Common use of Documentación administrativa. Sobre A Clause in Contracts

Documentación administrativa. Sobre A. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) La capacidad de obrar de los empresarios, que se acreditará, si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente; si fueren personas jurídicas, mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 72 TRLCSP, a cuyo efecto se incorpora el modelo de Anexo II. c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, que podrá acreditarse con: Informe de instituciones financieras y justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Expte.: B.1.C.13 Y respecto de la solvencia técnica o profesional de los empresarios licitadores se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, destacando los de igual o similar naturaleza, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. No obstante esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 78 TRLCSP. e) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. f) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. g) Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.

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Samples: Concession Agreement

Documentación administrativa. Sobre A. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) La capacidad de obrar de los empresarios, empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará, si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente; si fueren personas jurídicas, acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP49 LCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 72 TRLCSP62 LCSP. No obstante, los licitadores habrán de tener en cuenta, que en caso de resultar adjudicatarios, deberán acreditar las circunstancias anteriores mediante los certificados oportunos expedidos por el órgano competente, a cuyo efecto se incorpora el modelo les concederá un plazo de Anexo II5 días hábiles. c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, que podrá acreditarse confinanciera y técnica o profesional que, de manera preferente, se indican a continuación: - Informe de instituciones financieras y o, en su caso justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Expte.: B.1.C.13 Y respecto de la solvencia técnica o profesional de los empresarios licitadores se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios siguientes: a) - Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, destacando los de igual o similar naturaleza, años que incluya importe, fechas y el destinatariobeneficiarios públicos o privados. e) Resguardo acreditativo de haber constituido a favor del órgano de contratación una fianza provisional por importe de 3.000 €, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. No obstante esta acreditación se podrá realizar por y en cualquiera de los medios establecidos las formas previstas en el art. 91 LCSP y en su desarrollo en los artículos 75 56 ,57 y 78 TRLCSP.58 del Real Decreto 1098/2001 de 12 de octubre, cuando, considerando las circunstancias concurrentes en el contrato, el órgano de contratación así lo exija para responder del mantenimiento de las ofertas hasta la adjudicación provisional del contrato, y así conste en el apartado correspondiente del cuadro ef) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. fg) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. g) Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.

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Samples: Contrato De Gestión De Servicio Público

Documentación administrativa. Sobre A. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) La capacidad de obrar de los empresarios, empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará, si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente; si fueren personas jurídicas, acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea, o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en los artículos 135.1, 177.2 y 203.2 de la Ley o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 del TRLCAP. En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas. b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP20 del TRLCAP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 72 TRLCSP21.5 del TRLCAP. No obstante, los licitadores habrán de tener en cuenta, que en caso de resultar adjudicatarios, deberán acreditar las circunstancias anteriores mediante los certificados oportunos expedidos por el órgano competente, a cuyo efecto se incorpora les concederá un plazo de 5 días hábiles. La acreditación de la no existencia de deudas con la Administración autonómica se hará por certificado expedido por los Servicios Provinciales de la Consejería de Economía y Hacienda. Se entenderá que las empresas se encuentran al corriente cuando concurran las circunstancias señaladas en los artículos 13 y 14 del RGLCAP. Cuando la empresa no esté obligada a presentar las declaraciones o documentos a que se refieren los anteriores apartados, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Además, se aportará certificación del órgano de dirección o representante autorizado por la empresa, en la que se especifique que, en los órganos de Administración o gobierno de la misma, no figura persona alguna a las que se refiere la Ley 2/1984, de 28 xx xxxxx de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha y de la Ley 7/1997, de 5 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, modificada por la Ley 4/2000, de 7 xx xxxxx. Deberá, asimismo, presentar declaración responsable de tales circunstancias cuando se trate de persona física, de conformidad con el modelo de que consta en el Anexo II1. c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, que podrá acreditarse con: Informe de instituciones financieras financiera y justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Expte.: B.1.C.13 Y respecto de la solvencia técnica o profesional de los empresarios licitadores se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicosprofesional, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, destacando los de igual o similar naturaleza, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privadoque, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados manera preferente, se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por señalan en el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad apartado 18 del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta cuadro de este certificado, mediante una declaración del empresarioCaracterísticas técnicas. No obstante obstante, esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 16 y 78 TRLCSP19 del TRLCAP. e) Resguardo acreditativo de haber constituido la garantía provisional por importe señalado en el apartado 11.2 del Cuadro de características técnicas, y en cualquiera de las formas previstas en el art. 35 del TRLCAP y en su desarrollo en los artículos 56 a 58 del RGLCAP, siempre y cuando el indicado presupuesto sea superior a la cantidad fijada en el artículo 177.2 del TRLCAP. En el supuesto de que se prevea la posibilidad de licitar por partidas y/o lotes y de que algún licitador no se presentase a la totalidad de las mismas/os, la cuantía de la garantía provisional será del 2 por ciento del presupuesto formulado por la Administración para las partidas y/o lotes a las/los que se licite. Los licitadores tendrán que hacer referencia, a las partidas y/o lotes a que concurren, en los documentos que acrediten la constitución de la garantía provisional. No será necesaria la constitución de garantía provisional en los contratos de suministros, contemplados en el artículo 39 del TRLCAP. En caso de uniones temporales de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o por varias de las empresas participantes en la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía requerida en el artículo 35.1 del TRLCAP y garanticen solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal (art. 61.1 del RGLCAP). En relación con las demás formas de constitución de la garantía provisional se estará a lo dispuesto en el artículo 61 del RGLCAP. Igualmente, la ejecución y cancelación de la citada garantía provisional se regularán, respectivamente por lo previsto en los artículos 64 y 65.1 del RGLCAP. La constitución de la garantía global eximirá de la constitución de la garantía provisional, produciendo aquella los efectos inherentes a esta última en los términos en que se establece en el art. 36.2 del TRLCAP. Las garantías provisionales en metálico o valores deberán ser ingresadas en la Caja General de Depósitos del Servicio Provincial de Economía y Hacienda de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, incluyendo en el Sobre “A” de Documentación Administrativa el correspondiente resguardo acreditativo. Cuando la constitución de la garantía provisional se realice mediante Aval o Contrato de Seguro de Caución, el correspondiente documento se incluirá directamente en el sobre “A” de documentación administrativa. f) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. fg) Cuando el objeto del contrato sean productos sanitarios regulados por el real Decreto 414/1996 de 0 xx xxxxx (BOE núm.99, de 24 xx xxxxx), los licitadores deberán presentar declaración expresa responsable sobre el marcado CE de los productos ofertados, conforme al Anexo 3. El órgano de contratación podrá solicitar en cualquier momento otros medios de prueba, para acreditar lo indicado en el párrafo anterior. h) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. g) Una dirección sobre y el nombre, apellidos, dirección, número de teléfono, fax y correo electrónico de la persona de contacto a efectos de posibles subsanaciones. Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente. Los licitadores que figuren inscritos en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx-La Mancha aportarán el certificado vigente expedido por el citado órgano, copia auténtica o fotocopia compulsada, acompañado de una declaración expresa responsable relativa a la no alteración de los datos que efectuar constan en el mismo. Esta certificación dispensará la obligación de presentar la documentación que haya sido inscrita en el Registro, en concreto, la acreditativa de la personalidad y capacidad de obrar (y representación), del cumplimiento de las notificacionesobligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de la no incursión en prohibiciones de contratar previstas en el artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 xx xxxxx, de la no concurrencia de causa alguna de incompatibilidad según la normativa autonómica y, en su caso, de la clasificación empresarial.

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Samples: Contract for the Supply of Goods or Movable Property

Documentación administrativa. Sobre A. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) La capacidad de obrar de los empresarios, empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará, si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente; si fueren personas jurídicas, acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera fue ra exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en los artículos 135.1, 177.2 y 203.2 de la Ley o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 del TRLCAP. En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad . b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP20 del TRLCAP, que y además comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 72 TRLCSP, a cuyo efecto se incorpora el modelo de Anexo II21.5 del TRLCAP. c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, que podrá acreditarse con: Informe de instituciones financieras financiera y justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Expte.: B.1.C.13 Y respecto de la solvencia técnica o profesional profesional: 16.1.b): Tratándose de los empresarios licitadores se apreciará teniendo personas jurídicas, presentación de las cuentas anuales o extracto de las mismas, en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo el supuesto de que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios siguientes: a) Una relación la publicación de los principales servicios o trabajos realizados éstas sea obligatoria en los últimos tres años, destacando los de igual o similar naturaleza, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados Estados en donde aquéllas se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. No obstante esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 78 TRLCSPencuentren establecidas. e) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. f) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. g) Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.

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Samples: Selection of Professionals Agreement

Documentación administrativa. Sobre A. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) La capacidad de obrar de los empresarios, empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará, si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente; si fueren personas jurídicas, acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el anexo I del RGLCAP, en función de los diferentes contratos. La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior se acreditará mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. En estos supuestos, además, deberá acompañarse informe de la Misión Diplomática Permanente de España o de la Secretaría General de Comercio Exterior del Ministerio de Economía sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio, siempre que se trate de contratos de cuantía igual o superior a la prevista en los artículos 135.1, 177.2 y 203.2 de la Ley o, en caso contrario, el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 23.1 del TRLCAP. En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas. Cuando el empresario individual opere en el tráfico jurídico bajo un nombre comercial distinto al de su nombre y apellidos, deberá acreditar la inscripción del citado nombre comercial en el Registro mercantil. b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP20 del TRLCAP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 72 TRLCSP21.5 del TRLCAP. No obstante, a cuyo los licitadores habrán de tener en cuenta que, en el caso de que sean propuestos adjudicatarios, se les exigirá la documentación acreditativa de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, concediéndose al efecto un plazo de 5 días hábiles; si bien esta acreditación puede hacerse en el momento de la presentación de la oferta incluyéndose la documentación requerida dentro de la documentación administrativa (sobre A). Esta acreditación se incorpora hará del modo siguiente (arts 13, 14, 15 y 16 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas): 1.) Documento de alta en el modelo Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, referido al ejercicio corriente, o del último recibo, en su caso (en original o copia compulsada), completado con una declaración responsable de Anexo IIno haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. No obstante lo anterior, en el caso de que la empresa licitadora se encuentre en alguno de los supuestos de exención recogidos en el art. 83.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aportará una declaración responsable especificando el supuesto legal de exención. 2.) Certificación positiva de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria justificativa de estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias. 3.) Certificación positiva del órgano competente de la Administración Tributaria de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, justificativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. 4.) Certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social. c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. d) Los Certificación del órgano de dirección o representante autorizado por la empresa, en la que justifiquen se especifique que en los requisitos órganos de solvencia económica, que podrá acreditarse con: Informe de instituciones financieras y justificante Administración o gobierno de la existencia misma, no figura persona alguna a las que se refiere la Ley regional 11/2003, de un seguro 25 de indemnización por riesgos profesionales. Expteseptiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.: B.1.C.13 Y respecto e) Certificado de la solvencia técnica o profesional de clasificación en los empresarios licitadores se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia grupos y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios subgrupos siguientes: af) Una relación El resguardo acreditativo de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres añoshaber constituido una garantía provisional por importe de 19.456,84 euros, destacando los correspondiente al 2% del presupuesto del contrato. Dicha garantía habrá de igual o similar naturaleza, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados ser constituida por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. No obstante esta acreditación se podrá realizar por cualquiera alguno de los medios establecidos previstos en el art. 35.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y con los requisitos y formas del propio art. 35 del TRLCAP y de los artículos 75 55 y 78 TRLCSPsiguientes del RGLCAP. eg) D.N.I. del firmante de la proposición. h) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. fi) Una Los licitadores podrán presentar en sustitución de la documentación a la que se hace referencia en los apartados a), b), d) e) y h), el Certificado de inscripción en el Registro de Licitadores de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, creado por Decreto de 214/2001, de 18 de diciembre, en los términos establecidos en el art. 4 del citado Decreto, acompañado de una declaración responsable expresa relativa a la no alteración de los datos obrantes en el registro. j) Identificación de la persona responsable ante la Consejería de Economía y Hacienda de la ejecución del contrato (nombre, dirección, teléfono y fax). k)Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. g) Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.

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Samples: Contract for Services

Documentación administrativa. Sobre A. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) La capacidad de obrar de los empresarios: - Fotocopia debidamente compulsada del DNI del licitador. - Si está representado por otro, que se acreditaráéste lo acreditará mediante poder al efecto bastanteado, si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en así como su caso, le sustituya reglamentariamente; si fueren personas jurídicas, mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicableDNI. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. b) - Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 60 TRLCSP, que comprenderá expresamente 49 de la circunstancia Ley 30/2007 de hallarse al corriente del cumplimiento 00 xx xxxxxxx xx xxxxxxxxx xxx xxxxxx xxxxxxx. - Xxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxxx xx xxxxxxxxx de las obligaciones tributarias y con de la Seguridad Social seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba , sin perjuicio de esta circunstancia podrá hacerse que la documentación justificativa de tal requisito deba presentarse antes de que la adjudicación definitiva por cualquiera de los medios señalados en el artículo 72 TRLCSP, licitador a cuyo efecto favor se incorpora el modelo vaya a efectuar esta. - Certificado de Anexo II. c) Poder bastante estar al efecto a favor corriente de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo pagos con el artayuntamiento. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. d) Los - Documentos que justifiquen los requisitos la solvencia económica y financiera que se acreditará mediante declaración de solvencia económicaentidad financiera o, que podrá acreditarse con: Informe de instituciones financieras y en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Expte.: B.1.C.13 Y respecto - Fotocopia compulsada del CIF, o en su caso, escritura de constitución de la solvencia técnica empresa o profesional de los empresarios licitadores se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo modificación. - Documentos que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, destacando los de igual o similar naturaleza, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismosacrediten la representación. Los servicios que comparezcan o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados firmen en nombre de otros presentarán copia notarial de poder de representación bastanteado por el órgano competente, Secretario de la Corporación. Si el candidato fuera persona jurídica este poder deberá figurar inscrito en el Reigistro mercantil cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste oexigible legalmente. Igualmente la persona con poder bastanteado, a falta efectos de este certificadorepresentación deberá acompañar fotocopia compulsada administrativamente o testimonio notarial de su documento nacional de identidad. - Declaración responsable de no estar incurso en prohibicón para contratar de las recogidas en el artículo 49 de la Ley 30/2007 de 00 xx xxxxxxx xx xxxxxxxxx xxx xxxxxx xxxxxxx. - Xxxxxxxxxxxxx xx xxxxxxxx xx xxxxxxxxx de las obligaciones tributarias y de la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la documentación justificativa de tal requisito deba presentarse antes de que la adjudicación definitiva por el licitador a cuyo favor se vaya a efectuar esta. - Certificado de estar al corriente de pagos con el ayuntamiento. - Documentos que justifiquen la solvencia económica y financiera que se acreditará mediante una declaración del empresario. No obstante esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 78 TRLCSP. e) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renunciaentidad financiera o, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Los documentos se presentarán mediante copias de los mismos que pudiera corresponder al licitantetengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente. f) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. g) Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.

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Samples: Concession Agreement

Documentación administrativa. Sobre A. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) La capacidad de obrar de los empresarios, empresarios que fueren personas jurídicas que se acreditará, si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente; si fueren personas jurídicas, acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP20 del TRLCAP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 72 TRLCSP21.5 del TRLCAP. 1.) Documento de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, a cuyo efecto referido al ejercicio corriente, o del último recibo, en su caso (en original o copia compulsada), completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. No obstante lo anterior, en el caso de que la empresa licitadora se incorpora encuentre en alguno de los supuestos de exención recogidos en el modelo art. 83.1 de Anexo IIla Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aportará una declaración responsable especificando el supuesto legal de exención. 2.) Certificación positiva de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria justificativa de estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Esta Certificación puede ser sustituida por una autorización al órgano de contratación para que la recabe directamente. 3.) Certificación positiva del órgano competente de la Administración Tributaria de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha, justificativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias. . Esta Certificación puede ser sustituida por una autorización al órgano de contratación para que la recabe directamente. 4.) Certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social. c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. d) Certificación del órgano de dirección o representante autorizado por la empresa, en la que se especifique que en los órganos de Administración o gobierno de la misma, no figura persona alguna a las que se refiere la Ley regional 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. e) El resguardo acreditativo de haber constituido una garantía provisional por importe de f) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económicaeconómica y financiera, que podrá acreditarse con: Informe de instituciones financieras y justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Expte.: B.1.C.13 Y respecto de la solvencia técnica o profesional de los empresarios licitadores se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, destacando los de igual o similar naturaleza, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. No obstante esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 78 TRLCSP. e) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa el 16 del Texto Refundido de someterse a la jurisdicción Ley de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas Contratos de las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. f) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobreAdministraciones Públicas. g) Una dirección Los que justifiquen los requisitos de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.solvencia técnica o profesional: g.1) Solvencia técnica o profesional para el Lote 1:

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Samples: Consultancy Agreement

Documentación administrativa. Sobre A. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) La Acreditativo de la capacidad de obrar de los empresarios, empresarios que se acreditará, si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente; si fueren personas jurídicas, jurídicas se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas. b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP20 del TRLCAP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 72 TRLCSP21.5 del TRLCAP. No obstante, los licitadores habrán de tener en cuenta, que en caso de resultar adjudicatarios, deberán acreditar las circunstancias anteriores mediante los certificados oportunos expedidos por el órgano competente, a cuyo efecto se incorpora el modelo les concederá un plazo de Anexo II5 días hábiles. c) Poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil. d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, que podrá acreditarse con: Informe de instituciones financieras y justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Expte.: B.1.C.13 Y respecto de la solvencia técnica o profesional de los empresarios licitadores se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, destacando los de igual o similar naturaleza, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, financiera conforme a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. No obstante esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 del TRLCAP Los que justifiquen los requisitos de solvencia técnica o profesional, conforme a los medios establecidos en el artículo 19 del TRLCAP e) Resguardo acreditativo de haber constituido a favor del Ayuntamiento una garantía provisional por importe de 360,00 € 1 en cualquiera de las formas previstas en el artículo 35 de la TRLCAP y en su desarrollo en los artículos 75 55 y 78 TRLCSP.siguientes del RD 1098/2001 En caso de uniones temporales de empresarios, la garantía provisional podrá constituirse por una o por varias de las empresas participantes en la unión, siempre que en conjunto se alcance la cuantía referida. En caso de formalizarse la garantía provisional en metálico, el licitador efectuará ingreso o transferencia bancaria a la cuenta corriente 30580044142732000134, de la Entidad CAJAMAR, cuyo titular es el Ayuntamiento de Huércal de Almería ef) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. fg) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente. gh) Una dirección Acreditativo de correo electrónico lo establecido en que efectuar las notificacionesla cláusula 7.2 siguiente.

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Samples: Concesión De Servicios Públicos

Documentación administrativa. Sobre A. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente sobre, que deberá contener en su anverso la inscripción, «Documentación administrativa. Licitación explotación del bar del campo de fútbol municipal y del bar de la piscina municipal de Carranque (Toledo)», incluirá obligatoriamente, y de conformidad con el artículo 146 del TRLCSP, los siguientes documentos: a) La El que acredite la capacidad de obrar mediante fotocopia compulsada del DNI del licitador si fuera una persona física, o del documento que acredite la personalidad jurídica de los empresarios, que se acreditará, si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en la entidad y su caso, le sustituya reglamentariamente; representación si fueren personas jurídicas, mediante jurídicas (escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación Mercantil o en el correspondiente registro oficial). b) Documentos acreditativos de la capacidad representación cuando la proposición no aparezca firmada por los licitadores. En tal caso deberá incluirse el poder otorgado a favor de obrar se realizará mediante quien o quienes suscriban la escritura proposición junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del o documento de constituciónlos apoderados. c) En los casos en que varios empresarios concurran agrupados en unión temporal aportarán además un documento, estatutos o acto fundacionalque podrá ser privado, en el que, para el caso de resultar adjudicatarios, se comprometan a constituirla. Este documento deberá ir firmado por el representante de cada una de las empresas y en él se expresará la persona a quien designan representante de la UTE ante la Administración para todos los efectos relativos al contrato, así como la participación que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, a cada uno de ellos corresponda en su caso, en el correspondiente Registro oficialla UTE. bd) Declaración responsable de no estar incurso el licitador licitador, ni la empresa a que representa en su caso, en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP, conforme al modelo del Anexo I, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias tributarias, incluyendo no tener ninguna deuda pendiente con la administración contratante a fecha de presentación de la proposición y a fecha de formalización del contrato y hallarse al corriente de obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba . e) Declaración responsable de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera no ser titular o socio mayoritario de los medios señalados entidades explotadoras, de otro establecimiento de hostelería en el artículo 72 TRLCSP, a cuyo efecto se incorpora el modelo municipio de Anexo IICarranque. cf) Poder bastante Acreditación de la solvencia económica y financiera del empresario presentando declaraciones apropiadas de entidades financieras y declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al efecto objeto del contrato, referido como máximo a favor los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las personas actividades del empresario, en la medida en que comparezcan o firmen proposiciones en nombre se disponga de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata las referencias de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, dicho volumen de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantilnegocios. dg) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, que podrá acreditarse con: Informe de instituciones financieras y justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Expte.: B.1.C.13 Y respecto Acreditación de la solvencia técnica o y profesional de los empresarios licitadores se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, según el objeto del contrato, por los medios siguientes: a) Una empresario presentando una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, destacando los de igual o similar naturaleza, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, curso de los mismoscinco últimos años. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. No obstante esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 78 TRLCSP. eh) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa Dirección completa, teléfono, correo electrónico y persona de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, contacto para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitanteefectuar notificaciones. fi) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. Los documentos podrán presentarse originales o mediante copias de los mismos que tengan carácter de auténticas, conforme a la legislación vigente. g) Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.

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Samples: Contract for the Operation of Municipal Bar Services

Documentación administrativa. Sobre A. En dicho sobre deberán incluirse obligatoriamente los siguientes documentos: a) La capacidad de obrar de los empresarios, empresarios que se acreditará, si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente; si fueren personas jurídicas, que se acreditará mediante escritura de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.. En el supuesto de concurrir un empresario individual acompañará el Documento Nacional de Identidad y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas b) Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 60 TRLCSP49 LCSP, que comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 72 TRLCSP, a cuyo efecto se incorpora el modelo de Anexo II62 LCSP. c) Poder declarado bastante al efecto por el Secretario del Consorcio a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el art. 94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil. d) Los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, que podrá acreditarse con: Informe de instituciones financieras financiera y justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. Expte.: B.1.C.13 Y respecto de la solvencia técnica o profesional profesional, y que de los empresarios licitadores manera preferente se apreciará teniendo señalan, en cuenta sus conocimientos técnicossu caso, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo en el apartado F) del cuadro Anexo. Este requisito será sustituido por la clasificación que deberá acreditarse, según se indica en el objeto apartado F) del contrato, por los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados cuadro Anexo en los últimos tres años, destacando los de igual o similar naturaleza, que incluya importe, fechas y casos previstos en el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. No obstante esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 78 TRLCSPartículo 54 LCSP. e) Fotocopia del DNI del firmante de la proposición. f) Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. f) Una relación de todos los documentos incluidos en este sobre. g) Una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.

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Samples: Contrato Administrativo