EXTINCIÓN Y NULIDAD DEL CONTRATO. Si, durante la vigencia del seguro, se produjera la desaparición del interés o del bien asegurado, desde este momento el contrato de seguro quedará extinguido y el Asegurador tiene el derecho de hacer suya la prima no consumida.
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Samples: Seguro De Responsabilidad Civil, Póliza De Responsabilidad Civil Sanitaria
EXTINCIÓN Y NULIDAD DEL CONTRATO. Si, Si durante la vigencia del seguro, seguro se produjera la desaparición del interés o del bien aseguradoase- gurado, desde este momento el contrato de seguro quedará extinguido y el Asegurador la Compañía tiene el derecho de hacer suya la prima no consumida. El contrato será nulo si en el momento de conclusión no existía el riesgo, había ocurrido el siniestro, o no existiese un interés del Asegurado.
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Samples: Responsabilidad Civil General
EXTINCIÓN Y NULIDAD DEL CONTRATO. Si, Si durante la vigencia del seguro, seguro se produjera la desaparición del interés o del bien aseguradoASEGURADO, desde este momento el contrato de del seguro quedará extinguido y el Asegurador ASEGURADOR tiene el derecho de hacer suya la prima PRIMA no consumida.
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Samples: Seguro Decenal