Excedencias especiales. Dará lugar a la situación de excedencia especial del personal cualquiera de las siguientes causas: a) Nombramiento para cargo público, cuando su ejercicio sea incompatible con la prestación de servicios en la empresa. Si surgiera discrepancia a este respecto, decidirá la jurisdicción competente. La excedencia se prolongará por el tiempo que dure el cargo que la determina y otorgará derecho a ocupar la misma plaza que desempeña el trabajador al producirse tal situación, computándose el tiempo que haya permanecido en aquélla como activo a todos los efectos. El reingreso deberá solicitarlo dentro del mes siguiente al de su cese en el cargo público que ocupaba.
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Excedencias especiales. Dará lugar a la situación de excedencia especial espe- cial del personal cualquiera de las siguientes causas:
a) Nombramiento para cargo público, cuando su ejercicio sea incompatible con la prestación de servicios en la empresa. Si surgiera discrepancia discrepan- cia a este respecto, decidirá la jurisdicción competente. La excedencia se prolongará por el tiempo que dure el cargo que la determina y otorgará derecho a ocupar la misma plaza que desempeña el trabajador al producirse tal situación, computándose el tiempo que haya permanecido en aquélla como activo a todos los efectos. El reingreso deberá solicitarlo dentro den- tro del mes siguiente al de su cese en el cargo público que ocupaba.
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Excedencias especiales. Dará lugar a la situación de excedencia especial excedencias especiales del personal fijo cualquiera de las siguientes causas:
aA) Nombramiento para cargo públicopúblico o sindical, cuando su ejercicio sea incompatible con la prestación de servicios en la empresa. Si surgiera discrepancia surgieran discrepancias a este respecto, decidirá la jurisdicción competente. La excedencia se prolongará por el tiempo que dure el cargo que la lo determina y otorgará derecho a ocupar la misma plaza que desempeña desempeñaba el trabajador al producirse tal situación, computándose el tiempo que haya permanecido en aquélla aquella como activo a todos los efectos. El reingreso deberá solicitarlo dentro del mes siguiente al de su cese en el cargo público o sindical que ocupaba.
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Samples: Convenio Colectivo
Excedencias especiales. Dará lugar a la situación de excedencia especial del personal cualquiera de las siguientes causas:
a) Nombramiento para cargo público, cuando su ejercicio sea incompatible con la prestación de servicios en la empresa. Si surgiera discrepancia discre- pancia a este respecto, decidirá la jurisdicción competente. La excedencia se prolongará por el tiempo que dure el cargo que la determina y otorgará derecho a ocupar la misma plaza que desempeña el trabajador al producirse tal situación, computándose el tiempo que haya permanecido en aquélla como activo a todos los efectos. El reingreso deberá solicitarlo dentro den- tro del mes siguiente al de su cese en el cargo público que ocupaba.
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Samples: Convenio Colectivo
Excedencias especiales. Dará lugar a la situación de excedencia especial del personal cualquiera de las siguientes causas:
a) Nombramiento personal, el nombramiento para cargo público, cuando su ejercicio sea incompatible con la prestación de servicios en la empresa. Si surgiera discrepancia a este respecto, decidirá la jurisdicción competente. La excedencia se prolongará por el tiempo que dure el cargo que la determina y otorgará derecho a ocupar la misma plaza que desempeña el trabajador al producirse tal situación, computándose el tiempo que haya permanecido en aquélla como activo a todos los efectos. El reingreso deberá solicitarlo dentro del mes siguiente al de su cese en el cargo público que ocupaba.
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Samples: Convenio Colectivo