GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Las ofertas serán acompañadas mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 92 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, art. 93 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, será devuelta de conformidad a lo establecido en el art. 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 106 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La garantía deberá constituirse bajo la modalidad establecida en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el OFERENTE declara conocer y aceptar. Al momento de elaborar sus propuestas, el oferente deberá identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico. Asimismo, deberá adjuntar la garantía al formulario electrónico y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar (conforme los requerimientos exigidos según la cláusula 13.1 d) del presente Pliego), dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas del Acto de Apertura de Ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo 17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicho plazo se computa en horas desde la hora fijada para la Apertura de ofertas, venciendo exactamente a la misma hora del día hábil siguiente. PLIEG-2021-20880242-GCABA-DGIASINF
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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Las ofertas serán acompañadas mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 92 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, art. 93 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, será devuelta de conformidad a lo establecido en el art. 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 106 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La garantía deberá constituirse bajo la modalidad establecida en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el OFERENTE declara conocer y aceptar. Al momento de elaborar sus propuestas, el oferente deberá identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico. Asimismo, deberá adjuntar la garantía al formulario electrónico y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar (conforme los requerimientos exigidos según la cláusula 13.1 d) del presente Pliego), dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas del Acto de Apertura de Ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo
artículo 17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicho plazo se computa en horas desde la hora fijada para la Apertura de ofertas, venciendo exactamente a la misma hora del día hábil siguiente. PLIEG-2021-20880242-GCABA-DGIASINF.
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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Las ofertas serán acompañadas mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 92 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, art. 93 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, será devuelta de conformidad a lo establecido en el art. 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 106 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La garantía deberá constituirse bajo la modalidad establecida en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el OFERENTE declara conocer y aceptar. Al momento de elaborar sus propuestas, el oferente deberá los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico. Asimismo, deberá adjuntar la garantía al formulario electrónico y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar (conforme los requerimientos exigidos según la cláusula 13.1 d) del presente Pliego), dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas del Acto de Apertura de Ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo
17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicho plazo se computa en horas desde la hora fijada para la Apertura de ofertas, venciendo exactamente a la misma hora del día hábil siguiente. PLIEG-2021-20880242-GCABA-DGIASINF.
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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Las ofertas serán acompañadas Cada oferta será acompañada mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, GCABA igual a la al valor que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el artArt. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 92 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art. Artículo 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, art. 93 y el Artículo 102 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado 2.095, en su texto consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/216.017. No se aceptarán pagarés, será devuelta letras de conformidad a lo establecido en el artcambio, facturas, ni ningún otro título que no esté expresamente indicado como depósito de garantía. 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 106 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La garantía deberá Las garantías deberán constituirse bajo la modalidad establecida las modalidades establecidas en la normativa citada en el párrafo que antecedelos párrafos precedentes del presente artículo, y que el OFERENTE garante declara conocer y aceptar. Al momento de elaborar sus propuestas, el oferente Esta garantía deberá identificar ser identificada e individualizar la garantía de mantenimiento de individualizada con la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónicoingresada por BAC. Asimismo, deberá adjuntar el documento mediante el cual se formaliza la garantía al formulario electrónico y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar deberá ser entregado físicamente (conforme los requerimientos exigidos póliza, cheque certificado u otro documento según la cláusula 13.1 dforma de constitución en formato impreso) del presente Pliego), dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) 24 horas del Acto contado a partir de Apertura la fecha límite para la recepción de Ofertasla oferta, bajo apercibimiento de descarte de la ofertamisma, de acuerdo a lo establecido en el artículo
artículo 17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en la Gerencia Operativa de Xxxxxxx y Contrataciones sita en Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx 346 3° piso. Dicho plazo se computa en horas horas, es decir desde la hora fijada para la Apertura recepción de ofertasla oferta venciendo, venciendo exactamente en consecuencia, a la misma hora del día hábil siguiente. PLIEG-2021-20880242-GCABA-DGIASINFsiguiente a la fecha fijada para la apertura de ofertas.
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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Las ofertas serán acompañadas mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 92 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, art. 93 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, será devuelta de conformidad a lo establecido en el art. 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 106 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La garantía deberá constituirse bajo la modalidad establecida en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el OFERENTE declara conocer y aceptar. Al momento de elaborar sus propuestas, el oferente deberá los oferentes deberán identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico. Asimismo, deberá adjuntar la garantía al formulario electrónico y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar (xxxxx_xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx) (conforme los requerimientos exigidos según la cláusula 13.1 d) del presente Pliego), dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas del Acto de Apertura de Ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo
17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicho plazo se computa en horas desde la hora fijada para la Apertura de ofertas, venciendo exactamente a la misma hora del día hábil siguiente. PLIEG-2021-20880242-GCABA-DGIASINF.
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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Las ofertas serán acompañadas mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 92 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, art. 93 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21, será devuelta de conformidad a lo establecido en el art. 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 106 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La garantía deberá constituirse bajo la modalidad establecida en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el OFERENTE declara conocer y aceptar. Al momento de elaborar sus propuestas, el oferente deberá identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico. Asimismo, deberá adjuntar la garantía al formulario electrónico y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar (conforme los requerimientos exigidos según la cláusula 13.1 d) del presente Pliego), dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas del Acto de Apertura de Ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo
artículo 17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicho plazo se computa en horas desde la hora fijada para la Apertura de ofertas, venciendo exactamente a la misma hora del día hábil siguiente. PLIEG-2021-2088024225151261-GCABA-DGIASINFDGSEI
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GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Las ofertas serán acompañadas mediante la constitución de 13.1. Los oferentes deberán constituir una garantía a favor del Gobierno de mantenimiento de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento oferta equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del valor total de su oferta.
13.2. En el caso de cotizar con descuentos, alternativas o variantes, la oferta, de conformidad con lo prescripto garantía se deberá calcular sobre el mayor valor propuesto.
13.3. Dicha garantía deberá constituirse en el art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 92 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera algunas de las formas previstas en el art. 17.2 artículo 39 xxx Xxxxxx Único Único.
13.4. Para el caso de Bases y Condiciones Generalesoptar por integrar la garantía mediante póliza de caución, art. 93 y concordantes ya sea como garantía de mantenimiento de la Ley oferta, de cumplimiento del contrato, de impugnación, o como contragarantías o fondo de reparos, en todos los casos de ser y únicamente se admitirán las pólizas electrónicas de seguro de caución que fueran emitidas por entidades aseguradoras habilitadas a tal fin por la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN.
13.4.a) Si se presentara una póliza de seguro de caución en soporte papel -no electrónica-, con o sin la aclaración de que la compañía de seguros elegida por el proveedor aún no ha implementado la emisión de pólizas electrónicas, la misma configura un apartamiento del plexo normativo vigente. Con lo cual, la situación descripta quedará subsumida en la causal de desestimación no subsanable contemplada en el artículo 66, inciso k) del Reglamento aprobado por el Decreto N° 2.095 1030/16.
13.4.b) Cuando se presente una póliza electrónica de seguro de caución con defectos formales. En principio, los defectos formales que se adviertan en las pólizas electrónicas oportunamente constituidas deberán reputarse susceptibles de subsanación, Pero si a raíz del defecto formal no es posible realizar el cotejo de los datos y del estado de la póliza, la UOC intimara al oferente a que presente, en el término de DOS (Texto Consolidado 2) días, la constancia pertinente a fin de acreditar que la póliza electrónica fue emitida en forma previa al acto de apertura, con sujeción a la normativa vigente en la materia, bajo apercibimiento de incurrir en la causal de inadmisibilidad del artículo 66 inciso k) del reglamento aprobado por Ley Nº 6.347el Decreto 1030/2016.
13.4.c) y su Si la póliza electrónica de seguro de caución constituida -con carácter de garantía de mantenimiento de la oferta- con anterioridad al acto de apertura de ofertas, pero habiéndose PLIEG-2024-57801892-APN-DSL#DNV establecido como inicio de vigencia de la misma una fecha posterior a la apertura de ofertas, dicha situación quedará subsumida en la causal de desestimación no subsanable contemplada en el artículo 66, inciso k) del Reglamento aprobado por el Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21N° 1030/16.
13.5. La integración en Pagaré a la vista suscripto por quien tenga el uso de la firma social o actuare con poderes suficientes, será devuelta válida solamente cuando el monto de conformidad a lo establecido la garantía no supere la suma de DOSCIENTOS SESENTA MODULOS (260 M). Esta forma de garantía no es combinable con las restantes enumeradas en el artArt. 17.3 apartado i) 39 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones GeneralesÚnico.
13.6. Si el oferente, concordante con el arten la nota por la cual manifestara que no mantendrá su oferta, indicara expresamente desde qué fecha retira la oferta, la Administración la tendrá por retirada en la fecha por él expresada. 106 Si no indicara fecha, se considerará que retira la oferta a partir de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.347) y fecha de vencimiento del plazo de mantenimiento de la oferta en curso. El oferente que manifestara que no mantendrá su Decreto Reglamentario Nº 74/GCABA/21. La garantía deberá constituirse bajo oferta quedará excluido del procedimiento de selección a partir de la modalidad establecida en la normativa citada fecha indicada en el párrafo que antecede, y que el OFERENTE declara conocer y aceptaranterior.
13.7. Al momento de elaborar sus propuestas, Si el oferente deberá identificar e individualizar manifestara su negativa a prorrogar el mantenimiento de su oferta dentro del plazo fijado a tal efecto, quedará excluido del procedimiento de selección, sin pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta. Si por el contrario, el oferente manifestara su voluntad de no mantener su oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico. Asimismofuera del plazo fijado para realizar tal manifestación o retirara su oferta sin cumplir con los plazos de mantenimiento, deberá adjuntar corresponderá excluirlo del procedimiento y ejecutar la garantía al formulario electrónico y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar (conforme los requerimientos exigidos según la cláusula 13.1 d) del presente Pliego), dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas del Acto de Apertura de Ofertas, bajo apercibimiento de descarte mantenimiento de la oferta.
13.8. Cuando la garantía no fuera electrónica, el original o el certificado pertinente de acuerdo a lo establecido la garantía individualizada en el artículo
17.1 Pliego Único la oferta, deberá ser presentado en la Dirección Nacional de Bases Vialidad – 14º Distrito San Xxxx Av. Illia 487 –Sección Licitaciones y Condiciones Generales. Dicho plazo se computa en horas desde la hora fijada para la Apertura de ofertas, venciendo exactamente a la misma hora del día hábil siguiente. PLIEG-2021-20880242-GCABA-DGIASINFCompras.
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Samples: Acquisition of Goods and Services
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Las ofertas serán acompañadas mediante la constitución de una garantía a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, igual a la que resulte del cinco por ciento (5%) del total de la oferta, de conformidad con lo prescripto en el art. 17.1 inciso a) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 92 101 de la Ley Nº 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.3476.017) y su Decreto Reglamentario Nº 74168/GCABA/21GCABA/19 y su modificatorio Decreto Nº 207/GCABA/19. Al momento de elaborar sus propuestas, el oferente deberá identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico y se deberá adjuntar conforme los requerimientos exigidos según la cláusula 12.1 e) del presente Pliego, bajo apercibimiento de descarte de la oferta. La constitución de esta garantía podrá realizarse en cualquiera de las formas previstas en el art. 17.2 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, art. 93 102 y concordantes de la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.3476.017) y su Decreto Reglamentario Nº 74168/GCABA/21GCABA/19 y su modificatorio Decreto Nº 207/GCABA/19, será devuelta de conformidad a lo establecido en el art. conPfLoIrEmGi-d2a0d20a-1lo39e4s3t2a0b6l-eGcCidAoBeAn-CeGl aSrEtR. V 17.3 apartado i) xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales, concordante con el art. 106 115 de la Ley 2.095 (Texto Consolidado por Ley Nº 6.3476.017) y su Decreto Reglamentario Nº 74168/GCABA/21GCABA/19 y su modificatorio Decreto Nº 207/GCABA/19. La garantía deberá constituirse bajo la modalidad establecida en la normativa citada en el párrafo que antecede, y que el OFERENTE declara conocer y aceptar. Al momento de elaborar sus propuestas, el oferente deberá identificar e individualizar la garantía de mantenimiento de la oferta conforme lo establezca el correspondiente formulario electrónico. Asimismo, deberá adjuntar la garantía al formulario electrónico y entregarla vía mail a la dirección de correo electrónico oficial del GCABA a confirmar (conforme los requerimientos exigidos según la cláusula 13.1 d) del presente Pliego), dentro del plazo de VEINTICUATRO (24) horas del Acto de Apertura de Ofertas, bajo apercibimiento de descarte de la oferta, de acuerdo a lo establecido en el artículo
17.1 Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Dicho plazo se computa en horas desde la hora fijada para la Apertura de ofertas, venciendo exactamente a la misma hora del día hábil siguiente. PLIEG-2021-20880242-GCABA-DGIASINF.
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Samples: Licensing Agreements