GARANTIA PROVISIONAL. Los licitadores deberán acreditar la constitución previa, a disposición del correspondiente órgano de contratación y depositada en la tesorería municipal, una garantía provisional equivalente al 2 por 100 del presupuesto del contrato, por cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la L.C.S.P.. La citada garantía será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato, siendo retenida al adjudicatario hasta el momento de la constitución de la garantía definitiva e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
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Samples: Construction Contract, Construction Contract, Construction Contract
GARANTIA PROVISIONAL. Los licitadores deberán acreditar la constitución previa, a disposición del correspondiente órgano de contratación y depositada en la tesorería municipal, una garantía provisional equivalente al 2 por 100 del presupuesto del contrato, excluido el I.V.A., por cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la L.C.S.P.. La citada garantía será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato, siendo retenida al adjudicatario hasta el momento de la constitución de la garantía definitiva e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
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Samples: Construction Contract, Construction Contract
GARANTIA PROVISIONAL. Los licitadores deberán acreditar la constitución previa, a disposición del correspondiente órgano de contratación y depositada en la tesorería municipal, una garantía provisional equivalente al 2 por 100 del presupuesto del contratocontrato sin iva (1.034,48€), por cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la L.C.S.P.. La citada garantía será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato, siendo retenida al adjudicatario hasta el momento de la constitución de la garantía definitiva e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
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Samples: Consulting Agreement
GARANTIA PROVISIONAL. Los licitadores deberán acreditar la constitución previa, a disposición del correspondiente órgano de contratación y depositada en la tesorería municipal, una garantía provisional equivalente al 2 por 100 del presupuesto del contrato, sin iva por cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la L.C.S.P.. La citada garantía será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato, siendo retenida al adjudicatario hasta el momento de la constitución de la garantía definitiva e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
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Samples: Suministro De Equipamiento
GARANTIA PROVISIONAL. Los licitadores deberán acreditar la constitución previa, a disposición del correspondiente órgano de contratación y depositada en la tesorería municipal, una garantía provisional equivalente al 2 por 100 del presupuesto del contratouna cuantía de 80.000€, por cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la L.C.S.P.. La citada garantía será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato, siendo retenida al adjudicatario hasta el momento de la constitución de la garantía definitiva e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
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Samples: Contract for the Management and Operation of Water Supply and Sanitation Services
GARANTIA PROVISIONAL. Los licitadores deberán acreditar la constitución previa, a disposición del correspondiente órgano de contratación y depositada en la tesorería municipal, una garantía provisional equivalente al 2 por 100 del presupuesto del contrato, sin iva (344,83€) por cualquiera de las formas previstas en el art. 84 de la L.C.S.P.. La citada garantía será devuelta a los interesados inmediatamente después de la adjudicación definitiva del contrato, siendo retenida al adjudicatario hasta el momento de la constitución de la garantía definitiva e incautada a las empresas que retiren injustificadamente su proposición antes de la adjudicación.
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Samples: Contract for the Supply of Cultural Program Materials