OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. El contratista quedará vinculado por la oferta que haya presentado, el cumplimiento de la cual, en todos sus términos, tendrá carácter de obligación esencial del contrato. • El cumplimiento de las condiciones especiales de ejecución establecidas a la cláusula 23.1 del presente Xxxxxx tendrá el carácter de obligación contractual esencial. • La efectiva dedicación o adscripción a la ejecución del contrato de los medios personales y/o materiales indicados y comprometidos en la oferta. • Aquellas obligaciones del presente Pliego y del Contrato tipo a las que específicamente se los atribuya el carácter de obligación contractual esencial. • La efectiva dedicación o adscripción a la ejecución del contrato de los medios personales y/o materiales indicados y comprometidos en la oferta. • La adecuación de los bienes objeto de suministro a las prescripciones previstas al Pliego de Prescripciones Técnicas y a la oferta presentada por la adjudicataria. • La entrega de los bienes objeto de suministros en el plazo y lugar fijados en el contrato.
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. Son obligaciones de la esencia del presente contrato para cumplir con el fin común de la educación del ESTUDIANTE, las siguientes a) DEL ESTUDIANTE: 3.1 Cumplir con las tareas, trabajos, lecciones y demás obligaciones Académicas estrictamente. 3.2 Cumplir con el horario del colegio de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. y asistir a las clases presenciales o virtuales puntualmente. 3.3 Participar en las Actividades propias del P.E.I.: Convivencias, Salidas Pedagógicas, Asambleas, Talleres, Conferencias, Exposiciones, Sustentaciones, Representaciones, etc. 3.4 Cumplir todos los compromisos y objetivos del Proyecto Educativo Institucional PEI. 3.5 Acatar y cumplir en su totalidad la Filosofía, los Principios, los Valores y el Reglamento o Manual de Convivencia Institucional. Tener especial cuidado con el vocabulario y el Buen trato. 3.6 Usar diariamente los uniformes completos según modelo y no utilizar en el colegio accesorios, cortes de pelo o peinados que lo demeriten, como tampoco piercing ni tatuajes, para evitar posibles riesgos contra la salud. b) DE LOS PADRES: En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 67 y 68 de la Constitución Nacional, los Contratantes son los primeros responsables de la educación, que proporcionan a sus menores hijos e hijas y están obligados a: 3.1 Responder personalmente por cualquier situación académica o de comportamiento de sus hijos, que se oponga al Reglamento Interno del Colegio, Manual de Convivencia, asumiendo y respetando la decisión que sobre el particular tome la Institución Educativa. 3.2 Suministrar oportunamente al ESTUDIANTE desde el principio de año, todos los implementos de trabajo (material escolar y educativo, tecnológico, libros, cuadernos, guías, etc. y todo lo relacionado con sus deberes y su desarrollo académico de acuerdo al grado), para el buen logro del objeto del presente contrato. 3.3 Suministrar al Estudiante un seguro médico estudiantil que ampare su estado físico en caso de accidente, y, en caso de omitir esta obligación, asumir enteramente la responsabilidad sobre estos eventos, eximiendo de toda responsabilidad al Colegio; y el CONTRATANTE realizara un comunicado por escrito como constancia de su decisión al negarse a tener el seguro. 3.4 En caso de ser citados por las Directivas del Colegio, asistir el día y hora que se les notifique; y se hace obligatorio asistir a las escuelas de padres (Ley 2025 del 23 de Julio del 2020) y a la entrega de informes bimestrales. 3.5 Colaborar en el cumplimiento estrict...
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. El adjudicatario tendrá la obligación esencial de presentar en el Ayuntamiento el Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas de la explotación de la cafetería, en el epígrafe correspondiente al objeto de este contrato en el ámbito territorial donde se ejerza, el alta en el Registro sanitario de la Consellería de Sanidad conforme al Decreto 204/2012 y la Declaración Responsable en el Área Provincial de la Axencia de Turismo de Galicia de la Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes a contar desde la firma del contrato. Deberá además presentar la solicitud de alta en el servicio de agua, saneamiento y electricidad. El adjudicatario está obligado al pago de cada una de las anualidades en que se divida el canon de adjudicación, así como las correspondientes a la prórroga en su caso y al depósito del aval previsto en el presente pliego. Cuando finalice el plazo contractual, el adjudicatario deberá entregar las instalaciones en perfecto estado de conservación, extremo que será comprobado por parte xxx Xxxxxxxx un mes antes de la finalización de la prestación del servicio. De modo que todas las obras o instalaciones de carácter fijo que el contratista haya realizado durante el periodo de vigencia del contrato, pasarán a titularidad del Ayuntamiento. Para la realización de dichas obras se deberá solicitar y obtener del ayuntamiento la preceptiva licencia municipal y autorizaciones sectoriales previas. Por otra parte, por el adjudicatario podrán ser retiradas las instalaciones y mobiliario que tengan un carácter móvil, y que de igual manera, hayan sido aportadas por él durante el periodo de vigencia del contrato y para el correcto desarrollo de la actividad. El adjudicatario queda obligado a realizar las obras necesarias para la puesta en marcha del servicio (previa licencia municipal) y a mantener en buen estado las instalaciones, disponiendo del correspondiente seguro de responsabilidad civil. Los gastos de conservación de la instalación, durante el período de duración del contrato, correrán a cargo del adjudicatario, así como las reparaciones de los daños causados por el uso de las instalaciones. El adjudicatario vendrá obligado a limpiar y mantener en perfecto estado de uso, los aseos existentes en la Playa de la Frouxeira, todos los días del año. Los aseos son de carácter público, por lo que el adjudicatario no puede limitar el acceso a los mismos. Aparte del equipamiento, propio del aseo, el adjudicatario deberá...
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. Mantener los requisitos de aptitud para contratar con la Administración durante la ejecución del contrato. - Cumplimiento de lo establecido en las cláusulas relativas a la confidencialidad y protección de datos de carácter personal. - No obstruir las facultades de dirección e inspección de la Administración a través del responsable del contrato. - Adscribir los medios personales o materiales exigidos en el presente pliego. - Cumplir las condiciones especiales de ejecución del contrato de carácter social definidas en el pliego.
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. Son obligaciones de la esencia del presente Contrato de Prestación de Servicios Escolares, para cumplir con el fin común de la educación de EL/LA ESTUDIANTE, las siguientes: A. Por parte de LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES: 1) Pagar estricta y oportunamente el costo del servicio educativo de EL/LA ESTUDIANTE, en la forma, plazos, lugares, fechas y condiciones fijadas por EL SEMINARIO. 2) Integrarse cumplida y solidariamente a la comunidad de EL SEMINARIO para la formación integral de EL/LA ESTUDIANTE. B. Por parte de EL/LA ESTUDIANTE: 1) Asistir a EL SEMINARIO y cumplir las exigencias, pautas y deberes definidos y establecidos en el Proyecto Educativo Institucional y en el Manual de Convivencia, el cual manifiesta conocer y aceptar.
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. El contratista quedará vinculado por la oferta que haya presentado, el cumplimiento de la cual, en todos sus términos, tendrá carácter de obligación esencial del contrato. - Aquellas obligaciones del presente Pliego y del Contrato tipo a las que específicamente se les atribuya el carácter de obligación contractual esencial. - Las indicadas en la cláusula de obligaciones por parte del contratista.
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. Se consideran obligaciones esenciales del contrato, a los efectos de lo dispuesto en la letra n) de la cláusula 30.1. del mismo, las siguientes: a) La adscripción de los medios personales y la disponibilidad de los medios materiales mínimos, ambos indicados en el apartado 8 del Anexo IV Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. b) En caso de ocurrencia de una avería, la disponibilidad, en tiempo y forma de los medios humanos y mecánicos necesarios para su reparación. c) Cumplimiento de las obligaciones establecidas en materia de subcontratación. d) Cumplimiento de las condiciones horarias de operación del trasvase impuestas por Acuamed, conforme se indica en el Pliego de Prescripciones Técnicas
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. Se considerarán obligaciones esenciales del contrato las siguientes: 1) La obligación esencial de adscripción de medios materiales y humanos declarados y acreditados en la adjudicación, conforme a lo establecido en el artículo 64 del TRLCSP. Cuando el contrato se adjudique a una empresa en virtud del criterio preferencial previsto en la cláusula 8.2.20 del presente pliego, el adjudicatario estará obligado a mantener la vigencia del porcentaje de contratos de trabajadores fijos discapacitado y/o la vigencia de la marca de excelencia o de las medidas para la igualdad de oportunidades acreditadas durante el tiempo que dure la ejecución de la prestación objeto del contrato adjudicado, o, en su caso, durante el plazo de garantía si la ejecución no se realizara en tracto sucesivo. 2) La obligación del cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo. 3) La empresa contratista durante la ejecución del contrato aplicará, a la totalidad de la plantilla adscrita al mismo, las condiciones de trabajo establecidas por el último convenio colectivo sectorial y territorial en vigor en el que se encuadre la prestación contractual o, en su caso, el convenio de empresa vigente que mejore lo dispuesto en el citado convenio colectivo, en cuyo caso aplicará el de empresa, de acuerdo con lo establecido en el Anexo III: Declaración Responsable del Licitador. 4) La empresa contratista deberá mantener las condiciones de trabajo de la plantilla adscrita al contrato, en su caso, durante toda su vigencia, incluidas las prórrogas, en los términos del convenio colectivo que resulte de aplicación conforme al párrafo anterior, aunque el mismo pierda posteriormente vigencia como consecuencia de la ultraactividad. 5) La obligación del mantenimiento de la plantilla adscrita al objeto del contrato, durante toda su vigencia, incluidas las prórrogas, sin que proceda suspensión o extinción de puestos de trabajo salvo por bajas voluntarias, despidos disciplinarios, disconformidad de la administración o modificación del contrato por razones de estabilidad presupuestaria. 6) La empresa contratista deberá, a lo largo de toda la ejecución del contrato, abonar a los trabajadores y trabajadoras el salario mensual, en la cuantía y en los periodos establecidos en el convenio colectivo de aplicación según la categoría profesional que corresponda, sin que en ningún ca...
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. Son obligaciones de la esencia del presente Contrato de Prestación de Servicios Escolares, para cumplir con el fin común de la educación de EL/LA ESTUDIANTE, las siguientes: A. Por parte de LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES: 1) Pagar estricta y oportunamente el costo del servicio educativo de EL/LA ESTUDIANTE, en la forma, plazos, lugares, fechas y condiciones fijadas por EL SEMINARIO. 2) Integrarse cumplida y solidariamente a la comunidad de EL SEMINARIO para la formación integral de EL/LA ESTUDIANTE. B. Por parte de EL/LA ESTUDIANTE: 1) Asistir a EL SEMINARIO y cumplir las exigencias, pautas y deberes definidos y establecidos en el Proyecto Educativo Institucional y en el Manual de Convivencia, el cual manifiesta conocer y aceptar. 2) Cumplir con las responsabilidades académicas y con las normas de convivencia, ética y disciplina fijadas por EL SEMINARIO. C. Por parte de EL SEMINARIO: 1) Impartir la formación y enseñanza contratada. 2) Propiciar la mejor calidad y la continuidad del servicio educativo, siempre y cuando las condiciones para la prestación del servicio se presten.
OBLIGACIONES ESENCIALES DEL CONTRATO. A) POR PARTE DEL ESTUDIANTE a) Asistir al COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ y cumplir las pautas exigidas por la Institución, el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación del Distrito y demás autoridades competentes, para la aprobación académica. b) Cumplir lo normado en el Reglamento Interno y/o Manual de Convivencia y en el proyecto Educativo Institucional. El incumplimiento de éstas, es imputable a los Estudiantes, Padres de Familia y/o Acudientes. B) POR PARTE DEL COLEGIO: Impartir la enseñanza académica integral y moral aquí contraída dentro de las prescripciones legales y exigencias de las autoridades competentes. C) POR PARTE DE LOS PADRES Y/O ACUDIENTES: El pago de la matrícula y pensiones dentro del plazo aquí acordado, dotar al beneficiario (Estudiante) de los implementos requeridos por el COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ para su trabajo escolar y cumplir cabalmente con el programa curricular. D.) Velar por el progreso del Estudiante y prestar la mayor colaboración posible a las directivas y docentes del Colegio.