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Evaluación Documental Cláusulas de Ejemplo

Evaluación Documental. Se verificará el cumplimiento de los aspectos formales de la documentación presentada indicado en el punto 4 de las presentes bases. Entre ellos, lo establecido en el artículo 20 de la Política de Compras y Contrataciones del Banco BICE S.A. que indica que los oferentes, para estar en condiciones de contratar con el banco, no deberán encontrarse incursos en ninguna de las siguientes situaciones: a. Hubieran sido sancionadas por rescisión con culpa en contratos celebrados con el Banco. b. Xxxxxxxx participado en la elaboración de los documentos o especificaciones preparatorias de los contratos que celebre el Banco. c. Se encontraren condenados con sentencia firme por delitos dolosos, por un lapso igual al doble del plazo de la condena. d. No hubieran cumplido con sus obligaciones laborales, tributarias y previsionales de conformidad con lo establecido por la AFIP. e. Como oferente hubiera recibido alguna sanción judicial o administrativa vinculada al objeto de la compra o contratación por abuso de posición dominante, dumping, competencia desleal, dentro de los tres (3) años anteriores a su presentación.
Evaluación Documental. Consiste exclusivamente en una Evaluación Documental del cumplimiento de los Criterios Críticos aplicables de la Norma general para fines de Certificación o Registro
Evaluación Documental. Evaluación Completa In Situ

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  • Evaluación Los criterios expresados en esta sección son indicativos de cuáles son los aspectos que la CCB considerará en las ofertas que reciba, del modo como realizará esa valoración y de los diversos niveles de importancia que concede a distintas materias.

  • EVALUACIÓN TÉCNICA Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

  • EVALUACIÓN ECONÓMICA Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMPE Donde: i = Propuesta Pi = Puntaje de la propuesta económica i Oi = Propuesta Económica i Om = Propuesta Económica de monto o precio más bajo PMPE = Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

  • EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 38.1. El Contratante evaluará todas las ofertas que cumplan los requisitos esenciales establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. 38.2. Los valores, puntajes y los criterios aplicables a la evaluación técnica y económica deberán ser objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria, debiendo sujetarse a criterios de razonabilidad, racionalidad y proporcionalidad. 38.3. Así mismo, en el PBC deberá identificar y expresar con claridad y de forma expresa los documentos probatorios que permitan valorar la capacidad del oferente y la calidad del bien o servicio a adquirir. 38.4. La oferta técnica presentada será evaluada aplicando el método cumple o no cumple, sin asignar puntaje adicional al que exceda el mínimo requerido. 38.5. Si los bienes son estandarizables, el criterio de selección será únicamente el precio, en caso contrario, se deberá ponderar precio con calidad. 38.6. Para evaluar las ofertas, el Contratante utilizará únicamente los factores, metodologías y criterios definidos en el PBC, so pena de nulidad. 38.7. Al evaluar las Ofertas, el Contratante considerará lo siguiente: (a) el precio cotizado (b) el ajuste del precio por correcciones de errores aritméticos (c) el ajuste del precio debido a descuentos ofrecidos (d) ajustes debidos a la aplicación de criterios de evaluación, 38.8. Al evaluar una oferta el Contratante excluirá y no tendrá en cuenta: (a) en el caso de bienes producidos o de origen en Nicaragua, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (b) en el caso de bienes no producidos en o de origen fuera de Nicaragua, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (c) ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato si estuviese estipulado en la oferta. 38.9. Podrá permitirse a los Oferentes cotizar precios separados por uno o más lotes, y al Contratante adjudicar uno o varios lotes a más de un Oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la mejor oferta, está detallada en la Sección III, Criterios de Calificación y Evaluación.

  • Evaluación Oferta Económica El Comité de Compras y Contrataciones evaluará y comparará únicamente las Ofertas que se ajustan sustancialmente al presente Pliego de Condiciones Específicas y que hayan sido evaluadas técnicamente como CONFORME, bajo el criterio del mejor precio ofertado. Sección IV Adjudicación‌

  • EVALUACIÓN DE OFERTAS A continuación la mesa de contratación efectuará las siguientes actuaciones en las sesiones que resulten necesarias: 18.1.- Comprobará si las ofertas incurren en alguna de las causas de rechazo establecidas en la cláusula 14.1 de condiciones generales y adoptará, en su caso, el consiguiente acuerdo de rechazo. 18.2.- Comprobará si las ofertas admitidas rebasan los límites establecidos, en su caso, en la cláusula 22.3 de cláusulas específicas del contrato y, si alguna los rebasa, realizará las actuaciones previstas en el art. 18.3.- Calculará las puntuaciones de las ofertas y determinará cuál es la mejor mediante la suma de los puntos obtenidos por cada una de ellas en todos y cada uno de los criterios de adjudicación.

  • EVALUACIÓN PRELIMINAR Concluido el acto de apertura en sesión reservada, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, determinará si las propuestas continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la propuesta, utilizando el Formulario V-1.

  • Obtención de documentación e información a) Entidad: b) Domicilio: c) Localidad y código postal: d) Teléfono: e) Telefax:

  • Documentación Las proposiciones constarán de dos sobres cerrados denominados A y B, y en cada uno de los cuales se hará constar el contenido (en la forma que se indicará) y el nombre del licitador. Los documentos descritos a continuación para cada uno de los sobres serán aportados independientes y con una carátula identificativa de cada uno de ellos. A) Sobre A: Denominado “DOCUMENTOS”. Expresará la inscripción de: “Solicitud y documentos generales para participar en el procedimiento negociado con publicidad para adjudicar el contrato de Adquisición de Mobiliario de Oficina para el Proyecto: Red de Oficinas de Turismo de la Provincia xx Xxxxxxx”, y que contendrá la siguiente documentación, que deberá presentarse en original o fotocopia compulsada: 1.- Solicitud de participación en el Procedimiento Negociado con Publicidad. 2.- Acreditación de la personalidad del empresario y la representación en su caso del firmante de la proposición, y presentar la documentación que consistirá en: Documento Nacional de Identidad del licitador, cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales. Escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, o de los documentos de constitución, estatutos o acto fundacional en el que constaren las normas por las que se regula su actividad inscrita en su caso en el correspondiente registro oficial, cuando el empresario fuera persona jurídica y D.N.I. del representante legal de la misma. Cuando dos o más empresas presenten oferta conjunta de licitación, constituyendo una unión temporal, obligándose solidariamente, cada una acreditará su personalidad y capacidad en la forma antes expuesta, debiendo indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, así como la participación de cada una de ellas, designando la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de la unión ante Prodetur, S.A. Copia de escritura de poder si se actúa en representación de otra persona, así como fotocopia compulsada o testimonio Notarial de su Documento Nacional de Identidad, si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Empresarios no españoles de estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente. 3.- Alta del Impuesto de Actividades Económicas, en su caso, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato y recibo pagado del mismo de la anualidad / período exigible legalmente en el momento de la licitación. En el supuesto de no estar obligado al pago del Impuesto, declaración responsable de estar exento de la obligación. 4.- En su caso, Declaración Censal de Alta/Comienzo de Actividad (Agencia Tributaria). 5.- Documento acreditativo o declaración de estar al corriente en las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales, así como en las cuotas de la Seguridad Social, comprometiéndose, caso de resultar propuesto como adjudicatario a aportar certificación acreditativa de dichos extremos, de conformidad con lo establecido en el artículo 135.4 de la LCSP. 6.- Declaración responsable del licitador haciendo constar que no se halla incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar enumeradas en el art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Público y demás prohibiciones previstas en la legislación vigente. 7.- Número de fax donde el contratista desea ser notificado de todas las resoluciones, providencias, u otros actos administrativos relacionados con el expediente de contratación sin que se precise notificación ulterior alguna por entender aquella realizada a todos los efectos legales.

  • EVALUACIÓN DE LA OFERTA Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”.