Disposición general. En el supuesto que se verifique que un incumplimiento contractual está contemplado como infracción sancionable al Prestador por alguna Autoridad Gubernamental Competente, únicamente se aplicará la sanción administrativa correspondiente, no siendo de aplicación al Prestador las penalidades previstas en el presente Contrato. El procedimiento sancionador se regulará por la legislación administrativa vigente.
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Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
Disposición general. En el supuesto que se verifique que un incumplimiento contractual está contemplado como infracción sancionable al Prestador por alguna Autoridad Gubernamental Competentede las Autoridades Gubernamentales, únicamente se aplicará la sanción administrativa correspondiente, no siendo de aplicación al Prestador las penalidades previstas en el presente Contrato. El procedimiento sancionador se regulará por la legislación administrativa vigente.
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