GARANTÍA DEL BIEN SUMINISTRADO Cláusulas de Ejemplo

GARANTÍA DEL BIEN SUMINISTRADO. A continuación se establece un plazo mínimo de garantía o el superior que el oferente hubiera ofertado a contar desde la fecha de recepción de conformidad: Lote Nº Descripción Garantía mínima del bien suministrado (AÑOS) 01 EQUIPO DE COMPUTACION, PROCESADOR DE ULTIMA GENERACION 3 años 02 IMPRESORA LASER 1 años o más Serán por cuenta del proveedor todos los gastos que por cualquier concepto genere la retirada, reparación o reposición del bien/bienes defectuoso/s, sin que prevalezca a estos efectos cualquier declaración contenida en la oferta del proveedor.
GARANTÍA DEL BIEN SUMINISTRADO. Serán por cuenta del proveedor todos los gastos que por cualquier concepto genere la retirada, reparación o reposición del bien/bienes defectuoso/s, sin que prevalezca a estos efectos cualquier declaración contenida en la oferta del proveedor. 1 Abanico de pared Unidad Garantía de fábrica 6 2 Amarradora manual de Embutidos Unidad Garantía de fábrica 12 3 Amortiguadores para trimado hidráulico para motor xxxxxx fuera xx xxxxx de 15 HP Unidad Garantía de calidad 1 4 Ánodo anticorrosión para agua salada Unidad Garantía de calidad 1 5 Arnés completo Unidad Garantía de calidad 1 6 Banco de trabajo Unidad Garantía de calidad 1 7 Banco de trabajo para barras de suspensión Unidad Garantía de fábrica 6 8 Banco de trabajo para carpintero Unidad Garantía de calidad 1 9 Banco de trabajo para reparación de celulares Unidad Garantía de calidad 1 10 Bandeja recogedora de aceite para moto Unidad Garantía de calidad 1 11 Blower para reparación de celulares (Estación de Soldado) Unidad Garantía de fábrica 12 12 Bobinas de encendido de motor Unidad Garantía de calidad 1 13 Botiquín de Primeros Auxilios Unidad Garantía de fábrica 12 14 Cable de acelerador para motor xxxxxx Unidad Garantía de calidad 1 15 Cables Multifuncional para celulares Unidad Garantía de calidad 1 16 Cacerolas con tapa 22cm unidad Garantía de calidad 1 17 Cacerolas con tapa 24cm unidad Garantía de calidad 1 18 Xxxxxxxxx con tapa 26cm unidad Garantía de calidad 1 19 Cacerolas con tapa 28cm unidad Garantía de calidad 1 20 Caja de Flasheo de celulares Unidad Garantía de fábrica 6 21 Caja metálica para herramientas Unidad Garantía de calidad 1 22 Caja plástica Unidad Garantía de calidad 1 23 Carburador para motor fuera xx xxxxx de 15 HP Unidad Garantía de calidad 1 24 Carburador para motor fuera xx xxxxx de 20 HP Unidad Garantía de calidad 1 25 Carretilla de transporte para motor fuera xx xxxxx. Unidad Garantía de fábrica 6 26 CDI para motor xxxxxx 20HP Unidad Garantía de calidad 1 27 Chicharra para motores marinos fuera xx xxxxx de 20 HP Unidad Garantía de calidad 1 28 Cinta para empistonar Unidad Garantía de calidad 1 29 Clipadora manual para embutidos Unidad Garantía de fábrica 12 30 Congelador Mediano de una xxxxxx xx Xxxxxx térmico, con sistema de placas congeladas Unidad Garantía de fábrica 12 31 Xxxxxx de bloqueo para volante magnético de moto Unidad Garantía de calidad 1 32 Cortador de cinta. Unidad Garantía de calidad 1 33 Cucharones de Teflón Juego Garantía de calidad 1 34 Cuchillo para deshuesar 5...
GARANTÍA DEL BIEN SUMINISTRADO. A continuación se establece un plazo mínimo de garantía o el superior que el oferente hubiera ofertado a contar desde la fecha de recepción de conformidad: 01 EQUIPO DE COMPUTACION, PROCESADOR DE ULTIMA GENERACION 3 años 02 LAPTOP 3 años 03 TABLETS 1 año o más 04 IMPRESORA MULTIFUNCIONAL 1 año o más 05 ESCANER 1 año o más 06 DATASHOW 1 año o más 08 SERVIDOR TIPO RACK 5 años 11 UPS 2 años
GARANTÍA DEL BIEN SUMINISTRADO. En las especificaciones técnicas (Anexo V de este PCAP) se establece un plazo mínimo de garantía de los bienes o el superior que el oferente hubiera ofertado a contar desde la fecha de recepción.
GARANTÍA DEL BIEN SUMINISTRADO. A continuación se establece un plazo mínimo de garantía o el superior que el oferente hubiera ofertado a contar desde la fecha de recepción de conformidad: 1 Hardware para Sistema de Seguridad Perimetral 1 año o más Serán por cuenta del proveedor todos los gastos que por cualquier concepto genere la retirada, reparación o reposición del bien/bien defectuoso/s, sin que prevalezca a estos efectos cualquier declaración contenida en la oferta del proveedor.
GARANTÍA DEL BIEN SUMINISTRADO. Serán por cuenta del proveedor todos los gastos que por cualquier concepto genere la retirada, reparación o reposición del bien/bienes defectuoso/s, sin que prevalezca a estos efectos cualquier declaración contenida en la oferta del proveedor. 1 Grabadora digital de voz Unidad 11 garantía de fábrica 12 2 Espejo de pared Unidad 0 xxxxxxxx xx xxxxxxx 0 0 xxxxx xxxxx Unidad 8 garantía de calidad 6 4 Barras paralelas Unidad 4 garantía de calidad 6 5 Kit de terapia Unidad 8 garantía de calidad 6 6 cubo de texturas Unidad 8 garantía de calidad 6 7 Triciclo Unidad 8 garantía de calidad 6 8 piscina de bolas Unidad 4 garantía de calidad 6 9 bola de bobath de 75 - 85cm Unidad 24 garantía de calidad 6 10 bola de bobath de 45 - 65cm Unidad 00 xxxxxxxx xx xxxxxxx 0 00 xxxxxxx xx xxxxxxxxx de 40 cm Unidad 00 xxxxxxxx xx xxxxxxx 0 00 xxxxxxx xx xxxxxxxxx de 60 cm Unidad 00 xxxxxxxx xx xxxxxxx 0 00 xxxxxxx xx xxxxxxxxx de 80 cm Unidad 24 garantía de calidad 6 14 Hamaca Unidad 8 garantía de calidad 6 15 Calculadora parlante Unidad 10 garantía de fábrica 6 16 Reproductor MP3 Unidad 21 garantía de fábrica 12 17 Altavoz portátil inalámbrico Unidad 21 garantía de fábrica 12 18 Regleta braille Unidad 82 garantía de calidad 6 19 Ábaco tipo Xxxxxxx Unidad 10 garantía de calidad 6 20 Ábaco tipo Xxxxxxx Unidad 51 garantía de calidad 6 21 Letras y Números xx Xxxxxx caja 192 garantía de calidad 6 22 Tablero de ajedrez Unidad 40 garantía de calidad 6 23 Bloques lógicos xx xxxxxx (DIENES) Unidad 122 garantía de calidad 6 24 Cubo Rubik Unidad 102 garantía de calidad 6 25 Trampolín Unidad 4 garantía de fábrica 12 26 Tangram xx Xxxxxx Unidad 32 garantía de calidad 6 27 Juegos de ensarte Unidad 122 garantía de calidad 6 28 Botiquin de primeros auxilios Unidad 22 garantía de calidad 6 29 Cámara de Video Unidad 2 garantía de fábrica 6 30 Sistema de iluminación de escenario o estudio Unidad 1 garantía de fábrica 6 31 Computadora de Escritorio Unidad 34 garantía de fábrica 6 32 Cocina Industrial de 4 quemadores Unidad 6 garantía de fábrica 12 33 Vitrina exhibidora Unidad 4 garantía de calidad 6 34 Afeitadora metálica inalámbrica Unidad 12 garantía de calidad 6 35 Micrófono Superdireccional Unidad 3 garantía de fábrica 6 36 Micrófono alámbrico Unidad 3 garantía de fábrica 12 37 Cable para Micrófono Unidad 6 garantía de calidad 6 38 Sistema de micrófono inalámbrico Unidad 4 garantía de fábrica 6 39 Micrófono BOOM de exteriores, Unidad 2 garantía de fábrica 6 40 Croma Key (movible) Fondo verde pa...

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  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • GARANTÍA DEL SERVICIO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DEBERÁ GARANTIZAR QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SE REALIZARÁ DE CONFORMIDAD A LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DESCRITAS EN EL ANEXO TÉCNICO Y A PROPORCIONARLO EN ESTRICTAS CONDICIONES DE EFICIENCIA Y CONFIDENCIALIDAD, EN LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS PARA TAL EFECTO.

  • Obligaciones del Arrendatario Sin perjuicio de otras obligaciones recogidas en este contrato el arrendatario se obliga a: A) Destinar los locales arrendados al uso que haya sido indicado en el proyecto presentado al concurrir a la oferta continuada de arrendamiento, copia del cual se adjunta al presente formando parte integrante del contrato, no pudiendo ser utilizado para el desarrollo de actividades distintas o de aquellas otras que no estén expresamente autorizadas, por escrito, por el arrendador. B) Respetar las normas de higiene y preventivas que el arrendador pueda establecer. En particular, se obliga el arrendatario a no introducir ni depositar en los locales arrendados materiales nocivos, insalubres o peligrosos o cualquier otro que, por su naturaleza o manipulación, puedan producir molestias o malos olores. C) No realizar en los espacios arrendados, sin autorización previa, expresa y por escrito, del arrendador, ninguna clase de obras de reparación, conservación o mejora. Sin perjuicio del derecho de resolución del contrato que asiste al arrendador en caso de incumplimiento de esta obligación, el arrendatario deberá demoler las obras realizadas sin autorización, restituyendo los locales arrendados al mismo estado en que lo recibió o, en su defecto, para el caso de que el arrendatario se negara a hacerla, si la demolición la efectuara el propio arrendador, sufragará su coste con la consiguiente restitución al arrendador. En todo caso, al término del contrato, el arrendatario entregará los locales arrendados diáfanos, limpios y pintados (paredes y techos). D) En el caso de obras autorizadas en el inmueble arrendado, éstas quedarán en poder del arrendador a su criterio, sin que el arrendatario tenga derecho a percibir cantidad alguna por ningún concepto como consecuencia de la ejecución de las citadas obras, sean del tipo que fueren. E) Conservar en perfecto estado de funcionamiento y seguridad, tanto los locales arrendados como su equipamiento e instalaciones fijas de electricidad, climatización, red de datos y telefonía.

  • Comisión de Seguimiento Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía e Infraestructuras, y dos representantes de Extremadura Avante Servicios Avanza- dos a Pymes, SLU, designados por quienes suscriben el presente convenio. El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección3.ª, Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía e Infraestructuras, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empa- te. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funciona- miento del presente convenio. A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones: a) Realizar el seguimiento de las actividades y tareas ejecutadas en virtud de la presente transferencia verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar anualmente. b) Xxxxxxx y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio. c) Aprobar, cuando no sean objeto de addenda, las modificaciones previstas en la cláusula xxxxxxx xxx xxxxxxxx xxxxxxxx. 00 xx 00 x) Xxxxxxx la información que sea razonable para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la disponibilidad de la información. e) Establecimiento de las normas internas de funcionamiento de la Comisión xx Xxxxx- miento, en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituiciones firmantes.

  • GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO EL PROVEEDOR" Considerando que la entrega de los bienes conforme a los requisitos de participación para formar parte del Contrato Marco, así como del propio Contrato Xxxxx se previó en un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. La garantía de cumplimiento del contrato será indivisible, considerando el tipo de obligaciones originadas por el suministro de bienes descrito en la Sección I. De no cumplir con dicha entrega, "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" podrá rescindir el contrato específico y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la "LAASSP". La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de "EL PROVEEDOR", derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que puede exceder el valor de la garantía de cumplimiento. En caso de modificación al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar "(LA DEPENDENCIA Y/O ENTIDAD)" dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del convenio modificatorio , de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la "LAASSP", los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente. El trámite de liberación de garantía, se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte del Administrador del contrato específico, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción octava del Reglamento de la "LAASSP".

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato.

  • GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción I, de la "LAASSP", 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley del Instituciones de Seguros y de Fianzas, 48 fracción II, de la Ley de Tesorería de la Federación, y demás aplicables a LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS , las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las Dependencias y Entidades en los actos y septiembre de 2015, "EL PROVEEDOR" se obliga a constituir una garantía divisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS , por un importe equivalente al 10.0% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, sin incluir el IVA. Dicha Garantía deberá ser entregada a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD", a más tardar dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del contrato y podrá ser mediante la presentación de: Depósito de dinero constituido, a través de certificado o billete de depósito; - Fianza; - Depósito de dinero constituido ante la CONDUSEF; - Carta de crédito irrevocable, o - Cheque certificado o de caja a favor de la CONDUSEF. Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permitan, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica. En caso de que la garantía a que se refiere esta cláusula sea una fianza, ésta deberá ser expedida por una compañía autorizada conforme al MODELO DE LA PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR, ANTE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE: ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS, que se muestras a continuación: Expedirse a favor de LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS y señalar: (Afianzadora o Aseguradora) Denominación social: . en lo sucesivo (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) Xxxxxxxxx: . Autorización del Gobierno Federal para operar: (Número de oficio y fecha) Beneficiaria: Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, en lo sucesivo “la Beneficiaria”.

  • GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de este contrato la calidad de los bienes y el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones pactadas, “El Proveedor” deberá exhibir a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave, Póliza de Fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello, por el importe del 10% (DIEZ POR CIENTO) del monto total del contrato, el cual corresponde a la cantidad de $65,902.87 (Sesenta y Cinco Mil Novecientos Dos Pesos 87/100 M.N.) sin incluir el concepto del Impuesto al Valor Agregado, conforme a lo establecido en el artículo 64 fracción II, de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • OBLIGACIONES DEL USUARIO Además de las obligaciones contenidas en estas Condiciones Generales de Uso, el Usuario se obliga a lo siguiente: - Usar diligentemente el nombre de Usuario y las contraseñas personales asignadas al Usuario, en caso de haberlas. El nombre de Usuario y la contraseña que se asignen a cada Usuario con el fin de acceder a los Sitios Web, o a los Servicios y Materiales, son de carácter confidencial y personal. El uso de este nombre y contraseña está restringido exclusivamente al Usuario a quien este nombre o contraseña son asignados. El Usuario es responsable de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que se ocasionen como consecuencia de la utilización de su nombre de Usuario o contraseña, por parte de un tercero, y que se deriven de la pérdida de los mismos o de la negligencia del Usuario. - Seguir las instrucciones impartidas sobre los Sitios Web. Para propender el correcto funcionamiento de los Sitios Web y el adecuado acceso y uso de los Servicios y Materiales ofrecidos en ellos, la Empresa, en su caso, podrá en cualquier tiempo dirigir instrucciones a los Usuarios. Las instrucciones podrán ser dirigidas vía correo electrónico o bien podrán estar estipuladas directamente en las páginas respectivas. El Usuario se compromete a mantenerse informado respecto de estas instrucciones y a cumplirlas diligentemente. - Usar los Sitios Web y los Servicios y Materiales, en forma correcta y lícita. El Usuario deberá usar los Servicios y los Materiales ofrecidos en conformidad a la ley, a las Condiciones Generales y Particulares de Uso y respetando la moral, las buenas costumbres y el orden público. El Usuario se abstendrá de usar los Sitios Web, los Servicios y los Materiales en cualquier forma que pueda lesionar los derechos e intereses de la Empresa, de otros Usuarios o de terceros, o que pueda dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar o afectar de cualquier otro modo los Sitios Web, los Servicios o los Materiales o el uso de cualquiera de éstos por parte de los Usuarios. - Acceder u obtener Materiales por los procedimientos específicamente establecidos en las páginas web que contienen estos Materiales, y, de no haberse establecido un procedimiento, utilizando procedimientos lícitos y generalmente aceptados en Internet. En caso alguno podrá el Usuario acceder u obtener Materiales mediante formas que impliquen la creación de un riesgo o puedan acarrear daños o perjuicios a los Sitios Web, los Servicios o los Materiales. - No suprimir o alterar de modo que se haga menos visible, la mención o noticia de copyright o propiedad intelectual o cualquier otro dato que identifique a los titulares de los derechos sobre los Materiales, así como los demás mecanismos de protección, identificación u otros equivalentes, referidos a los Materiales. - No utilizar los Materiales para fines de venta, publicidad, propaganda u otros fines de naturaleza comercial. - No recoger, recopilar, descargar, copiar o proporcionar a terceros directorios de Usuarios ni ninguna información acerca de otros Usuarios, incluidas sus direcciones de correo electrónico. - No cargar, enviar por email o transmitir por cualquier otra forma ningún Material ni información que contenga virus de software o archivos o programas diseñados para interrumpir, destruir o limitar la funcionalidad de cualquier software computacional o hardware o equipo de telecomunicación asociados con los Sitios Web.

  • SEGURIDAD E HIGIENE 1.- La Empresa asumirá los derechos y las responsabilidades recíprocas que, en materia de Seguridad y Salud Laboral, vengan determinados por las disposiciones específicas de este convenio, y supletoria o complementariamente, por la legislación general vigente en cada momento. Siempre dentro del cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades establecidas en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, de aplicación preceptiva, la Dirección de la empresa y los representantes de los trabajadores se comprometen, dentro de las posibilidades de las mismas, y en plazos previamente convenidos, a establecer planes de acción preventiva cuyos objetivos comunes y concretos se cifren en la eliminación o reducción progresiva de los accidentes y de los riesgos comprobados de peligrosidad, toxicidad o penosidad, así como en la mejora de las condiciones ambientales y de los puestos de trabajo. Para ello se aplicarán las medidas técnicas de corrección que sean posibles y necesarias y, entre tanto, se facilitarán y utilizarán las prendas y medios de protección personal que asimismo se consideren necesarios o más adecuados. Por su parte, los trabajadores, individualmente considerados, están obligados previa información y formación suficiente y adecuada, teórica y práctica, a cumplir las instrucciones recibidas en materia de seguridad y salud laboral. Especialmente serán asesorados por servicios de prevención, en las que se refieran al uso de dichos medios y prendas de protección personal. En tanto se adoptan las medidas técnicas para eliminar los riesgos de peligrosidad, toxicidad y penosidad a los que se refiere el párrafo anterior; así como aquellos casos en los que, a pesar de adoptarse las medidas correctoras adecuadas, no resulte posible eliminar dichos riesgos, serán considerados trabajos penosos o peligrosos todos los que así sean declarados por la Comisión Paritaria para Prevención de Riesgos Laborales, a quién se faculta expresamente para que, en el plazo de tres meses desde la publicación oficial del presente Convenio, determine los puestos o actividades que tengan tal consideración. 2.- Cualquier enfermedad o patología sufridas por los trabajadores, que puedan diagnosticarse por la Seguridad Social como ocasionada, motivada o agravada por las condiciones de trabajo, será considerada, a los efectos de este Convenio, como enfermedad de origen laboral y como tal recibirá la consideración de accidente de trabajo. 3.- Resultarán de plena aplicación las disposiciones contenidas en la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de protección de la mujer en situación de embarazo o parto reciente. 4.- Los Delegados de Prevención se elegirán de entre los Delegados de Personal, en el número establecido en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y otras disposiciones legales vigentes en cada momento. Cada delegado dispondrá de un máximo de 40 horas anuales para su reciclaje. 5.- Cuando se cumplan los requisitos para ello, se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en los términos establecidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laboral. La Comisión para la Prevención de Riesgos Laborales, asumirá funciones específicas para promover la mejora de las condiciones de trabajo y estudiar la adecuación de la actual normativa sobre prevención de riesgos laborales a las peculiaridades de la empresa y, en su caso, incorporarlas al texto del Convenio. La constitución de la Comisión se formalizará, como máximo, en el plazo de un mes desde la publicación del Convenio en el BORM.