Ensayos. La presente Subcláusula será de aplicación para todas las pruebas o ensayos especificados en el Plan de Aseguramiento de la Calidad y en las Especificaciones Técnicas. El SUMINISTRADOR deberá facilitar todos los aparatos, ayuda, documentos y demás información, energía eléctrica, equipos, combustible, consumibles, instrumentos, mano de obra, Materiales y personal adecuadamente cualificado y con experiencia, necesarios para llevar a cabo los ensayos especificados de forma eficiente. ACUAMED deberá notificar al SUMINISTRADOR con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas su intención de asistir a los ensayos cuya asistencia sea necesaria según el Plan de Aseguramiento de la Calidad. Si ACUAMED no notificara o no asistiera en la hora y lugar acordados, el SUMINISTRADOR podrá proceder a realizar los ensayos, salvo que ACUAMED indicara otra cosa, y se considerará que estos ensayos se han realizado en presencia de ACUAMED. El SUMINISTRADOR deberá remitir a ACUAMED, y no más tarde de un (1) Día después de que el SUMINISTRADOR haya tenido acceso a ellos, los informes de los ensayos, debidamente certificados. Cuando se hayan superado los ensayos especificados ACUAMED aprobará el certificado de ensayo del SUMINISTRADOR o le emitirá un certificado a dicho efecto. Si ACUAMED no ha asistido a los ensayos se considerará que ha aceptado las lecturas o resultados obtenidos como correctos. En el caso de que una empresa externa al SUMINISTRADOR realice alguno de los ensayos, el SUMINISTRADOR establecerá una Cláusula en el Contrato con dicha empresa estableciendo que las notificaciones para la realización de cualquier ensayo, y los resultados de los mismos, serán emitidos a ACUAMED y al SUMINISTRADOR simultáneamente.
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Samples: Contract for Supply and Installation of Transformation Center and Generator Set, Contract for Supply and Installation of Equipment
Ensayos. Los ensayos y verificaciones tienen por objeto comprobar que se cumple lo indicado en este Pliego de Prescripciones Técnicas. El Adjudicatario se obliga a aceptar la realización, en fábrica, de pruebas y/o inspecciones del equipo antes de su expedición, reservándose Aena el derecho de supervisar estas pruebas por sí mismo o delegando en otros. El Adjudicatario comunicará, con un mínimo de 15 días de antelación, la fecha de realización de los ensayos. La presente Subcláusula será no asistencia a estas pruebas por parte de aplicación para Aena o el personal por ella delegado, no exime al Adjudicatario de las responsabilidades que puedan derivarse del mal funcionamiento del equipo suministrado. Todos los gastos que originen los ensayos serán a cargo del Adjudicatario, así como la reposición de las partes o materiales dañados como consecuencia de las pruebas o del transporte a un laboratorio adecuado, si fuera necesario. Si realizadas las pruebas, alguna parte del equipo suministrado no funcionara satisfactoriamente o no se consiguieran los resultados garantizados, el Adjudicatario se compromete a reponer o modificar las partes defectuosas hasta conseguir los resultados deseados. Estas pruebas no eximirán al Adjudicatario de las obligaciones que contraen respecto de las garantías dadas al material que suministre. La aceptación de los equipos por parte de Xxxx, la el personal delegado, no releva al Adjudicatario de su responsabilidad por los defectos que pudiera prestar el mismo. El Adjudicatario deberá enviar al Responsable del Pedido (2) copias de los certificados de todas las pruebas o ensayos especificados en realizadas. Realizadas las pruebas satisfactoriamente, se considera el Plan de Aseguramiento equipo recibido provisionalmente. La recepción definitiva se hará después de la Calidad y puesta en las Especificaciones Técnicas. El SUMINISTRADOR deberá facilitar todos los aparatos, ayuda, documentos y demás información, energía eléctrica, equipos, combustible, consumibles, instrumentos, mano de obra, Materiales y personal adecuadamente cualificado y con experiencia, necesarios para llevar a cabo los ensayos especificados de forma eficiente. ACUAMED deberá notificar al SUMINISTRADOR con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas su intención de asistir a los ensayos cuya asistencia sea necesaria según el Plan de Aseguramiento de la Calidad. Si ACUAMED no notificara o no asistiera en la hora y lugar acordados, el SUMINISTRADOR podrá proceder a realizar los ensayos, salvo que ACUAMED indicara otra cosa, y se considerará que estos ensayos se han realizado en presencia de ACUAMED. El SUMINISTRADOR deberá remitir a ACUAMED, servicio del transformador y no más tarde de un (1) Día después seis meses desde la misma. Se deberán realizar los siguientes tipos de que el SUMINISTRADOR haya tenido acceso a ellos, los informes de los ensayos, debidamente certificados. Cuando se hayan superado los ensayos especificados ACUAMED aprobará el certificado de ensayo del SUMINISTRADOR o le emitirá un certificado a dicho efecto. Si ACUAMED no ha asistido a los ensayos se considerará que ha aceptado las lecturas o resultados obtenidos como correctos. En el caso de que una empresa externa al SUMINISTRADOR realice alguno de los ensayos, el SUMINISTRADOR establecerá una Cláusula en el Contrato con dicha empresa estableciendo que las notificaciones para la realización de cualquier ensayo, y los resultados de los mismos, serán emitidos a ACUAMED y al SUMINISTRADOR simultáneamentefábrica.
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Ensayos. En relación con cuanto se prescribe en este Pliego acerca de las características de los materiales, el Contratista está obligado a presenciar o admitir en todo momento aquellos ensayos o análisis que el Director de Obra juzgue necesario realizar para comprobar la calidad, resistencia y restantes características de los materiales empleados o que hayan de emplearse. La elección de los laboratorios y el enjuiciamiento e interpretación de dichos análisis, serán de la exclusiva competencia de la Dirección de Obra, que a la vista de los resultados obtenidos, rechazará aquellos que considere no responden a las condiciones del presente Subcláusula será Pliego y del Proyecto. El Contratista podrá presentar y proponer marcas de aplicación los materiales para todas su aprobación por la Dirección de Obra. Las muestras de los materiales serán guardadas conjuntamente con los certificados de los análisis para la aprobación de los materiales. Los ensayos de materiales y de calidad de ejecución de las pruebas obras se realizarán conforme con las normas U.N.E. o ensayos especificados bien, según se detalle en el Plan presente Xxxxxx para cada material o en su defecto con arreglo a las instrucciones que dicte el Director de Aseguramiento Obra. El Contratista deberá permitir a la Dirección de la Calidad Obra y en las Especificaciones Técnicas. El SUMINISTRADOR deberá facilitar todos los aparatos, ayuda, documentos y demás información, energía eléctrica, equipos, combustible, consumibles, instrumentos, mano de obra, Materiales y personal adecuadamente cualificado y con experiencia, necesarios para llevar a cabo los ensayos especificados de forma eficiente. ACUAMED deberá notificar al SUMINISTRADOR con una antelación mínima de veinticuatro (24) horas su intención de asistir a los ensayos cuya asistencia sea necesaria según sus delegados el Plan de Aseguramiento de la Calidad. Si ACUAMED no notificara o no asistiera en la hora y lugar acordados, el SUMINISTRADOR podrá proceder a realizar los ensayos, salvo que ACUAMED indicara otra cosa, y se considerará que estos ensayos se han realizado en presencia de ACUAMED. El SUMINISTRADOR deberá remitir a ACUAMED, y no más tarde de un (1) Día después de que el SUMINISTRADOR haya tenido acceso a elloslas fábricas, viveros, etc.., donde se encuentren los informes de los ensayos, debidamente certificados. Cuando se hayan superado los ensayos especificados ACUAMED aprobará el certificado de ensayo del SUMINISTRADOR o le emitirá un certificado materiales y a dicho efecto. Si ACUAMED no ha asistido a los ensayos se considerará que ha aceptado las lecturas o resultados obtenidos como correctos. En el caso de que una empresa externa al SUMINISTRADOR realice alguno de los ensayos, el SUMINISTRADOR establecerá una Cláusula en el Contrato con dicha empresa estableciendo que las notificaciones para la realización de cualquier ensayotodas la pruebas que se mencionan en este Pliego, en el Proyecto Constructivo y aquellas que el Director de Obra juzgue necesarias. Ninguno de los ensayos y reconocimientos efectuados para la recepción de materiales eximirá al Contratista de la obligación de subsanar o reponer parcial o totalmente los materiales que puedan sufrir daños durante el almacenamiento hasta su puesta definitiva en obra o con posterioridad, en los términos recogidos en el apartado 1.7 anterior. Los gastos que se originen por la realización de cuantos ensayos, análisis, controles o pruebas de laboratorio estime necesarios la Dirección de Obra para la correcta comprobación de las características o calidad de los materiales empleados o de los trabajos ejecutados, serán por cuenta del Contratista hasta un importe del 1% del presupuesto total de ejecución, sin incluir el I.V.A. del proyecto. Se considera que para este tipo de obras el 1% del presupuesto es suficiente para la ejecución del control de calidad de la obra, por lo que no se aceptarán partidas adicionales para este fin, aparte de la especificada y detallada en el capítulo de Presupuestos. Aunque la financiación del control de calidad corre a cargo del Contratista, dentro del precio global de la obra, la aprobación del Plan de Control de Calidad, su seguimiento y la recepción de los resultados de los mismos, serán emitidos ensayos corresponde a ACUAMED y al SUMINISTRADOR simultáneamentela Dirección de Obra de Limusa.
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Samples: Construction Contract
Ensayos. La presente Subcláusula contratista realizará a su cuenta y cargo los ensayos de carga y de recepción sobre pilotes de acuerdo a lo siguiente:
3.4.2.4.1. Ensayos de carga
a) Forma de preparar el ensayo: El pilote de ensayo se deberá hincar con anterioridad a los pilotes que han de servir de apoyo al ensayo. En ningún caso, estos últimos podrán estar a menos de 1,60m. del pilote ensayado, midiendo esta distancia entre bordes. Durante toda la hinca del mencionado pilote no deberán producirse otras interrupciones que las debidas a la medición de los descensos. El ensayo propiamente dicho no podrá comenzar antes de 5 días de hincado el pilote de ensayo, si se trata de los del tipo premoldeado o diez (10) días, si es del tipo "in-situ". Todos los elementos y/o dispositivos que hacen al ensayo, deberán ser aislados y protegidos de cualquier acción extraña o perturbadora, sea producida por agentes naturales (lluvias, altas temperaturas, etc) o artificiales (desplazamientos de objetos, personas o vehículos) por medio de cercos, vallas, tendidos xx xxxx o telas vinílicas, opacas, estructuras éstas debidamente consolidadas en virtud de la función y tiempo que deben permanecer.
b) Registro de la carga: La carga aplicada deberá registrarse en forma contínua mediante un manómetro de registro visual. En caso de realizarse el ensayo utilizando gatos hidráulicos, se considerará como carga aplicada al producto de la presión registrada, por la sección del émbolo del gato, despreciándose los pesos de éste y de los elementos de transmisión de carga. Todos los elementos de medición será calibrados por laboratorios aceptados por la Comisión.
c) Transmisión de aplicación la carga: El Contratista asegurará el perfecto centrado de la carga a aplicar sobre la cabeza del pilote. A tal efecto, podrá macizar con hormigón adicional la cabeza del mismo, si ésta hubiera resultado dañada durante la hinca. Los dispositivos que el Contratista utilice para todas transmitir la carga a los pilotes de apoyo deberán asegurar una absoluta rigidez en su vinculación con éstos.
d) Medición de las pruebas deformaciones: Las deformaciones se medirán con flexímetros mecánicos en número de tres por cada ensayo, o bien mediante un solo micrómetro óptico. En ambos casos, los dispositivos de medición deberán asegurar una precisión en la lectura de 10 micrones. Cuando se utilicen flexímetros mecánicos, los mismos deberán tomar las medidas entre un collar rígidamente unido al pilote ensayado y una estructura metálica apoyada en dos puntos que distarán no menos de 3 metros entre sí. Estos apoyos consistirán en bases de hormigón o estructura, similar a las que se vincularán rígidamente a la estructura metálica.
e) Capacidad portante de los pilotes, determinada por ensayos especificados de carga; Cuando la carga portante real de un pilote debe ser verificada por ensayos de carga, deberá procederse como se establece a continuación: Antes de realizar cualquier ensayo de carga, deberá ponerse en conocimiento de la Inspección el sistema y proyecto de estructura y aparatos propuestos para realizarlo, debiendo contar con su aprobación. Todos los ensayos de carga serán por cuenta y cargo del Contratista y deberán ser realizados bajo la supervisión de la Inspección. Los aparatos necesarios para la determinación de las cargas aplicadas y para el registro de los asentamientos respectivos, deberán ser provistos por el Contratista. A menos que se indique otra cosa en los planos, y tratándose de pilotes de fundación de la estructura, la carga de prueba deberá ser el doble de la carga nominal para cada pilote. Dicha carga será aplicada de la siguiente manera: 50%; 75% y 100% de la carga nominal. Esta última deberá permanecer aplicada 24 horas antes de procederse a su lectura. Tras ésta, se procederá a retirar la carga del ensayo y no se continuará la operación hasta tanto no se constate, en la gráfica asiento-tiempo, que el suelo ha alcanzado su máxima posibilidad de recuperación. Luego se procederá a cargar nuevamente hasta la carga nominal, incrementándose a partir de ese momento en el Plan siguiente orden: 1,25, 1,50, 1,75 y 2 veces el valor nominal debiendo permanecer un mínimo de Aseguramiento dos (2) horas con cada carga antes de procederse a su lectura. La carga total de ensayo deberá permanecer aplicada durante cuarenta y ocho (48) horas y luego será quitada por decrementos que no excedan de un cuarto de la Calidad y carga total del ensayo, en intervalos no menores de una (1) hora. En caso de rotura del elemento de carga, se repetirá el ensayo a las 48 horas en las Especificaciones Técnicascondiciones iniciales. El SUMINISTRADOR deberá facilitar todos los aparatosDeberá registrarse la recuperación parcial correspondiente a cada decremento de carga, ayuda, documentos y demás información, energía eléctrica, equipos, combustible, consumibles, instrumentos, mano de obra, Materiales y personal adecuadamente cualificado y con experiencia, necesarios para llevar a cabo los ensayos especificados de forma eficiente. ACUAMED deberá notificar al SUMINISTRADOR con una antelación mínima de anotándose la recuperación final veinticuatro (24) horas su intención después que la carga total de asistir a los ensayos cuya asistencia sea necesaria según el Plan ensayo haya sido retirada. La carga máxima admisible de Aseguramiento pilote será la mitad de la Calidad. Si ACUAMED no notificara que provoque un asentamiento neto de 25 centésimos de mm.. por tonelada de carga total de ensayo, o no asistiera en la hora y lugar acordados, el SUMINISTRADOR podrá proceder a realizar los ensayos, salvo que ACUAMED indicara otra cosa, y provoque un asentamiento bruto total de 24 mm.; se considerará que estos ensayos se han realizado en presencia tomará la menor de ACUAMEDlas dos. El SUMINISTRADOR deberá remitir a ACUAMED, y no más tarde asentamiento bruto es la longitud total del desplazamiento hacia abajo de un (1) Día después pilote o grupo de pilotes que se produce bajo la aplicación de una carga ensayo. El asentamiento neto de un pilote o grupo de pilotes es el SUMINISTRADOR haya tenido acceso a ellos, los informes asentamiento bruto menos la recuperación que se produce luego de los ensayos, debidamente certificados. Cuando se hayan superado los ensayos especificados ACUAMED aprobará el certificado retirarse la carga de ensayo del SUMINISTRADOR o le emitirá un certificado a dicho efecto. Si ACUAMED no ha asistido a los ensayos se considerará que ha aceptado las lecturas o resultados obtenidos como correctos. En el caso de que una empresa externa al SUMINISTRADOR realice alguno de los ensayos, el SUMINISTRADOR establecerá una Cláusula en el Contrato con dicha empresa estableciendo que las notificaciones para la realización de cualquier ensayo, y los resultados de los mismos, serán emitidos a ACUAMED y al SUMINISTRADOR simultáneamenteaplicada.
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