ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD Cláusulas de Ejemplo

ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD. POR CONCEPTO DE ESTÍMULO DE ANTIGÜEDAD, LA UNIVERSIDAD PAGARÁ A LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS SINDICALIZADOS, UN 2% DE SU SALARIO POR CADA AÑO DE TRABAJO EN LA INSTITUCIÓN, PAGO QUE SE EFECTUARÁ A PARTIR DEL 6o. AÑO DE SERVICIO. DESPUÉS DE CUMPLIR 20 AÑOS DE LABORAR, ESTA PRESTACIÓN SE INCREMENTARÁ AL 2.5% ANUAL, ESTO SERÁ EN FORMA INDEPENDIENTE A LOS AUMENTOS GENERALES QUE SE OBTENGAN. PARA TAL EFECTO SE RECONOCE LA ANTIGÜEDAD DESDE LA FECHA EN QUE INICIA LA RELACIÓN LABORAL.
ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD. Se otorga al personal sindicalizado docente, administrativo, técnico y manual por el tiempo efectivo de servicios prestados en el Colegio. PERSONAL DOCENTE:
ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD. El “CECyTENL”, otorgará al personal docente como estímulo por antigüedad conforme a la siguiente tabla: 10 años 20 días xx xxxxxx convencional 15 años 30 días xx xxxxxx convencional 20 años 40 días xx xxxxxx convencional 25 años 50 días xx xxxxxx convencional 30 años 60 días xx xxxxxx convencional Este pago será aplicado en la segunda quincena del mes de diciembre, correspondiente al año en que el trabajador cumpla los años señalados. El otorgamiento de esta prestación no tendrá efectos retroactivos, se cubrirá exclusivamente al personal que en el año 2013 y años sucesivos cumpla con los años de servicio señalados. Xxxx señalar que se tomarán en cuenta los años de servicio que haya tenido el personal en puestos administrativos y en categorías docentes, siempre y cuando sea en el mismo “CECyTENL” de adscripción.
ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD. El Colegio otorgará el presente estimulo de conformidad a lo siguiente: AÑOS DE SERVICIO XXXX XX XXXXXXX CONVENCIONAL
ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD. El COLEGIO podrá otorgar diplomas a los trabajadores cuando a su juicio ameriten esa clase de estímulos, debiendo anexarse copia a su expediente y comunicarlo al STAACOBAED. El COLEGIO premiará a sus trabajadores, de acuerdo con su antigüedad, en la forma siguiente: I. Con diez años de servicio efectivos: un mes xx xxxxxx y diploma. II. Con quince años de servicio efectivos: un mes xx xxxxxx y diploma. III. Con veinte años de servicio efectivos: dos meses xx xxxxxx, diploma y medalla al mérito. IV. Con veinticinco años de servicio efectivos: dos meses y medio xx xxxxxx, diploma y medalla al mérito. V. Con treinta años de servicio efectivos: tres meses xx xxxxxx, diploma y medalla al mérito. VI. Con cuarenta años de servicio efectivos: cuatro meses xx xxxxxx, diploma y medalla al mérito. VII. Se premiará a los trabajadores que cumplan 35 años efectivos de servicios en el COBAED, con un bono de $1,500.00 (SON MIL QUINIENTOS PESOS 00/100 M.N.), diploma y medalla al mérito. El impuesto correspondiente a los estímulos se absorberá 50% trabajador y 50 % la Institución. El estímulo se entregará anualmente en una ceremonia especial en el mes xx xxxx, conforme a lo establecido en la Cláusula 68, y se tomarán en consideración a los trabajadores que en el ejercicio del año fiscal cumplan con la antigüedad requerida.

Related to ESTÍMULO POR ANTIGÜEDAD

  • PRECIO UNITARIO Y EL IMPORTE TOTAL A PAGAR POR LOS BIENES y/o SERVICIOS [Formato de Tabla:] Nro. De Orde n Nro. De Ítem/L ote Descripci ón Xxxx a Proc ede ncia Unidad de Medida Cantidad Precio Unitario Monto Total El monto total del presente contrato asciende a la suma de: El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato. La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC).

  • CAUSALES Y PROCEDIMIENTO PARA SUSPENDER TEMPORALMENTE, DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE O RESCINDIR EL CONTRATO Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2.051/03, y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato (CGC y CEC).

  • Capacidad para contratar y criterios de selección de las empresas Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 71 de la LCSP, en la Ley 14/1995, de 21 xx xxxxx, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, o su clasificación de conformidad con lo establecido en el apartado 7 de la cláusula 1. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, se especifica en el apartado 6 de la cláusula 1. Además, cuando se trate de personas jurídicas, las prestaciones del contrato objeto del presente pliego han de estar comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, conforme a sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 68 de la LCSP.

  • Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo Formalizado el contrato el adjudicatario elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Obra, ajustado al Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en estos. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el Contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución del nivel de protección previsto en el Estudio. El Plan será aprobado por el Ayuntamiento, antes del inicio de la obra, previo informe del Coordinador en materia de seguridad y salud o de la Dirección facultativa de la Obra, si no fuera preceptivo designar Coordinador, y se comunicará a la Autoridad Laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de replanteo e inicio de la obra.

  • Tramitación, procedimiento y forma de adju- dicación a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.

  • DEPENDENCIA, UNIDAD ORGÁNICA Y/O ÁREA SOLICITANTE Gerencia de Desarrollo Urbano

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos: Después de la notificación con la Resolución de Declaratoria Desierta. Si existiese Recurso Administrativo de Impugnación, luego de su agotamiento, en contrataciones con montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS). Cuando la entidad convocante solicite la extensión del periodo de validez de propuestas y el proponente rehúse aceptar la solicitud. Después de notificada la Resolución de Cancelación del Proceso de Contratación. Después de notificada la Resolución de Anulación del Proceso de Contratación, cuando la anulación sea hasta antes de la publicación de la convocatoria. Después de formalizar la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio con el proponente adjudicado. El tratamiento de ejecución y devolución de las Garantías de Cumplimiento de Contrato y de Correcta Inversión de Anticipo, se establecerá en el Contrato.