Excedencia. Los trabajadores/as con un (1) año de servicio mínimo, tendrán derecho a excedencia voluntaria por un período de cuatro (4) meses como mínimo y un xxxxxx xx xxxx (10) años, siempre coincidiendo con períodos mensuales, siempre que no sea para realizar los mismos trabajos dentro del sector. Las empresas afectadas por el presente Convenio Colectivo efectuarán obligatoriamente al trabajador/a que vaya a sustituir al excedente, un contrato de los denominados interinos de conformidad con la legislación vigente, dando conocimiento de dicho contrato al trabajador/a que solicita la excedencia, así como a los Delegados de Personal y Miembros del Comité de Empresa. El tiempo de duración de dicho contrato será por el tiempo que dure la excedencia. El trabajador/a en excedencia podrá incorporarse a su puesto de trabajo, antes de finalizar el plazo de expiración de la excedencia. Debiendo para ello solicitar por escrito la incorporación con dos meses de antelación a la fecha que lo desee y su reincorporación será de forma automática. En el momento de reincorporación del trabajador/a de contrato en situación de excedencia, el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle, cesará de forma automática. Se podrá repetir la excedencia voluntaria una vez transcurridos 6 meses desde la última disfrutada. El trabajador/a que sea declarado/a en situación de invalidez profesional o provisional pasará automáticamente a excedencia especial y al ser dado de xxxx xxx xxxxxx se reincorporará a su puesto anterior. En ese momento de reincorporación el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle cesará de forma automática.
Appears in 2 contracts
Excedencia. Los trabajadores/as trabajadores con un (1) año de servicio mínimo, tendrán derecho a podrán solicitar la excedencia voluntaria por un período plazo mínimo de cuatro (4) meses como mínimo y un xxxxxx xx xxxx (10) no superior a cinco años, siempre coincidiendo con períodos mensualesno computándose el tiempo que dure esta situación a ningún efecto, siempre y sin que en ningún caso se pueda producir en los contratos de duración determinada. Las peticiones de excedencia serán resueltas por la empresa en el plazo máximo de un mes. El trabajador que no sea para realizar los mismos trabajos dentro del sectorsolicite el reingreso antes de la terminación de su excedencia, causará baja definitiva en la empresa. Las empresas afectadas Para acogerse a otra excedencia voluntaria, el trabajador deberá cubrir un nuevo periodo de, al menos, cuatro años de servicio efectivo en la empresa. Cuando el trabajador lo solicite, el reingreso estará condicionado a que haya vacante en su grupo profesional; si no existiese vacante en el grupo profesional y sí en el inferior, el excedente podrá optar entre ocupar esta plaza con el salario a ella correspondiente hasta que se produzca una vacante en su grupo profesional, o no reingresar hasta que se produzca dicha vacante. Igualmente, en el supuesto de que hubiese vacante en una modalidad contractual no indefinida, el trabajador podrá optar por incorporarse a la misma por el presente Convenio Colectivo efectuarán obligatoriamente al trabajador/a que vaya a sustituir al excedente, un contrato de los denominados interinos de conformidad con la legislación vigente, dando conocimiento de dicho contrato al trabajador/a que solicita la excedencia, así como a los Delegados de Personal y Miembros del Comité de Empresa. El tiempo de duración de dicho contrato será por dicha contratación temporal, y sin que el tiempo que dure ejercicio de esta posibilidad desvirtúe lo dispuesto en el párrafo anterior para ocupar una vacante de modalidad contractual indefinida en cuanto esta se produzca. En cualquier caso, la excedencia. El trabajador/empresa vendrá obligada a en excedencia podrá incorporarse a su puesto de trabajo, antes de finalizar el plazo de expiración de la excedencia. Debiendo para ello solicitar contestar por escrito la incorporación con dos meses de antelación a la fecha que lo desee y su reincorporación será petición de forma automática. En el momento de reincorporación reingreso del trabajador/a de contrato en situación de excedencia, el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle, cesará de forma automática. Se podrá repetir la excedencia voluntaria una vez transcurridos 6 meses desde la última disfrutada. El trabajador/a que sea declarado/a en situación de invalidez profesional o provisional pasará automáticamente a excedencia especial y al ser dado de xxxx xxx xxxxxx se reincorporará a su puesto anterior. En ese momento de reincorporación el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle cesará de forma automática.
Appears in 2 contracts
Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Excedencia. cve: BOE-A-2016-980 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Los trabajadores/as con un (1) año de servicio mínimo, tendrán derecho a antigüedad podrán solicitar la excedencia voluntaria por un período plazo superior a cuatro meses e inferior a cinco años. Los periodos inferiores podrán prorrogarse hasta los cinco años en total. Los trabajadores que hayan disfrutado de cuatro (4) meses como mínimo una excedencia voluntaria y quieran acogerse a otra deberán dejar transcurrir al menos un xxxxxx xx xxxx (10) años, siempre coincidiendo con períodos mensuales, siempre año desde la finalización de la primera excedencia para que no sea para realizar los mismos trabajos dentro del sectorla Empresa se la conceda. Las empresas afectadas peticiones de excedencia y de sus prórrogas quedarán resueltas por la Empresa en un plazo máximo de quince días. Si el presente Convenio Colectivo efectuarán obligatoriamente al trabajador/a no solicitara el reingreso con un preaviso de 30 días, perderá el derecho de un puesto en la Empresa, siendo admitido inmediatamente en el caso de cumplir tal requisito en el mismo subgrupo y puesto que vaya a sustituir tenía cuando la solicitó. Los trabajadores/as que soliciten excedencia como consecuencia de haber sido nombrados para el ejercicio de cargos públicos y sindicales, no necesitarán de un año de antigüedad para solicitarla, concediéndose obligatoriamente en estos casos, siendo admitido inmediatamente al excedente, un contrato cumplir su mandato. En este supuesto y durante el tiempo de los denominados interinos de conformidad con la legislación vigente, dando conocimiento de dicho contrato al trabajador/a que solicita la excedencia, así como excedencia se computará a los Delegados efectos de Personal y Miembros del Comité de Empresaantigüedad. El tiempo de duración de dicho contrato será por Si el tiempo que dure la excedencia. El trabajador/a en excedencia podrá incorporarse no se reincorporara, el sustituto, pasará a su puesto de trabajo, antes de finalizar el plazo de expiración formar parte de la excedencia. Debiendo para ello solicitar por escrito plantilla como fijo respetándole la incorporación con dos meses de antelación a la fecha que lo desee y su reincorporación será de forma automática. En el momento de reincorporación del trabajador/a de contrato en situación de excedencia, el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle, cesará de forma automática. Se podrá repetir la excedencia voluntaria una vez transcurridos 6 meses desde la última disfrutada. El trabajador/a que sea declarado/a en situación de invalidez profesional o provisional pasará automáticamente a excedencia especial y al ser dado de xxxx xxx xxxxxx se reincorporará a su puesto anterior. En ese momento de reincorporación el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle cesará de forma automáticaantigüedad.
Appears in 1 contract
Excedencia. Los trabajadores/trabajadores/ as con un (1) año podrán solicitar la excedencia voluntaria o forzosa en los términos previstos en el artículo 46 del Estatuto de servicio mínimolos Trabajadores. No obstante, al amparo de lo establecido en el apartado 6 del citado precepto, todos los trabajadores/ as tendrán derecho a una excedencia voluntaria especial, con los siguientes requisitos y efectos:
1.- Hacer la solicitud por un escrito dirigida a la empresa con tres meses de antelación, expresando de forma motivada las causas de la misma.
2.- Tener acreditado, como mínimo una antigüedad de cinco años en la empresa.
3.- Que el período de cuatro (4) meses como mínimo y un xxxxxx xx xxxx (10) excedencia solicitado, no sea superior a dos años ni inferior a seis meses. Siendo posible solicitar prórrogas del período de excedencia inicialmente solicitado si es inferior a dos años, siempre coincidiendo con períodos mensuales, siempre que no sea para realizar los mismos trabajos dentro del sector. Las empresas afectadas por el presente Convenio Colectivo efectuarán obligatoriamente al trabajador/a que vaya a sustituir al excedente, un contrato de los denominados interinos de conformidad con pudiendo solicitar la legislación vigente, dando conocimiento de dicho contrato al trabajador/a que solicita la excedencia, así como a los Delegados de Personal y Miembros del Comité de Empresa. El tiempo de duración de dicho contrato será por el tiempo que dure la excedencia. El trabajador/a en excedencia podrá incorporarse reincorporación a su puesto de trabajo, trabajo antes de finalizar que concluya el periodo de excedencia solicitado, ni pudiendo el mismo trabajador ejercer este derecho otra vez, hasta transcurridos diez años desde el final de la anterior situación de excedencia.
4.- Solamente podrán encontrarse en situación de excedencia al mismo tiempo en la empresa un máximo del 5% de la plantilla de fijos: Todas las excedencias solicitadas por encima del citado tope, no se podrán conceder hasta tanto no se reincorpore el anterior o anteriores excedentes.
5.- Las peticiones de excedencia se resolverán por riguroso orden de presentación en el plazo máximo de expiración sesenta días siguientes al de la su presentación.
6.- Una vez concluido el período solicitado de excedencia. Debiendo para ello solicitar , el trabajador podrá volver a su puesto de trabajo en las mismas condiciones que anteriormente tenía, siempre que lo comunique por escrito a la incorporación empresa con dos meses de antelación antelación. El incumplimiento de esta obligación por parte del trabajador será considerado como una renuncia voluntaria a su relación laboral vigente con extinción de la fecha que lo desee y su reincorporación será de forma automáticamisma. En cuanto al resto de las excedencias se estará a lo dispuesto en el momento Estatuto de reincorporación del trabajador/a de contrato en situación de excedencia, el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle, cesará de forma automática. Se podrá repetir la excedencia voluntaria una vez transcurridos 6 meses desde la última disfrutada. El trabajador/a que sea declarado/a en situación de invalidez profesional o provisional pasará automáticamente a excedencia especial y al ser dado de xxxx xxx xxxxxx se reincorporará a su puesto anterior. En ese momento de reincorporación el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle cesará de forma automáticalos Trabajadores.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio
Excedencia. Los trabajadores/as 1.- La excedencia voluntaria podrá ser solicitada por los trabajadores con contrato indefinido y un (1) año año, al menos, de antigüedad al servicio mínimodel Consorcio para la Promoción de la Música. La duración de esta situación no podrá ser inferior a cuatro meses ni superior a cinco años, tendrán y el derecho a esta situación solo podrá ser ejercido otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido dos años desde el final de la anterior excedencia voluntaria por voluntaria. En los supuestos de excedencia para el cuidado de hijo o adopción o acogimiento, y cuidado de familiar dependiente será de aplicación la legislación laboral general.
2.- El trabajador excedente voluntario deberá solicitar el reingreso o nuevo período de excedencia (que no podrá inferior a cuatro meses ni exceder un total acumulado de cinco años) mediante escrito dirigido a la gerencia del Consorcio para la Promoción de la Música, al menos, treinta días naturales antes de la terminación del plazo de excedencia.
3.- El trabajador excedente voluntario que solicite su reincorporación, tendrá derecho a ocupar la primera vacante que se produzca en su categoría. Si no existiese vacante en su misma categoría y existiera en una categoría inferior a la que ostentaba, podrá optar a ella o bien esperar a que se produzca aquella.
4.- El Consorcio reservará el puesto de trabajo a los trabajadores excedentes un período máximo de cuatro (4) meses como mínimo y un xxxxxx xx xxxx (10) añosseis meses, siempre coincidiendo con períodos mensuales, siempre que no sea para realizar los mismos trabajos dentro del sector. Las empresas afectadas por el presente Convenio Colectivo efectuarán obligatoriamente al trabajador/a que vaya a sustituir al excedente, un contrato de los denominados interinos de conformidad con si la legislación vigente, dando conocimiento de dicho contrato al trabajador/a que solicita la excedencia, así como a los Delegados de Personal y Miembros del Comité de Empresa. El tiempo de duración de dicho contrato será por el tiempo que dure la excedencia. El trabajador/a en excedencia podrá incorporarse a su puesto de trabajo, antes de finalizar el plazo de expiración de la excedencia. Debiendo para ello solicitar por escrito la incorporación con dos meses de antelación a la fecha que lo desee y su reincorporación será de forma automática. En el momento de reincorporación del trabajador/a de contrato en situación de excedencia, el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle, cesará de forma automática. Se podrá repetir la excedencia voluntaria una vez transcurridos 6 meses desde la última disfrutada. El trabajador/es igual o superior a que sea declarado/ese período, o durante todo el período de excedencia si es inferior a en situación de invalidez profesional o provisional pasará automáticamente a excedencia especial y al ser dado de xxxx xxx xxxxxx se reincorporará a su puesto anterior. En ese momento de reincorporación el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle cesará de forma automáticaseis meses.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Colectivo
Excedencia. Los trabajadores/as con La excedencia podrá ser voluntaria o forzosa. La forzosa, que dará derecho a la conservación del puesto y al cómputo de la antigüedad de su vigencia, se concederá por la designación o elección de un (1) año de servicio mínimocargo público que imposibilite su asistencia al trabajo. El reingreso deberá solicitado dentro del mes siguiente al cese en el cargo público. Quienes ostenten cargos electivos a nivel provincial, autonómico o estatal, en las organizaciones sindicales más representativas, tendrán derecho a la excedencia forzosa, con derecho a reserva del puesto de trabajo y al cómputo de la antigüedad mientras dure el ejercicio de su cargo representativo, debiendo incorporarse a su puesto de trabajo dentro del mes siguiente a la fecha del cese. La persona trabajadora con al menos una antigüedad de un año en la empresa, tiene derecho a solicitar la excedencia voluntaria por un período no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho solo podrá ser ejercitado otra vez por la misma persona trabajadora si han transcurrido cuatro años desde el final de cuatro (4) meses como mínimo y un xxxxxx xx xxxx (10) años, siempre coincidiendo con períodos mensuales, siempre que no sea para realizar los mismos trabajos dentro del sectorla anterior excedencia. Las empresas afectadas peticiones de excedencia serán resueltas por la empresa en el presente Convenio Colectivo efectuarán obligatoriamente plazo máximo de un mes, teniendo en cuenta las necesidades del trabajo, y aquellas peticiones se fundamenten en terminación de estudios, exigencias familiares y otras análogas. cve: BOE-A-2024-11181 Verificable en https://www.boe.es Se perderá el derecho al trabajadorreingreso en la empresa si no es solicitado por el/la interesado/a que vaya a sustituir al excedente, un contrato con una antelación de los denominados interinos de conformidad con la legislación vigente, dando conocimiento de dicho contrato al trabajador/a que solicita la excedencia, así como a los Delegados de Personal y Miembros del Comité de Empresa. El tiempo de duración de dicho contrato será por el tiempo que dure la excedencia. El trabajador/a en excedencia podrá incorporarse a su puesto de trabajo, antes de finalizar el plazo de expiración de la excedencia. Debiendo para ello solicitar por escrito la incorporación con dos meses de antelación quince días a la fecha de finalización del plazo que lo desee y su reincorporación será de forma automática. En el momento de reincorporación del trabajador/a de contrato en situación de excedencia, el trabajador/a interino y que le fue contratado para sustituirle, cesará de forma automática. Se podrá repetir la excedencia voluntaria una vez transcurridos 6 meses desde la última disfrutada. El trabajador/a que sea declarado/a en situación de invalidez profesional o provisional pasará automáticamente a excedencia especial y al ser dado de xxxx xxx xxxxxx se reincorporará a su puesto anterior. En ese momento de reincorporación el trabajador/a interino y que fue contratado para sustituirle cesará de forma automáticaconcedido.
Appears in 1 contract
Samples: Viii Convenio Colectivo Sectorial Estatal De Cadenas De Tiendas De Conveniencia