MESA DE TRABAJO. Las partes acuerdan la creación de una “Mesa Bimestral de Trabajo” que tendrá como finalidad monitorear el proceso que es materia de acuerdo, así como también, proponer acciones correctivas que ayuden al cumplimiento del objeto último, expresado en la cláusula Décimo Quinta, Dicha mesa de trabajo, estará integrada por representantes del Ministerio de Educación, con rango no inferior a Director/a, del Ministerio de Desarrollo Social, de “ACIJ” y de la Asesoría General Xxxxxxx. Asimismo las partes invitarán a la Defensoría del Pueblo de la Ciudad.
MESA DE TRABAJO. Las partes acuerdan que se conformará una mesa de trabajo con el fin de tratar la implementación de mejoras en el descanso a bordo y avance Retrofits.
MESA DE TRABAJO. 1.7.- Repisa o brazo para montaje de monitor de signos vitales
MESA DE TRABAJO. 1.7.- Repisa para monitor.
MESA DE TRABAJO. 1.7.- Repisa para monitoreo.
MESA DE TRABAJO. 1200 *800*730 - Encimera en tablero de 19 mm, con acabado bilaminado con cantos de PVC fresados y redondeados. - Doble estructura horizontal en tubo xx xxxxx de sección cuadrada de 50*50 mm, pintado en epoxi poliéster. - Patas tipo pórtico “U” invertida, en tubo xx xxxxx de sección cuadrada, pintado en epoxi poliéster con niveladores inferiores.
MESA DE TRABAJO. 1600 *800*730 - Encimera en tablero de 19 mm, con acabado bilaminado con cantos de PVC fresados y redondeados. - Doble estructura horizontal en tubo xx xxxxx de sección cuadrada de 50*50 mm, pintado en epoxi poliéster. - Patas tipo pórtico “U” invertida, en tubo xx xxxxx de sección cuadrada, pintado en epoxi poliéster con niveladores inferiores. - 1000*560*730 - Encimera en tablero de 19 mm, con acabado bilaminado con cantos de PVC fresados y redondeados. - Doble estructura horizontal en tubo xx xxxxx de sección cuadrada de 50*50 mm, pintado en epoxi poliéster. - Patas tipo pórtico “U” invertida, en tubo xx xxxxx de sección cuadrada, pintado en epoxi poliéster con niveladores inferiores.
MESA DE TRABAJO. 2.43 X .77
MESA DE TRABAJO. A partir del inicio de la Concesión, y con el objetivo de promover una rápida concordancia de criterios respecto de la gestión de los Indicadores, se deberá constituir una mesa de trabajo, formada por el representante del Concesionario, el representante de la Interventoría y el Supervisor de la ANI. Las partes realizarán reuniones periódicas de trabajo, al menos una vez al mes, en las que podrán formular observaciones y hacer sugerencias metodológicas que permitan mejorar la gestión del contrato. La mesa operará en base a un plan de trabajo, que contendrá las fechas de las reuniones y la forma en que se registrará el contenido de las mismas, el que será definido de común acuerdo en la primera reunión citada por la Interventoría. El Concesionario deberá diseñar y construir un sistema informático de contabilización y control (SICC) que será parte del sistema formal de registro e información de los Indicadores durante la ejecución del Contrato, y cuyas características de Diseño, Operación y explotación son materia de las secciones 5.3.1 y 5.4 de este Apéndice. El Concesionario deberá proveer a la ANI y al Interventor de acceso al SICC, de tal manera que los funcionarios designados por cada una de estas tengan acceso permanente e irrestricto a la información consignada en el SICC. Dicho sistema será revertido a la ANI a la terminación del Contrato. A ese efecto, el Concesionario deberá proveer a la ANI, como parte de los bienes revertibles, de la licencia necesaria para el uso, desarrollo y actualización del sistema, incluyendo la documentación de desarrollo que permitirá generar nuevas versiones adaptadas y actualizadas. En el caso de haberse desarrollado el sistema de manera propietaria o de haberse incorporado una adaptación particular de otros sistemas para este propósito específico, el Concesionario hará entrega del código fuente a la ANI como parte de los bienes revertibles.
MESA DE TRABAJO. La Dirección de Bienestar Universitario integrará una mesa de trabajo compuesta por: Tres (3) Representantes Estudiantiles ante el Consejo Académico y el Representante Estudiantil ante el Consejo Superior, dos (2) funcionarios adscritos a la Dirección de Bienestar Universitario, un (1) funcionario de la Dirección de las Tecnologías y Sistemas de Información y de las Comunicaciones y el Jefe del Departamento de Innovación Académica; lo anterior con el fin de acompañar el procedimiento de la presente convocatoria.