EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO. El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 15 de diciembre de 2011 Conflicto: 30/2010 Promotor: Administración del Estado Contra: Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx Objeto: IRPF. Cambio de domicilio fiscal de contribuyentes Fecha de la resolución: 16 de noviembre de 2010
Appears in 3 contracts
Samples: Resoluciones De La Junta Arbitral Del Convenio Económico De Navarra, Resoluciones De La Junta Arbitral Del Convenio Económico De Navarra, Resoluciones De La Junta Arbitral Del Convenio Económico De Navarra
EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO. El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden el interesado, puede interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 15 a 23 xx xxxxx de diciembre 2016. Esta Sentencia confirma la presente Resolución de 2011 Conflicto: 30/2010 Promotor: Administración 23 xx xxxxx de 2016 de la Junta Arbitral del Estado Contra: Comunidad Xxxxx Convenio Económico xx Xxxxxxx Objeto: IRPF. Cambio de domicilio fiscal de contribuyentes Fecha de la resolución: 16 de noviembre de 2010sobre el conflicto 68/2013
Appears in 3 contracts
Samples: Resoluciones De La Junta Arbitral Del Convenio Económico De Navarra, Resoluciones De La Junta Arbitral Del Convenio Económico De Navarra, Resoluciones De La Junta Arbitral Del Convenio Económico De Navarra
EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO. El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados interesados, pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo administrativo, ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse , en el plazo de dos meses, meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 15 21 xx xxxxx de diciembre 2017. Esta Sentencia anula la presente Resolución de 2011 Conflicto: 30/2010 Promotor: Administración 21 xx xxxxx de 2017 de la Junta Arbitral del Estado Contra: Comunidad Xxxxx Convenio Económico xx Xxxxxxx Objeto: IRPF. Cambio de domicilio fiscal de contribuyentes Fecha de la resolución: 16 de noviembre de 2010sobre el conflicto 78/2015
Appears in 2 contracts
Samples: Resoluciones De La Junta Arbitral Del Convenio Económico De Navarra, Resoluciones De La Junta Arbitral Del Convenio Económico De Navarra