Common use of Ejecución Y Modificación Del Contrato Clause in Contracts

Ejecución Y Modificación Del Contrato. El contratista procederá a la entrega total de las obras en el plazo requerido en este PCAP, salvo que se hubiera ofertado otro inferior, que será, en ese caso, exigible. Las responsabilidad en la entrega y recepción de las obras serán las previstas para cada una de las partes en el Arto. 235 del TRLCSP. La entrega se entenderá hecha mediante acto positivo y formal de la Policía Nacional, declarando expresamente recibido las obras. Cuando las obras no se hallen en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el Responsable del contrato señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquéllos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución. Conforme al artículo 52 del TRLCSP, el responsable del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada será el Jefe de la División de Administración General o en quien el designe. Las modificaciones del contrato se regirán íntegramente por lo dispuesto en los artículos 105 a 108, 219, 220 y 234 del TRLCSP y deberán ser formalizadas conforme a lo dispuesto en el artículo 156 TRLCSP.

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Ejecución Y Modificación Del Contrato. El contratista procederá contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en el presente pliego de condiciones, y de acuerdo con las instrucciones que se darán al adjudicatario para su interpretación por el órgano de contratación. Si durante el desarrollo del contrato, se detectase la entrega total conveniencia o necesidad de su modificación o la realización de actuaciones no contratadas, se actuará en la forma prevista en los artículos 210, 211 y 219 TRLCSP. La Administración podrá modificar el contrato por razones de interés público y para atender a causas imprevistas, justificando debidamente su necesidad en el expediente. Las modificaciones no afectarán a las condiciones esenciales del contrato. En caso de ejecución defectuosa el Ayuntamiento de Carranque podrá optar, indistintamente, por la resolución del contrato o por la imposición de las obras penalidades previstas en el plazo requerido en este PCAP, salvo que se hubiera ofertado otro inferior, que será, en ese caso, exigible. Las responsabilidad en la entrega y recepción de las obras serán las previstas para cada una de las partes en el Arto. 235 artículo 212 del TRLCSP. La entrega En el supuesto de que se entenderá hecha mediante acto positivo y formal optara por la resolución del contrato, ésta deberá acordarse por el órgano de contratación previa audiencia del adjudicatario incumplidor. Tal resolución conllevará la Policía Nacional, declarando expresamente recibido las obras. Cuando las obras no se hallen devolución del local al Ayuntamiento en estado de ser recibidas se hará constar así en el acta y el Responsable del contrato señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquéllos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiere efectuado, podrá concedérsele otro nuevo plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato. El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismoplena propiedad, así como lo que en el se hubiere construido, sin derecho a indemnización alguna. En caso de los plazos parciales señalados para su ejecución. Conforme al artículo 52 del TRLCSP, el responsable producirse una suspensión del contrato, al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada será el Jefe de la División de Administración General o en quien el designe. Las modificaciones del contrato se regirán íntegramente por estará a lo dispuesto estipulado en los artículos 105 a 108, 219, 220 y 234 del TRLCSP y deberán ser formalizadas normas de desarrollo. La recepción se realizará conforme a lo dispuesto en el los apartados 1, 2 y 4 del artículo 156 TRLCSP222 del TRLCSP y 203 y 204 del RGLCAP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación De La Explotación Del