Common use of Funcionalidades Clause in Contracts

Funcionalidades. Las partes acuerdan que el Programa podrá tener diferentes funcionalidades las cuales se describen a continuación: 4.1. PROGRAMA CORPORATIVO DE PAGO EN LÍNEA (en lo sucesivo, @ COP). Esta funcionalidad tiene por objeto que el LICENCIATARIO dentro del Programa, indique las cantidades exactas a pagar a cada Tarjeta. Para tal efecto, el LICENCIATARIO o el “Tercero” designado por el LICENCIATARIO, se obliga a incluir la información correspondiente en @COP, antes de las 17:00 horas del mismo día en que haya realizado la transferencia electrónica de fondos de conformidad con la Cláusula Segunda anterior del presente Contrato. Para efectos de utilizar @ COP, el LICENCIATARIO deberá nombrar en la Carátula del presente Contrato, que forma parte integrante del mismo, un administrador autorizado único, quien será un usuario único que, a su vez, podrá asignar hasta 10(diez) administradores del Programa, los cuales también deberán ser nombrados en la Carátula del presente Contrato. Para tal efecto, a partir de la designación por parte del LICENCIATARIO del administrador autorizado y de los administradores del Programa, AMEXCO lo habilitará dentro de @ COP dentro de los 7 (siete) días naturales siguientes a la designación. Asimismo, posterior a la firma del presente Contrato, el LICENCIATARIO, podrá, vía telefónica, vía correo electrónico o en cualquier medio que acuerden las partes solicitar a AMEXCO la modificación del administrador autorizado y de los administradores del Programa. El administrador autorizado será responsable en todo momento de las funciones que le asigne a los administradores de Programa. Para efectos de lo anterior, AMEXCO podrá solicitar al LICENCIATARIO, en cualquier momento, información o documentación del administrador autorizado y de los administradores del Programa. Asimismo, AMEXCO se reserva el derecho de rechazar la designación de los mismos en cualquier momento. En caso de que exista conflicto entre las instrucciones del administrador autorizado y algún administrador del Programa, las instrucciones del administrador autorizado prevalecerán, en la medida en que AMEXCO tenga conocimiento de ambas instrucciones. El LICENCIATARIO, a través de su administrador autorizado o de sus administradores del Programa, deberán ingresar lainformación de @ COP a más tardar antes de las 17:00 horas en la fecha límite de pago de sus Tarjetas. En caso de que “LA EMPRESA” o el Tercero designado no ingrese la información en @ COP AMEXCO se encontrará imposibilitada para acreditar los pagos realizados en la cuenta del LICENCIATARIO. AMEXCO conservará los pagos por un tiempo no mayor a 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes a la fecha de recepción de los mismos, esperando recibir la información en @ COP para la aplicación del pago, en el entendido de que la fecha de aplicación del pago correspondiente será el día en que sea recibida la transferencia de fondos. En caso de no recibir la información en @ COP dentro del plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales mencionado con anterioridad, El LICENCIATARIO tendrá que solicitar a AMEXCO la devolución de los fondos a través de su contacto empresarial autorizado vía correo electrónico, adjuntando monto del pago, fecha de pago, comprobante de pago y carátula del estado de cuenta de la cuenta bancaria donde se devolverán los fondos. La cuenta bancaria deberá de ser la misma desde donde se originó la transferencia. Una vez que AMEXCO reciba la solicitud de devolución, AMEXCO procesará la devolución en un periodo de 3 (tres) días hábiles y el LICENCIATARIO o el Tercero designado, verá acreditada dicha devolución dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes. En caso de que AMEXCO no reciba la información completa para procesar la devolución, su contacto empresarial autorizado se pondrá en contacto con el LICENCIATARIO para solicitar la información completa. En virtud de lo anterior, el pago se tendrá por no realizado y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. El LICENCIATARIO será responsable de validar la aplicación de sus pagos en un periodo de 72 (setenta y dos) horas hábiles. Si los pagos no han sido aplicados el LICENCIATARIO se compromete a contactar a AMEX para validar el estatus del pago. En caso de que: (i) la información contenida en @ COP, llenada por el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO a AMEXCO no coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, o (ii) el administrador autorizado y el administrador del Programa incorporen a @ COP instrucciones diferentes, “AMEXCO” se encontrará imposibilitada para acreditar los pagos realizados en la cuenta del LICENCIATARIO, y por lo tanto, AMEXCO deberá notificar al LICENCIATARIO de esta circunstancia a través de su contacto empresarial. Una vez que el LICENCIATARIO reciba la notificación de AMEXCO, el LICENCIATARIO deberá corregir la información contenida en @ COP y/o aclarar las instrucciones del administrador autorizado y el administrador del Programa enviar el archivo electrónico corregido dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes. En caso de que la o las trasferencia(s) de fondos haya(n) sido por montos erróneos el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO deberá de: (i) enviar cualquier monto faltante a la cuenta que se señala en la Cláusula Tercera del presente, cumpliendo con los requisitos para la identificación plena de la procedencia de dicha transferencia que se mencionan en dicha Cláusula, ingresar información correcta e instrucciones correctas y uniformes en @ COP dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en la que “AMEXCO” le haya notificado la falta de coincidencia entre la información inicialmente ingresada en @ COP y las cantidades enviadas o la diferencia entre las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa o (ii) solicitar la devolución de los fondos a AMEXCO misma que será efectuada conforme al procedimiento detallado anteriormente, si el monto transferido inicialmente haya sido mayor al requerido, en este caso el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el mismo deberá solicitar la devolución de los fondos y enviar los montos correctos dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en la que AMEXCO haya devuelto los fondos enviados originalmente. El proceso descrito anteriormente se repetirá hasta que la información incluida en @ COP coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, y las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa coincidan, de forma que AMEXCO esté en posibilidad de acreditar los pagos. En tanto que la información incluida en @ COP no coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, y las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa no coincidan, los pagos se tendrán por no realizados y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO envíe el folio COP duplicado, “AMEXCO” tomará el primer folio COP recibido para aplicar el pago por lo que “AMEXCO” no será responsable respecto de los daños y perjuicios causados directa o indirectamente por la recepción de folios COP incorrectos. Los folios COP tendrán una vigencia de 11 (once) días hábiles a partir de la recepción de estos, en el caso de que “AMEXCO” no logre identificar los folios COP para la aplicación del pago, estos serán cancelados de manera automática dentro del sistema de pagos de “AMEXCO” y el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO será responsable de enviar nuevos folios COP para sustituir los cancelados. Las partes convienen que en caso de que LICENCIATARIO o el Tercero designado por LICENCIATARIO no pueda realizarlas transferencias electrónicas de fondos en los términos establecidos en el presente Contrato, ya sea por fallas en su sistema de banca electrónica o por cualquier otra contingencia, el LICENCIATARIO deberá efectuar el pago de los cargos realizados con Las “Tarjetas” mediante efectivo o cheque en cualquiera de las oficinas o centros de pago que tenga establecidos “AMEXCO”, debiendo el LICENCIATARIO entregar en dichas oficinas o centros de pago un documento que contenga la relación de los pagos de Las “Tarjetas” en forma individual indicando el número de Las “Tarjetas” a pagar con el monto que corresponde a cada una con objeto de que asignen las cantidades pagadas a Las Tarjetas correspondientes en el lugar de pago. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO no realice a más tardar en la FechaLímite de Pago establecida en el Estado de Cuenta, el pago total de los Cargos realizados con Las “Tarjetas”, dichos cargos entrarán en xxxx, y por lo tanto, se aplicarán los cargos moratorios y cargos por pago extemporáneo que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. Bajo ninguna circunstancia, el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO, podrá pagar mediante las transferencias electrónicas Tarjetas American Express de uso personal, ni tampoco Tarjetas American Express emitidas en el extranjero, únicamente deberá realizar pagos de Las Tarjetas Empresariales American Express emitidas en México. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO incumpla con esta obligación, AMEXCO rechazará el monto total de los pagos, por lo tanto, el LICENCIATARIO tendrá que solicitar a AMEXCO la devolución de los fondos a través de su contacto empresarial autorizado vía correo electrónico, adjuntando monto del pago, fecha de pago, comprobante de pago y carátula del estado de cuenta de la cuenta bancaria donde se devolverán los fondos. La cuenta bancaria deberá de ser la misma desde donde se originó la transferencia. Una vez que AMEXCO reciba la solicitud de devolución, “AMEXCO” procesará la devolución en un periodo de 3 (tres) días hábiles y el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el mismo, verá acreditada dicha devolución dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes Lo anterior sin perjuicio de que AMEXCO dé por terminado el presente Contrato. Asimismo. En virtud de lo anterior, el pago se tendrá por no realizado y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios incluidos en los contratos respectivos que sean aplicables a las Tarjetas American Express de uso personal y/o a las Tarjetas American Express emitidas en el extranjero según corresponda.

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Samples: Sublicense Agreement

Funcionalidades. Las partes acuerdan Se requiere un licenciamiento para 100 usuarios nombrados de la herramienta CRM con actualización de versiones por un año para cubrir los siguientes objetivos y condiciones: El Sistema debe ofrecer una funcionalidad web, la cual debe ser de fácil uso para todos los roles de trabajo que operara la herramienta como son: Coordinadores, Directores, Jefes de División y Departamento, Ingenieros de Servicio, Supervisores y personal de registro de incidencias. Que el Programa podrá tener diferentes funcionalidades Instituto cuente con una aplicación de registro y seguimiento de todas las incidencias de las tecnologías de información que se le presenten a la comunidad politécnica, esto a través de un sistema con la metodología CRM, estas incidencias puede provenir de varios medios como teléfono, personal, correo electrónico, documental, entre otras vías. El sistema debe ser configurado de acuerdo a las necesidades del Instituto, como son el Registro, Consulta y Seguimiento de todas y cada una de las incidencias reportadas por la comunidad. Se deben considerar los servicios profesionales para implementar una aplicación Siebel-CRM en su última versión funcional de la empresa Oracle, según las necesidades del IPN. Se deben considerar los servicios profesionales para la migración de la información (Bases de Datos, Reglas de Negocio, Reportes, Gráficas, entre otras características) que se encuentra alojados en un sistema Siebel-CRM versión 7.8 en el Instituto a la última versión funcional de Siebel-CRM que se encuentre en el mercado. Se debe considerar la asignación de las incidencias, peticiones o requerimientos de soporte a los Ingenieros de Servicio que se encuentran dentro de las áreas de atención (CGSI, DCyC y CeNaC) los cuales se describen encargaran de realizar los trabajos de solución. El sistema le permitirá a continuación: 4.1los Ingenieros de Servicio llevar un seguimiento de todas y cada una de las incidencias asignadas para su atención, el sistema deberá llevar bitácoras de seguimiento de las incidencias que se le turnaron a los Ingenieros de Servicio, así mismo el sistema debe permitir al Ingeniero de Servicio el poder adjuntar documentos a la incidencia que está atendiendo con el objetivo de poder contar con información de la solución o seguimiento de la incidencia reportada. PROGRAMA CORPORATIVO DE PAGO EN LÍNEA El Sistema debe permitirle a los Ingenieros de Servicio registrar todas las actividades que se hayan desprendido para la solución de la incidencias reportada, así mismo deberá tener acceso a la base de conocimientos que se encuentre en el Sistema, con el objetivo de poder ofrecer un servicio de calidad a la comunidad politécnica. El Sistema debe informar de manera automática sobre las incidencias nuevas, asignadas a los Ingenieros de Servicio por medios como correo electrónico, mensajes vía SMS, entre otros medios. El Sistema debe informar de manera automática sobre las incidencias reasignadas a los Ingenieros de Servicio por medios como correo electrónico, mensajes vía SMS, entre otros medios. Se debe considerar servicios profesionales para la configuración del sistema para seguir un flujo de trabajo para la notificación, seguimiento y control de todas las incidencias reportadas por la comunidad politécnica. El sistema debe contar con informes ejecutivos en tiempo real (Reportes, Gráficas) sobre las incidencias en lo sucesivocualquier estatus que se encuentren los mismos. Estos informes debe tener visualizados vía web, @ COPimpresa (archivo pdf para poder imprimirse directamente a cualquier impresora) o deben poderse guardar en formatos magnéticos (pdf). Esta funcionalidad tiene por objeto El Licitante deberá de acreditar ser un canal autorizado para proporcionar licenciamiento de la Plataforma SIEBEL mediante carta ó contrato vigente que indique el LICENCIATARIO dentro del Programa, indique las cantidades exactas a pagar a cada Tarjeta. Para tal efecto, el LICENCIATARIO nivel de certificación y/o el “Tercero” designado distribución otorgada por el LICENCIATARIOtitular de la representación del fabricante en México, se obliga a incluir o su equivalente en el país de origen. El Licitante deberá de acreditar ser un canal autorizado para proporcionar servicios de consultoría de este tipo de soluciones con una carta ó contrato vigente al momento de la información correspondiente adjudicación por el titular de la representación del fabricante en @COPMéxico, antes o su equivalente en el país de las 17:00 horas del mismo día en que haya realizado la transferencia electrónica de fondos de conformidad con la Cláusula Segunda anterior del presente Contratoorigen. Para efectos de utilizar @ COP, el LICENCIATARIO El Licitante deberá nombrar acreditar su experiencia en la Carátula del presente ContratoMigración de la Plataforma SIEBEL On Premise de una versión anterior a la versión 8. La oferta técnica deberá indicar los procedimientos que seguirán para las actualizaciones, la cantidad de medios que forma parte integrante del mismo, un administrador autorizado único, quien será un usuario único que, a su vez, podrá asignar hasta 10(diez) administradores del Programaentregara y todos los valores agregados que juzgue conveniente, los cuales también deberán ser nombrados dimensionados y cuantificados de manera objetiva y comprobable. Se deben considerar servicios profesionales para configurar el sistema el control y seguimiento de activos, así como la migración de los activos del Instituto y poder relacionarlos con las incidencias que se registrar. Así mismo deben darse de alta, baja, cambios y consulta de activos. El sistema debe ofrecer reportes de los activos que se encuentren almacenados en las bases de datos con el objetivo de poder realizar tomas de decisión en las compras de materiales o accesorios para su reparación, el Licitante debe considerar como mínimo 5 reportes estandarizados que el Instituto requiera. La aplicación deberá estar basada en la Carátula del presente Contrato. Para tal efectofilosofía web, a partir por lo que todos los usuarios deben tener acceso vía web desde cualquier punto de la designación red institucional de cómputo del Instituto. Los servicios deben considerar la migración de todas las incidencias que se encuentran registradas en el sistema CRM que actualmente se encuentra en el Instituto, deben considerarse todos los datos que se tiene para la formación de una base de conocimientos. Debe contar con una alta disponibilidad para la operación con los 100 usuarios y los que se adiciones en un corto o mediano plazo. Debe contar con sistemas o componentes para la notificación de incidencias nuevas a los ingenieros de servicios con medios como correo electrónico, SMS, entre otros medios, de manera automática una vez registrada la incidencia o una vez hecho un cambio en la incidencia. El sistema debe contar con herramientas de notificación de todas las incidencias no atendidas al nivel jerárquico siguiente en caso de no atención de la misma. El sistema debe contar con módulos para la administración de activos y poder ubicar toda la situación que se presenta o las incidencias que sean registrado con el activo. El sistema debe contar con herramientas para poder integrarse fácilmente con otros sistemas como websphere, sharepoint, LDAP, Directorio Activo de Microsoft entre otras herramientas o sistemas que se encuentran operando en el Instituto. El sistema deberá permitir generar consultas a usuarios finales query by example, permitiendo exportar el resultado de la consulta vía Excel. El sistema deberá contar con la funcionalidad para monitorear y dar seguimiento a las actividades en tiempo real, esto debe funcionar como un módulo de supervisión del CAU, el cual tiene acceso a la información de los requerimientos de los solicitantes permitiendo monitorear y darle seguimiento a la operación llevada a cabo por los agentes telefónicos y las personas que dependan de él o que le sea permitido supervisar, realizándose esta supervisión a través de las actividades llevadas a cabo, así mismo deberá permitir monitorear y dar seguimiento a las actividades generadas por los demás usuarios que están conectados al sistema. Esto se lograra a través del esquema de roles y responsabilidades de la herramienta CRM. El sistema deberá poder vigilar su atención efectiva y asegurar que la solicitud reportada por la comunidad politécnica sea atendida de manera rápida y eficaz. Logrando la satisfacción del usuario en el resultado de su solicitud. Se deben considerar servicios profesionales para configurar el sistema de acuerdo a lo que actualmente se tiene con el sistema Siebel-CRM ver. 7.8 y debe considerar las nuevas reglas de negocio que requiere el Instituto, con el objetivo de ofrecer una mejor utilización de las nuevas funcionalidades de Siebel-CRM. El manejador de la base de datos correrá en Microsoft SQL-Server 2005. El sistema CRM correrá sobre una plataforma de Sistema Operativo Windows 2003. El Licitante debe considerar la instalación de dos ambientes (desarrollo y producción). El Licitante debe considerar la instalación, pruebas, y puesta en producción del sistema CRM en los servidores del Instituto, dentro de su propuesta técnica considerando gastos de traslado del personal que implementara el sistema CRM dentro de las instalaciones del Instituto. El Licitante debe entregar un protocolo de pruebas de todas las funcionalidades que requiere el Instituto antes de ser puesto en producción del mismo. La aplicación deberá definir el flujo de escalamiento de los requerimientos reportados. Este podrá ser modificado por el Instituto en cualquier momento sin necesidad de recurrir a programadores o herramientas fuera del producto que se adquiere. El Licitante debe considerar el modulo de encuestas de satisfacción en el sistema CRM, con el objetivo de seguir midiendo la calidad de atención de los servicios y poder ser graficada la misma en tiempo real y poder generar informes ejecutivos. El sistema CRM deberá seguir garantizando la seguridad en la integridad de la información, para el acceso a la aplicación y el manejo de usuarios a través de la creación y asignación de usuarios y contraseñas por usuario o por rol de trabajo. Por otra parte a través de certificados de seguridad SSL permitiendo el manejo de los datos a nivel servidores, la aplicación contara con manejo de usos horarios, el sistema deberá seguir ofreciendo el control sobre la información que visualizara cada usuario, este control se llevara a cabo de la siguiente manera: a través de responsabilidades se controlaran las pantallas que ve cada usuario final. La aplicación controlara los registros a los que tiene acceso el usuario final a través de la posición o puesto de trabajo y utilizando pantallas, que previamente fueron definidas en las responsabilidades. Este control de administración debe encontrarse centralizada y se efectuara dentro del LICENCIATARIO sistema CRM en un apartado denominado administración de la aplicación, sin requerir herramientas adicionales, el administrador de la aplicación ofertada, es quien tendrá acceso a esta información o el personal designado a esta tarea. El sistema de CRM debe estar desarrollado sobre una arquitectura basada en WEB y multicapas, que permita la fácil configuración de cualquiera de estas. El Sistema CRM debe proveer la facilidad de definir nuevos flujos de trabajo (workflow) de una manera grafica, el sistema debe permitir activar y desactivar procesos definidos a voluntad del administrador autorizado administrador, llevar control de versiones de los flujos de trabajo, así como control de activación y expiración de los mismos. El sistema CRM debe ofrecer la posibilidad de crear, modificar o eliminar contenidos de correos electrónicos para notificar las incidencias para los ingenieros de servicio de manera rápida y sin herramientas adicionales. Se deben considerar servicios profesionales para la creación de mínimo tres modelos de correos electrónicos de aviso de asignación, seguimiento de las incidencias reportadas por la comunidad. El sistema CRM debe ofrecer la posibilidad de edición gráfica de los flujos de trabajo en el navegador, arrastrando y soltando elementos y uniéndolos con flechas. Esta edición debe ser hecha dentro de la herramienta, sin necesidad de utilizar otra herramienta de terceros o diferente. La definición de los flujos de trabajo no debe requerir el uso de programación para su definición, ni procedimientos almacenados en la base de datos. El sistema CRM debe permitir la inclusión de programación en caso necesario. La aplicación es capaz de ejecutar programación en el web con javascript, y programación en el servidor con lenguajes basados en Microsoft Visual Basic y Javascript. El sistema CRM debe ofrecer la posibilidad de agregar archivos adjuntos, el sistema deberá de tener disponible un apartado de archivos adjuntos o attachments. No debe requerir de programas adicionales al navegador web donde se ejecutara esta funcionalidad para llevarla a cabo. Los archivos deben ser almacenados en el servidor de la herramienta y hacerlos disponibles a los usuarios que lo requieran. Debe tener la capacidad de poder exportar datos de la información que se encuentra almacenada en el sistema en formatos de Microsoft office como Word, Excel o archivos de texto. Debe contar con un sistema de reporteo de graficas o impreso vía web, el cual apoyara a cada uno de los ingenieros de servicio y a los jefes de cada departamento, división y directivos, los reportes de gráficas deberán poder ser visualizados de acuerdo al rol que desempeñe el usuario (roles antes mencionados). El Licitante debe entregar bitácoras, manuales de uso y operación del sistema CRM, memorias técnicas del sistema, reportes, bases de datos, workflow’s y de todas las modificaciones que se hayan realizado para implementar el sistema CRM de acuerdo a las necesidades del Instituto. El Licitante debe considerar una transferencia de conocimientos desde la instalación, configuración, puesta en marcha de la aplicación al personal del Instituto que mantendrá y operara el sistema CRM. El Licitante debe entregar procedimientos para realizar los administradores respaldos necesarios para las bases de datos, aplicaciones, reportes y otras funcionalidades que se hayan configurado en el sistema CRM. El Licitante debe configurar los respaldos automáticos (donde se puedan configurar) de todo el sistema y entregar documentados los mismos al Instituto. La implementación del Programa, AMEXCO lo habilitará dentro sistema CRM se debe considera en las siguientes 6 etapas de @ COP dentro de los 7 (siete) días naturales siguientes a la designacióntrabajo: Definición y Planeación. Asimismo, posterior a la firma del presente Contrato, el LICENCIATARIO, podrá, vía telefónica, vía correo electrónico o en cualquier medio que acuerden las partes solicitar a AMEXCO la modificación del administrador autorizado Análisis. Diseño. Desarrollo. Pruebas Integrales y de los administradores del Programafuncionalidad. Implementación. El administrador autorizado será responsable Licitante debe considerar al menos 2 consultores certificados en todo momento de las funciones que le asigne a los administradores de Programa. Para efectos de lo anterior, AMEXCO podrá solicitar al LICENCIATARIO, en cualquier momento, información o documentación la implementación del administrador autorizado sistema y de los administradores del Programa. Asimismo, AMEXCO se reserva llevar el derecho de rechazar la designación de los mismos en cualquier momentoproyecto con buen éxito. En caso de que exista conflicto entre las instrucciones los consultores sean extranjeros deberán contar con permiso de trabajo vigente al momento de la adjudicación y por el periodo de tiempo del administrador autorizado y algún administrador del Programa, las instrucciones del administrador autorizado prevalecerán, en la medida en que AMEXCO tenga conocimiento de ambas instruccionesproyecto. El LICENCIATARIOLicitante debe considera un máximo de 3 meses para llevar a cabo las etapas anteriormente mencionadas. El licitante debe presentar carta de referencia de clientes con implementaciones en proyectos de CRM con una fecha no máxima a 3 años. El licitante ganador deberá proporcionar, previamente a través la puesta en operación de su administrador autorizado o los servicios, una matriz de sus administradores del Programaescalación, deberán ingresar lainformación de @ COP a más tardar antes de las 17:00 horas en la fecha límite de pago de sus Tarjetas. En caso de que “LA EMPRESA” o el Tercero designado no ingrese cual contendrá al menos la información en @ COP AMEXCO se encontrará imposibilitada para acreditar los pagos realizados en la cuenta del LICENCIATARIO. AMEXCO conservará los pagos por un tiempo no mayor a 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes a la fecha de recepción de los mismoscontactos (Nombre, esperando recibir la información Puesto, Teléfono Oficina, Teléfono Móvil, etc.) para su localización en @ COP para la aplicación del pagotodo momento, en el entendido de que la fecha de aplicación del pago correspondiente será el día en que sea recibida la transferencia de fondos. En caso de no recibir la información en @ COP dentro del plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales mencionado con anterioridad, El LICENCIATARIO tendrá que solicitar a AMEXCO la devolución de así como los fondos a través de su contacto empresarial autorizado vía correo electrónico, adjuntando monto del pago, fecha de pago, comprobante de pago y carátula del estado de cuenta de la cuenta bancaria donde se devolverán los fondos. La cuenta bancaria deberá de ser la misma desde donde se originó la transferencia. Una vez que AMEXCO reciba la solicitud de devolución, AMEXCO procesará la devolución en un periodo de 3 (tres) días hábiles y el LICENCIATARIO o el Tercero designado, verá acreditada dicha devolución dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes. En caso de que AMEXCO no reciba la información completa para procesar la devolución, su contacto empresarial autorizado se pondrá en contacto con el LICENCIATARIO para solicitar la información completa. En virtud de lo anterior, el pago se tendrá por no realizado y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios que se establecen en el “Contrato de Adhesión”tiempos establecidos. El LICENCIATARIO será responsable de validar la aplicación de sus pagos en un periodo de 72 (setenta y dos) horas hábiles. Si los pagos no han sido aplicados Licitante debe entregar el LICENCIATARIO se compromete a contactar a AMEX para validar el estatus del pago. En caso de que: (i) la información contenida en @ COP, llenada por el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO a AMEXCO no coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, o (ii) el administrador autorizado y el administrador del Programa incorporen a @ COP instrucciones diferentes, “AMEXCO” se encontrará imposibilitada para acreditar los pagos realizados en la cuenta del LICENCIATARIO, y por lo tanto, AMEXCO deberá notificar al LICENCIATARIO de esta circunstancia a través de su contacto empresarial. Una vez que el LICENCIATARIO reciba la notificación de AMEXCO, el LICENCIATARIO deberá corregir la información contenida en @ COP y/o aclarar las instrucciones del administrador autorizado y el administrador del Programa enviar el archivo electrónico corregido dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes. En caso de que la o las trasferencia(s) de fondos haya(n) sido por montos erróneos el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO deberá de: (i) enviar cualquier monto faltante a la cuenta que se señala en la Cláusula Tercera del presente, cumpliendo con los requisitos para la identificación plena de la procedencia de dicha transferencia que se mencionan en dicha Cláusula, ingresar información correcta e instrucciones correctas y uniformes en @ COP dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en la que “AMEXCO” le haya notificado la falta de coincidencia entre la información inicialmente ingresada en @ COP y las cantidades enviadas sistema o la diferencia entre las instrucciones emitidas herramienta bajo el concepto llave en mano. 1 Esquema de licenciamiento por administrador autorizado y el administrador 1 año. Carta del Programa fabricante dirigida al Instituto Politécnico Nacional que acredite al licitante como distribuidor autorizado. Carta del fabricante donde acredite al licitante como socio comercial con nivel: Platinum, Silver o (ii) solicitar la devolución de los fondos a AMEXCO misma que será efectuada conforme al procedimiento detallado anteriormente, si el monto transferido inicialmente haya sido mayor al requerido, en este caso el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el mismo deberá solicitar la devolución de los fondos y enviar los montos correctos dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en la que AMEXCO haya devuelto los fondos enviados originalmente. El proceso descrito anteriormente se repetirá hasta que la información incluida en @ COP coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, y las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa coincidan, de forma que AMEXCO esté en posibilidad de acreditar los pagos. En tanto que la información incluida en @ COP no coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, y las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa no coincidan, los pagos se tendrán por no realizados y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO envíe el folio COP duplicado, “AMEXCO” tomará el primer folio COP recibido para aplicar el pago por lo que “AMEXCO” no será responsable respecto de los daños y perjuicios causados directa o indirectamente por la recepción de folios COP incorrectos. Los folios COP tendrán una vigencia de 11 (once) días hábiles a partir de la recepción de estos, en el caso de que “AMEXCO” no logre identificar los folios COP para la aplicación del pago, estos serán cancelados de manera automática dentro del sistema de pagos de “AMEXCO” y el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO será responsable de enviar nuevos folios COP para sustituir los cancelados. Las partes convienen que en caso de que LICENCIATARIO o el Tercero designado por LICENCIATARIO no pueda realizarlas transferencias electrónicas de fondos en los términos establecidos en el presente Contrato, ya sea por fallas en su sistema de banca electrónica o por cualquier otra contingencia, el LICENCIATARIO deberá efectuar el pago de los cargos realizados con Las “Tarjetas” mediante efectivo o cheque en cualquiera de las oficinas o centros de pago que tenga establecidos “AMEXCO”, debiendo el LICENCIATARIO entregar en dichas oficinas o centros de pago un documento que contenga la relación de los pagos de Las “Tarjetas” en forma individual indicando el número de Las “Tarjetas” a pagar con el monto que corresponde a cada una con objeto de que asignen las cantidades pagadas a Las Tarjetas correspondientes en el lugar de pago. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO no realice a más tardar en la FechaLímite de Pago establecida en el Estado de Cuenta, el pago total de los Cargos realizados con Las “Tarjetas”, dichos cargos entrarán en xxxx, y por lo tanto, se aplicarán los cargos moratorios y cargos por pago extemporáneo que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. Bajo ninguna circunstancia, el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO, podrá pagar mediante las transferencias electrónicas Tarjetas American Express de uso personal, ni tampoco Tarjetas American Express emitidas en el extranjero, únicamente deberá realizar pagos de Las Tarjetas Empresariales American Express emitidas en México. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO incumpla con esta obligación, AMEXCO rechazará el monto total de los pagos, por lo tanto, el LICENCIATARIO tendrá que solicitar a AMEXCO la devolución de los fondos a través de su contacto empresarial autorizado vía correo electrónico, adjuntando monto del pago, fecha de pago, comprobante de pago y carátula del estado de cuenta de la cuenta bancaria donde se devolverán los fondos. La cuenta bancaria deberá de ser la misma desde donde se originó la transferencia. Una vez que AMEXCO reciba la solicitud de devolución, “AMEXCO” procesará la devolución en un periodo de 3 (tres) días hábiles y el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el mismo, verá acreditada dicha devolución dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes Lo anterior sin perjuicio de que AMEXCO dé por terminado el presente Contrato. Asimismo. En virtud de lo anterior, el pago se tendrá por no realizado y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios incluidos en los contratos respectivos que sean aplicables a las Tarjetas American Express de uso personal y/o a las Tarjetas American Express emitidas en el extranjero según correspondaGold.

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Samples: Licitación Pública

Funcionalidades. Las partes acuerdan que el Programa podrá tener diferentes funcionalidades las cuales lascuales se describen a continuación: 4.1. PROGRAMA CORPORATIVO DE PAGO EN LÍNEA (en lo sucesivo, @ COP). Esta funcionalidad f uncionalidad tiene por objeto que el LICENCIATARIO dentro del Programa, indique las cantidades exactas a pagar a cada Tarjeta. Para tal efectoef ecto, el LICENCIATARIO o el “Tercero” designado por el LICENCIATARIO, se obliga a incluir la información inf ormación correspondiente en @COP, antes de las 17:00 horas del mismo día en que haya realizado la transferencia transf erencia electrónica de fondos de conformidad conf ormidad con la Cláusula Segunda anterior del presente Contrato. Para efectos ef ectos de utilizar @ COP, el LICENCIATARIO deberá nombrar en la Carátula del presente Contrato, que forma parte integrante del mismo, un administrador autorizado único, quien será un usuario único que, a su vez, podrá asignar hasta 10(diez) administradores del Programa, los cuales también deberán ser nombrados en la Carátula del presente Contrato. Para tal efectoParatal ef ecto, a partir de la designación por parte del LICENCIATARIO del administrador autorizado y de los administradores del Programa, AMEXCO lo habilitará dentro de @ COP dentro de los 7 (siete) días naturales siguientes a la designación. Asimismo, posterior a la firma f xxxx del presente Contrato, el LICENCIATARIO, podrá, vía telefónicatelef ónica, vía correo electrónico o en cualquier medio que acuerden las partes solicitar a AMEXCO la modificación del administrador autorizado y de los administradores del Programa. El administrador autorizado será responsable en todo momento de las funciones f unciones que le asigne a los administradores de Programa. Para efectos ef ectos de lo anterior, AMEXCO podrá solicitar al LICENCIATARIO, en cualquier momento, información inf ormación o documentación del administrador autorizado y de los administradores del Programa. Asimismo, AMEXCO se reserva el derecho de rechazar la designación de los mismos en cualquier momento. En caso de que exista conflicto entre las instrucciones del administrador autorizado y algún administrador del Programa, las instrucciones lasinstrucciones del administrador autorizado prevalecerán, en la medida en que AMEXCO tenga conocimiento de ambas instrucciones. El LICENCIATARIO, a través de su administrador autorizado o de sus administradores del Programa, deberán ingresar lainformación lainf ormación de @ COP a más tardar antes de las 17:00 horas en la fecha f echa límite de pago de sus Tarjetas. En Para ef ectos de lo anterior, (i) en caso de que “LA EMPRESA” o el Tercero designado no ingrese ingresé la información inf ormación en @ COP, o (ii) en caso de que la inf ormación contenida en @ COP, llenada por el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO a “AMEXCO” no coincida con las cantidades enviadas vía transf erencia electrónica de fondos, o (iii) el administrador autorizado y el administrador del Programa incorporen a @ COP instrucciones dif erentes y AMEXCO no tenga conocimiento de ello, “AMEXCO” se encontrará imposibilitada para acreditar los pagos realizados en la cuenta del LICENCIATARIO, y por lo tanto, “AMEXCO” reversará o devolverá al LICENCIATARIO, las cantidades que hubiera enviado vía transf erencia electrónica de fondos al mismo número de cuenta de dónde provino el pago correspondiente. AMEXCO conservará los pagos por Para tal ef ecto, “AMEXCO” procesará la devolución de las cantidades en un tiempo no mayor a 180 5 (ciento ochentacinco) días naturales hábiles siguientes a la fecha de recepción haber recibido el pago. Asimismo, el LICENCIATARIO verá acreditada su devolución dentro de los mismos, esperando recibir la información en @ COP para la aplicación del pago, en el entendido de que la fecha de aplicación del pago correspondiente será el día en que sea recibida la transferencia de fondos. En caso de no recibir la información en @ COP dentro del plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales mencionado con anterioridad, El LICENCIATARIO tendrá que solicitar a AMEXCO la devolución de los fondos a través de su contacto empresarial autorizado vía correo electrónico, adjuntando monto del pago, fecha de pago, comprobante de pago y carátula del estado de cuenta de la cuenta bancaria donde se devolverán los fondos. La cuenta bancaria deberá de ser la misma desde donde se originó la transferencia. Una vez que AMEXCO reciba la solicitud de devolución, AMEXCO procesará la devolución en un periodo de 3 (tres) días hábiles y aque haya transcurrido el LICENCIATARIO o el Tercero designado, verá acreditada dicha proceso de devolución dentro por parte de los 2 (dos) días hábiles siguientes. En caso de que AMEXCO no reciba la información completa para procesar la devolución, su contacto empresarial autorizado se pondrá en contacto con el LICENCIATARIO para solicitar la información completa“AMEXCO". En virtud de lo anterior, el pago se tendrá por no realizado y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios que se establecen en el “Contrato de AdhesióndeAdhesión. El LICENCIATARIO será responsable de validar la aplicación de sus pagos en un periodo de 72 (setenta y dos) horas hábiles. Si los pagos no han sido aplicados el LICENCIATARIO se compromete a contactar a AMEX para validar el estatus del pago. En caso de que: (i) la información contenida en @ COP, llenada por el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO a AMEXCO no coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, o (ii) el administrador autorizado y el administrador del Programa incorporen a @ COP instrucciones diferentes, “AMEXCO” se encontrará imposibilitada para acreditar los pagos realizados en la cuenta del LICENCIATARIO, y por lo tanto, AMEXCO deberá notificar al LICENCIATARIO de esta circunstancia a través de su contacto empresarial. Una vez que el LICENCIATARIO reciba la notificación de AMEXCO, el LICENCIATARIO deberá corregir la información contenida en @ COP y/o aclarar las instrucciones del administrador autorizado y el administrador del Programa enviar el archivo electrónico corregido dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes. En caso de que la o las trasferencia(s) de fondos haya(n) sido por montos erróneos el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO deberá de: (i) enviar cualquier monto faltante a la cuenta que se señala en la Cláusula Tercera del presente, cumpliendo con los requisitos para la identificación plena de la procedencia de dicha transferencia que se mencionan en dicha Cláusula, ingresar información correcta e instrucciones correctas y uniformes en @ COP dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en la que “AMEXCO” le haya notificado la falta de coincidencia entre la información inicialmente ingresada en @ COP y las cantidades enviadas o la diferencia entre las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa o (ii) solicitar la devolución de los fondos a AMEXCO misma que será efectuada conforme al procedimiento detallado anteriormente, si el monto transferido inicialmente haya sido mayor al requerido, en este caso el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el mismo deberá solicitar la devolución de los fondos y enviar los montos correctos dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en la que AMEXCO haya devuelto los fondos enviados originalmente. El proceso descrito anteriormente se repetirá hasta que la información incluida en @ COP coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, y las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa coincidan, de forma que AMEXCO esté en posibilidad de acreditar los pagos. En tanto que la información incluida en @ COP no coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, y las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa no coincidan, los pagos se tendrán por no realizados y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO envíe el folio COP duplicado, “AMEXCO” tomará el primer folio COP recibido para aplicar el pago por lo que “AMEXCO” no será responsable respecto de los daños y perjuicios causados directa o indirectamente por la recepción de folios COP incorrectos. Los folios COP tendrán una vigencia de 11 (once) días hábiles a partir de la recepción de estos, en el caso de que “AMEXCO” no logre identificar los folios COP para la aplicación del pago, estos serán cancelados de manera automática dentro del sistema de pagos de “AMEXCO” y el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO será responsable de enviar nuevos folios COP para sustituir los cancelados. Las partes convienen que en caso de que LICENCIATARIO o el Tercero designado por LICENCIATARIO no pueda realizarlas transferencias transf erencias electrónicas de fondos f ondos en los términos establecidos en el presente Contrato, ya sea por fallas f allas en su sistema de banca electrónica o por cualquier otra contingencia, el LICENCIATARIO deberá efectuar ef ectuar el pago de los cargos realizados con Las “Tarjetas” mediante efectivo ef ectivo o cheque en cualquiera de las oficinas o centros de pago que tenga establecidos “AMEXCO”, debiendo el LICENCIATARIO entregar en dichas oficinas o centros de pago un documento que contenga la relación de los pagos de Las “Tarjetas” en forma individual indicando el número de Las “Tarjetas” a pagar con el monto que corresponde a cada una con objeto de que asignen las cantidades pagadas a Las Tarjetas correspondientes en el lugar de pago. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO no realice a más tardar en la FechaLímite de Pago establecida en el Estado de Cuenta, el pago total de los Cargos realizados con Las “Tarjetas”, dichos cargos entrarán en xxxx, y por lo tanto, se aplicarán los cargos moratorios y cargos por pago extemporáneo que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. Bajo ninguna circunstancia, el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO, podrá pagar mediante las transferencias transf erencias electrónicas Tarjetas American Express de uso personal, ni tampoco Tarjetas American Express emitidas en el enel extranjero, únicamente deberá realizar pagos de Las Tarjetas Empresariales American Express emitidas en México. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO incumpla con esta obligación, AMEXCO “AMEXCO” rechazará el monto total de los pagos, por lo tantoque “AMEXCO” reversará o devolverá al LICENCIATARIO, el LICENCIATARIO tendrá que solicitar a AMEXCO la devolución las cantidades quehubiera enviado vía transf erencia electrónica de los fondos a través de su contacto empresarial autorizado vía correo electrónico, adjuntando monto del pago, fecha de pago, comprobante de pago y carátula del estado al mismo número de cuenta de la cuenta bancaria donde se devolverán los fondos. La cuenta bancaria deberá de ser la misma desde donde se originó la transferencia. Una vez que AMEXCO reciba la solicitud de devolución, “AMEXCO” procesará la devolución dónde provino dicha suma en un periodo de 3 unplazo no mayor a 5 (trescinco) días hábiles y el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el mismo, verá acreditada dicha devolución dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes haberla recibido. Lo anterior sin perjuicio de que AMEXCO “AMEXCO” dé por terminado el presente Contrato. Asimismo, el LICENCIATARIO verá acreditada su devolución dentro de los 3 (tres) días hábiles a que haya transcurrido el proceso de devolución por parte de “AMEXCO". En virtud de lo anterior, el pago se tendrá por no realizado y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios incluidos en los contratos respectivos que sean aplicables a las Tarjetas American Express de uso personal y/o a las Tarjetas American Express emitidas se establecen en el extranjero según corresponda“Contrato deAdhesión”.

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Funcionalidades. Las partes acuerdan que el Programa podrá tener diferentes funcionalidades las cuales se describen a continuación: 4.1. PROGRAMA CORPORATIVO DE PAGO EN LÍNEA (en lo sucesivo, @ COP). Esta funcionalidad tiene por objeto que el LICENCIATARIO dentro del Programa, indique las cantidades exactas a pagar a cada Tarjeta. Para tal efecto, el LICENCIATARIO o el “Tercero” designado por el LICENCIATARIO, se obliga a incluir la información correspondiente en @COP@ COP, antes de las 17:00 horas del mismo día en que haya realizado la transferencia electrónica de fondos de conformidad con la Cláusula Segunda anterior del presente Contrato. Para efectos de utilizar @ COP, el LICENCIATARIO deberá nombrar en la Carátula del presente Contrato, que forma parte integrante del mismo, un administrador autorizado único, quien será un usuario único que, a su vez, podrá asignar hasta 10(diez10 (diez) administradores del Programa, Programa los cuales también deberán ser nombrados en la Carátula del presente Contrato. Para tal efecto, a partir de la designación por parte del LICENCIATARIO del administrador autorizado y de los administradores del Programa, AMEXCO lo habilitará dentro de @ COP dentro de los 7 (siete) días naturales siguientes a la designación. Asimismo, posterior a la firma del presente Contrato, el LICENCIATARIO, podrá, vía telefónica, vía correo electrónico electrónica o en cualquier medio que acuerden las partes solicitar a AMEXCO la modificación del administrador autorizado y de los administradores del Programa. El administrador autorizado será responsable en todo momento de las funciones que le asigne a los administradores de del Programa. Para efectos de lo anterior, AMEXCO podrá solicitar al LICENCIATARIO, en cualquier momento, información o documentación del administrador autorizado y de los administradores del Programa. Asimismo, AMEXCO se reserva el derecho de rechazar la designación de los mismos en cualquier momento. En caso de que exista conflicto entre las instrucciones del administrador autorizado y algún administrador del Programa, las instrucciones del administrador autorizado prevalecerán, en la medida en que AMEXCO queAMEXCO tenga conocimiento de ambas instrucciones. El LICENCIATARIO, a través de su administrador autorizado o de sus administradores del Programa, deberán ingresar lainformación la información de @ COP a más tardar antes de las 17:00 horas en la fecha límite de pago de sus Tarjetas. En Para efectos de lo anterior, (i) en caso de que “LA EMPRESA” o el Tercero designado no ingrese la información en @ COP, o (ii) en caso de que la información contenida en @ COP, llenada por el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO a “AMEXCO”, no coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, o (iii) el administrador autorizado y el administrador del Programa incorporen a @ COP instrucciones diferentes y AMEXCO no tenga conocimiento de ello, “AMEXCO” se encontrará imposibilitada para acreditar los pagos realizados en la cuenta del LICENCIATARIO, y por lo tanto, “AMEXCO” reversará o devolverá al LICENCIATARIO, las cantidades que hubiera enviado vía transferencia electrónica de fondos al mismo número de cuenta de dónde provino el pago correspondiente. AMEXCO conservará los pagos por Para tal efecto, “AMEXCO” procesará la devolución de las cantidades en un tiempo no mayor a 180 5 (ciento ochentacinco) días naturales hábiles siguientes a la fecha de recepción haber recibido el pago. Asimismo, el LICENCIATARIO verá acreditada su devolución dentro de los mismos, esperando recibir la información en @ COP para la aplicación del pago, en el entendido de que la fecha de aplicación del pago correspondiente será el día en que sea recibida la transferencia de fondos. En caso de no recibir la información en @ COP dentro del plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales mencionado con anterioridad, El LICENCIATARIO tendrá que solicitar a AMEXCO la devolución de los fondos a través de su contacto empresarial autorizado vía correo electrónico, adjuntando monto del pago, fecha de pago, comprobante de pago y carátula del estado de cuenta de la cuenta bancaria donde se devolverán los fondos. La cuenta bancaria deberá de ser la misma desde donde se originó la transferencia. Una vez que AMEXCO reciba la solicitud de devolución, AMEXCO procesará la devolución en un periodo de 3 (tres) días hábiles y a que haya transcurrido el LICENCIATARIO o el Tercero designado, verá acreditada dicha proceso de devolución dentro por parte de los 2 (dos) días hábiles siguientes. En caso de que AMEXCO no reciba la información completa para procesar la devolución, su contacto empresarial autorizado se pondrá en contacto con el LICENCIATARIO para solicitar la información completa“AMEXCO". En virtud de lo anterior, el pago se tendrá por no realizado y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. El LICENCIATARIO será responsable de validar la aplicación de sus pagos en un periodo de 72 (setenta y dos) horas hábiles. Si los pagos no han sido aplicados el LICENCIATARIO se compromete a contactar a AMEX para validar el estatus del pago. En caso de que: (i) la información contenida en @ COP, llenada por el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO a AMEXCO no coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, o (ii) el administrador autorizado y el administrador del Programa incorporen a @ COP instrucciones diferentes, “AMEXCO” se encontrará imposibilitada para acreditar los pagos realizados en la cuenta del LICENCIATARIO, y por lo tanto, AMEXCO deberá notificar al LICENCIATARIO de esta circunstancia a través de su contacto empresarial. Una vez que el LICENCIATARIO reciba la notificación de AMEXCO, el LICENCIATARIO deberá corregir la información contenida en @ COP y/o aclarar las instrucciones del administrador autorizado y el administrador del Programa enviar el archivo electrónico corregido dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes. En caso de que la o las trasferencia(s) de fondos haya(n) sido por montos erróneos el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO deberá de: (i) enviar cualquier monto faltante a la cuenta que se señala en la Cláusula Tercera del presente, cumpliendo con los requisitos para la identificación plena de la procedencia de dicha transferencia que se mencionan en dicha Cláusula, ingresar información correcta e instrucciones correctas y uniformes en @ COP dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en la que “AMEXCO” le haya notificado la falta de coincidencia entre la información inicialmente ingresada en @ COP y las cantidades enviadas o la diferencia entre las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa o (ii) solicitar la devolución de los fondos a AMEXCO misma que será efectuada conforme al procedimiento detallado anteriormente, si el monto transferido inicialmente haya sido mayor al requerido, en este caso el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el mismo deberá solicitar la devolución de los fondos y enviar los montos correctos dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en la que AMEXCO haya devuelto los fondos enviados originalmente. El proceso descrito anteriormente se repetirá hasta que la información incluida en @ COP coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, y las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa coincidan, de forma que AMEXCO esté en posibilidad de acreditar los pagos. En tanto que la información incluida en @ COP no coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, y las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa no coincidan, los pagos se tendrán por no realizados y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO envíe el folio COP duplicado, “AMEXCO” tomará el primer folio COP recibido para aplicar el pago por lo que “AMEXCO” no será responsable respecto de los daños y perjuicios causados directa o indirectamente por la recepción de folios COP incorrectos. Los folios COP tendrán una vigencia de 11 (once) días hábiles a partir de la recepción de estos, en el caso de que “AMEXCO” no logre identificar los folios COP para la aplicación del pago, estos serán cancelados de manera automática dentro del sistema de pagos de “AMEXCO” y el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO será responsable de enviar nuevos folios COP para sustituir los cancelados. Las partes convienen que en caso de que LICENCIATARIO o el Tercero designado por LICENCIATARIO no pueda realizarlas realizar las transferencias electrónicas de fondos en los términos establecidos en el presente Contrato, ya sea por fallas en su sistema de banca electrónica o por cualquier otra contingencia, el LICENCIATARIO deberá efectuar el pago de los cargos realizados con Las “Tarjetas” mediante efectivo o cheque en cualquiera de las oficinas o centros de pago que tenga establecidos “AMEXCO”, debiendo el LICENCIATARIO entregar en dichas oficinas o centros de pago un documento que contenga la relación de los pagos de Las “Tarjetas” en forma individual indicando el número de Las “Tarjetas” a pagar con el monto que corresponde a cada una con objeto de que asignen las cantidades pagadas a Las Tarjetas correspondientes en el lugar de pago. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO no realice a más tardar en la FechaLímite Fecha Límite de Pago establecida en el Estado de Cuenta, el pago total de los Cargos realizados con Las “Tarjetas”, dichos cargos entrarán en xxxx, y por lo tanto, se aplicarán los cargos moratorios y cargos por pago extemporáneo que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. Bajo ninguna circunstancia, el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO, podrá pagar mediante las transferencias electrónicas Tarjetas American Express de uso personal, ni tampoco Tarjetas American Express emitidas en el extranjero, únicamente deberá realizar pagos de Las Tarjetas Empresariales American Express emitidas en México. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO incumpla con esta obligación, AMEXCO “AMEXCO” rechazará el monto total de los pagos, por lo tantoque “AMEXCO” reversará o devolverá al LICENCIATARIO, el LICENCIATARIO tendrá las cantidades que solicitar a AMEXCO la devolución hubiera enviado vía transferencia electrónica de los fondos a través de su contacto empresarial autorizado vía correo electrónico, adjuntando monto del pago, fecha de pago, comprobante de pago y carátula del estado al mismo número de cuenta de la cuenta bancaria donde se devolverán los fondos. La cuenta bancaria deberá de ser la misma desde donde se originó la transferencia. Una vez que AMEXCO reciba la solicitud de devolución, “AMEXCO” procesará la devolución dónde provino dicha suma en un periodo de 3 plazo no mayor a 5 (trescinco) días hábiles y el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el mismo, verá acreditada dicha devolución dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes haberla recibido. Lo anterior sin perjuicio de que AMEXCO “AMEXCO” dé por terminado el presente Contrato. Asimismo, el LICENCIATARIO verá acreditada su devolución dentro de los 3 (tres) días hábiles a que haya transcurrido el proceso de devolución por parte de “AMEXCO". En virtud de lo anterior, el pago se tendrá por no realizado y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios incluidos en los contratos respectivos que sean aplicables a las Tarjetas American Express de uso personal y/o a las Tarjetas American Express emitidas se establecen en el extranjero según corresponda“Contrato de Adhesión”.

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Funcionalidades. Las partes acuerdan que el Programa podrá tener diferentes funcionalidades las cuales se describen Dentro del área personal del Canal de Banca por Internet de BBVA , BBVA pone a continuacióndisposición de los Titulares la Agenda Personal de Contactos, en virtud de la cual estos podrán: 4.1. PROGRAMA CORPORATIVO DE PAGO EN LÍNEA (en lo sucesivoi) Dar de alta sus contactos. (ii) Incorporar y consultar determinados datos de sus contactos. (iii) Importar de forma global o de manera selectiva datos de sus contactos, @ COP). Esta funcionalidad tiene por objeto desde distintas redes sociales y/o servicios de correo electrónico de los que el LICENCIATARIO dentro del Programasean usuarios. (iv) Añadir, indique las cantidades exactas a pagar a cada Tarjeta. Para tal efecto, el LICENCIATARIO modificar o el “Tercero” designado por el LICENCIATARIO, se obliga a incluir eliminar la información correspondiente en @COP, antes asociada a los contactos. (v) Utilizar la información de los contactos para realizar las 17:00 horas del mismo día en que haya realizado la transferencia electrónica de fondos de conformidad con la Cláusula Segunda anterior del presente Contrato. Para efectos de utilizar @ COP, el LICENCIATARIO deberá nombrar en la Carátula del presente Contrato, que forma parte integrante del mismo, un administrador autorizado único, quien será un usuario único operaciones financieras que, a su veztravés del Canal de Banca por Internet, el Banco le permita realizar en cada momento. La Agenda Personal de Contactos es de ámbito doméstico y privado del Titular y le permite incorporar los datos que a continuación se detallan: - Fotografía - Nombre - Apellidos - Código Cuenta Cliente (IBAN) - Fecha de nacimiento - Sobrenombre (alias) - Dirección de correo electrónico - Número de teléfono móvil - Número de tarjeta de prepago BBVA podrá asignar hasta 10(diez) administradores del Programa, modificar la tipología de los cuales también deberán ser nombrados datos almacenables en la Carátula del presente ContratoAgenda Personal de Contactos, incorporando nuevos campos o categorías, y eliminando o modificando los anteriormente relacionados. Para tal efecto, a partir El contenido de la designación por parte del LICENCIATARIO del administrador autorizado y Agenda Personal de Contactos pertenece al Titular, garantizando éste al Banco que ha obtenido los administradores del Programapermisos y/o consentimientos necesarios para la incorporación y/o importación de dichos datos a su Agenda Personal de Contactos. Los datos relativos a los contactos personales se alojan en lo que constituye la Agenda Personal de Contactos, AMEXCO lo habilitará dentro de @ COP dentro de los 7 (siete) días naturales siguientes a considerándose la designación. Asimismo, posterior a la firma del presente Contrato, el LICENCIATARIO, podrá, vía telefónica, vía correo electrónico o en cualquier medio que acuerden las partes solicitar a AMEXCO la modificación del administrador autorizado y de los administradores del Programamisma como área estrictamente privada. El administrador autorizado será responsable Titular no podrá incluir en la Agenda Personal de Contactos ninguna información adicional a los campos establecidos en este apartado o a aquellos otros campos que en el futuro el Banco pueda incluir en la estructura de la Agenda Personal de Contactos, siendo en todo momento responsable de las funciones que le asigne a los administradores de Programa. Para efectos de lo anteriorla veracidad, AMEXCO podrá solicitar al LICENCIATARIOexactitud, en cualquier momento, información o documentación del administrador autorizado y actualización e idoneidad de los administradores del Programadatos en ella incluidos. AsimismoEl Titular asume la total responsabilidad por los datos incorporados en su Agenda Personal de Contactos, AMEXCO se reserva el derecho cual desde el punto de rechazar la designación vista de los mismos en cualquier momentosu cualidad y condición deberá respetar las especificaciones contractuales establecidas al efecto. En caso este sentido, sólo el Titular tiene la potestad de que exista conflicto entre las instrucciones del administrador autorizado y algún administrador del Programaañadir, las instrucciones del administrador autorizado prevalecerán, en la medida en que AMEXCO tenga conocimiento de ambas instrucciones. El LICENCIATARIO, a través modificar o eliminar los contactos de su administrador autorizado o Agenda Personal de sus administradores del Programa, deberán ingresar lainformación de @ COP a más tardar antes de las 17:00 horas en la fecha límite de pago de sus TarjetasContactos. En caso de que “LA EMPRESA” o el Tercero designado no ingrese la información en @ COP AMEXCO se encontrará imposibilitada para acreditar los pagos realizados en la cuenta del LICENCIATARIO. AMEXCO conservará los pagos por un tiempo no mayor a 180 (ciento ochenta) días naturales siguientes a la fecha de recepción de los mismos, esperando recibir la información en @ COP para la aplicación del pago, en el entendido de que la fecha de aplicación del pago correspondiente será el día en que sea recibida la transferencia de fondos. En caso de no recibir la información en @ COP dentro del plazo de 180 (ciento ochenta) días naturales mencionado con anterioridad, El LICENCIATARIO tendrá que solicitar a AMEXCO la devolución de los fondos a través de su contacto empresarial autorizado vía correo electrónico, adjuntando monto del pago, fecha de pago, comprobante de pago y carátula del estado de cuenta de la cuenta bancaria donde se devolverán los fondos. La cuenta bancaria deberá de ser la misma desde donde se originó la transferencia. Una vez que AMEXCO reciba la solicitud de devolución, AMEXCO procesará la devolución en un periodo de 3 (tres) días hábiles y el LICENCIATARIO o el Tercero designado, verá acreditada dicha devolución dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes. En caso de que AMEXCO no reciba la información completa para procesar la devolución, su contacto empresarial autorizado se pondrá en contacto con el LICENCIATARIO para solicitar la información completa. En virtud de lo anteriorAsí mismo, el pago se tendrá por no realizado y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. El LICENCIATARIO Titular será responsable de validar la aplicación utilización de sus pagos en un periodo la Agenda Personal de 72 (setenta y dos) horas hábiles. Si los pagos no han sido aplicados el LICENCIATARIO se compromete a contactar a AMEX para validar el estatus del pago. En caso Contactos de que: (i) la información contenida en @ COP, llenada por el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO a AMEXCO no coincida acuerdo con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, o (ii) condiciones y finalidades establecidas para el administrador autorizado y el administrador del Programa incorporen a @ COP instrucciones diferentes, “AMEXCO” se encontrará imposibilitada para acreditar los pagos realizados en la cuenta del LICENCIATARIO, y por lo tanto, AMEXCO deberá notificar al LICENCIATARIO de esta circunstancia a través de su contacto empresarial. Una vez que el LICENCIATARIO reciba la notificación de AMEXCO, el LICENCIATARIO deberá corregir la información contenida en @ COP y/o aclarar las instrucciones del administrador autorizado y el administrador del Programa enviar el archivo electrónico corregido dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes. En caso de que la o las trasferencia(s) de fondos haya(n) sido por montos erróneos el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO deberá de: (i) enviar cualquier monto faltante a la cuenta que se señala en la Cláusula Tercera del presente, cumpliendo con los requisitos para la identificación plena de la procedencia de dicha transferencia que se mencionan en dicha Cláusula, ingresar información correcta e instrucciones correctas y uniformes en @ COP dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en la que “AMEXCO” le haya notificado la falta de coincidencia entre la información inicialmente ingresada en @ COP y las cantidades enviadas o la diferencia entre las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa o (ii) solicitar la devolución de los fondos a AMEXCO misma que será efectuada conforme al procedimiento detallado anteriormente, si el monto transferido inicialmente haya sido mayor al requerido, en este caso el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el mismo deberá solicitar la devolución de los fondos y enviar los montos correctos dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en la que AMEXCO haya devuelto los fondos enviados originalmente. El proceso descrito anteriormente se repetirá hasta que la información incluida en @ COP coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, y las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa coincidan, de forma que AMEXCO esté en posibilidad de acreditar los pagos. En tanto que la información incluida en @ COP no coincida con las cantidades enviadas vía transferencia electrónica de fondos, y las instrucciones emitidas por administrador autorizado y el administrador del Programa no coincidan, los pagos se tendrán por no realizados y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO envíe el folio COP duplicado, “AMEXCO” tomará el primer folio COP recibido para aplicar el pago por lo que “AMEXCO” no será responsable respecto de los daños y perjuicios causados directa o indirectamente por la recepción de folios COP incorrectos. Los folios COP tendrán una vigencia de 11 (once) días hábiles a partir de la recepción de estos, en el caso de que “AMEXCO” no logre identificar los folios COP para la aplicación del pago, estos serán cancelados de manera automática dentro del sistema de pagos de “AMEXCO” y el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO será responsable de enviar nuevos folios COP para sustituir los cancelados. Las partes convienen que en caso de que LICENCIATARIO o el Tercero designado por LICENCIATARIO no pueda realizarlas transferencias electrónicas de fondos en los términos establecidos en el presente Contrato, ya sea por fallas en su sistema de banca electrónica o por cualquier otra contingencia, el LICENCIATARIO deberá efectuar el pago de los cargos realizados con Las “Tarjetas” mediante efectivo o cheque en cualquiera de las oficinas o centros de pago que tenga establecidos “AMEXCO”, debiendo el LICENCIATARIO entregar en dichas oficinas o centros de pago un documento que contenga la relación de los pagos de Las “Tarjetas” en forma individual indicando el número de Las “Tarjetas” a pagar con el monto que corresponde a cada una con objeto de que asignen las cantidades pagadas a Las Tarjetas correspondientes en el lugar de pago. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO no realice a más tardar en la FechaLímite de Pago establecida en el Estado de Cuenta, el pago total de los Cargos realizados con Las “Tarjetas”, dichos cargos entrarán en xxxx, y por lo tanto, se aplicarán los cargos moratorios y cargos por pago extemporáneo que se establecen en el “Contrato de Adhesión”. Bajo ninguna circunstancia, el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO, podrá pagar mediante las transferencias electrónicas Tarjetas American Express de uso personal, ni tampoco Tarjetas American Express emitidas en el extranjero, únicamente deberá realizar pagos de Las Tarjetas Empresariales American Express emitidas en México. En caso de que el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el LICENCIATARIO incumpla con esta obligación, AMEXCO rechazará el monto total de los pagos, por lo tanto, el LICENCIATARIO tendrá que solicitar a AMEXCO la devolución de los fondos a través de su contacto empresarial autorizado vía correo electrónico, adjuntando monto del pago, fecha de pago, comprobante de pago y carátula del estado de cuenta de la cuenta bancaria donde se devolverán los fondos. La cuenta bancaria deberá de ser la misma desde donde se originó la transferencia. Una vez que AMEXCO reciba la solicitud de devolución, “AMEXCO” procesará la devolución en un periodo de 3 (tres) días hábiles y el LICENCIATARIO o el Tercero designado por el mismo, verá acreditada dicha devolución dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes Lo anterior sin perjuicio de que AMEXCO dé por terminado el presente Contrato. Asimismo. En virtud de lo anterior, el pago se tendrá por no realizado y los cargos se encontrarán en xxxx y se aplicarán los cargos moratorios incluidos en los contratos respectivos que sean aplicables a las Tarjetas American Express de uso personal y/o a las Tarjetas American Express emitidas en el extranjero según correspondaServicio.

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Samples: Anexo De Servicios