se identificarán todas las actividades (ítems) que integran el Proyecto, y la interdependencia que existe entre ellas. Adicionalmente, deberá incluir el reconocimiento de aquellos procesos de adquisición, traslado, montaje o fabricación de materiales o equipos que sean críticos para el desarrollo de los trabajos, así como también el período de construcción de las obras provisionales.
La obtención de permisos, autorizaciones, licencias, servidumbres y concesiones por el uso y aprovechamiento de recursos naturales, así como los sitios de disposición de sobrantes, estarán bajo la responsabilidad del Contratista y son requisito indispensable para que pueda iniciar las obras. El tiempo que su obtención requiera deberá considerarse dentro de la programación. Las demoras en la obtención de estos permisos no serán causa válida para justificar atrasos o incumplimientos.
El programa de trabajo deberá incluir como mínimo, la siguiente información:
- Nombre de las partidas o ítems de pago.
- Inversión mensual para cada partida o ítem de pago.
- Duración programada para cada partida o ítem de pago.
- Precedencias y secuencias
SOPORTES DEL ESTUDIO. Registros de consultas fuentes especializadas realizadas en la Web. Información Clúster Construcción:
xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxXxxxxxxxx.xxxx
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxx/Xxxxxxxxx/Xxxxxxx-Xxxxxxx-Xxxxxx-Xxxxxxxxxxxx- Infraestructura.pdf
Otras fuentes de información xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx; xxx.xxxxxxxx.xxx.xx Estudio sectorial:
XX XXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XX XXXXXXXXXXXX XX XXXXXXXX; Activa Servicios Financieros, 201, indicadores económicos alrededor de la construcción indicadores coyunturales- Dane, Camacol, Secop, además de consulta de precios indicativos y/o comprobantes de tarifas reguladas.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
La presente actuación se funda en los postulados establecidos en el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015 y las reglas dispuestas en el Manual de Colombia Compra Eficiente, a más de las consideraciones determinadas en la Ley 80/93 y demás disposiciones afines con la materia.
Proyectó: Xxxxxxx Xxxxxx
Planeación Municipal Noviembre/2015