Common use of Forma de obtener la cobertura de los servicios Clause in Contracts

Forma de obtener la cobertura de los servicios. La asistencia sanitaria cubierta por el Seguro será la que se preste en todas las ciudades es- pañolas por facultativos, clínicas y otros establecimientos incluidos en el Cuadro Médico de La Aseguradora incluso Entidades de Seguro, siempre de acuerdo con las disposiciones apli- cables. La cobertura de la prestación tendrá lugar en la forma siguiente: En su caso, el Asegurado también deberá exhibir el documento de autorización previsto en la Cláusula 4.5. siguiente. Los recibos debidamente firmados servirán de comprobante a La Aseguradora para el abono del coste de la prestación. El Asegurado abonará por cada servicio recibido, el importe que, en concepto de franquicia o participación en el coste de los mismos, se establece en las Condiciones Particulares. A estos efectos, La Aseguradora, periódicamente remitirá al Tomador del Seguro un extracto comprensivo de los servicios que hubieren utilizado los Asegurados incluidos en la Póliza, junto con el importe de las franquicias correspondientes a los mismos. El cobro de la cantidad total que resultare se efectuará mediante recibo domiciliado en la cuenta bancaria que el Tomador haya designado para el pago de la Prima. El importe de las franquicias podrá ser actualizado por La Aseguradora, de conformidad con lo establecido en la Condición General 13ª (Cláusulas Jurídicas). SERÁ ASIMISMO REQUISITO IMPRESCINDIBLE PARA OBTENER LA CONFORMIDAD ESCRITA DE LA ASEGURADORA QUE LA ASISTENCIA SANITARIA A EFECTUAR EN RÉGIMEN DE HOSPITALI- ZACIÓN, VAYA A SER REALIZADA POR UN FACULTATIVO DEL CUADRO MÉDICO DE LA ASEGU- RADORA Y ESTÉ CUBIERTA POR LA PÓLIZA. Una vez otorgada la conformidad escrita, el Asegurador quedará vinculado económicamente. En los casos de urgencia, será suficiente a estos efectos la orden del Médico, PERO EL ASEGU- RADO DEBERÁ OBTENER LA CONFORMIDAD ESCRITA DE LA ASEGURADORA, DENTRO DE LAS SETENTA Y DOS HORAS SIGUIENTES AL INGRESO HOSPITALARIO. Una vez obtenida aquella, La Aseguradora quedará vinculada económicamente hasta el momento en que manifieste sus reparos a la orden del Médico, en caso de entender que la Póliza no cubre el acto o la hospitalización.

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Forma de obtener la cobertura de los servicios. La asistencia sanitaria cubierta por el Seguro será la que veterinaria se preste prestará, en todas las ciudades es- pañolas poblaciones donde ASPAD cuente con Cuadro Veterinario concertado y de acuerdo a ellos. ASPAD dispone de un servicio de Atención al Cliente cuya finalidad es facilitar al cliente el acceso a los distintos servicios asistenciales, informando del procedimiento a seguir. El Cliente podrá acceder a este servicio por facultativos, clínicas y otros establecimientos vía telefónica llamando al teléfono 000000000. El cliente podrá elegir libremente para su asistencia a cualquiera de los profesionales o centros incluidos en el Cuadro Médico Veterinario. El cliente concertará cita directamente y vía telefónica, con el profesional o centro elegido. Al requerir la prestación de La Aseguradora incluso Entidades de Seguroasistencia veterinaria, siempre de acuerdo con las disposiciones apli- cablesel cliente se deberá identificar ante el centro veterinario, exhibiendo el documento identificativo vigente que ASPAD le entregará al efecto, o en su defecto el DNI del tomador. La cobertura asistencia veterinaria cubierta por el Servicio será prestada por profesionales y centros veterinarios incluidos en el Cuadro Veterinario de ASPAD, que entregará al Cliente. ASPAD no se hace responsable de los honorarios de profesionales y centros ajenos a su cuadro veterinario, sea o no el prescriptor del cuadro veterinario concertado. Será necesaria la prestación tendrá lugar en aceptación por el Cliente del presupuesto que realice el profesional o centro del Cuadro Veterinario conforme a la forma siguiente: En su caso, el Asegurado también deberá exhibir el documento de autorización previsto en la Cláusula 4.5. siguiente. Los recibos debidamente firmados servirán de comprobante a La Aseguradora para el abono participación del coste de la prestación. El Asegurado abonará por cada servicio recibido, el importe que, en concepto de franquicia o participación Cliente en el coste de los mismos, se establece en las Condiciones Particularesservicios aplicables a cada caso. A estos efectos, La Aseguradora, periódicamente remitirá El Cliente abonará directamente al Tomador del Seguro un extracto comprensivo de los servicios que hubieren utilizado los Asegurados incluidos en la Póliza, junto con profesional o centro veterinario el importe de las franquicias correspondientes su participación en los servicios, en concepto de franquicia. Para recibir un servicio de urgencia diurna o nocturna, el Tomador o el Cliente deberá llamar inmediatamente al teléfono 000000000 de Atención al Cliente donde le indicaran el centro veterinario de urgencia que ASPAD tiene establecido más próximo a los mismossu ubicación, en el que pueda ser atenido. El cobro En el caso que un tomador acuda a un servicio de urgencia sin la gestión previa del departamento de Atención al Cliente, esta no quedará cubierta, siendo el cliente quien se hará cargo del coste total de la cantidad total que resultare se efectuará mediante recibo domiciliado en misma, según la cuenta bancaria que el Tomador haya designado para el pago tarifa habitual de la Primacada centro. El importe  En caso de las franquicias podrá ser actualizado por La Aseguradora, de conformidad con lo establecido en la Condición General 13ª (Cláusulas Jurídicas). SERÁ ASIMISMO REQUISITO IMPRESCINDIBLE PARA OBTENER LA CONFORMIDAD ESCRITA DE LA ASEGURADORA QUE LA ASISTENCIA SANITARIA A EFECTUAR EN RÉGIMEN DE HOSPITALI- ZACIÓN, VAYA A SER REALIZADA POR UN FACULTATIVO DEL CUADRO MÉDICO DE LA ASEGU- RADORA Y ESTÉ CUBIERTA POR LA PÓLIZA. Una vez otorgada la conformidad escrita, el Asegurador quedará vinculado económicamente. En los casos resultar necesaria una cirugía de urgencia, será suficiente a estos efectos fuera de horario laboral establecido por cada centro, el coste de la orden del Médico, PERO EL ASEGU- RADO DEBERÁ OBTENER LA CONFORMIDAD ESCRITA DE LA ASEGURADORA, DENTRO DE LAS SETENTA Y DOS HORAS SIGUIENTES AL INGRESO HOSPITALARIO. Una vez obtenida aquella, La Aseguradora quedará vinculada económicamente hasta misma sería el momento resultante de incrementar un 25% la franquicia de la cirugía que figura en que manifieste sus reparos a la orden del Médico, en caso el Anexo de entender que la Póliza no cubre el acto o la hospitalización.Coberturas (anexo I de este documento- Tarifa póliza veterinaria)

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Forma de obtener la cobertura de los servicios. La asistencia sanitaria veterinaria se prestará, de conformidad con lo dispuesto en la Póliza, en todas las poblaciones donde el Asegurador cuente con Cuadro Veterinario concertado y de acuerdo a ellos. El Asegurador dispone de un servicio de Atención al Cliente cuya finalidad es facilitar al Asegurado el acceso a los distintos servicios asistenciales, informando del procedimiento a seguir. El Asegurado podrá acceder a este servicio por vía telefónica llamando al teléfono que figura en las Condiciones de la Póliza. El Asegurado podrá elegir libremente para su asistencia a cualquiera de los profesionales o centros incluidos en el Cuadro Veterinario. A los efectos de este Seguro, se entiende comunicado el siniestro al solicitar el Asegurado la prestación de la asistencia veterinaria. El Asegurado concertará cita directamente y vía telefónica, con el profesional o centro elegido. La asistencia veterinaria cubierta por el Seguro será la que se preste en todas las ciudades es- pañolas prestada por facultativos, clínicas profesionales y otros establecimientos centros veterinarios incluidos en el Cuadro Médico Veterinario de La Aseguradora incluso Entidades ACTIVE, que la Compañía entregará al Asegurado. ACTIVE no se hace responsable de Segurolos honorarios de profesionales y centros ajenos a su cuadro veterinario, siempre de acuerdo con las disposiciones apli- cablessea o no el prescriptor del cuadro veterinario concertado. La cobertura de En los tratamientos alternativos decidirá el Asegurado. Será necesaria la prestación tendrá lugar en la forma siguiente: En su caso, aceptación por el Asegurado también deberá exhibir del presupuesto que realice el documento de autorización previsto en profesional o centro del Cuadro Veterinario conforme a la Cláusula 4.5. siguiente. Los recibos debidamente firmados servirán de comprobante a La Aseguradora para el abono participación del coste de la prestación. El Asegurado abonará por cada servicio recibido, el importe que, en concepto de franquicia o participación en el coste de los mismos, se establece en las Condiciones Particularesservicios aplicables a cada caso. A estos efectos, La Aseguradora, periódicamente remitirá El Asegurado abonará directamente al Tomador del Seguro un extracto comprensivo de los servicios que hubieren utilizado los Asegurados incluidos en la Póliza, junto con profesional o centro veterinario el importe de las franquicias correspondientes su participación en los servicios, en concepto de franquicia, sin requerir autorización previa por el Asegurador. Para recibir un servicio de urgencia diurna o nocturna, el Tomador o el Asegurado deberá llamar inmediatamente al teléfono 000.000.000 de Atención al Cliente donde le indicaran el centro veterinario de urgencia que ACTIVE tiene establecido más próximo a los mismossu ubicación, en el que pueda ser atenido. El cobro En el caso que un tomador acuda a un servicio de urgencia sin la gestión previa del departamento de Atención al Cliente, esta no quedará cubierta, siendo el asegurado quien se hará cargo del coste total de la cantidad total que resultare se efectuará mediante recibo domiciliado en misma, según la cuenta bancaria que el Tomador haya designado para el pago tarifa habitual de la Prima. El importe de las franquicias podrá ser actualizado por La Aseguradora, de conformidad con lo establecido en la Condición General 13ª (Cláusulas Jurídicas). SERÁ ASIMISMO REQUISITO IMPRESCINDIBLE PARA OBTENER LA CONFORMIDAD ESCRITA DE LA ASEGURADORA QUE LA ASISTENCIA SANITARIA A EFECTUAR EN RÉGIMEN DE HOSPITALI- ZACIÓN, VAYA A SER REALIZADA POR UN FACULTATIVO DEL CUADRO MÉDICO DE LA ASEGU- RADORA Y ESTÉ CUBIERTA POR LA PÓLIZA. Una vez otorgada la conformidad escrita, el Asegurador quedará vinculado económicamentecada centro. En los casos caso de resultar necesaria una cirugía de urgencia, será suficiente a estos efectos fuera de horario laboral establecido por cada centro, el coste de la orden del Médico, PERO EL ASEGU- RADO DEBERÁ OBTENER LA CONFORMIDAD ESCRITA DE LA ASEGURADORA, DENTRO DE LAS SETENTA Y DOS HORAS SIGUIENTES AL INGRESO HOSPITALARIO. Una vez obtenida aquella, La Aseguradora quedará vinculada económicamente hasta misma sería el momento resultante de incrementar un 25% la franquicia de la cirugía que figura en que manifieste sus reparos a la orden del Médico, en caso el Anexo de entender que la Póliza no cubre el acto o la hospitalización.Coberturas (anexo I de este documento- Tarifa póliza veterinaria)

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Samples: www.activeseguros.com

Forma de obtener la cobertura de los servicios. La asistencia sanitaria cubierta por el Seguro será la que veterinaria se preste en todas las ciudades es- pañolas por facultativos, clínicas y otros establecimientos incluidos en el Cuadro Médico de La Aseguradora incluso Entidades de Seguro, siempre de acuerdo con las disposiciones apli- cables. La cobertura de la prestación tendrá lugar en la forma siguiente: En su caso, el Asegurado también deberá exhibir el documento de autorización previsto en la Cláusula 4.5. siguiente. Los recibos debidamente firmados servirán de comprobante a La Aseguradora para el abono del coste de la prestación. El Asegurado abonará por cada servicio recibido, el importe que, en concepto de franquicia o participación en el coste de los mismos, se establece en las Condiciones Particulares. A estos efectos, La Aseguradora, periódicamente remitirá al Tomador del Seguro un extracto comprensivo de los servicios que hubieren utilizado los Asegurados incluidos en la Póliza, junto con el importe de las franquicias correspondientes a los mismos. El cobro de la cantidad total que resultare se efectuará mediante recibo domiciliado en la cuenta bancaria que el Tomador haya designado para el pago de la Prima. El importe de las franquicias podrá ser actualizado por La Aseguradoraprestará, de conformidad con lo establecido dispuesto en la Condición General 13ª póliza, en todas las pobla- ciones donde el Asegurador cuente con Cuadro Veterinario concertado, y de acuerdo a ellos, se garan- tiza la libertad de elección para la asistencia del animal asegurado cualquiera de los profesionales o centros incluidos en el Cuadro Veterinario vigente en la fecha de solicitud de la asistencia. El Asegurador dispone de Servicio de Atención Telefónica para Seguro de Mascotas (Cláusulas Jurídicas91 788 30 91), cuya finalidad es facilitar la información necesaria sobre el procedimiento a seguir para que el animal asegurado pueda tener acceso a los distintos servicios asistenciales. SERÁ ASIMISMO REQUISITO IMPRESCINDIBLE PARA OBTENER LA CONFORMIDAD ESCRITA DE LA ASEGURADORA QUE LA ASISTENCIA SANITARIA A EFECTUAR EN RÉGIMEN DE HOSPITALI- ZACIÓN, VAYA A SER REALIZADA POR UN FACULTATIVO DEL CUADRO MÉDICO DE LA ASEGU- RADORA Y ESTÉ CUBIERTA POR LA PÓLIZALas consultas relativas al seguro serán atendidas en este teléfono o en la web xxx.xxxxx.xx. Una vez otorgada Para acceder a los servicios veterinarios cubiertos por la conformidad escritapóliza, el Asegurador quedará vinculado económicamenteAsegurado podrá concertar cita directamente por vía telefónica con el profesional o centro veterinario elegido de los incluidos en el Cuadro Veterinario. En A los casos efectos de urgenciaeste contrato de seguro, será suficiente a estos efectos la orden del Médico, PERO EL ASEGU- RADO DEBERÁ OBTENER LA CONFORMIDAD ESCRITA DE LA ASEGURADORA, DENTRO DE LAS SETENTA Y DOS HORAS SIGUIENTES AL INGRESO HOSPITALARIO. Una vez obtenida aquella, La Aseguradora quedará vinculada económicamente hasta se entiende comunicado el siniestro el momento en que manifieste sus reparos el Asegurado solicite la prestación de la Asistencia Veterinaria. Al requerir el servicio de asistencia veterinaria cubierto por la póliza, será preciso identificar como tal al animal asegurado ante el profesional o centro veterinario, exhibiendo el documento identificativo vi- gente que ASISA le entregará al efecto, o en su defecto el DNI del Tomador y la identificación del animal asegurado a través de su microchip. Será necesaria la aceptación por parte del Tomador del presupuesto efectuado por el centro veterina- rio así como el abono del importe correspondiente a la orden franquicia del Médicoservicio solicitado, de acuerdo con el Cuadro de Coberturas y Franquicias vigente en cada momento. El Asegurado abonará directamente al profesional o centro veterinario el importe que corresponda en cada caso la franquicia en concepto de franquicia, sin requerir autorización previa por el Asegurador. ASISA en ningún caso procederá a reembolsar ninguna factura emitida ni se hará responsable de los honorarios de profesionales y centros ajenos a su cuadro veterinario, sea o no el prescriptor del cuadro veterinario concertado. En caso de entender que existir tratamientos alternativos para un mismo proceso, la Póliza no cubre decisión la tomará el acto o Tomador, de acuerdo con las coberturas de la hospitalizaciónpóliza.

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