DOCUMENTOS DE CONTENIDO TECNICO Y EXPERIENCIA Cláusulas de Ejemplo

DOCUMENTOS DE CONTENIDO TECNICO Y EXPERIENCIA. La evaluación consistirá en verificar la presentación y contenido de los documentos de orden técnico. La presentación y aceptación de estos documentos le permitirá al ofertante acceder en igualdad de condiciones para proponer. De acuerdo con las especificaciones técnicas, los proponentes deberán acreditar capacidad técnica para el presente proceso de selección mediante Invitación Pública, dando cumplimiento a los requerimientos mínimos establecidos. Como requisito se deberá acreditar además la experiencia, con certificaciones expedidas acerca de la celebración, ejecución y terminación de dos (2) contratos con entidades públicas u otros clientes, dentro de los cinco (5) años anteriores a la fecha de la apertura de esta Invitación Pública, y cuyo objeto haya sido de la misma naturaleza, esto es, recarga y mantenimiento de extintores.
DOCUMENTOS DE CONTENIDO TECNICO Y EXPERIENCIA. La evaluación consistirá en verificar la presentación y contenido de los documentos de orden técnico. La presentación y aceptación de estos documentos le permitirá al ofertante acceder en igualdad de condiciones para proponer. De acuerdo con las especificaciones técnicas, los proponentes deberán acreditar capacidad técnica para el presente proceso de selección mediante Invitación Pública, dando cumplimiento a los requerimientos mínimos establecidos. Como requisito se deberá acreditar, además, la experiencia, en el sentido de haber ejecutado máximo dos (2) y mínimo un (1) contrato de suministro de muebles que incluya punto de redes, ejecutados dentro de los últimos cinco (5) años contados a partir de la fecha de cierre de la presente Invitación Pública, cuyo valor facturado sumen por lo menos dos (2) veces el presupuesto oficial, los cuales deben cumplir con los siguientes requisitos: - Acreditar experiencia en suministro de muebles en áreas similares a las solicitadas en la presente invitación pública. - Acreditar experiencia en suministro e instalación de redes logísticas. - Para contratos con el sector público, la certificación deberá ser expedida por el ordenador del gasto o el funcionario competente. - Para contratos privados suscritos con personas jurídicas, por el representante legal o la persona delegada o autorizada para suscribirlo. - Para contratos privados celebrados con personas naturales, por la misma persona natural con quien se suscribió el contrato. - No se aceptarán certificaciones suscritas por supervisores o interventores externos a la entidad que contrató. El proponente que pretenda acreditar experiencia específica, deberá hacerlo mediante CERTIFICACIONES y para que esta sea válida, debe incluir como mínimo la siguiente información: - Nombre de la empresa contratante. - Nombre del contratista. - Si se trata de Consorcio o Unión Temporal, se debe anexar copia del documento de constitución y conformación del mismo donde se señale el nombre de quienes lo conforman, y el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros. - Número del contrato. - Valor del contrato. - Objeto del contrato. - Area o superficie en la cual se dispuso la ejecución del objeto. - Fecha de suscripción y/o inicio. - Fecha de expedición de la certificación. - Nombre y firma de quien expide la certificación. Los participantes deberán estar inscritos en el SICE, y deberán anexar a la propuesta la certificación en donde conste el número de certificado de registro d...

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.