Evaluación por puntaje Cláusulas de Ejemplo

Evaluación por puntaje. Para la valoración de la comparación de las calificaciones de los consultores se ha considerado los siguientes parámetros: Experiencia General del Consultor 30 puntos Experiencia Específica del Consultor 60 puntos Cursos realizados dentro y fuera del País 10 puntos El objetivo de este ítem es valorar la experiencia general del consultor, para lo cual se aplica el siguiente criterio: Se calificará con 30 puntos al consultor que acredite experiencia general en al menos 3 proyectos en los últimos 20 años, en los cuales se haya desempeñado en funciones de fiscalización, diseño o construcción de obra (como contratista principal o residente) correspondientes a proyectos que contemplen la construcción de obras civiles. Cada certificado que acredite la experiencia recibirá un puntaje de 10 puntos por cada uno. La experiencia se acreditará a los consultores que adjunten certificados como: copia del acta de entrega recepción provisional o definitiva de los trabajos relacionados con la experiencia general solicitada o un documento otorgado por la Máxima Autoridad de la entidad contratante o por el administrador del contrato si se tratase de un Director de Área o su equivalente. El Consultor que haya participado en calidad de contratista deberá demostrar experiencia mediante la presentación de Actas de Entrega Recepción Provisional o Definitiva de contratos. En el caso del Residente de Obra, se aceptará certificados otorgados por el contratista y la correspondiente Acta de Recepción de obra ejecutada en la cual haya participado. La entidad contratante se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información presentada. El objetivo de este ítem es valorar la experiencia específica del consultor, para lo cual se aplica el siguiente criterio: Se calificará con 60 puntos al consultor que acredite experiencia específica en al menos 6 proyectos en los últimos 20 años, en los cuales se haya desempeñado en fiscalización, o construcción de obra (como contratista principal o residente) correspondientes a proyectos que incluyan el montaje xx xxxxxx metálicas de celosía. Cada certificado que acredite la experiencia recibirá un puntaje de 20 puntos por cada uno. La experiencia se acreditará a los consultores que adjunten certificados como: copia del acta de entrega recepción provisional o definitiva de los trabajos relacionados con la experiencia general solicitada o un documento otorgado por la Máxima Autoridad de la entidad contratante o por el administrador del cont...
Evaluación por puntaje. Solo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje. Para la valoración se observarán los siguientes criterios: Experiencia general 10 puntos Experiencia específica 20 puntos Experiencia del personal técnico 10 puntos Oferta económica 60 puntos
Evaluación por puntaje. Parámetro Valoración Asignación Observaciones TOTAL 100 puntos
Evaluación por puntaje. Metodología de calificación por puntaje: evaluación de por puntaje Parámetros a evaluar por puntaje: EVALUACIÓN POR PUNTAJE 1 Experiencia Específica 50 puntos No se otorgará puntaje a las ofertas que presenten el monto mínimo solicitado para experiencia especifica. Se otorgará un puntaje máximo de 50 puntos a las ofertas que presenten un monto igual o superior a la multiplicación del presupuesto referencial por 1,25. Para el resto de las ofertas se calculará el puntaje que sobrepase el mínimo requerido a través de la aplicación de una regla de tres de manera inversamente proporcional.
Evaluación por puntaje. Solo las ofertas que cumplan con la Integridad de la oferta y los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje. Las ofertas serán calificadas sobre cien (100) puntos. Los Oferentes que estén interesados en la “Operación, Equipamiento, Administración, Comercialización y Mantenimiento del Centro de Convenciones Metropolitano de la Ciudad de Quito (CCMQ)”, deberán entregar en su oferta todos los documentos que permitan validar el cumplimiento de los parámetros señalados a continuación: Experiencia General 15 Experiencia Específica 50 Experiencia de personal técnico 10 Oferta económica 25
Evaluación por puntaje. Solo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos, serán objeto de la evaluación por puntaje. Para la valoración se observará los siguientes parámetros:
Evaluación por puntaje. Solo las ofertas que cumplan con la Integridad de la oferta y los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje. Las ofertas serán calificadas sobre cien (100) puntos. Los Oferentes que estén interesados en la “Operación, Equipamiento, Administración, Comercialización y Mantenimiento del Centro de Convenciones Metropolitano de la Ciudad de Quito (CCMQ)”, deberán entregar en su oferta todos los documentos que permitan validar el cumplimiento de los parámetros señalados a continuación: Experiencia General 20 Experiencia Específica 10 Validación de Experiencia 5 Experiencia de personal técnico 5 Oferta económica año 2019 10 Oferta económica desde el año 2020 hasta la finalización del contrato 50 Rango Puntos EXPERIENCIA De 5 a 9 años 5 GENERAL: De 10 a 14 años 7.5 El oferente deberá acreditar que De 15 a 19 años 10 cuenta con un Para el caso de De 20 a 24 años 15 mínimo 5 años de El oferente deberá probar la consorcios se experiencia en relación contractual o laboral permitirá sumar la administración y que sustente su experiencia. experiencia de los comercialización de consorciados centros de convenciones, o De 25 en adelante 20 recintos feriales, o afines EXPERIENCIA Un evento será considerado internacional si (i) por lo menos el 33% de sus asistentes tienen una nacionalidad distinta al del país donde se desarrolló el evento, y (ii) si dichos asistentes pertenecen por lo menos a tres países diferentes (el “Evento Internacional”). En la casilla denominada “Internacional o Nacional”, seleccionará una de las dos para cada evento señalado Menor a 5 eventos 0 ESPECÍFICA: De 5 a 9 eventos 2,5 Información sobre los eventos relevantes que alojó De 10 a 14 5 Experiencia u organizó durante eventos los últimos tres años, para lo cual completará el De 15 a 19 eventos 7,5
Evaluación por puntaje. Solo las ofertas que cumplan con los requisitos mínimos serán objeto de evaluación por puntaje. Se procederá a la evaluación por puntaje solo a las ofertas que cumplan con la FASE Cumple – No Cumple. Personal técnico Años adicionales de experiencia Xxxxxx xxxxxxx Supervisor de Mantenimiento 5 7.5 puntos Inspector de Control de Calidad 5 7.5 puntos Mecánicos de Mantenimiento 3 5 puntos

Related to Evaluación por puntaje

  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: - Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. - Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada FMI da garantía de que durante los noventa (90) días siguientes a la fecha prevista en el Sistema del Contrato FMI, el Software suministrado por FMI será sustancialmente conforme a las especificaciones publicadas por FMI para el Software que comercializa. La responsabilidad de FMI, y el único recurso para el Titular de la licencia por las infracciones a la garantía anteriormente referida, serán, a elección de FMI, sustitución del medio, reembolso, o reparación o sustitución del software. ESTA GARANTÍA LIMITADA ES LA ÚNICA GARANTÍA PROPORCIONADA POR FMI Y SUS TITULARES DE LAS LICENCIAS EXPRESAMENTE LE EXONERAN CON RESPECTO A OTRAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, EXPRESAS O TÁCITAS, INCLUYENDO, A TÍTULO INDICATIVO PERO NO LIMITATIVO, LAS GARANTÍAS RELATIVAS A LA COMERCIALIZACIÓN, CALIDAD E IDONEIDAD PARA UN OBJETIVO CONCRETO. ASIMISMO NO SE PRESTA GARANTÍA CONTRA CUALQUIER IMPEDIMENTO AL DERECHO DE DISFRUTE DEL TITULAR DE LA LICENCIA DEL SOFTWARE, O CONTRA LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD DE TERCEROS QUE ÉSTE PUDIERA OCASIONAR. FMI NO PRESTA GARANTÍA DE QUE EL SOFTWARE CUMPLIRÁ, REUNIRÁ LAS EXIGENCIAS DEL TITULAR DE LA LICENCIA NI DE QUE SU FUNCIONAMIENTO SE REALIZARÁ SIN INTERRUPCIONES O ERRORES, NI DE QUE SE ARREGLARÁN DEFECTOS EN EL SOFTWARE. ADICIONALMENTE FMI NO GARANTIZA O REALIZA MANIFESTACIONES EN RELACIÓN CON EL FUNCIONAMIENTO O LOS RESULTADOS DEL USO DEL SOFTWARE, EN TÉRMINOS DE SU EXACTITUD, VERACIDAD, FIABILIDAD U OTROS. NINGUNA INFORMACIÓN VERBAL O ESCRITA DE FMI, O DE UN REPRESENTANTE AUTORIZADO CREARÁ UNA OBLIGACIÓN O GARANTÍA NI EN MODO ALGUNO AMPLIARÁ EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA. HASTA EL PUNTO QUE LA JURISDICCIÓN APLICABLE NO PERMITA LA EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS O CONDICIONES IMPLÍCITAS, LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ NO SER DE APLICACIÓN AL TITULAR DE LA LICENCIA.