Common use of EXCLUSIONES DE LA COBERTURA Clause in Contracts

EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. Además de las exclusiones generales que se recogen en el artículo 4 de las Condiciones Generales de Mascotsegur, no serán objeto de cobertura por la presente póliza: a) Las reclamaciones de daños o defensa jurídica que no tengan su causa en la condición de titular del animal asegurado. b) Las reclamaciones derivadas de la explotación de industrias o negocios, así como el ejercicio de profesiones o servicios retribuidos o de cargos o actividades en asociaciones o comunidades de cualquier tipo, aun cuando se realicen a título honorífico. c) Los costes de defensa jurídica del asegurado, por hechos ocurridos con anterioridad a la vigencia del Seguro. d) Reclamaciones por hechos derivados del uso y circulación de vehículos a motor, cuando el asegurado fuera el propietario o el conductor del vehículo. e) Los gastos derivados de reclamaciones injustificadas por carecer de medios de prueba suficientes que las hagan viables, así como las manifiestamente desproporcionadas con la valoración de daños y perjuicios sufridos. No obstante, la entidad aseguradora asumirá el pago de dichos gastos si el asegurado obtiene una resolución firme favorable a sus pretensiones o una indemnización en cuantía similar a su pretensión inicial. Para ello la entidad aseguradora se obliga a comunicar al asegurado dicha circunstancia y a realizar aquellas diligencias que por su carácter urgente sean necesarias al objeto de no causarle indefensión.

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Samples: Animal Insurance Policy, Condiciones Generales De Seguro

EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. Además de las exclusiones genéricas “Exclusiones generales que para las modalidades de contratación voluntaria”, no se recogen comprenderán en el artículo 4 esta cobertura: a. El pago de las Condiciones Generales de Mascotsegurmultas, no serán objeto de cobertura los recursos contra éstas y cualquier gasto originado por la presente póliza: a) Las reclamaciones de daños o defensa jurídica que no tengan su causa en la condición de titular del animal aseguradolas sanciones impuestas al Asegurado por las autoridades competentes. b) Las reclamaciones derivadas de la explotación de industrias o negocios, así como el ejercicio de profesiones o servicios retribuidos o de cargos o actividades en asociaciones o comunidades de cualquier tipo, aun cuando se realicen a título honorífico. c) Los costes de defensa jurídica del asegurado, por hechos ocurridos con anterioridad a la vigencia del Seguro. d) Reclamaciones por hechos derivados del uso y circulación de vehículos a motor, cuando el asegurado fuera el propietario o el conductor del vehículo. e) b. Los gastos derivados de reclamaciones injustificadas por carecer de medios medio de prueba suficientes suficiente que las hagan viablesla haga viable, o que lo sean en función de la responsabilidad del accidente, así como las manifiestamente desproporcionadas con la valoración de los daños y perjuicios sufridos. No obstante, la entidad aseguradora Aseguradora, en este último caso, asumirá el pago de dichos gastos con el alcance y los límites previstos en este artículo si el asegurado Asegurado ejercita las acciones judiciales por su cuenta y a su coste y obtiene una resolución firme favorable a sus pretensiones o una indemnización en cuantía similar a su pretensión inicial. Para ello la entidad aseguradora Aseguradora se obliga a comunicar al asegurado Asegurado dicha circunstancia y a realizar aquellas diligencias que por su carácter urgente sean necesarias al objeto de no causarle indefensión. c. Esta cobertura no comprende la defensa de la responsabilidad civil del conductor o del propietario del vehículo, que se asumirá directamente por la Aseguradora en base a la cobertura de Responsabilidad Civil. Por tanto, la defensa penal del conductor autorizado no incluye gasto o complemento alguno por la defensa de su responsabilidad civil, la del propietario, así como, en su caso, la de la propia Aseguradora.

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Samples: Seguro De Automóvil

EXCLUSIONES DE LA COBERTURA. Además de las exclusiones generales que se recogen en el artículo 4 de las Condiciones Generales Ge- nerales de Mascotsegur, no serán objeto de cobertura por la presente póliza: a) a. Las reclamaciones de daños o defensa jurídica que no tengan su causa en la condición de titular del animal asegurado. b) b. Las reclamaciones derivadas de la explotación de industrias o negocios, así como el ejercicio de profesiones o servicios retribuidos o de cargos o actividades en asociaciones asociacio- nes o comunidades de cualquier tipo, aun cuando se realicen a título honorífico. c) c. Los costes de defensa jurídica del aseguradoAsegurado, por hechos ocurridos con anterioridad a la vigencia del Seguro. d) d. Reclamaciones por hechos derivados del uso y circulación de vehículos a motor, cuando el asegurado Asegurado fuera el propietario o el conductor del vehículo. e) e. Los gastos derivados de reclamaciones injustificadas por carecer de medios de prueba suficientes que las hagan viables, así como las manifiestamente desproporcionadas con la valoración de daños y perjuicios sufridos. No obstante, la entidad Entidad aseguradora asumirá asu- mirá el pago de dichos gastos si el asegurado Asegurado obtiene una resolución firme favorable a sus pretensiones o una indemnización en cuantía similar a su pretensión inicial. Para ello la entidad Entidad aseguradora se obliga a comunicar al asegurado Asegurado dicha circunstancia y a realizar aquellas diligencias que por su carácter urgente sean necesarias al objeto de no causarle indefensión.

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Samples: Condiciones Generales De Seguro